Al menos, esos desencuentros se producen a nivel de esos señores, de traje y cobarta que, a falta de tener opinión sobre algo tan "sagrado" como es la salud, se dedican a releer todo lo que se refiera a las Enfermeras. Ahora ha tocado el tema de la Especialidad de Enfermería Comunitaria, recién aprobado su programa formativo; ¡y todavía tienen la cara dura de decir que "la plataforma llama a la reflexió sobre la RECERTIFICACIÓN y se muestra CONTRARIA a la Especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria, sobre la que NO DESCARTAN PRESENTAR UN RECURSO.
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Pues bien, ahora que va a tener la oportunidad de escuchar a don Enrique Sánchez de León podrían preguntarle para qué se elevó el nivel de los Estudios de ATS a una Diplomatura Universitaria. Le contestará, don Enrique, si es que se aucerda de ello, que fue debido a que las Enfermeras fueran las verdaderas artífices del Sistema Nacional de Salud; esa puerta por donde llegan los pacientes al Sistema demandando una necesidad, la que fuere, para, en su caso, remitir al paciente al Médico. Ello supondría el doble de Enfermeras que de Médico en esa ámbito asistencial, con lo cual los presupuestos disminuirían enormemente. Es más, lo pretendido con la modificación de la Ley del Medicamento es un paso más; o quizá el primer paso para abaratar un poco los costes del Sistema. El Sistema, nos guste o sí, tiene que diminuir su coste, y es totalmente cierto que determinadas consultas o control de la evolución del padecimiento no puede ser retribuido con una nómina que "se va al doble de lo debido". Así que, señores de la Plataforma del "Foro de la Profesión Médica, repartamos, re-distribuyamos el trabajo y así ayudaremos a no incrementar imnecesariamente esa partida presupuestaria. ¡Ah!, y recuerden que estas "amenazas" ya la vienen ustedes haciendo desde el año 1979, que consiguieron anular una circular del INSALUD, pero es que en aquel caso no había base legal para desarrollar las competencias profesionales.
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Y AHORA NOS AMENZAN (EL FORO Y LA OMC) QUE VAN A PRESENTAR UN RECURSO CONTRA LA ESPECIALIDAD DE ENFERMERÍA FAMILIAR Y COMUNITARIA.
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Ustedes, o sus jurídicos, saben que tienen perdido el litigio antes de comenzar la vista, por el simple motivo de no tener base legal ni constitucional para ello. La Ley de Ordenación de las Profesiones nace directamente del artículo 36 de la Constitución Española, y es en esa Ley donde están plasmada, de forma genérica, todas las competencias que puede realizar cualquier (en este caso) Enfermera. Y si no pueden atacar lo básico, es decir, el contenido de la Ley, ¿qué argumentos se pueden utilizar contra un simple programa formativo que tienden hacia la Especialización de una de sus competencias profesionales que planifica, dirigir, evaluar y ejecutar los Cuidiados?. Ustedes, en su momento, optaron por el Diagnóstico; nosotros por otro método: el holístico.
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NOSOTROS, LOS ENFERMEROS, SIEMPRE NOS HEMOS DECANTADO POR LOS CUIDADOS, QUE NO ES OTRA COSA QUE VER AL USUARIO-PACIENTE DESDE TODAS LAS PERSPECTIVA, A TRAVÉS DEL JUICIO CLÍNICO, USTEDES, POR EL CONTRARIO, SE EMPECINARON EN EL "DIAGNÓSTICO".
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No todo en la vida son "remedios" médicos, ¡ni mucho menos!. El simple buen ambiente y el trato recibido juegan como factores muy positivos. ¡Por cierto!, ¿se han planteado ustedes alguna vez en cuantas ocasiones la Organización Colegial de Enfermería ha recurrido alguna de las normas que se refiera el médico?.
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Ustedes quiere REPETIR, nuevamente, el tema de las cartillas; aquella que se traducía en que un Enfermero era de dos médicos, lo que se llamaba cupo, sólo que el valor del cupo-medico triplicaba al del Enfermero. El problema de estas dos Profesiones en que la una quiere estar siempre y en todos los casos, por encima de la Enfermera.