domingo, 18 de noviembre de 2012

¿QUIÉNES PAGAN LOS PLATOS ROTOS?

Respuesta: los de siempre. Y ¿quiénes ganan?, "a río revuelto, ganancia de pescadores". Pero, ¿quiénes son los pescadores? los de siempre.
 
Días por asuntos particulares.
 
Hasta la fecha,  las Ley había previsto SEIS días por asuntos particulares, y, además, DOS días adicionales al cumplir el SEXTO trienio. Total, OCHO días. Previo también UN día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo, con lo que estamos hablando de otros tantos días más.
 
Todo ello significa que a mayor antigüedad más afectación de los "recortes", que no puede ser "gratis". No es igual que a alguien de SEIS días se lo queden en TRES que a quien tuviera reconocido DIECISEIS se lo queden, igualmente, en TRES DÍAS. Esto tiene que tener repercusión, ¡no cabe duda!, por elementales razones de oportunidad.
 
¡Y qué decir de quienes faltan cuando les dá la gana!
 
Precisamente, gente que conocemos, de esos cargos intermedios, no acuden al puesto de trabajo cuando tienen por conveniente, y como si el dinero fuera del expléndido "empresario", ¡no pasa nada!
 
Los demás tenemos que justificar cualquier ausencia, con los descuentos correspondientes, precisamente ante esa persona que lo "raro" es verla en su puesto de trabajo. Claro que argumentarán que ese no es nuestro problema; pero se equivocan: porque ese puesto se está financiando con la contribución de todos, que es obligatoria.
 
Dentro de los deberes de los empleados públicos está, precisamente, el de la "EJEMPLARIDAD", que brilla por su ausencia en determinados casos de "enchufados". Y si quien tiene la oportunidad de serlo, sin ningún tipo de concurrencia competitiva pública, actúa de esa manera, es una vergüenza que eso se consienta. Los demás tenemos que buscarnos Abogados para que nos defiendan, precisamente contra la arbitrariedad de los amigos de amigos.
 
Y todavía tiene la norma el atrevimiento de decir que quedan suspendidos y sin efecto los Acuerdos, Pactos y Convenios para el personal funcionario y laboral, suscritos por las Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o dependientes de las mismas que no se ajusten a lo previsto en este artículo, en particular, en lo relativo al permiso por asuntos particulares, vacaciones y días adicionales a los de libre disposición o de similar naturaleza, cuando vemos cómo se comportan, precisamente, los "ejemplarizantes".
 
Dentro de las medidas de reordenación y racionalización de las Administraciones Públicas, se suspenden y quedan sin efecto los Acuerdos, Pactos y Convenios para el personal del sector público, ..., suscritos por las Administraciones Públicas y sus Organismos y entidades que contengan cláusulas que se opongan a lo dispuesto en el presente título, con lo que no es posible recurrir todos estos supuestos -y algunos otros que no hemos comentado- ya que se trata de una Norma con rango de Ley.
 
¿Qué dice el señor Montoro respecto de los "días particulares"? 
 
Como saben, de aquellos seis días mínimos previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público, el señor Montoro no tiene otra ocurrencia que justificar la reducción drástica con lo siguiente: "El objetivo es asimilar la función pública con el régimen laboral en términos de actividad". Señor Montoro, asimilar sólo en lo malo no es buena "asimilación", por la sencilla razón de que a los empleados públicos se nos exige un comportamiento muy distinto al que puedan convenir los empleados de empresas privadas. Por ejemplo, se nos exige objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, entre otros. No es lo mismo, señor Montoro.