jueves, 22 de marzo de 2012

Y, AHORA, ¿CÓMO VA A SALIR DE DONDE SE HA METIDO?

PLENA AUTONOMÍA TÉCNICA Y CIENTÍFICA.- Esto es lo que dispone la Ley, con la que terminaremos este artículo. Y es que el médico no quiere ni oir hablar de ello; ni el señor González Jurado tampoco: "dura es la Ley, pero es la Ley" (Dura lex ser lex). Y la Ley dice: "El Enfermero, de forma autónoma, podrá indicar, usar y ordenar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios". Plena autonomía técnica y científica es un principio básico que rige el ejercicio de las Profesiones Sanitarias, que no puede ser derogado.

La Ley del medicamento, como se puede apreciar sin mayores esfuerzos interpretativo, dice que el Enfermero PODRÁ ... No impone, ¡desde luego!, indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios no sujetos a prescripción médica.

Y EL ENTREVISTADO TERGIVERSA LA SITUACIÓN.
Le preguntan por la prescripción y echa balones fuera, CULPANDO AL NUEVO GOBIERNO por no "aprobarle su proyecto de real decreto" ¡PERO CÓMO VA A APROBAR UN GOBIERNO SERIO ESE BODRIO DE PROYECTO!

Ya hemos transcrito lo que dice el párrafo segundo del artículo 77.1 de la Ley del medicamento. Y ahora vamos a reproducir lo que se dispone en el siguiente párrafo tercero. Y como podrán apreciar, por enésima vez, son dos párrafos distintos y diferentes: uno, que autoriza directamente la indicación y uso; y otro, lo que está pendiente de "regular" por el Gobierno. Y es que la Ley no acabó el asunto de la prescripción en cuanto a esos otros medicamentos conocidos como "sujeto a prescripción médica".

"El Gobierno regulará la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica por los enfermeros, en el marco de los principios de la atención integral de salud y para la continuidad asistencial, mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, de elaboración conjunta, acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros y validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud".

¿ESTO ES NUEVO? ¡NO!
Y si no es nuevo, ¿a qué tanto bombo y platillo? Cualquiera que ejerza la Profesión Enfermero sabe, conoce y actúa así, con tratamientos prescritos por el Médico-especialista. Pero quien se dedica a otras cosas desconoce que esto suceda así. Prescriben un tratamiento y la Enfermera lo aplica ¿Es posible establecer "protocolos"? Somos partidarios de su imposibilidad. Además, chocaría contra ese principio de "plena autonomía técnica y científica". No es científicamente admisible establecer "protocolos" para ningún tipo de padecimiento; ni es posible establecer ningún tipo de "guía". Lo único que hace falta son "conocimientos" de la realidad. El profesional se "adecúa" a las necesidades del usuario o paciente; no al revés. No existe, ni puede llegar a estarblecerse, ningún tipo de protocolo ni de guías de práctica clínica y asistencial: lo que debe existir y exigirse son conocientos.

Alguien nos podrá criticar por lo que decimos, pero ya les aclaro que cuando nos negamos a admitir "protocolos y guías" nos estamos refiriendo a procesos asistenciales generales, no puntuales ¡Claro que existen protocolos y guías! El calendario vacunal; el proceder ante una herida; por ejemplo.

Pero, ¿debe existir un protocolo ante un infarto agudo de miocardio? No es posible; ni debe serlo. Lo que tenemos que saber es qué está sucediendo en esa concreta persona, en ese Corazón, qué debemos prevenir y cómo intentar poner remedios a ese problema ¡El que ante determinadas situaciones haya que tomar determinadas medidas no es discutible! Y si a eso le quieren llamar "protocolo o guías", ¡pues muy bien! Lo que nunca será admisible es actuar mecánicamente, de forma autómata, porque cada usuario y paciente presenta unas necesidades diferentes, distintas.

¿POR QUÉ SE LÍA TANTO ESE SEÑOR QUE DICE REPRESENTAR A LA PROFESIÓN?
¡Mire!, señor González Jurado, la Ley es dura, pero es la Ley. Y la Ley autoriza a los Enfermeros, con independencia de la titulación que ostente cada cual, dos cosas: 1) Plena autonomía técnica y científica; y 2), poder indicar, usar y autorizar la diespensación de medicamentos y productos sanitarios ¡Y no le de más vuelta!

