viernes, 25 de enero de 2008

¡POR FIN!, APARECE EL PRESIDENTE.

Después de tantos insultos, que rozan el delito de calumnia, por parte de algunos miembros de la Organización Médica Colegial (OMC) el Presidente del Consejo General de Enfermería, Máximo González Jurado, ha enviado una carta pública al presidente de la Organización Médica Colegial, Isacio Siguero, en el que le invita a participar en un debate público sobre el controvertido asunto de la prescripción enfermera. En la carta, González Jurado desvela anteriores encuentros entre ambos, de carácter privado, mantenidos para tratar de acercar posturas, mientras que ahora reclama un encuentro público. Y la revista donde se publica termina con esta pregunta: ¿Por qué este cambio de parecer del representante de los enfermeros?...


Así que, al igual que criticamos otros comportamientos, también ahora vamos a contribuir a que se conozca el contenido del escrito que, al parecer, ha enviado el Presidente del Consejo General de la Profesión Enfermer@ al Presidente (Ilmo. señor; que no Excmo) de la OMC.

No obstante, nos vamos a permitir la licencia de aclarar aquellos conceptos jurídicos -porque de norma se trata- que se vierten permanentemente en las manifestaciones, como, igualmente, su significado invita a interpretar las declaraciones de la OMC como posible delito de calumnia, que significa "acusación falsa, hecha maliciosamente para causar daño", y es falso porque los Enfermer@s, como Profesión Sanitaria, titulada y regulada, en expresión de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, tiene "competencia" para prescribir, y algo más. La competencia significa la atribución que la Ley atribuye a determinadas Profesiones (en nuestro caso, Sanitaria); potestad es la autoridad que la Constitución otorga al Poder Legislativo, para que apruebe Leyes o Normas con rango de Ley; y "capacidad" es aquello que cada uno, en función de sus habilidades "personales" hace o cree poder hacer. Otras acepciones, como "capacidad de obrar o capacidad jurídica no vienen al caso; por ejemplo, porque el concebido no nacido para todos los efectos que le sean favorables tiene capacidad; como también la tienen para otros efectos, aunque deben ser representados por las personas que legalmente lo harían si ya hubieran nacido.
Reprodución literal del escrito publicado:
Madrid, 23 enero 2008

Excmo. Sr. D. Isacio Siguero Zurdo
Presidente del Consejo General
de Colegios Oficiales de Médicos
Plaza de las Cortes, 11
28014 MADRID


Estimado amigo,

Sirvan estas líneas para saludarte como siempre cordialmente y reiterarte nuestros mejores deseos para el año que acaba de comenzar.
Seguidamente me gustaría con ánimo constructivo y dialogante, manifestarte la preocupación que mantenemos tras observar el grado de deterioro que se está produciendo en las relaciones entre nuestros respectivos Consejos Generales, como consecuencia del desarrollo reglamentario de la disposición duodécima de la ley del medicamento.

Son veintisiete años los que llevo en este Consejo General y he compartido vicisitudes de todo tipo con seis Presidentes del Consejo General de Médicos que te han precedido y a pesar de las dificultades que a veces han sido inevitables, siempre imperó el espíritu de respeto, colaboración, amistad y búsqueda de soluciones conjuntas. Sabes que en el tema que nos ocupa, he tratado por todos los medios de dialogar institucionalmente con vosotros, buscando a través del diálogo el necesario “pacto interprofesional” que establece la LOPS, desde el análisis conjunto y con el respeto y la armonía necesarios.

El 26 de julio de 2006 y a iniciativa y por invitación de D. Manuel Lamela, entonces Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, recordarás que cenamos los tres, al objeto de abrir la mesa de diálogo de nuestros respectivos Consejos Generales ofreciéndose de árbitro y mediador el Consejero de Sanidad de Madrid. Todos dimos la aquiescencia, comprometiéndonos a abrir la mesa en septiembre del mismo año y pidiéndonos tú que mantuviésemos reservada la conversación. A los pocos días se publica la información de nuestra reunión por GACETA MÉDICA y nos informas que ha sido un miembro de tu ejecutiva quien ha filtrado la información.

