jueves, 17 de enero de 2008

DISPONIBILIDAD DE PERSONAL

Dice el Partido Socialista, en palabras del actual Ministro de Trabajo, que el borrador definitivo de su programa electoral para las próximas elecciones generales recoge, en materia de recursos humanos, el objetivo prioritario de "asegurar la disponibilidad suficiente" de personal sanitario para asegurar la sostenibilidad del SNS. ¡Pues muy bien!. Pero esto no es nuevo; es más, la disponibilidad ya la inventaron con la Ley de Reforma de la Función Pública, autorizando la "contratación" de personal, bajo el epígrafe de "eventual", cuando tal situación no se produce, ¡ni de lejos!; antes al contrario: lo que realmente se produce son "sustituciones" e "interinidades".
¡Sí; sí!. Estuvieron catorce años en el Gobierno, y durante estos últimos cuatro años han hecho "más de lo mismo"; y mejor no recordar los cambios "tan fantásticos" que produjeron. ¡Es toda una satisfación que nos prometa esa "disponibilidad". ¡Más!. ¡Qué barbaridad!. Mire vd. señor Caldera: los Enfermeros -¡oh es que no se refiere a nosotros, solo a médicos!- se han ido, la inmensa mayoría, a Portugal porque allí le aseguraban tiempo de trabajo diez veces superiores al que vds le ofrecen aquí; mejor expresado: vds, aquí, no le ofrecen ninguno; vds., lo que hacen es "llamar" a quien le interesa, buena prueba de ello es que, por ejemplo, la "bolsa" de trabajo en Badajoz no se actualiza desde hace más de doce años. ¡Es más!, nadie sabe qué puesto ocupa, ¡ni por asomo!. Sí; sí: disponibilidad, como si no "dispusieran" ya bastante, tanto como que los Enfermer@s están en la más absoluta indefensión jurídica, con el agravante de tener un miedo que desborda cualquier previsión.
Esto son los hechos: aconsejamos a quienes nos consultan, y respondemos: ese "nombramiento" es ilegal: tú nombramiento como "eventual" es ilegal, ya que estás "sustituyendo" a la Enfermer@ ..., luego, lo prudente será que presentes reclamación previa y posterior recurso, ya que nunca contestan a los escritos que presentamos.
¿Es esa la disponibilidad de las que nos habla el señor Caldera?; ¡pués no la queremos!, preferimos irnos a Portugal, que nos tratan como a Personas, además de reconocernos una casi correcta "carrera Profesional", además de poder cursarse allí una "licenciatura" que luego, en este nuestro Santo País, la reconocen y la convalidan, lo que nos da opción a cursar un doctorado. Aquí, el caciquismo es la práctica habitual. Aquí no hay forma de saber qué lugar ocupas en la bolsa de trabajo; aquí no sé cuándo voy a trabajar; aquí no se por cuanto tiempo; aquí, en definitiva, no hay salida para la Profesión Enfermera.
Pero estas promesas ya las hemos visto antes, desde el año 1.987, en que se nos arrebataron las Especialidades que teníamos, con la promesa de desarrollar otras tantas, que ha sido mentira, como la posibilidad de dirigir y organizar nuestro propio Centro docente, la Escuela Universitaria de Enfermería, donde figuraban como Profesores bastantes más Licenciados en Medicina que en la mismísima época de Franco, médicos que, al mismo tiempo, ocupan altos cargos en el Gobierno.
Señor Caldera, la Constitución habla de garantías, seguridad jurídica, pleno empleo, igualdad, mérito y capacidad, promoción, ... y todo un elenco de derechos que son violados sistemáticamente; y como te dice cualquiera de los empleados -puestos exprofeso-: esto es lo que hay, si quieres lo tomas y si no lo dejas. ¡Qué pena de Sistema Nacional de Salud!.
Señor Caldera, le recuerdo: Ley de Garantía y Uso Racional del Medicamento y Productos Sanitarios, ¡se acuerda!; y ello después de habernos considerados el Gobierno sustentado por el Partido Popular -como no podía ser de otra manera-, Profesión Sanitaria, titulada y regulada, además de colegiada. ¡Qué poco nos ha durado aquella alegría!; sólo nos han dejado disfrutar de ese status "formal" durante año y medio. Pués bien. Ahora que me llamen los acólitos vasallescos de turno, para decirnos que no podemos escribir estas cosas; pero es que es rabia lo que sentimos: ¡no es posible que nos haga esto personas que gestionan y administración designados por el simple hecho de ser simpatizantes o militantes del Partido Socialista!, ese que llama "matrimonio" a lo que no lo es, o resucita viejos fantasmas, de los que sólo nos acordamos quienes lo vivimos, que, ¡por cierto!, no son todos los que están, ni están todos los que son. Ahora sólo quedan una mayoría de "vividores".

