El señor Ortiz Cansado, Director de Atención Sanitaria de la Gerencia del Área de Salud de Badajoz, sin "cortarse un pelo", se atreve a desarrollar, nada más y nada menos, que la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias; ¡y se queda tan tranquilo!. Y esto lo hace en cuarenta folios. Dos reflexiones se nos ocurre: una, que no tiene nada que hacer y se ha dedicado a confeccionar ese panfleto; o dos, que es tan ignorante que ni tan siquiera se le ha ocurrido consultar si él, como persona física, en calidad de "director de atención sanitaria", jurídicamente hablando, es competente para escribir lo que ha escrito, aunque es cierto que no hacen falta muchas "entendederas" para saber no. Pero es que resulta gracioso que, sin embargo, habla de "jerarquía". ¿Pero sabe este hombre lo que dice?. ¡Mire usted, señor Avelino!, ni a quel que escribía como usted lo hace ahora se le ocurrió tamaña grosería, por no llamarle otra cosa. A él solo se le ocurría hablar de "jerarquía" en su ejercito; usted lo hace extensión, incluso, a las Profesiones Sanitarias.
Señor Avelino, "con su permiso", el fin esencial de un Colegio Profesional es ordenar el ejercicio de la Profesión; así de sencillo: cada Colegio tiene atribuida por Ley esa competencia. Luego, si la Ley no ha sido modificada ni derogada, ¡con todos nuestros respeto!, usted se ha pasado. Sí; usted es un atrevido. Y es usted un atrevido porque lo que ha escrito y descrito en esos cuarenta folios no tiene desperdicio. Le "pega usted una verdadera patada en el trasero" a todo el Estado de Derecho, ¡y se queda tan tranquilo!.
Señor Avelino, ¿sabe usted qué es la competencia?. La respuesta es no; y es no porque más grave aún sería que nos contestara que sí, que lo sabe; entonces no merece usted nuestra crítica como Presidente de un Colegio Profesional, sería otra la acción a ejecutar.
Señor Avelino, ¡que no!, que usted ni la Gerencia ni el Director Gerente, ni la Consejera, ni el órgano de Gobierno de la Administración Autónomica tienen competencia en la ordenación del ejercicio de las Profesiones Sanitarias, tituladas y reguladas.
Señor Avelino, que usted forma parte de una Empresa, sí, pública, pero al fin y al cabo una Empresa. Y desde una Empresa no se puede ordenar el ejercicio de una Profesión Sanitaria, titulada y regulada. Una Empresa, como el organismo autónomo SES, está sometida a la Ley, como lo estamos todos los Españoles; y lo estamos porque nos dimos un Estado de Derecho, que no le vamos a explicar, no fuera ser que nos desarrolle, también, la Constitución Española.
Señor Avelino, le decimos que nos lo contaban y no dábamos crédito; lo negábamos. Argumentábamos que eso no podía ser; insistíamos en que un señor con ese puesto de tanta importancia no podría ser el autor que se hubiera atrevido a desarrollar una Ley, como lo es la de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. Sí, señor Avelino, nos resistíamos a creer que usted no supuiera interpretar la locución gramatical que en puro castellano viene en el artículo séptimo de la Ley que cita. Preguntamos: ¿es que no la ha leído?. ¡A ver!, se la vamos a recordar: Enfermeros: "corresponde a los Diplomados universitarios en Enfermería la dirección, evaluación y prestación de los cuidados de Enfermería orientados a la promoción, mantenimiento y recuperación de la salud, así como a la prevención de enfermedades y discapacidades". Se la repetimos, ¡o ya le vale!.
Ha leído bien, a los Enfermeros le corresponde "dirigir" los Cuidados de Enfermería, luego, malamente puede estar controlado ni por el mando intermedio ni por el mando superior. ¡Señor Avelino!, ni en el texto Articulado de la Ley de la función pública de 1964 se le ocurrio al Generalísimo escribir lo que usted a escrito en el año 2008. ¿Será porque en aquella fecha no existían gente como usted de lista o atrevida?, ¿o sería porque no había otra forma razonable de describir a las Profesiones?. ¡Y fíjese que han pasado años!; pues ni por esa se ha modificado aquel texto.