SÓLO EXISTE UNA PROFESIÓN: DE ENFERMERO.
"Enfermeros: corresponde a los DUE la dirección, evaluación y prestación de los cuidados de Enfermería orientados a la promoción, mantenimiento y recuperación de la salud, así como a la prevención de enfermedades y discapacidades". ¿Por que se hizo mención a la titulación de DUE? ¿Es que no se dieron ustedes cuenta -porque han dicho que fue obra suya- que la "Profesión Sanitaria" ya estaba definida en el artículo segundo de esta misma Ley? La titulación es indiferente. Y lo es porque, como dice esta misma Ley, aunque la profesión de ATS -así se la conocía- no exigía titulación académica, sin embargo, pro-fe-si-o-nal-men-te ha sido reconocida como tal, tanto en el Real Decreto de julio del año 1.977 como en la actual Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias.

¿POR QUÉ SE EMPECINA EN CONFUNDIR AL PERSONAL?
¡Mire!, al Licenciado en Derecho se le va a exigir estar en posesión de otra titulación, de Máster, para ser admitido en el Colegio Profesional ¿Cómo le van a llamar a la "Profesión"? ¡Sencillo!, igual: de Abogado. Entonces, ¿por qué se empecina en liar la madeja?

Ese empecinamiento no es gratuito. Y no lo es por la sencilla razón de que usted "se ha dejado retratar": no tuvo otra ocurrencia que poner en circulación unos cursos, los cuales pretende que se los "legalice" el nuevo Gobierno. Y de ahí su "enfado". Usted, con esos cursos, ha dicho -porque está escrito- que serían reconocido a efectos de "prescribir", "convalidar" y poder ser incluido en el Subgrupo A1 de la clasificación del personal. Y ahora ¿cómo va a salir de donde se ha metido?

SEÑOR GONZÁLEZ, ¡DEJE LOS ASUNTILLOS PERSONALES APARTE!
Usted, con "su" proyecto de real decreto sobre prescripción, está "mirando" otros intereses, tiene otros objetivos, que no son ni los del ciudadano ni de los profesionales. Los ciudadanos sabrán qué deben hacer en cada caso; y los profesionales ya nos formaremos en todo lo necesite ese usuario o paciente. Pero, ¡a ver si va a ser justo al revés, que serán otros los que tengan que enseñarle a usted!

DIFUSIÓN DE UN VÍDEO.- La persona que ocupa el cargo de Presidente del Consejo General de Colegios Enfermeros, repetimos: del Consejo general de COLEGIOS Provinciales, ha realizado, grabado y difundido un Vídeo de la "entrevista" que se le ha hecho en Redacción médica, donde le preguntan y responde a asuntos concretos; y, como sucede en ese tipo de "entrevista", que dan la sensación de estar "pactada", se vierten una serie de afirmaciones unilaterales, sin opinión por parte de los "periodistas", sobre la situación que afecta a "enfermería", destacando por parte del entrevistado, que son tres los "proyectos" que tiene pendiente: especialidades, prescripción y grado.

NI UNO, NI DOS NI TRES: NO TIENE PROYECTOS, PORQUE NO EXISTEN.
Confundir "proyectos" con objetivos particulares es una diferencia sustancial que debemos poner de manifiesto. Es cierto; resulta difícil transmitir conceptos, como los referidos a esas tres situaciones que llama "proyectos".

ESPECIALIDADES ...
Esto no es un proyecto. Este tema no puede ser un objetivo de la Organización Colegial Profesional. Es una exigencia de los ciudadanos. El ciudadano tiene derecho a que se le preste una asistencia con un mínimo de garantía y calidad. Tiene ese derecho porque "la salud no tiene precio". Y, es cierto: no tiene precio, porque "especializar" al colectivo más numeroso del sistema no sólo no cuesta dinero, es el futuro más prometedor, económico y rentable para el sistema, ese que se han cargado los políticos-gestores de la empresa más importante, en cantidad y calidad, del Estado. 

Si el sistema no estuviera "en manos" médicas hace ya muchos años que la Profesión Enfermero hubiera sido especializada ¡Pero, no!; no es ese "su" problema, el de los gestores-administradores. Su problema es continuar hundiendo el sistema, hasta que no haya más remedio que privatizarlo. Porque privatizarlo es, al fin y al cabo, convenir con la privada la asistencia sanitaria.

UN SISTEMA SANITARIO PÚBLICO QUE NO ESPECIALICE A SU PERSONAL, ES PARA SOSPECHAR.
Que el sistema nacional de salud no especialice al colectivo profesional más numeroso es como para pensar mal, ¡muy mal! ¿Es discutible que la especialización DISMINUYE costes? Se hace en cualquier actividad de la vida, donde el empresario se preocupa de especializar a su personal cualificado. Pero, es cierto, el empresario invierte "su dinero", no el ajeno.