miércoles, 16 de enero de 2008

PRESCRIPCIÓN: COMPLEJOS O INTERESES PERSONALES

Que a los representantes de la Profesión Médica (OMC) les preocupe tanto que otros puedan prescribir, resulta más que sospechoso; y el interés debe ser tremendo, porque, según van transcurriendo las fechas, todos los días sale otro INSULTADOR a nuestra Profesión Enfermero.

Últimamente hemos conocido la opinión de un médico, que en su día fue Gerente de un hospital, puesto que desempeñó por el consabido mérito de la "libre designación" del Gobierno sustentando por el Partido Popular, médico que no expresa otra opinión que la simple remisión a la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, de año 2003, Ley que ahora pone en relación con el contenido de la actual Ley de Garantía y uso racional del medicamento y productos sanitarios; en concreto, este médico -porque es médico y escribe como tal-, nos remite al contenido de aquella Ley de Ordenación cuando habla de las competencias del "equipo" asistencial para resolver el problema; pero olvida -porque es médico- que ese artículo habla de dejarnos hacer en función de lo que el médico crea que sepamos, y así se podrán ir a descansar más tranquilo, autoconvencido de que de la Enfermer@ que está hoy de turno me puedo fiar; pero nada dice de que en esos momentos de descanso del "muy fatigado" médico, la Enfermer@ tiene que evaluar, modificar, suspender o reanudar un determinado tratamiento, cuando no nos vemos obligado a administrar sustancias antagónicas a las prescritas.
En todo caso, esta persona a la que me refiero, entiende que la solución está en ese contenido legal, ese que manifiesta que te dejarán hacer si ellos lo consideran oportuno -¡que para eso son los que mandan!-, pero olvida que somos tan profesión sanitaria como la suya. Por tanto, no es cuestión de que me dejen o no prescribir: es que nos corresponde por consustancial al concepto y contenido de Profesión Sanitaria. El problema, efectivamente, lo ha creado la dichosa Ley del Medicamento, que si bien no prohibe el que otra Profesión Sanitaria prescriba medicamentos y productos sanitarios, sin embargo, determina -taxativamente- quienes son los únicos que pueden prescribir, si bien lo hace en ese contexto de "receta médica", aunque también es cierto que habla de Odontólgos, que no son médicos. Luego lo de "receta médica" no tiene un sentido gramatical excluyente, puesto que, como decimos, el Odontólogo no es "médico" y, sin embargo, también está señalado como prescriptor de medicamentos en esas recetas y órdenes de tratamiento.
Y es cierto que la Ley del Medicamento no puede prohibir el que yo, como Profesión Sanitaria, titulada y regulada, últimamente por disposición de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, pueda recetar, puesto que, en su caso, esta Ley del Medicamento estaría vulnerando mi derecho como Profesión Sanitaria, titulada y regulada; es decir: estaría "suprimiendo" de mis derechos aquellos que me otorgó la legislación anterior vigente, como es la consideración de Profesión que requiere título universitario oficial, con validez en todo el territorio nacional. ¡Cómo podía una Ley suprimir un derecho, cuyos requisitos me hicieron cumplir con la exigencia de titulación y colegiación!. Efectivamente, la Ley del Medicamento no suprime mi derecho a disfrutar -valga la redundancia- de mis derechos; lo que hace la fatídica Ley hace es "no permitir" que