El 20 de septiembre de 2006 soy convocado a un almuerzo de trabajo, por un amigo común, cuyo nombre por discreción me reservo por ahora, al que asiste por la OMC su Vicepresidente, D. Jesús Aguirre y por parte de mi Consejo, el Vicepresidente D. José Angel Rodríguez, el Secretario General D. José Vicente González y yo mismo. El objeto de la reunión era el mismo y también acordamos crear una mesa institucional conjunta de ambos Consejos Generales para analizar la situación y buscar el necesario acuerdo.

El 3 de noviembre del mismo año 2006, nuevamente el Consejero de Sanidad de Madrid nos invita a un almuerzo al que asistimos los dos Presidentes de Consejos (Médicos, Enfermeros), el Consejero de Madrid, acompañado por el Director General de Salud Pública, Dr. Agustín Rivero y el Secretario General Técnico de la Consejería D. Jaime Haddad, quienes iban a ser las personas designadas para la mediación y arbitrio. También acordamos abrir de forma inminente la Mesa de diálogo, aunque nos advertiste de no estar seguro de conseguir el respaldo del resto de la Comisión Permanente, ya que la candidatura que tú habías apoyado había perdido las elecciones y no tenías el control de la misma. Tres intentos amistosos e institucionales con personas de trestigio como mediadores y con la mejor de las voluntades por nuestra parte, que han sido desoídos y ninguneados desde la Organización que presides, dentro de los plazos previstos por la ley para desarrollar su disposición duodécima, que hubiesen evitado la situación de conflicto institucional y la inseguridad jurídica en que se encuentra el conjunto de la profesión enfermera desde el 28 de julio de 2007, fecha en la que concluyó el citado plazo de un año que la ley estableció para que el Ministerio de Sanidad desarrollara dicha disposición, sin que tal previsión legislativa se hubiese cumplido por dicho Ministerio.

Ante este incumplimiento, pasado el año establecido en la ley y habiendo solicitado infructuosamente al Ministerio de Sanidad que ejerciera sus responsabilidades, y ante la imposibilidad de dialogar y tratar de consensuar con la Organización Médica Colegial; la Asamblea General del Consejo General de Enfermería adoptó un posicionamiento claro de exigir a los poderes públicos, el cumplimiento estricto y riguroso de la ley. El órgano competente del Sistema Nacional de Salud, es decir la Comisión de Farmacia, donde se representan el Estado y las Comunidades Autónomas, ha estudiado y debatido el tema, nos ha concedido a las Organizaciones Colegiales de Médicos, Podólogos y Enfermeros el trámite de audiencia mediante nuestra comparecencia personal y ha elaborado un proyecto de norma con rango de Orden Ministerial que nos ha sido sometida al
trámite reglamentario de audiencia. Dicho proyecto regula respetuosamente el contenido de la disposición de la ley.
Es evidente que en cualquier ámbito legislativo o normativo se puede ser o no coincidente con el contenido, como no es menos evidente que la legítima discrepancia ha de estar fundamentada en el ejercicio de la razón jurídica y en la científica, pero nunca en la descalificación, el menosprecio y la falta de respeto al legítimo contenido y ejercicio de cualquier profesión de las reguladas por la LOPS.

En 1977 cuando los estudios del entonces Ayudante Técnico Sanitario se integraron en la Universidad mediante Real Decreto, éste fue impugnado por el Consejo de Médicos ante el Tribunal Supremo. Recurso que fue fallado en contra del Consejo de Médicos.

En 1984, el entonces Consejero de Sanidad de la Junta de Andalucía, D. Pablo Recio, promovió un Decreto por el que se aprobaban las “Consultas de Enfermería en Atención Primaria”. También fue recurrido por el Consejo de Médicos y también falló en su contra el Tribunal Supremo.

