lunes, 29 de noviembre de 2010

Aumenta el número de Colegios ...

Parece que la Sentencia del Tribunal Supremo, de fecha Tres del presente mes de noviembre, resolviendo que la actual Presidencia, así como los miembros del Pleno, es nula de pleno derecho, por el simple motivo de no reunir los requisitos establecidos en la Ley, está produciendo un aumento en el número de Colegios que comienzan a cuestionarse su relación con el actual Consejo General de Colegios Enfermeros.
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¿QUE OTROS DATOS JUSTIFICAN ESE CUESTIONAMIENTO?.
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Suponemos que, además de esa Sentencia -con sus gravísimas consecuencias por no cumplirla-, esos Colegios están viendo como transcurre el tiempo y de lo prometido ¡nada de nada!. Es más, se les engaña.
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¿Y POR QUÉ DECIMOS QUE SE LES ENGAÑA?.
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Grado en Enfermería.- Se les engaña porque la nueva titulación de Grado en Enfermería es una de aquellas titulaciones incluidas en el Cuarto nivel de las Cualificaciones Profesionales. ¿Qué significa esta cualificación?. Muy sencillo: que continuamos igual que con la Diplomatura. Tengamos en cuenta que los Planes de Estudios están regulados por Normativa Europea. No obstante, si se hubiera escrito que los estudios se estructuran en CUATRO AÑOS MÍNIMOS, la consideración Profesional hubiera sido bien distinta. A nivel laboral, esa titulación está incluida en el subgrupo A2 de los previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público, igual que la Diplomatura.
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Prescripción.- Aquí el engaño habría que escribirlo con mayúsculas, ya que han "convenido" un Real Decreto que viola a la propia Ley del Medicamento. Por ejemplo, la citada Ley nos dice que los Enfermeros estamos facultado para indicar, usar y autorizar la dispensación de determinados medicamentos no sujetos a prescripción médica. Pues bien, el convenido proyecto nos dice que tenemos que hacer un curso de 150-180 horas (6 créditos). Entonces, hasta la fecha, ¿qué venimos haciendo todos los días?. Más grave aún resulta la diferenciación que pretenden. Hablan de cuidados generales y cuidados especializados. Así, además de ese primer curso, insistimos, para seguir haciendo lo mismo, pretenden que hagamos un segundo curso. ¿Qué efectos tendría ese segundo curso?. Tan simple como sencillo: continuar administrando los medicamentos que prescriba un médico.
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LOS COLEGIOS HABRÁN LLEGADO A LA SIGUIENTE CONCLUSIÓN:
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Aquí, la única persona que lo ha conseguido todo es él, el ilegal Presidente. Este señor, a día de hoy, obtuvo la Licenciatura en Antropología, gracias al Convenio con la Universidad de San Antonio, de Murcia. Dos títulos de Doctor por la Universidad Complutense, donde realiza determinadas actividades. Él puede prescribir medicamentos sujetos a prescripción médica, por su condición original de ATS-Especialista en Podología. Puede ser director de Instalaciones radiológicas, así como operador de las mismas, también por esa condición de podólogo. Obtuvo plaza de Profesor titular de universidad. Y lo que resulta bastante más grosero: tiene montadas un montón de Empresas, que es, realmente, el motivo para no cumplir la Sentencia del Tribunal Supremo. Y ello sin olvidar algunos proyectos sobre creación de una Universidad y un Centro asistencial; de ahí que se vea envuelto en el caso Gürtell, según publica el Periódigo "El Plural", del que se hace eco el Diario Público.
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LOS COLEGIOS SE ESTARÁN PREGUNTANDO, ¿Y CÓMO JUSTIFICAMOS ESTAS SITUACIONES A LOS COLEGIADOS?.
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Los colegiados no pueden realizar el Juicio Clínico correspondiente de los Cuidados; la norma sólo le permite "dirigirlos". ¿Quién determina los cuidados? Obviamente, para dirigir algo resulta consustancial hacer un "diagnóstico". Así podríamos planificarlos, organizarlos, dirigirlos, prestarlos y evaluarlos. De esto, ¡nada de nada!.
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Los colegiados se preguntan, ¿por qué tengo que hacer OBLIGATORIAMENTE uno curso o dos, sobre "orden de dispensación" por el simple motivo de haberlo convenido así el Consejo General con el Ministerio.
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Los colegiados se preguntan, ¿por qué la nueva titulación de Grado está incluida en el nivel Cuarto de las Culificaciones Profesionales legalmente previstas?, igual que la Diplomatura.
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Los colegiados se preguntan, ¿por qué mis cuotas están siendo gastadas en Empresas de las que desconozco su objeto y finalidad.
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Los colegiados se preguntan, ¿cuándo van a ser convocadas plazas para Enfermeros Especialistas?. Sí, las especialidades se han programado, incluso se han convocado las correspondientes pruebas de acceso. Pero, ¿para qué me sirve esa titulación oficial como Enfermero Especialista si la Administración se limita a valorar ese título como "mérito", en lugar de como requisito indispensable.
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Los colegiados se preguntan éstas y otras muchas preguntas, a las que deben dar respuestas esos Colegios. Y ya no es de recibo que se nos siga engañando.
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¡SI SUPIERAN LOS COLEGIADOS POR CUÁNTO LE SALE AL COLEGIO UN CURSO QUE IMPARTA LA ESCUELA DE CIENCIAS DE LA SALUD!. Pero, estimados colegiados, el profesor que los imparte no tiene culpa de nada; es más: está muy mal retribuido comparativamente.