podamos prescribir en esas "recetas médicas" ni en las "ordenes hospitalarias", que son los dos instrumentos utilizados por el sistema de salud para la dispensación de aquellos medicamentos y productos sanitarios no excluidos de lo que ellos llaman "cartera de servicios"; situación que, por otra parte, buena nota deberían tomar los Responsables y Jefaturas de Enfermería de los Servicios de Salud, ya que una de las ... que hacen es demandar pedidos a la Farmacia, y que el "farmacéutico", sin mayores objeciones, despacha. Luego, si queremos cumplir la Ley, ningún Farmacéutico de los Servicios de Salud debería dispensar esos medicamentos y productos sanitarios, si no es con la firma de médico u odontólogo. ¡Pero da igual, las Jefaturas de Unidad de Enfermería lo van a seguir haciendo!.
Lo que es una verguenza nacional es tener a una Profesión en la más absoluta ilegalidad, realizando permanentemente prescripción no permitida por la Ley. Solo faltaría que otra Ley, ¡cosa que no nos extraría!, se atreviera a definir el concepto de "acto médico", en el que se reprodujera el tenor del contenido previsto en aquel artículo de la Ley del Medicamento. Pero no, estimados colegas, esto no sucederá, puesto que -supongo- habría que actuar única y exclusivamente con medicamentos y productos sanitarios excluidos de la dichosa prescripción, y, entoces, se acabaría los descansos siesteros y los nocturnos, incluidos los futboleros, las corridas de toro y las buenas películas.
Todos sabemos que esos productos -y muchos más- que se anuncian como posibles autorizados por un Enfermer@, lo prescribe cualquiera. Basta con poner "la oreja" en cualquier esquima, en cualquiera de las cadenas de televisión, en cualquier revista, periodico o radio, para escuchar cómo se lo recomienda el uno al otro y el otro al uno. Efectivamente, la "pauta" medicamentosa suele tener -además del efecto farmacológico- ese otro efecto "mágico", por el simple hecho de que me lo ha dicho el médico. Los medios han creado una "conciencia social" de que sólo se puede consumir aquello que nos prescribe un médico; y ello resulta "saludable" -ahí están los tratamientos placebos-, ya que "si lo ha dicho el médico tiene que ser bueno". Es decir, no discutimos si ese concreto médico sabe o no de la especialidad; si conoce o no que ese producto no es el ideal para el cuadro que presenta el consultar. Sí, señores médicos, cuadro o síndrome; no diagnóstico. Sólo las máquinas diagnostican, y vds, todavía, no lo son.
El complejo personal -como reza en el título de este artículo-, puede ser un gran componente de las manifestaciones de esos representantes de la OMC, porque no me discutirán que si uno sabe lo que hace, está seguro, poco o nada debería importarle que otros lo pudieran hacer; pero claro, ¡y si resulta que la prescripción Enfermer@ fuera más acertada que la realizada por un médico?. Me parece que nos vamos a quedar sin respuesta, porque oficialmente nos va a costar mucho conseguir vencer esta barrera corporativa, teniendo en cuenta que esa barrera comienza en el médico que "tenemos" de compañero y termina en el Ministerio; de ahí que expresemos nuestra opinión de que esta Ley del Medicamento es una "Ley médica", hecha por y para médicos, sólo que han tenido que "claudicar" con los Odontólogos. Esta Ley del Medicamento no es una Ley Política, puesto que, políticamente, el Legislativo está obligado a reconocer a la Profesión Enfermera su competencia Profesional, dentro de las cuales se encuentra -nosotros preferimos la expresión- recomendar la admistración de un medicamento.
