martes, 21 de diciembre de 2010

¡CÓMO HEMOS PICADO EN EL ANZUELO!

¡CÓMO HEMOS PICADO EN EL ANZUELO QUE NOS HAN ECHADO!, HA BASTADO QUE TIREN LA CAÑA AL RÍO Y HAN PESCADO (A UN MONTÓN DE ENFERMERAS, PARA QUE REALICEN, ENCIMA, UNOS CURSILLITOS).
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¡Hay que ser Gili para embaucarse en tanto análisis jurídico de la "Ley del Medicamento"!. ¿POR QUÉ NO LO VEMOS DESDE ESTA OTRA PERSPECTIVA?. Sí. Lo vamos a tratar desde la perspectiva MÁS CORRECTA; MÁS LÓGICA; MÁS SENSATA. Con razón somos de la opinión que hay que escuchar cualquier idea, por absurda que esta parezca.
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¿QUIÉN ESTÁ INTERESADO EN QUE UNA ENFERMERA USE UN PRODUCTO SANITARIO O MEDICAMENTO?. Desde luego que no puede ser la propia Enfermera. De hecho, nunca había demandado "regularizar" su situación como Profesional. Es más, ni siquiera se planteó que lo que usaba, medicamento y producto sanitario, por indicación de un médico tuviera que "justificarlo". Es algo así como la actual "Orden de dispensación hospitalaria", que debe cumplimentar el médico para poder retirar esos medicamentos y productos sanitarios de la Farmacia del Hospital. O dicho en otros términos: la Enfermera era (y es) ajena a todo ese mundo administrativo. Tampoco tenemos ninguna obligación de escribir lo que ponemos, ya que se presume que todo está "justificado" y "supervisado" por el Médico.
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USTEDES NOS CONTRATAN; ¡SUS CUENTAS SE ECHARÁN!.
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Sí. Así de simple. Las Administraciones convocan plazas de ENFERMERA, exigen unas determinadas pruebas, las superamos y nos adscriben a un puesto de trabajo; y punto. Existen pruebas de acceso a puesto de trabajo donde se exige, por ejemplo, permiso de conducir y coche. Obviamente, quienes carecen de esos dos instrumentos no se presentan. Así de simple. Pues bien, a las Enfermeras se nos convoca y no se nos exige que tengamos que aportar productos sanitarios y medicamentos para poder trabajar. Se supone que eso lo "pone" el empleador; en nuestro caso los Servicios de Salud. EL ÚNICO PROBLEMA ES QUE EL EMPLEADOR TENDRÁ QUE INGENIÁRSELAS PARA QUE PODAMOS USAR ESOS MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS.Es algo así como "exigirnos" un determinado uniforme y lo tuviéramos que comprar nosotros.
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¡BUENO!, ¡ya estamos en el puesto de trabajo!. Nos dicen que tenemos que administrar una medicación y curar algunas heridas. Y que todo ello está en un determinado lugar. Es decir, ponen a nuestra disposición ese material; esos recursos, también obviamente, del empleador. Pero resulta que ese empleador solo tiene LEGITIMADOS a los Médicos para poder USARLOS. No obstante, tal como discurre el asunto, al final, lo mires como lo mires, la Enfermera tiene que usarlos MATERIALMENTE. Y ESTE ES EL INTERROGANTE, ¿POR QUÉ?. Si la Ley no nos permite indicar y usar medicamentos y productos sanitarios, ¿QUE HACEMOS EN UNA INSTITUCIÓN SANITARIA?. No vale, nunca, jamás, el que se nos diga que ello tiene el aval del médico, porque, EN TODOS LOS CASOS, lo vamos a "USAR" nosotros; y a nosotros no nos da la real gana de materializar un hecho para el que NO TENEMOS RESPALDO LEGAL. ¡El Sistema sabrá que hacer con un personal al que NO TIENE MÁS REMEDIO QUE AUTORIZARLE EL USO (Y LA PREVIA INDICACIÓN) DE ESOS MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS!. ¡Tan difícil no puede resultar esta simple reflexión!.
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SI ES EL MÉDICO EL AUTORIZADO, QUE LO HAGA ÉL.