Señor Avelino, ¿ha leído usted que significado tiene la palabra "control" que tanto la repite?, se la vamos a reproducir: "Comprobación, inspección, fiscalización, intervención. Dominio, mando, preponderancia". Luego, si la Enfermera es la que dirige los cuidados propios de su Profesión, ¿cómo va a ser controlada?. ¿Quién puede ser el controlador del que dirige?. Señor Avelino, por su seguridad fisica -además de la psicológica-, ¡deje a los Profesionales sanitarios que hagan su trabajo conforme a su leal saber y entender! Le vamos a poner un ejemplo referido a la necesidad del libre ejercicio de una Profesión Sanitaria: imagine que usted es el paciente, que por su patología necesita que se le implante un marcapaso; sucederá la prescripción; pero, entonces, aparece el director de asistencia sanitaria y le dice al médico que ¡de marcapasos, nada de nada!, por su precio; y usted, comco paciente se muere por no implantárselo. ¿Le gustaría que esto sucediera?. No, seguro que no. Cualquier otro ejemplo serviría para hacerle ver, ya que no lo tiene muy claro, que la libre determinación de los Profesionales de la salud es el único instrumento de seguridad que tenemos los ciudadanos una vez que perdemos la salud. Son ellos, los profesionales, los que tendrán que decidir cómo y de qué manera. Los cargos políticos, como el suyo, no pueden inmiscuirse en las competencias de los Profesionaes Sanitarias, porque entonces perderíamos esa garantía de seguridad a la que nos referimos.
Usted nos preocupa como Profesión, porque le vemos un día dando orden de a qué pacientes tenemos que atender, cómo y de qué manera; sí, es todo un problema que alguien tendrá que solucionar.
Señor Avelino, ha llegado usted a un desarrollo tan meticuloso de la Profesión Enfermera -y de la médica, porque, a sensu contrario, también lo hace- que nos ha quedado con la "boca abierta". Acaba usted solito de derogar una Ley y se quedan tan tranquilo.
Señor Avelino, ¡que no!, que el Servicio Extremeño de Salud se rige por la Ley, como todos (¡bueno!, excepto usted, que la interpreta como mejor le parece).
Señor Avelino, usted no es competente para desarrollar la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, ¡y fíjese que no le digo que no sea capaz!; simplemente le decimos que es usted un atrevido, pero tanto que nos preocupa que este servicio de salud, que pagamos todos los españoles, esté dirigido por personas que, sin el más mínimo reparo, se ponga a ordenar el ejercicio de las Profesiones Sanitarias, ¡y se queda tan tranquilo!. Ahora bien, esperamos que alguien, con mínimos conocimientos jurídicos le diga: ¡señor Avelino, se ha pasado usted un rato!.
No; no le vamos a explicar los concepto de Estado de Derecho; sometimiento a la Ley y al Derecho; jerarquía normativa; atribución de competencia; ordenación de los Departamentos administrativos; como tampoco le vamos a explicar que una Profesión sanitaria única y exclusivamente está sometida a sus normas deontológicas y a la buena praxis profesiona, sin perjuicio del cumplimiento de aquella legislación positiva que pudiera dictar en defensa y garantía de los derechos de los ciudadanos.
Señor Avelino, antes de los artículos que cita, léase, también, el artículo 2º de la Ley de Ordenación, que dice: De conformidad con el artículo 36 de la Constitución, y a los efectos de esta Ley, son profesiones sanitarias, tituladas y reguladas, aquellas cuya formación pregraduada o especializada se dirige específica y fundamentalmente a dotar a los interesados de los conocimientos, habilidades y actitudes propias de la atención de salud, y que están organizadas en colegios profesionales oficialmente reconocidos por los poderes públicos, de acuerdo con lo previsto en la normativa específicamente aplicable". Y la normativa específicamente aplicable no es otra que la Ley de Colegios Profesionales.
Señor Avelino, ¡ahora sí es el final!, ¿sabía usted que en esa Ley de Ordenación de las Profesiones sanitarias que usted cita existe un artículo que crea una cosa que se llama Comisión Consultiva Profesional a la que se le atribuye, entre otras competencias, "las de mediación y propuesta de solución en los conflictos de competencias entre las distintas profesiones sanitarias". Entendemos que esa Comisión no le conoce a usted ni a su escrito, porque, de lo contrario, se daría cuenta que todo está "atado y bien atado", lo que le obligaría a desaparecer como tal Comisión.
Y fíjese hasta qué punto han "calado" sus cuarenta folios que ante la pregunta ¿has leído lo que ha escrito el señor Avelino Ortiz?, la respuesta fue: ¡él puede escribir lo que quiera, y yo haré lo que tenga que hacer!; ¡faltaría más!.