¡Se acuerdan qué sencillo resultó la entrada de la Formación Profesional de segundo grado en los Servicios de Salud!; ¡se acuerdan de lo poco que tardaron en echarnos de los servicios de Radiología y Laboratorio!; ¡eso sí: los técnicos, funcionalmente, dependía del médico!; cargar con las quejas de los mismos se lo echaron a las ... "jefaturas" de Enfermería, ¡se acuerdan!. Como diría un partido político acosado por la izquiera y por la derecha, la pinza que se nos está haciendo entre la medicina y la formación profesional, sólo servirá para realizar lo que otros no quieran; pero esto, más que una pinza es la utilización por parte de la OMC de la formación profesional, que, por otra parte, por simple derecho a la subsistencia, lo admite. ¡Y les voy a poner un ejemplo!: todos saben que en las unidades de cuidados críticos es una Enfermer@ la que cuida de las vías respiratorias cuando un paciente está intubado: limpia toda ella; sin embargo, aún se discute en los pasillos si un Enfermer@ está "capacitado", dicen los muy torpe, para extraer un tapón en el oído. ¿Cómo "se come" ésto?. ¡Increible, verdad!. Pues bien, pretenden que no saquemos un tapón del oído, pero sí que continuemos aspirando secreciones del árbol bronquial. La pregunta surge al instante: ¿y por qué?, y la respuesta es más sencilla aún: porque es una labor bastante desagradable, y, además, nada de nada de cara a la galería. La galería se practica cuando salen en la "tele" diciendo: el paciente ha pasado la noche tranquilo y mantiene las constantes vitales, constantes vitales entre las que se encuentra la saturación de oxígeno en sangre, constante que ha sido controlada por una Enfermer@.
No; la oposición a que un Enfermer@ prescribe tiene, además del componente "complejo", el problema del interés personal de médico como profesión. Efectivamente, resulta muy "cabreante" ver material con marcas y signos de laboratorios, como también lo es ver cómo determinadas jornadas, seminarios y congresos médicos están patrocinados por marcas comerciales. El Problema no es el prescribir. El problema está en que habría que repartir "la tarta" de, por ejemplo, la formación postgraduada.
¡Señores de la OMC!, no sigan por el camino del insulto y la vejación, no nos toquen la dignidad, no tensen la cuerda. Su ventaja respecto de la (nuestra) Organización de la Profesión Enfermero es que lo tienen a su favor; al "representante" de esta Profesión Enfermero, para que no se pronuncie al respecto, sólo le tienen que permitir a los Podólogos prescribir, y les aseguro que no tendrán la mínima oposición. Decía el Presidente del Colegio Oficial de Enfermeros de Valencia que si las Instituciones no cumplen los objetivos y fines para lo que fueron creadas, lo prudente será su desaparición. Y alguien me puede responder: mejor que desaparecer será que se pida la dimisión del enemigo número uno de la Profesión, como lo es el Presidente del Consejo General; ¡sí, de acuerdo!, que dimita, pero esta es función de la mayoría de los Presidentes Provinciales, y esa mayoría que lo sostiene está en "otra película". Pues bien, vale más un gesto que mil artículos; así que desde aquí pedimos la dimisión del actual Presidente del Consejo General, hoy mejor que mañana, porque ese día será demasiado tarde.

lunes, 14 de enero de 2008

CONCURSOS DE TRASLADOS: UN PROBLEMA PÚBLICO.

Todos sabemos que el Sistema Nacional de Salud, desde el propio Ministro hasta el último gestor de la asistencia sanitaria, pasando por los "defensores" del paciente, los Inspectores y demás "correlegionarios", son médicos; todos, con alguna mínima excepción, son "colegas", en expresión Romana. ¡Cómo un Ministro va a proponer legislación que afecte negativamente a su titulación!. ¡Cómo un diputado va a votar una Ley que afecte negativamente a la Profesión Médica!. ¡Cómo un Consejero va a proponer una norma de organización de la asistencia sanitaria que perjudique a sus compañeros!; y así podíamos continuar con un corolario de situaciones que se haría interminable.
Pero con ello no estamos expresando una crítica negativa a ese comportamiento, porque resulta tan razonable como lógico; todos somos "corporativistas". Sí, corporativistas; ¿O es que a caso Izquierda Unida, Partido Popular o Partido Socialistas no son corporativistas?. ¿Es que a caso no lo son los Celadores, Auxiliares, Técnicos y demás empleados?; ¿es que no lo es cualquier gremio?. ¡Pues sí señor, los somos!, pero lo somos todos. El problema será si eso repercute favorablemente sobre la población a la que nos debemos, o no.
EL CONCURSO DE TRASLADO ES UN PROBLEMA QUE AFECTA A LA ASISTENCIA SANITARIA.
La asistencia sanitaria es un bien público, por lo que entendemos debe primar por encima de los intereses particulares. Me explico: ¿se imaginan un concurso de traslado de puesto de trabajo entre el colectivo médico?, quiero decir, que un médico especialista en Traumatología concursara a un puesto de Endocrino; un Anestesista a un puesto de Infecioso, un Neumólogo a un puesto de Hemátólogo, etc. etc. etc. ¡mpensable, verdad!. Y tengan en cuenta que, en la práctica, esto afectaría a un horario normal, de mañana, porque para las demás horas, la inmensa mayoría de los Hospitales está servido por un especialista que cubre todas las necesidades; es decir: que hace de médico internista, que sirve para todo.
Pues bien, dicho lo anterior, las distintas Unidades asistenciales están provistas de Enfermeras que prestan cuidados en concretas unidades, a las que accedieron, normalmente, por imperativo de la Dirección de turno. Una vez adscritas esas Enfermeras, no queda más remedio que "especializarse" en esos Cuidados. Y es a partir de esa situación cuando comienza el "movimiento", el trasvase de un puesto especializado a otro que para nada se relaciona con el anterior. Y nos llama la atención esta forma de gestionar porque da la sensación que lo único que importa es tener la plantilla cubierta con un número de "efectivos". Lo único que importa es el movimiento del colectivo, que, ¡obviamente!, mira por sus exclusivos intereses.
Y decimos esto por cuanto que en todos los baremos para acceder al nuevo puesto de trabajo, el único mérito baremable es el tiempo de servicios previos, lo que se traduce en que, efectivamente, lo que menos importa a los gestores del Servicio de Salud es la calidad asistencial. Esto sí que es un problema de "salud pública", al que nadie quiere poner remedio. Para que luego las leyes nos hablen de "excelencia, calidad, y otras tantas zarandajas.
Pregunto, ¿y por qué se consiente ésto?. La respuesta es bien sencilla: para darle satisfacción al señor del Monte, Presidente del Colegio de Médicos de Cáceres -y a otros que siguen la línea editorial de su Consejo General-, para que puedan manifestarse en la forma que lo hacen: "las Enfermer@s son un peligro público", nos dicen algunos médicos. Y cómo no vamos a ser un peligro público si vds, los gestores de la asistencia sanitaria, todos, absolutamente, son médicos, a quienes beneficia estos traslados. A vds., como responsable de la gestión de la asistencia sanitaria, debería preocuparles este sistema de "concurso de traslado", si es que de verdad les preocupara la calidad asistencial; pero resulta que, luego, utilizan esa carencia de capacidad, que no de competencia, para ponerla de manifiesto en los medios de comunicación, expresando que no tenemos los conocimientos suficientes.
¡Y cómo vamos a tener los conocimientos suficientes de una concreta especialidad si vds propician que una Enfermer@ de traumatología mañana esté en digestivo, o una de inmunología se desplace a una unidad de cuidados intensivos!. Si esto es lo que vds., médicos gestores, es lo que alientan. Si yo fuera médico, ya que son los únicos que administran y gestionan, y, de verdad, me importara la calidad asistencial y el gasto sanitario público, lo primero que haría, en su caso, es un sistema de concurso de traslado que tuviera en cuenta, fundamentalmente, la capacitación de las Enfermeras para determinados puestos de trabajo, la especialización. Pero no, esto a vds les da pánico, pavor; a esta situación que proponemo les tienen miedo, ¡qué digo!, pánico. Vds no quieren que una Enfermer@ se especialice, ¡ni mucho menos!. Vds lo que pretenden es que cuanto menos conocimiento de la concreta especialización mejor.
En definitiva, los concursos de traslados, al igual que la situación de el mensatel, es algo que promoción, promueven, alientan; así no hay forma de que pueda darse la mínima discusión en la aplicación de tratamientos y medidas terapéuticas. Si a vds., señores médicos de los Servicios de Salud, les preocupara lo más mínimo la calidad y excelencia de los cuidados, ya hubieran puesto remedio al sistema de Mensatel y a los concursos de traslados, como también hubieran regulado el sistema de "carrera profesional" en ese sentido. Antigüedad es su único paradigma, así contentan al colectivo. La especialización de la Profesión Enfermer@ es algo que no soportan; ¡por qué serán que nunca se tiene en cuenta!.

