TRES ASUNTOS DE CAPITAL IMPORTANCIA.
HORARIO: Sí; estaríamos dispuesto a admitir el "aumento" de la jornada laboral, de 35 a 37,30 horas, pero a cambio de "fichar", a la entrada y a la salida. Sabemos de algunos cargos que serían los primeros en no aceptar la medida, ¡porque se aplicaría a todos!, ¿o no?
No cabe que los unos "tapen" a los otros, y viceversa ¡Pues nada!, a entrar a la hora convenida y salir puntualmente. Entrar a la hora y salir a la hora. Esto, sin duda, en los casos de "relevo" de jornada será imposible, puesto que quien "entra" coincidierá a la "salida" con quien acaba el turno; la planta, obviamente, quedará huérafana.
Nos comportaremos con los "funcionarios", que llegada la hora se "aparcan" los papeles, y ¡hasta mañana!.
LIBRE DESIGNACIÓN: Bueno, si algo tiene que solucionar, ¡ya!, el SES es la libre designación, que ha sido resuelto por los Tribunales de Justicia, en el sentido de que no cumple la legislación vigente. Y lo hacen con tanto descaro que olvidan que son empresas públicas, no de particulares. Y es que el SES se gestiona lo más parecido a como lo haria "el señorito" con su cortijo, ¡a su aire! Y así nos va: atrapado en nuestras miserias, las que padecen algunos, viendo a los "gestores" propuestos por los "gestores". Y, entre todos, se han cargado el sistema.
Y es que resulta molesto, ver cómo se reparten los "cargillos" entre ellos ¿Qué o cuáles han sido los méritos para "designar" a unos sí y a otros no? Lo único que se "ve", por evidente, es un denominador común: la característica de la "obediencia". Y así no puede mejorar la prestación de servicio, porque QUIEN NO SABE ES COMO EL QUE NO VE.
COMPLEMENTO DE PENSIÓN: Al parecer, el Gobierno del señor Monago ha decidido no anular el Complemento de Pensión a quienes se jubilaron una vez cumplidos los tres requisitos legales previstos: 25 años de cotización, 25 años de servicio y 60 años cumplidos. Y ese complemento de pensión venía siendo reducido a medida que aumentaba la cantidad por la pensión de la Seguridad Social. Es decir, el 40% del complemento inicial iba disminuyendo a medida que aumentaba la cantidad percibida por la pesnión de la S.S.
Por nuestra parte, cuando fuimos consultado, hemos informado que resulta basta discutible esa supresión en el pago del complemento, puesto que la ley está ahí, y a esa legalidad se "apuntaron" quienes, cumpliendo los tres requisitos que le ofrecía la ley, optaron por anticipar su jubilación. Por tanto, aplicar de futuro será lo legal; pero nunca con carácter retroactivo.
CARRERA PROFESIONAL.-
Ya nadie tiene dudas sobre la ilegalidad en la aplicación de la "Carrera Profesional", puesto que la Administración Autonómica se excedió en la aplicación de la Ley; pero también es cierto que todos sabemos que a los políticos nunca les pasa nada cuando incumplen la ley.
La carrera profesional la ha previsto la Ley de Ordenación de las Profesiones para los Grupos A) y B) del Estatuto Marco, del año 2.003; hoy para los subgrupos A1) y A2) previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público, del año 2.007.
Sin embargo, la Administración la amplió a todos los grupos, con lo cual la cantidad final se desorbitó; pero tampoco pasa nada. Así se cumple el dicho popular: "la ley está para incumplirse". Y esto molesta, ¡y mucho!
EL SES TIENE QUE MEJORAR, PORQUE NOS AFECTA A TODOS, CIUDADANOS, PROFESIONALES Y PRESUPUESTOS. Y TENEMOS QUE SER CONSCIENTE, POR LO QUE "TODOS" TENEMOS LA OBLIGACIÓN DE HACER QUE LAS NORMAS SE CUMPLAN, PERO ¡A TODOS!, NO SIEMPRE A LOS MISMOS.
EL SES NO PUEDE SEGUIR ASÍ, CON MÁS "JEFES QUE INDIOS", PORQUE ACTUALMENTE PARECE EL EJERCITO DE "PANCHO VILLA".