Tanto los estudios universitarios de enfermería, como las consultas de enfermería, han venido a demostrar a lo largo de los años, su eficacia para con nuestro Sistema Sanitario y hoy nadie discute su bondad y oportunidad. Pero en cualquiera de estos casos anteriores, la discrepancia se realizó con respeto hacia mi profesión. En cambio en los momentos actuales se están vertiendo por los miembros de ese Consejo General, afirmaciones graves, carentes en nuestra opinión del menor rigor científico y atentatorias contra la dignidad de la profesión enfermera.

Superados pues los tiempos de un deseado consenso previo, la inseguridad jurídica en la que se haya la enfermería española, obliga a cerrar definitivamente este tema sin más opción, a corto plazo, que la aprobación de la correspondiente norma jurídica.

Ha llegado el momento, querido Presidente, de terminar con esta situación y poner las cartas boca arriba. No podemos permitir ni un insulto más, ni un menosprecio más. Es el momento de resolver de una vez por todas las diferencias de opinión y de posición.

En septiembre de 2006 fui invitado por GACETA MÉDICA a debatir con el Presidente del Consejo de Médicos sobre la situación que nos ocupa. Acepté de inmediato con una sola condición: el debate tenía que ser exclusivamente entre los dos Presidentes de Consejos Generales, Isacio Siguero y Máximo González, por respeto a ambas instituciones, y a ambas profesiones, al ser los máximos representantes nacionales de las mismas. Se me informó días más tarde que no aceptabas el debate.

En enero del presente 2008 ha ocurrido exactamente lo mismo con DIARIO MÉDICO y con la misma suerte.

Ante estos fallidos intentos de dos medios tan prestigiosos, te invito formal e institucionalmente a que realicemos un debate público exclusivamente los Presidentes de los Consejos Generales de Médicos y Enfermeros, sin posibilidad de delegación alguna, como se corresponde a la naturaleza de las responsabilidades inherentes a nuestros respectivos cargos. Debate al que podrán asistir todos los medios de comunicación que lo deseen, autoridades, colegiados y usuarios.

De esta forma podremos, libremente, exponer los argumentos que consideremos adecuados y todos los presentes podrán obtener las conclusiones pertinentes, de tal manera que sea el punto y final de nuestra discrepancia y podamos reemprender juntos, el camino que nunca debimos abandonar, para seguir trabajando conjuntamente como en los últimos treinta años, a favor del desarrollo de nuestras respectivas profesiones, en tantos y tan buenos aspectos, y todo ello para proteger la salud que nos confían diariamente las personas y garantizarles las mejores prácticas realizadas con calidad y bajo principios éticos y deontológicos.

Si como estoy seguro aceptas mi invitación, te agradeceré me lo comuniques en un plazo de siete días, al objeto de que nuestros respectivos equipos organicen el formato del debate, así como su lugar y fecha de celebración. Si por el contrario no encuentro eco a esta invitación, entenderemos que la discrepancia ha concluido y nos someteremos a la normativa jurídica y, en su caso, a su interpretación judicial.
Quedo pendiente de tus gratas noticias al respecto, mientras tanto recibe un cordial abrazo.
NOTAS:
Pués sí que nos gustaría que se produjera ese debate, y que, obviamente, fuera público, porque a estas alturas ya no nos podemos fiar de nada ni de nadie. Son muchas conversaciones privadas, al parecer, entre Médicos; Enfermer@s (sic) y Podólogos (¡qué casualidad!, si no hay Podólogos en el sistema sanitario público). En fin, yo sí fui a ese debate, en julio de 2006; y fuí para debatir contra cuatro médicos, más el moderador, que también es médico, ¡bueno!, primero fue Enfermero, ahora es Médico. ... y nos enteramos de algunas cosas, como, por ejemplo, de la sociedad que habían montado la OMC y el señor González Jurado.
EN FIN, SEA BIEN VENIDA LA INVITACIÓN A ESE DEBATE PÚBLICO, AUNQUE NO ESPERAMOS NINGUNA NOVEDAD, ya que el problema del medicamento y productos sanitarios en relación con la prescripción, no es cuestión de una Orden Ministerial, es requisito sine qua non, locución latina originalmente utilizada como término legal para decir "condición sin la cual no"; esto es: que si la norma no tiene rango formal de Ley, todo es "agua de borraja".

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