viernes, 11 de enero de 2008

¡SEÑORES MÉDICOS!, NO MÁS INSULTOS

Dice el Presidente del Colegio de Médicos de Cáceres que "no es cierto que los Enfermeros y Enfermeras ya estén prescribiendo medicamentos, pues una cosa es que los Enfermeros escriban lo que ha prescrito el médico o rellenen una receta, que es un documento oficial, que luego firma el médico, y otra muy distinta que ellos prescriban", en evidente referencia a la Profesión Enfermer@, tan sanitaria, titulada y regulada como la de Medicina (art. 2º Ley 44/2003). Continuando argumentando que "prescribir supone responsabilidad, pues al prescribir un medicamento el médico se está haciendo responsable de un diagnóstico al que ha llegado tras un estudio y exploración de cada paciente, lo que quiere decir que la prescripción forma parte de la exploración y diagnóstico, algo para lo QUE SE REQUIERE PREPARACIÓN Y CONOCIMIENTOS del PROFESIONAL DE LA MEDICINA"; ¡y se queda tan tranquilo!, cuando la mayoría de nuestros profesores han sido y continúan siéndo Licenciados en Medicina.
Otras de sus licencias es esta: "supondrá un perjuicio para la salud de las personas, pues conllevará en muchos casos errores en los tratamientos, ya que es EL MÉDICO ES EL QUE TIENE LA PREPARACIÓN y los conocimientos necesarios para diagnosticar y, consecuentemente, para prescribir medicamentos"; ¡y no le pasa nada!.
¡Vamos a ver, señor del Monte!, hasta podíamos estar de acuerdo en que el Enfermero -todos los Enfermer@s- no estamos "preparado para prescribir"; ¡fíjese hasta dónde llego!; soy consciente, pero, al mismo tiempo, habrá de reconocerme que tampoco todos los médicos están capacitados para hacerlo, buena prueba de ellos es que los Médicos Adjuntos -es decir, los que han sido acreditados como Especialistas- les transmiten el tratamiento a aplicar a supuestos concretos. Así que, siguiendo su tesis, deberíamos cerrar la mitad de los Centros de Salud y Hospitales. ¡Señor del Monte, y otros!, sus declaraciones no tienen "desperdicio". Y no la tienen por los siguientes MOTIVOS:
1) porque vds, los médicos especialistas, si de algo saben, en algunos casos, es única y exclusivamente de su Especialidad, especialidad que no hace falta recordarles que ha sido adquirida gracias al erario público y al coste profesional de la Profesión Enfermer@; porque, pregunto, ¿sabe vd que la medicina es la única profesión titulada que recibe ese tipo de formación y obtención de un título oficial que les hace indispensable?. ¿Sabe vd cómo lo pasamos los Enfermer@s que soportamos a los MIR?. ¿Sabe vd que nos la "tragamos doblada"?. Y podía seguir con otras situaciones mucho más desagradable.
2) En segundo lugar, es cierto, ¡tiene vd razón!, los Enfermer@s somos "un peligro para la asistencia sanitaria"; pero yo le aseguro que algunos pacientes, si volvieran a la vida, a lo peor incluían a más médicos que Enfermer@s en su lista de personas en los que no volverían a depositar su confianza, ¡me entiende!. ¡Bueno!, una cosa más: mire la colección de sentencias judiciales por morosidad en la asistencia, negligencia, imprudencia DEL profesional, y en algunos casos rozando el homicidio imprudente, que se resuelven un día sí y al otro también y se dará cuenta de lo que le decimos. Pero, ¡señor del Monte!, ¿por qué pretende intimidarnos con argumentos legales cuyos fundamentos brillan por su ausencia?. No, señor del Monte, como leo que no sabe lo que dice, le recordaré que los "errores médicos" no tienen sanción, como, al mismo tiempo, le insto a que me diga dónde ha leído vd que la responsabilidad es del médico. Y como demuestra peligrosa ignorancia, por atrevido, le recomiendo que "consulte", ¡entiende lo de consulte!, con un jurídico; él le dirá, ¡mira, Tomás, ¡te has pasado dos pueblos con esas declaraciones!. Señor del Monte, en el Sistema Nacional de Salud, los únicos "responsables" son los Servicios de Salud; así lo manda la Ley. Es imposible, legalmente hablando, presentar una Demanda contra ningún empleado de una Administración Pública. Así que, como demuestra tamaña ignorancia, le digo una cosa: yo no sé si nosotros somos unos atrevidos por demandar que ese monopolio de la prescripción en manos del Médico se amplie al Profesional Enfermer@ -sin mencionar a los Podólogos, ya que éste colectivo, según la ley de ordenación de las profesiones sanitarias, diagnostica y pone tratamiento-, pero vd demuestra una más que atrevida ignorancia jurídica, hasta el punto que nos ha insultado con sus declaraciones, sino injuriados, creando alarma social, porque sus argumentos son tan poco peregrinos como su "perorata" intimidatoria" respecto de la responsabilidad; no, señor del Monte, ningún médico es responsable de ningún Enfermer@, ¡ni siquiera de sus propios actos!, entre otras cosas porque los Enfermer@s somos "mayores de edad" y mayores en Profesión; y en cuanto a posibles indemnizaciones, éstas corresponde a los Servicios de Salud. No obstante, si vd quiere hablar de derecho, tanto objetivo como subjetivo, le recomendamos que primero se informe, que alguien le explique qué es eso de la potestad, la atribución, la competencia y la capacidad, y después de ello, si logra entenderlo, porque lo dudo, ¡veremos si mantiene sus declaraciones!.
