VAMOS A INTENTAR ESCRIBIR ALGUNAS REFLEXIONES.
Debacle de la Profesión.- Comienza en el año 1.990. Se produce, sin citarla, la "derogación" implícita de las materias, contenidos y ordenación de las enseñanzas que ordena la Directiva Europea de 1.977; es decir: se pasó de 4.600 horas mínimas a 180 créditos, cuando el valor crédito era de 10 horas/1 crédito.
¡Por cierto!, se eliminaron materias de obligado cumplimiento previstas en esa Directiva y en los Planes de estudio vigente, lo que supuso "expulsarnos" de algunos servicios centrales de las Instituciones Sanitarias. Algo así como 40.000 puestos de trabajo. La progresía entendía que "eso" no era Profesión ¡Claro!, lo suyo era la filosofía de aquella señora, V. Henderson, del siglo XIX. A día de hoy, si alguna actividad puede producir ingresos a la Profesión son determinadas exploraciones radiológicas y analíticas, de donde nos quieren echar.
NOTA: El "crédito" es una unidad de valoración de las enseñanzas. Corresponderá a diez horas de enseñanza teórica, práctica o de sus equivalencias, entre las que podrán incluirse actividades académicas dirigidas, que habrán de preverse en el correspondiente plan docente junto con los mecanismos y medios objetivos de comprobación de los resultados académicos de las mismas.
En el año 2.003 se redefinió el concepto: El crédito europeo es la unidad de medida del haber académico que representa la cantidad de trabajo del estudiante para cumplir los objetivos del programa de estudios y que se obtiene por la superación de cada una de las materias que integran los planes de estudios de las diversas enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. En esta unidad de medida se integran las enseñanzas teóricas y prácticas, así como otras actividades académicas dirigidas, con inclusión de las horas de estudio y de trabajo que el estudiante debe realizar para alcanzar los objetivos formativos propios de cada una de las materias del correspondiente plan de estudios.
Luego, ¿por qué se utiliza el concepto crédito para la "formación continuada" y en los baremos de méritos para acceder a plazas? El Real Decreto no puede ser más explícito. El crédito es, como nos dice la norma, esa unidad de valoración de los estudios dirigidos a la obtención de los títulos de Grado, Máster y Doctor.
Se reafirma la debacle.- Año 2.008: el Consejo de Ministros adopta un Acuerdo referido a lo que deberían ser los Planes de estudio conducentes a la obtención de la "nueva" titulación (en referencia exclusivamente al nombre) de Grado. Y, peor aún: aquella Orden del Ministerio de Ciencia e Innovación, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Enfermero.
Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre.
Todavía el Gobierno tiene la osadía de reproducir el contenido de la Directiva 2005/36/CE, que recoge lo previsto en aquellas Directivas 77/452/CEE y 77/453/CEE. Es decir, que son conscientes de violar el Derecho Europeo, sólo, única y exclusivamente para "fastidiar" a la Profesión.
1.987. Real Decreto sobre Especialidades.
¿Recuerdan? Se tuvo el atrevimiento de derogar las Especialidades que se habían conseguido hasta ese momento; además, "sacaron" de las mismas a la Fisioterapia y Podología, con los resultados de todos conocidos. Es más, ni una sola Especialidad de las allí previstas, ordenando extinguir a las existentes.
2.005.- Nuevo Real Decreto sobre Especialidades.
Esta vez parece que sí. Se están desarrollando las Especialidades de la Profesión, que son siete. La más compleja, para los "expertos", es la Médico-quirúrgica, para la que se proponen tres subespecialidades. Esto significa que quienes sean los autores y/o proponentes, de trabajar en la modalidad de Asistencia Especializada, poco o nada conocen al respecto. Recuerden, también, que la señora Villalobos, en su tiempo como Ministra, nos prometió, al menos, veintiuna especialidades troncales ¿Qué ha sucedido desde entonces hasta la fecha para que en lugar de aquellas se nos digan que son solamente tres?
Ley de Colegios Profesionales.
En el año 2.009, el Psoe elaboró algunas modificaciones a la anterior Ley Colegial, la cual ya había sido previamente modificada hasta en cuatro ocasiones, con los resultados de todos conocidos. Es, quizá, la mejor de las modificaciones posibles.
Pacto por la sostenibilidad del sistema.
Es lo más, lo último. En ese pacto se dicen que tenemos que hacer (¡a buenas horas, mangas verdes!) un número de créditos (insistimos en el error a la hora de utilizar el concepto) para poder ser acreditados (nuevo error, se trata de "autorizados) para usar, indicar y ordenar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios. Es eso materia para incluir en un "Pacto por la sostenibilidad del sistema", pregunto.
Con cualquiera que hables te lo dice: estáis siguiendo el mismo camino que las Organizaciones Sindicales.
Adentrados en la conversación nos dicen que vamos a correr la misma suerte que las centrales sindicales, que han dejado de tener credibilidad. Me explico, dicen: estáis firmando situaciones que van en detrimento de la Profesión ¿A cambio de qué?, me interrogaba.
La Sanidad, al igual que la educación, tiene un problema: el de recursos económicos. Todos los sabemos ¿Mejorará la sostenibilidad del sistema sanitario si se nos obliga a tener que realizar un curso para hacer lo que venimos haciendo desde que el mundo es mundo? Desde luego que no tengo respuesta para la pregunta, por algo elemental: tienen razón.
LOS COLEGIOS DE LAS PROFESIONES LLEVAMOS EL MISMO CAMINO DE LAS CENTRALES SINDICALES, COMO LO ES LA FALTA DE CREDIBILIDAD. Y LO PEOR DE TODO: DESPUES DE AÑOS Y AÑOS SIN QUERER SABER NADA DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES, ENCIMA VIENE EL PP Y NOS QUIERE INTERVENIR. CASUALIDADES DE LA VIDA ES QUE ESO SE QUIERE PRODUCIR UNA VEZ QUE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL HA SENTENCIADO QUE LOS COLEGIOS SOMOS -DEBEMOS SER- INDEPENDIENTES, PARA ASÍ PODER ORDENAR EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN.