APOYADO POR TODOS LOS PARTIDOS MENOS EL PP. Este es el titular de la noticia que aparece en la Revista "Redacción Médica", de este día 29 de Octubre de 2.009. Pero, ¿cuál es la realidad que se nos presenta?
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OTRA COSA ES EL CONTENIDO, que lo reproducimos más abajo. No obstante, como diremos, nos reservamos los comentarios sobre el texto que recogerá la Ley, porque lo desconocemos. Pero sí les aseguro que esa referencia "al Ministerios de Sanidad" nos hace suponer que la Norma tendrá rango "infralegal", lo que significa, llana y simplemente, que no se nos permitirá prescribir, ya que la potestad de hacerlo corresponde a la Ley, no al Reglamento. Esto, jurídicamente, es así. Otros comentarios al respecto de la "relación" del Reglamento con la Ley no nos sirve, repito: jurídicamente hablando. ¡Esto es lo que hay!. Juzguemos los Enfermeros lo que están tramando las personas citadas en nuestro anterior blog.
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Puede que les extrañe este interrogante, ¿a quién representa el señor que preside el Consejo General de Colegios Enfermeros? (¡RECUERDE QUE ES PODÓLOGO, entre otras cosas!), pero es que no somos como decimos ser, sino por nuestros actos y, sobre todo, por los resultados. Reza la leyenda así: "NO BASTA QUE LA MUJER DEL CÉSAR SEA HONESTA, TAMBIÉN TIENE QUE PARECERLO". Lean el texto de la noticia, con todos sus matices, para darse cuenta lo que se CONSIGUE para algunos y lo que se PERMITE para otros. Y es que, RECORDEMOS, el Presidente del Consejo General de Colegios Enfermeros no sabe qué es y cómo trabaja un Enfermero. En su caso, sabrá de podología que es a lo que se ha dedicado en alguna ocasión. Pero de nuestra Profesión, "cero patatero".
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Recuerde que en nuestro último artículo de este Blog le recomendamos RETENER los nombres de las personas que, al parecer, están siendo los que van a decidir sobre nuestra Profesión; al menos, son los que se están pronunciando al respecto de la Prescripción Enfermero. Así que, mientras no tengamos el texto "definitivo" que pretenden aquellas personas que hemos señalado en aquel Blog, las noticias no nos son nada prometedoras, antes al contrario: esas personas -entre las que se encuentra la que dirige el Consejo General de Colegios de nuestra Profesión Enfermero- se han manifestado en la forma que vamos a transcribir. Así que ya sabemos a quienes tenemos que AGRADECER el que nuestra Profesión se retrotraiga a los años 60.
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¡A ver si al final vamos a tener que acordarnos de aquella persona que firmó el Decreto de 17 de Noviembre de 1.960!. ...
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El texto de la noticia dice así: "LOS PODÓLOGOS TENDRÁN COMPETENCIAS EXCLUSIVAS para RECETAR medicamentos SUJETOS a prescripción médica, mientras que los ENFERMEROS PODRÁN INDICAR, USAR y AUTORIZAR medicamentos SIN RECETA y Productos Sanitarios. Respecto a los fármacos SUJETOS a RECETA, la nueva Ley establece que el Ministerio de Sanidad junto a la Organización Médica Colegial y el Consejo General de Enfermería DEBEN ESTABLECER qué medicamentos y en qué condiciones podrán ser dispensados por el Enfermero. Esta decisión se debe tormar en el plazo máximo de un año. Además, se elaborarán PROTOCOLOS y guías de PRÁCTICA CLÍNICA".
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¿QUÉ LES PARECE?.
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Los Podólogos TENDRÁN COMPETENCIAS EXCLUSIVAS PARA RECETAR.
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Los Enfermeros podremos indicar, usar y autorizar medicamentos SIN RECETA.
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¿A QUIÉN REPRESENTA EL SEÑOR QUE PRESIDE EL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS ENFERMEROS?.