Señor del Monte, vd debería saber -y si no es así yo se lo informo, porque este es su "caballo de batalla"-, que el médico no es resonsable de absolutamente nada. Ese "comeero de coco" es trasnochado y caduco, propio de los señores feudales, que siempre culpaban al vasallo. Sí, vasallo, porque declarar públicamente que el Servicio Extremeño de Salud abona a una Enfermer@ las retribuciones correspondientes a un Profesional Sanitario, titulado y regulado, clasificado en el Grupo A1, para "rellenarle a vd las recetas" -si esto fuera cierto-, los gestores y administradores de los Servicios de Salud, si lo consintieran, estarían rozando la malversación de caudales públicos -también otra figura jurídica. ¡Señor del Monte!, pero como pretende vd que el sistema nacional de salud pague a una Enfermera sus retribuciones por rellenarle a vd las recetas!, ¡tendrá valor!.
¡En fin, señor del Monte!, que para tener "amigos" con vd, ¡mejor me pongo de parte de los enemigos!. Pero, ¡por favor!, no vuelva a declarar que para prescribir hace falta un diagnóstico. Señor del Monte, ¡qué no se dice diagnóstico, que se trata de un juicio clínico!; ¡pero es que no se entera!; ¡si el juicio clíco -sí, señor del Monte: juicio clínico, no diagnóstico, al que se llega humanamente- resulta de los datos que le aporta el Profesional Enfermer@!.
¿Sabe vd por qué algunas Enfermer@s carecen de esos conocimientos?. Yo se lo explico: porque nuestras Escuelas Universistarias están tomada por Médicos; sí, por médicos, como todo el sistema sanitario. Son vds los que dicen cuántas Escuelas, quiés las dirige y quiénes van a ser sus profesores.
¡Señor del Monte!, contesteme a una cosa, ¿en qué momento histórico está vd y los suyos situado?. Nosotros, los Enfemrer@s, profesión milenaria, antes éramos Cirujano, después Ministrante, luego Practicante, pasamos por ATS, hasta que, ¡por fin!, volvimos a la Universidad, de donde vds nos echaron en el año 1857; y ahora se comporta vd al igual que esos malos padres, que culpan a otros de las carencias educativas de sus hijos, cuando los "pobres" niños han estado SOMETIDOS a los caprichos de sus progenitories, situación muy parecida a la que defiende vd y algunos de sus compañeros, que nos echan de la universidad, de nuestros centros académicos, de nuestras direcciones y organización universitaria, del puesto de trabajo y, por si fuera poco, también del Sistema Nacional de Salud. De ahí que vds "amarrarán" con la redacción del artículo 77 de la Ley de Garantía y Uso racional del Medicamento y Productos Sanitarios el tema de la prescripción, redacción que, por cierto, con tal carencia jurídica que hasta un profano adivina la intención de su autor, norma sectorial ésta que no invalida las competencias Profesionales del Enfermer@, que le viene atribuidas por Ley, y esta Ley con amparo en la Norma Fundamental: la Constitución Española.
Otra cosa más, observo que a vd no le preocupa, sin embargo, la descripción que el artículo 7.2, d) de la Ley 44/2003 hace de los Podólogos, cuando dice que realizan las actividades dirigidas al diagnóstico y tratamiento; ¡claro, cómo le va a preocupar, si estos profesionales no forman parte de los Servicios de Salud!. ¡Hablemos claro, señor del Monte!: si de verdad le preocupa la "falta de conocimientos de los Enfermer@s", porque dice vd que somos un peligro", le recuerdo: una, que se vayan vds de nuestras Escuelas y de nuestros Departamento, y dejen que nos gobernemos, así tendrá argumentos para decir -luego- que no tenemos conocimiento y que somos un peligro, por obvio: la inmensa mayoría de nuestros profesores han sido y lo siguen siendo Licenciados en Medicina, de ahí las carencias de las que se nos acusa; la segunda, no menos importante: consigan vds que los Presupuestos Generales del Estado financien nuestra formación Especializada, en las mismas condiciones que lo hace con el Médico; y tercero, si somos tan legos, por qué los Enfermer@s cuidamos las unidades asistenciales mientras otros duermen; y dos aclaraciones: a los Enferme@s no nos importará formar, además de a los MIR, a nuestros colegas; y la segunda: El Sistema Nacional de Salud está absolutamente tomado por médicos. Se nota, ¿o no?.