Sin embargo, los gestores-administradores del sistema sanitario que se financia con dinero público, eso que se conoce como "pólvora del rey", como no es de nadie, dijo aquella ministra del Psoe, ¡pues a gastar!. Y han gastado tanto que lo tienen en ruina. Son esos gestores los que marcan las pautas, o se permiten el lujo de decir a todos los demás lo que hay que hacer, por mucho que cueste la "idea"; la imponen, ¡y punto! ¡No hay más opinión!

PRESCRIPCIÓN ...
Otra tomadura de pelo, tanto por el sistema como por el transmutado de ATS a Podólogo, además de doctor.

¿Cómo puede explicarse el asunto para ser entendido? Estamos hablando de "leyes", como dice el pueblo. Nosotros nos proponemos hacerlo de tal suerte que todos podamos emitir opinión con fundamento.

¿Queremos o no prescribir? Todos los que nos dedicamos al ejercicio de la Profesión estamos de acuerdo en que usamos determinados medicamentos y productos sanitarios, lo que significa que estamos "indicando", prescribiendo, aconsejando o recomendando -que suena mejor y es legal-. Pero, ¿cuándo lo hacemos?, sería la pregunta.

Si opinamos hablaremos en términos de "experiencia" personal, obviamente. Luego, dependerá de las condiciones de cada cual. Son varias las épocas, etapas y situaciones de cada cual. Y, en función de ello, tendremos una u otra opinión.

La historia.- Imaginen, los más jóvenes, que se encuentran en una institución sanitaria allá por los años 60/80, donde no había practicamente personal médico. La inmensa mayoría eran Enfermeras. Los hospitales funcionaban "cuasi" como los de San Juan de Dios, que cuidaba a los enfermos hasta sus conocimientos, y cuando el asunto se les escapaba requerían la presencia de un médico. Y si nos remontamos a épocas anteriores en la historia, los médicos eran única y exclusivamente monjes -hasta que se lo prohibió el Papa-; sólo los "cirujanos, sangradores, barberos, ministrantes" y un sin fin más de nombres, intervenían física y materialmente sobre el cuerpo humano.

Pues bien, si la "experiencia" profesional tiene aquel "esquema" sobre el asunto, es consciente que "usar" medicamentos y productos sanitarios es un hecho normal. Pero si "desconocemos" esos datos, y nos hemos "formado" bajo la permanente indicación, prescripción u orden de tratamiento, como dijera aquel Decreto del año 1.960 y recogiera el Estatuto de la Seguridad Social, no se tendrá otra visión del asunto, con lo que llamará la atención lo que vamos a reproducir por enésima vez.

Los Podólogos.- ¿Es discutible la connotación que ha tenido el pié a lo largo de la historia? De ahí que los podólogos nunca tuvieron problemas. Han sido los "practicantes-pedicuros" los que se han dedicado a esa actividad ¡Cómo iba un médico "bajar" hasta esa parte del cuerpo!, que ha sido la más abandonada. Pues no han tenido problemas ¿Entienden lo que queremos decir? Vamos a poner otro ejemplo más actual ¿Quién realiza las aspiraciones del arbol respiratorio en pacientes intubados? La respuesta es inmediata: la Enfermera ¿Se han preguntado por qué? ¡Y no se preocupen!, porque no va a ser reclamado por la medicina. Aquí estamos "indicando y usando", como dice la Ley. Indicamos la actividad, el medicamento y usamos y el material necesario para esa aspiración.

En otra época, era el Cirujano -que se especializaba en su Colegio Profesional- y el Practicante quienes realizaban las intervenciones quirúrgicas. Y a partir de lo que llaman "cerrar" los bordes, la pared, incumbía a ese Practicante en Medicina y Cirugía, hasta el "alta" clínica. Eran dos personas las que participaban en el acto, sus consecuencias y las retribuciones. Ahora son muchos, muchísimos más. En la asistencia privada, ¿se utilizan tantos recursos humanos como en la pública?, ¡desde luego que no!

ESTAMOS EN ESTOS MOMENTOS.
Ahora mismo. La inmensa mayoría de la Profesión se ha formado a partir de una plétora, tanto de medios como de recursos humanos. Se nos dice hasta cómo hay que curar una simple herida: todo está prescrito, ordenado o indicado por un médico ¡Da igual los conocimientos que tenga al respecto!, prescribe y lo escribe, y lo que es peor, redacta hasta el proceso a seguir ¡Inaudito!, pero cierto. Y lo mismo sucede con las vías para la administración de medicamentos; o cómo obtener determinadas pruebas; ¡todo, absolutamente todo, está decidido por un médico!, que puede ser residente de primer año, segundo, tercero, cuarto o quinto año; ¡y ya no digamos si es el adjunto!

