¡Bueno!, parece lógico. No obstante, en los "bares" sí que hablamos de todo. Arreglamos el mundo; para todo tenemos "nuestra" solución.
Viene a cuento lo que digo porque me llama un amigo y me dice: ¡oye!, ¿has visto lo que se dice en la Ley 10/2013? Me lo cuenta como novedad, y lo dejo que termine para ver hasta donde llega. Lo remito a este blog, para que vea que nos pronunciamos antes de que apareciera la Ley publicada en el BOE, porque previamente se había escrito su texto. Es decir, esto no existía para esta persona, y cuando lo descubre, llama para darme la "buena noticia": se habla de "Gestión Clínica", me dice; también me comenta que han modificado el Estatuto Marco ¡Pues claro! Se trata de eso, de un puesto de trabajo; pero, ¡ojo!, que eso es, como decimos, competencia de la Comunidad Autónoma.
¡Claro que se habla de Gestión Clínica! Le comento que esa Ley 10/2013 ha añadido un párrafo quinto al artículo 10 de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), pero esto parece que le supere. Insisto en el asunto y le digo, ¿hasta qué punto puede utilizarse la LOPS para hablar de "Gestión Clínica"?
La Gestión y Administración de los Servicios de Salud es, hoy por hoy, competencia de las Comunidades Autónomas; es más, le añado, no entiendo cómo es posible esa injerencia del Estado en unas competencias que ha transferido con los Estatutos de Autonomía ¡Bueno!, el asunto es que nos "maravilla" lo que descubrimos por cuenta propia, pero no queremos discutir sobre el fondo del asunto.
EL FONDO DEL ASUNTO.
Se ha conseguido hablar de "gestión clínica" en lugar de prescripción. Se prefiere hablar de eso en lugar de que esa Ley del medicamento produce intromisiones en la específica LOPS. Esta Ley debió concluir en su artículo 7º. Para todo lo demás no tiene legitimidad. Es decir, ninguna relación tiene el resto de la LOPS con lo que allí se escribe.
Igual sucederá en su día cuando alguien se lee el bodrio de Ley de Servicios y de Colegios Profesionales, que es otra intromisión en las corporaciones colegiales, a las cuales desapodera. Pero como estamos "en otras cosas", no damos importancia al contenido del Anteproyecto aprobado. Y no damos importancia a lo aprobado en Consejo de Ministros porque la propia O.M.C. informa de que está adaptando los Estatutos de la Organización a las previsiones de Ley.
Al final terminaremos "cediendo", porque es imposible hablar con nadie que sepa de qué va el asunto. Y es que este es uno de los problemas de la democracia, donde dos contra uno gana cualquier votación, aunque te estén vendiendo el Planeta.
El problema lo tendrán si un día le aplican esa ley; entonces es cuando ponen el grito en el cielo y dirán ¡eso no puede ser!.
Lo dicho: hablar que replantearse la forma y el fondo de lo que escribimos, porque es imposible mantener un mínimo diálogo con quien no quiere ver.
Un ejemplo que lo tenemos todos muy presente: el siniestro del tren gallego ¿No les parece una tomadura de pelo que salgan unos señores en los medios de comunicación hablando después de lo ocurrido? Y todo por no provocar "alarma social". Es decir, que prevenir provoca alarma social, pero no que mueran tantísimas personas, que confiaban en la buena fe. Ahí están los resultados.