miércoles, 20 de enero de 2010

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL, ¡A LO SUYO!

¿Y qué es lo suyo?. Lo suyo es, por ejemplo, decirnos que "la Enfermería española ha conseguido la modificación de la Ley de Garantías y Uso Racional del Medicamento y los Productos Sanitarios que legaliza la prescripción Enfermera en toda España". Y no es cierto. Lo que hace la Ley es decirnos que LOS ENFERMEROS YA TENEMOS EL MISMO STATUS QUE CUALQUIER CIUDADANO, QUE TIENE DERECHO A AUTOMEDICARSE. Un ciudadano no puede "automedicarse", porque en la Farmacia no le servirán medicamentos que precisen prescripción médica, odontológica o podológica. Y ese mismo tratamiento es el que nos da la Ley a nostros. Es decir, el ciudadano y nosotros, los Enfermeros, estamos siendo tratados al mismo nivel. El Enfermero podrá "prescribr" aquellos medicamentos NO SUJETOS A PRESCRIPCIÓN MÉDICA. ¿QUÉ DIFERENCIA EXISTE ENTRE UN CIUDADANO Y UN ENFERMERO?. Ninguna.
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LO SUYO ES, POR EJEMPLO:
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Decirnos que "los Enfermeros tendrán la posibilidad de acceder a UNA SERIE DE ACREDITACIONES expedidas desde el Ministerio para poder llevar a cabo una prescripción en las mejores condiciones de calidad y seguridad para los pacientes".
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Lo suyo es, por ejemplo, decirnos "esto dotará a los profesionales de NUEVAS CAPACIDADES (SIC) y les permitirá el ACCESO a puestos específicos. ¿A qué puestos específicos?.
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Lo suyo es, por ejemplo, decirnos que "para ayudar a los profesionales a ACCEDER a dichas ACREDITACIONES, los Colegios van a desarrollar una serie de PROGRAMAS FORMATIVOS que contribuirán activamente a esta FUTURA ACREDITACIÓN del Ministerio". ¿Qué significa eso de UNA SERIE DE ACREDITACIONES?. ¿Qué significa eso de "programas formativos en los Colegios?. ¿Qué significa eso de "futura" acreditación. ¿Qué significa eso LEGALMENTE?. ¿Significa eso que yo, como Enfermero, no voy a poder cumplimentar esa "orden de dispensación si no me "acredita" el Ministerio?. ¿ESTÁ USTED SEGURO DE LO QUE DICE?. Acaso nos está usted diciendo que se van a implantar dos tipos de Profesiones, distintas y diferentes?. ¡Ya!, ¡que hay que pasar "por caja!. Lo entendemos: el País está muy mal y "todos" tenemos que contribuir al "sostenimiento del Consejo. O sea, que es un tema eminentemente económico.
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SÍ, ESO ES LO SUYO.
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Lo suyo es, por ejemplo, que ya está viendo la posibilidad de "hacer caja" con esos programas. ¡Que nos lo vemos venir!.
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LO SUYO ES,
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por ejemplo, decirnos que "por esta razón, la Organización Colegial de Enfermería y la UNIVERSIDAD Complutense de Madrid VAN A DESARROLLAR un programa DE ACCESO AL GRADO de Enfermería dirigido a todos los profesionales de España. ¡Pues sí que tiene alcance esa Universidad!. Así, los actuales Enfermeros y Enfermeras vamos a tener LA OPORTUNIDAD de ACCEDER al nuevo título de Graduado ... en el que encontrarán GRANDES FACILIDADES para acceder a la nueva titulación".
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Pero, ¿QUÉ TENDRÁ ESA UNIVERSIDAD con la Presidencia del Consejo General?. ¿Será a través de esa escuela ADSCRITA que, al mismo tiempo, es de una "Fundación"?. ¿Qué tendrá esa escuela adscrita a la Computense que todo se "hace" bajo los auspicios de la misma?. ¡Buff!, ¿cuántos interrogantes?. ¿QUIÉN NOS LO PODRÁ RESOLVER?. ¡Bueno!, estamos seguro que el Colegio de Sevilla, el de Vizcaya y algún que otro sabrán de qué va eso.
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SÍ, ESTO ES LO SUYO: HACER CAJA.
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¿Otro cursillito de "nivelación"?. ¿Saben ustedes, los más jóvenes, que LA HISTORIA SE REPITE?. Esto de los cursillitos de nivelación se han puesto de moda en nuestra Organización Colegial.
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Es cierto que la anterior titulación de Ayudante Técnico Sanitarios (ATS) no tenía el nivel académico de ciclo universitario. Fue por ello, para poder ser considerado Profesión Sanitaria, titulada y colegiada, por lo que se hizo necesario el establecimiento de un "curso-puente", al objeto de que los antiguos ATS, sin nivel académico oficialmente reconocido, accedieran a la nueva titulación, esta vez sí, de Unversitario. La titulación de ATS estaba regulada en un Decreto del año 1952, con el rango de formación Profesional (artículo 14 de aquel Decreto).
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LA TITULACIÓN DE GRADO ES EXACTAMENTE IGUAL QUE LA DE DIPLOMADO.
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Los títulos universitarios, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, son de primer ciclo, Diplomado; de segundo ciclo, Licenciado; y de tercer ciclo, Doctor. La nueva regulación de títulos académicos comporta la regulación, otra vez, de esos mismos tres ciclos universitarios: de primer ciclo, Graduado; de segundo ciclo, Máster; y de tercer ciclo, Doctor. ¿DÓNDE ESTÁ LA DIFERENCIA?.
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Desde luego que la diferencia no puede estar en que ahora los contenidos de los Planes de estudio se distribuyan en 240 créditos, o lo que es igual, 2.400 horas, porque esa situación es una arbitrariedad del Gobierno. La Directiva Europea que reguló en el año 1.977 esa situación ya obliga a los Estados miembros a que los Planes de estudio conducentes a la obtención de la titulación deben reunir los requisitos de Materias y número de horas MÍNIMAS. Y TODAVÍA ESTAMOS PENDIENTE DE QUE SE CUMPLA LO LEGISLADO.
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TAMPOCO CUMPLE con esos requisitos la nueva titulación de Grado, ya que ni contiene todas las materias allí exigibles ni el número de créditos que prevé la Directiva, que son de 460 créditos MÍNIMOS.
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Lo que hace la Organización Colegial de Colegios Enfermeros, en boca de su Presidente, ES, simplemente, MENTIRNOS.