¿CÓMO VAMOS A TENER LA MISMA OPINIÓN AL RESPECTO?
¡Imposible! Lo que sí nos extraña es que quien se ha dedicado durante algún tiempo a la podología, como ATS con diploma de podología, nos quiere "meter" un curso para hacer lo que la inmensa mayoría viene haciendo, no desde ahora, sino de toda la vida: ahí está la historia.

Está demostrado que cuando alguien está recibiendo "ventilación mecánica" termina atrofiándose su capacidad ventilatoria autónoma. Mantienen, igualmente, que cuando un órgano no cumple su función termina atrofiándose. Y algo más mundano: para comer vamos a la tienda y adquirimos lo necesario. No tenemos que trabajar en su elaboración: arar la tierra, sembrarla, recoger el fruto, prepararlo y comerlo ¡Y qué decir de perseguir al animal hasta cazarlo, preparlo e ingerirlo!

¿NOS ESTAMOS ATROFIANDO?
¡Es posible! Si tienes a alguien que te dice qué, cuándo y cómo, ¡para qué molestarse! Y si, además, nos podemos "evitar" algún conflicto en los Tribunales, ¡mejor! Pero todo ello no es cierto; es más, nos suelen dejar "solos" ante las adversidades; porque la "otra parte" opina igual, ¿por qué tengo yo que cargar con todo?, se preguntan ¡Total!, toda una contradicción.

TITULACIÓN.- Carácter de profesionales sanitarios.
"Lo establecido en esta Ley se entiende sin perjuicio del carácter de profesionales sanitarios que ostentan los A.T.S. y demás profesionales que, sin poseer el título académico a que se refiere el artículo 2, se encuentran habilitados, por norma legal o reglamentaria, para ejercer alguna de las profesiones previstas en dicho precepto".

"Sin poseer el título ´académico`. Y el título académico es el definido en ese artículo 2º; al tiempo que luego se enumeran a las Profesiones Sanitarias en los articulos 6º y 7º de la mentada Ley, entre los que se encuentra la Profesión de "Enfermero". Es decir, que tanto los Practicantes, como los ATS y los Diplomados universtiarios, y "mañana" los Graduados en Enfermería, son Profesión Sanitaria. Unos, por habérselo permitido la Norma, al ´homologarlos`; otros, porque la definición de Profesión Sanitaria se cumple con los contenidos formativos previsto en sus planes de estudio.

LUEGO, Profesión es una cosa; y titulación otra. Los requisitos para acceder a la titulación y los planes de estudio pueden cambiar, ¡lógico!; pero la Profesión sólo cambia por el avance en conocimientos, por la experiencia profesional. Es la Profesión la que debe ser representada a nivel del Estado por el Consejo General. A nivel de Provincia nos corresponde a los Colegios; porque el Consejo General no es otra cosa que la "reunión" de todos ellos. No existe ese grado de "jerarquía" de la que habla en ese Vídeo.

¡POR CIERTO!, la Asamblea no tiene el 80% de los votos ¡Mire!, 17 miembros en el Pleno, más otros 17 sustitutos. Son 34 Colegios; es decir: 34 votos. Además, algunos Colegios votan "dos veces": una, porque la Presidencia es "miembro" del Pleno del Consejo; y dos, porque quien acude a la Asamblea es la vicepresidencia de esos mismos Colegios.

¡OTRO DATO! Tiene que contar cómo llegó a hacerse con las "riendas" del Consejo; y tiene que contar, también, que todos los procesos electorales, a pesar de esa "amplia" mayoría, han sido anulados por los Tribunales. El último el pasado año 2.011. Lo de que los Tribunales le han dado la razón, ¡como que no! Los Tribunales lo que han dicho es que en el seno de la Asamblea se puede poner la "aportación" de los Colegios al Consejo. El único problema es que queremos saber para qué hay que aportar ese 40% de la cuota colegial, que, ¡por cierto!, no es cierto: es casi el 50%. Y si tenemos en cuenta que no sabemos dónde van a parar esas cantidades, ¿NO LE PARECE LÓGICO QUE PREGUNTEMOS? Y de "discutir" en las Asambleas, ¡nada de nada!: se vota, ¡y punto! ¡A ver en qué condiciones celebramos eso que usted llama "Asamblea"!

PLENA AUTONOMÍA TÉCNICA Y CIENTÍFICA.- Esto es lo que dispone la Ley. Y es que el médico no quiere ni oir hablar de ello; ni el señor González Jurado tampoco: "dura es la Ley, pero es la Ley (Dura lex ser lex). Y la Ley dice: "El Enfermero, de forma autónoma, podrá indicar, usar y ordenar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios".