martes, 20 de marzo de 2012

¿ENTENDEMOS LOS BAREMOS DEL SES?

Que el sistema de baremación tiene que tener seguridad es lo mínimo que se le puede exigir al sistema de salud, como el mayor empleador de nuestros servicios sanitarios. Y como el "sistema" tiene, además, la capacidad de "regular" las situaciones, prudente sería que no "abusara" del poder que les otorga la Ley, permitiendo que quienes pretendan el acceso a un puesto de trabajo u opte por progresar o movilizarse, se le asegure una mínima seguridad jurídica, porque la indefensión está servida.

BAREMOS DEL SES, DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LOS CURSOS.

El Servicio Extremeño de Salud (SES) tiene establecido un "nuevo" Baremo. Nos referimos al publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) del día 9 de junio de 2.011, el cual, entre otros "detalles", dice: 6.- ACTIVIDADES DE FORMACIÓN CONTINUA Y OCUPACIONAL:  puntuación máxima 5 puntos:

a)Por diplomas o certificados obtenidos en cursos directamente RELACIONADOS con el contenido de la plaza a proveer, con independencia del promotor, y acreditados por la Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud.

b)Por diplomas o certificados obtenidos en cursos cuyo contenido esté DIRECTAMENTE RELACIONADOS con el contenido de la plaza a proveer, tal y como a continuacón se indican:

1) Los organizados y/o impartidos por las Administraciones Publicas, Colegios Profesionales o Universidades.
2) Los acogidos a los distintos Acuerdos de Formación Continuada en las Administraciones Públicas y de Formación Ocupacional.
3) Los organizados o impartidos por las Organizaciones Sindicales o sus fundaciones al amparo de los CONVENIOS suscritos con la Administración Generales del Estado, con las Administraciones de las Comunidades Autónomas, o bien que hayan sido reconocidos o SUBVENCIONADOS por los mismos, siempre que dichas circunstancias consten en el propio TÍTULO o diploma, o bien se certifiquen debidamente.

Todos los cursos se valorarán por cada crédito con 0,10 puntos. Y que a los efectos anteriroes un crédito equivale a 10 horas de formación no valorándose los de menos duración. Además, dice, la puntuación de los cursos de formación realizados se regirá por el sistema de créditos, de tal manera que los cursos de formación aportados por los interesados se traducirán en créditos.

OBSERVACIONES.-

En nuestro anterior artículo, bajo el título de Enfermera Clínica Avanzada, hemos vuelto a hablar de unos Diplomado que acreditarían cierto tipo de actividades formativas, que viene recogido en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, que es del mes de Noviembre del año 2.003.

Sin embargo, ¿qué hizo la Junta de Extremadura en el mes de junio del pasado año 2.011? Pues ya lo hemos reproducido -en parte- el Baremo que elaboraron, y que, por lo que vemos, no tienen la mínima voluntad de modificar, a pesar de estar vigente ese Ley de Ordenación, que prevé la acreditación de una formación continuada reglada legalmente, que sirve tanto para Enfermeras generalistas como especilizada.

Las Adminisraciones no tienen la menor intención de desarrollar los programas formativos correspondientes, que den acceso a esos Diplomas, que tienen asegurado su baremación, por mandato legal. No obstante, lo volveremos a exponer al actual Consejero, a los efectos de su puesta en marcha, igual que se ha convenido con la Organización Médica Extremeña, lo cual nos ha parecido fenomenal.

Y para colmo, cuando publicaron ese Baremo, no tuvieron otra ocurrencia que tratar el asunto de los cursos tanto con el nombre de "título" que de Diploma o Certificado, y, en particular, trata la formación con el concepto "CRÉDITOS", como si de formación académica universitaria se tratara. El crédito es una unidad de medida impuesta a las universidades, que tiene su objetivo: disminuir el número de Profesores y AUMENTAR ficticiamente la carga lectiva. Será porque acaban de "caer del burro", valorando el tiempo de dedicación personal a los cursos como si de formación universitaria se trata.

Pues esto mismo han "recogido" en este Baremo que hemos reproducido, dejando entrever que "todo vale"; ¡todo!, menos desarrollar la Ley, que es su obligación.

LA FORMACIÓN CONTINUADA TIENE QUE SER REEDITADA, TANTO SU EXIGENCIA COMO LA BAREMACIÓN ¡DESDE LUEGO QUE EXISTE UN PROBLEMA!, EL DE LA SUBVENCIÓN, DE LA QUE "DISFRUTA" ALGUNA DE LAS EMPRESAS DEL "GRUPO CORPORATIVO" DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS ENFERMEROS, QUE HA SUSCRITO EL CORRESPONDIENTE CONCIERTO CON EL ACTUAL MINISTERIO DE TRABAJO (DEL PP), PARA "HACER" CURSOS A DIESTRO Y SINIESTRO, PERO SIN BENEFICIOS PARA LA CORPORACIÓN ¡ASÍ NOS VA!, A UNOS BIEN; A OTROS VIÉNDOSE DESPROTEGIDO LEGALMEMENTE, COMO LES SUCEDE A LOS COLEGIADOS.