lunes, 1 de julio de 2013

COLEGIACIÓN: DAÑOS PRODUCIDOS A LA PROFESIÓN

Intencionadamente o no, lo cierto es que se ha producido un daño muy grande a la Profesión de Enfermero, al menos en esta Comunidad Autónoma de Extremadura.
 
¿Por qué?, se preguntarán: sencillo: porque con la aprobación de aquella Ley de Colegios de Extremadura, del año 2002, que eximio del requisito obligatorio de colegiación para poder ejercer la Profesión, el Colegio no "podía" ordenar el ejercicio de la misma, como ordena la Ley Colegial y ahora ratifica el Tribunal Constitucional, en su sentencia de 28 de febrero de 2.013.
 
EXIMIR DEL REQUISITO DE COLEGIACIÓN Y SUS CONSECUENCIAS.
 
Eximir del requisito de colegiación en aquella fecha supuso un parón en el desarrollo de la Profesión Enfermero. Y produjo ese parón por la sencilla razón de que comenzábamos a despertar de un letargo de más de veinte años, durante los cuales nos han venido tratado como "auxiliares".
 
Y, ¿quiénes nos venían tratando como auxiliares? Es claro por evidente: antes el Insalud y luego el SES. Con aquella Ley de Colegios de Extremadura, incongruente como tantas otras, impido que el Colegio pudiera ordenar el ejercicio de la Profesión, ahora sí, bajo el principio general establecido en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, que establece la plena autonomía técnica y científica en el ejercicio de la misma. Pero, claro, como no se exigía ese requisito, lo seguimos tratando y considerando como "auxiliares", que era la norma que reguló las competencias de aquel titulado A.T.S. a través de un Decreto del año 1.960.
 
La Asamblea de Extremadura y el Gobierno de la región no tuvieron ningún reparo en hacer retroceder a la Profesión Enfermero. Y eso lo evidenciamos todos. No obstante, el "grueso" del colectivo se ha mantenido colegiado, pero el dilema era importante, puesto que, por una parte, estaba la Ley del Estado y, por otra, la Ley Autonómica. Por lo que, obviamente, mientras la Ley Autonómica no fuera derogada -como lo ha hecho el Tribunal Constitucional en ese sentido- la representación de la Profesión institucionalmente era discutible.
 
No ha sido ese el trato que el mismo Gobierno y el SES han dado a la Profesión de Médico, que, por las informaciones de todos conocidas, se han mantenido, incluso han creado pseudo instituciones de forma conjunta.
 
A DÍA DE HOY, EL SES RECTIFICA.
 
Sí. El SES está rectificando, a regañadientes, pero lo está haciendo. Pero el daño se ha causado. Ha conseguido que tengamos que volver a concienciar a todos  que la ORDENACIÓN DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN es competencial del Colegio y no de unos mandos intermedios que nos venían diciendo qué es y qué no es Profesión. Y eso, guste reconocerlo o no, ha calado en más de diez generaciones de nuevos Enfermeros, los cuales se han "formado" bajo ese peculiar prisma de ver qué es la Profesión de Enfermero. Incluso los propios Centros académicos se han permitido explicar una peculiar Profesión sin contar con la Organización Colegial.
 
Y eso es así hasta el punto de que está por la primera vez que hablemos con algún colegiado que haya oído hablar de la Ley de Ordenación de la Profesión, o de las atribuciones del Colegio de la Profesión.
 
Además de lo anterior -que sería suficiente como para guardar estos datos-, resulta que se presentaron más de una instancia solicitando la baja colegial precisamente con  base en esa Ley Autonómica declarada inconstitucional; o dejaron de abonar las correspondientes cuotas colegiales, para producir el efecto de la baja colegial por impago de las reglamentarias cuotas.
 
Y como antes resaltamos, al no tener el titulado un conocimiento de la Ley Colegial, pues no entienden que el Colegio tiene que someterse, en sus actos, a la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas en cuanto al trámite exigible en la relación colegiado-Colegio. Es decir, se solicitaba una baja, y con argumentos jurídicos para rellenar hasta diez folios, alegábamos que no podíamos conceder aquellas bajas colegiales solicitadas; o dicho en otros términos: ante la respuesta del órgano de gobierno del Colegio no se accionaba, como ordena la Ley. Y, así, aquel Gobierno de la Comunidad Autónoma ha conseguido que existan, al menos, cuatro tipos de "profesión":
 
-Una, la que se ha formado durante estos diez últimos años, a las que se las ha "educado" en la cultura de "allí donde fuere, has lo que vieres".
-Dos, aquellos otros que dejaron de abonar las cuotas colegiales, los cuales mantienen una deuda con el Colegio, o lo que es igual, con los colegiados que han venido manteniendo a esta Institución, con los perjuicios consecuentes.
-Tres, aquellos titulados que han creído firmemente en la necesidad de la colegiación y se han mantenido a pesar de aquella hoy derogada Ley de Colegios de Extremadura.
-Y, cuatro, los mandos intermedios, los cuales han entendido que la Profesión es lo que decidan ellos, según su particular forma de verla.
 
EL TRABAJO QUE NOS QUEDA POR DELANTE ES MUCHO, Y TAMBIÉN DESAGRADABLE, PORQUE, AL FIN Y AL CABO, SI NOSOTROS NO NOS DEFENDEMOS DE TODOS LOS OBTÁCULOS QUE SE NOS PONEN EN EL CAMINO, ¿CUIÉN LO HARÁ? LA PROFESIÓN SOMOS TODOS, LUEGO TODOS DEBEMOS INTENTAR QUE SE RECONOZCA SOCIALMENTE EL PAPEL QUE JUGAMOS EN ESTA SOCIEDAD.
 
que ha producido durante esos diez años ha sido importante.
 
 
 
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sólo que después de más de diez años. Ese ha sido un daño tremendo, y peor aún a día de hoy, donde la crisis se va acumulando hasta límites insospechado.