martes, 24 de marzo de 2009

PREGUNTA A PILAR GRANDE

Señora Médica del PSOE, Pilar Grande, cuando usted elabora una proyecto de Ley para modificar el contenido de la Ley de Garantías y Uso Racional de Medicamentos y Productos Sanitarios, ¿a qué obedece tal propuesta?. Obedece, acaso, a su representación de la soberanía popular. ¿Es esto lo que le pide la "soberanía popular"?. Ustedes, los del PSOE, elaboraron aquella Ley, ordenaron que en un año se desarrollaría la Disposición Adicional 12ª y han transcurrido tres años sin que se cumpla ese mandato. ¿En qué estaban ustedes pensando cuando redactaron aquel artículo 77 de la Ley del Medicamento?.
SABE QUE ESTAMOS ILEGALES.
Esto lo escribimos con toda la serenidad del asunto, si no fuera porque ustedes, los médicos del PSOE (que son "el ciento y la madre"), como son unos irresponsables, ¡porque no les pasa nada!, nos tienen a los demás en la misma situación de ilegalidad. ¡Pero les da igual!; ya lo vemos. ¿Qué pretende usted ahora con ese "parche"?. Señora Pilar Grande, Médica del PSOE, ¡que se le nota mucho el corporativismo a favor de su Profesión!.
El monopolio de la prescripción no es otra cosa que el "poder" de su corporación, el de la OMC, que no acepta la legalidad vigente. Y con esa legalidad vigente, que nos la da la Profesión, ustedes, ¡ni corto ni perezoso!, no tuvieron otra "iluminación" que dejarnos ilegalmente. ¡QUÉ POCA DIGNIDAD Y VERGUENZA!. Aquí todos analfabetos, que eso da muchos votos.
¡Señora Pilar Grande!, la representación de esa soberanía popular le obliga a usted y a los médicos de su grupo, junto con algunos del PP, a arreglar la situación de ilegalidad en la que tienen a esta Profesión Enfermera, ilegalidad que tienen que corregir, ya que una País sin Ley no es un Estado democrático. Ustedes, los Médicos progresistas, han cogido el Sistema Sanitario y no lo sueltan, aunque para ello tengan que agredir derechos de terceros.
Esta es nuestra propuesta, por si sus luces "corporativista" no le dejan crear una redacción:
Sin perjuicio de lo anterior, los Profesionales Enfermeros están facultados, además de la evolución y valoración de los resultados obtenidos en la instauración de un tratamiento prescrito por un médico u odontólogo, para prescribir, indicar o aconsejar los medicamentos y productos sanitarios que aconseje los Cuidados propios inherentes al ejercicio de su Profesión. No obstante lo anterior, ante situaciones de complejidad evolutiva en la administración de un tratamiento médico u odontológico, el Profesional Enfermero comunicará los resultados obtenidos, sin perjuicio de procurar corregir las necesidades, alteraciones o desequilibrios que se produzcan, hasta que aquel tratamiento prescrito por el médico u odontólgo fuera corregido o, en su caso, ratificado.