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Sí. También así de sencillo. ¿Se imaginan a una cocinera, que tuviera que llevar los alimentos al hospital para hacer la comida de los enfermos?. ¿Se imaginan a un conductor de Ambulancia que tuviera que poner el vehículo para transportar a los enfermos?. ¿Se imaginan al cirujano teniendo que poner el instrumental para operar?. Y así podríamos continuar con una larga lista de casos. Pero el asunto es así de sencillo: si sólo el médico es el que puede indicar, usar y autorizar su dispensación, pues que cumpla con todo el procedimiento. O dicho en otros términos: que lo administre y aplique; así de sencillo. LO QUE NO VALES ES VOLVER A LA SITUACIÓN DE "SU" AUXILIAR. ¡YA ESTÁ BIEN EL ROLLITO QUE SE TRAEN CON EL TEMA DE MARRAS!.
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A LA ENFERMERA SE LA "CONTRATA" COMO TAL ENFERMERA.
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A la Enfermera se la "contrata" como tal Enfermera. ¿Para qué se contrata a una Enfermera?. Pues muy sencillo: PARA HACER TODO AQUELLO QUE LA Ley NO LE PROHIBA. Dice la Ley que para dirigir, evaluar y prestar los Cuidados de Enfermería. ¿Y cómo se hace eso?. Pues muy sencillo. Como la Ley no nos autoriza -ni queremos- el "uso" de medicamentos y productos sanitarios, ya que, para usarlo, sería preceptivo "indicarlos" previamente, esas "funciones" las ejecutaríamos con "buenos consejos". Con buenos consejos no se tiene la necesidad de indicar ni usar ningún tipo de medicamenetos ni productos sanitarios.
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EN DEFINITIVA.- ¿CÓMO NO HEMOS CAÍDO ANTES EN ESTA REFLEXIÓN?.
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Ya ven. El único INTERESADO en que indiquemos y usemos medicamentos y productos sanitario es la Empresa empleadora; es decir, el Sistema Nacional de Salud. El por qué eso no es así será un problema del propio Sistema; ¡eso sí!, teniendo en cuenta quienes dirigen a ese Sistema (los médicos, de todo signo y color) sabrán que es lo que hacen. Pero a nosotros que no nos hablen de "Pacto Social por la sanidad" de clase alguna. Ello son los que prefieren que una Enfermera perciba sus retribuciones como tal Profesión y, sin embargo, no se la utiliza como tal. Aquí todo debe ser realizado por un Médico. ¡Pues nada!, a hundir un poco más al Sistema. Y, de paso, exigir el "copago".
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¿CUÁL ES LA ALTERNATIVA QUE NOS VIENEN PROPONIENDO?. ENCIMA, UNOS CURSILLITOS
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Pues como buenos "gilis" nos han embaucando en el tema de la "prescripción Enfermera". ¡Como si eso nos debiera preocupar. Y encima dicen que tenemos que hacer unos cursillitos. ¡QUE LO HAGAN LOS POLÍTICOS, QUE BUENA FALTA LES HACE!, sobre todo a la señora Grande. ¿A quién les interesa que podamos prescribir -no autorizar-medicamentos y productos sanitarios?. ¡Está muy claro!, a la empresa empleadora. Sin embargo, a los Podólogos les vendrá muy bien el que la Ley los incluya como prescriptores, así, en sus consultas PRIVADAS, podrán realizar todas las actividades; también, lógicamente, les viene muy bien a la medicina, porque lo mismo podrán hacer en sus consultas particulares. Pero nosotros, ¿para qué queremos la inmensa mayoría de nosotros que nos "acrediten"?. Es que "manda huevos", como diría el señor Trillo. ¡ENCIMA NOS ENGATUSAN CON CURSILLITOS!. Hemos "picado en el anzuelo"
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ENFERMERAS DE TODO EL ESTADO: Los únicos interesados en que podamos prescribir medicamentos y productos sanitarios es al Sistema Nacional de Salud. Una Enfermera, cuando usa o utiliza un medicamento o producto sanitario lo está haciendo de forma y manera ILEGAL. Y miren que decimos "usando" o "utilizando". TAMPOCO VALE, OBVIAMENTE, QUE OTROS NOS LO INDIQUEN, PORQUE, AL FIN Y AL CABO, el medicamento o producto sanitario se "consume" o "destruye" con el uso que le demos.