jueves, 10 de enero de 2008

AUTOREGULACIÓN: POR ATRIBUCIÓN Y COMPETENCIA

El problema de los ciudadanos de este País es que no somos capaces de auto-organizarnos; es una crítica permanente la que recibimos, ya de los padres, amigos y campañeros, ya en nuestro puestos de trabajo; te dicen: ¡es que eres muy desordenado!. Y, efectivamente, con las excepciones que confirman la regla, somos bastante desorganizados; no somos capaces de ordenarnos en el tiempo, los asuntos, temas o cumplir ordenadamente las obligaciones que tenemos durante las veinticuatro horas del día, ¡y no digamos nada sobre el futuro!, para lo que tenemos la necesidad de una agenda, que nos avise como si de una alarma de reloj se tratara.
Y así es: somos unos desorganizados. Y esta introducción no sirve para hablar de algo que, al parecer, ha detectado la Organización Médica Colegial, que en boca del señor Aguirre, vicepresidente de la OMC ahora habla de AUTOREGULACIÓN, como si de una novedad se tratara. Acaba de inventar un concepto: la autoregulación. ¡Señor Aguirre!, su organización colegial, en pleno de las atribuciones que le atribuye la Ley de Colegios Profesionales, y precisamente en el ejercicio de esa competencia, ya se ha pronunciado respecto a determinadas cuestiones profesionales; por ejemplo: la Asamblea de la OMC acordó que el "aborto" no era un acto médico. ¡Y no pasó nada!; ¡bueno!, nada, nada, no, sólo que los médicos continúan practicándolo, buena prueba de ello es que se ha dado lugar a la intervención de la Policia.
La Ley de Colegios Profesionales es taxativa al respecto, "atribuye" a los Colegios Profesionales el fin esencial de ORDENAR EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN; luego, cualquier intervención administrativa, ya a través de una disposición de carácter general ya a través de un concreto acto administrativo que no provenga del máximo órgano de gobierno de la OMC es una violación de la norma jurídica. ¡Nos explicamos!.
Vamos a intentar argumentárselo con fundamentos Constitucionales y legales: en este País existen tres Poderes: el Poder legislativo, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial.
El Poder Legislativo tiene sus raíces en la soberanía popular -es un principio Constitucional, no un derecho-, representada en el Parlamento, que dicta normas con rango de Ley; Ley que tiene por función desarrollar los preceptos constitucionales, distinto será que se esté o no de acuerdo con aquella redacción plasmada en la misma. Y así, la Ley de Colegios Profesionales, que emana de la "potestad" del Estado, atribuye esa competencia a los Colegios Profesionales
Luego está el Poder Ejecutivo, también institución orgánica, para el que el Texto Constitucional prevé lo siguiente: "El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las Leyes".
Y, por último, el Poder Judicial, cuyo órgano de gobierno es su Consejo General.
Así que, Constitucionalmente, existen tres Poderes, con potestades independientes, que, al mismo tiempo, se desarrollan en sendas Leyes, ya orgánicas, ya ordinarias. En consecuencia, el legislador utilizó de esa "potestad" que le atribuye la Constitución y aprobó la Ley de Colegios Profesionales, la cual "atribuyó" la ordenación del ejercicio de las Profesiones tituladas a sus Organizaciones Colegiales.
Teniendo en cuenta lo anterior, y consistiendo la función esencial de los Colegios Profesionales la ordenacón del ejercicio Profesional, corresponde a sus respectivos órganos de gobierno llevar a cabo el mismo, sin perjucio de su control jurisdiccional en el orden contencioso administrativo, ya que esa norma -en cuanto a ese concreto contenido, el de la ordenación del ejercicio de la Profesión- tiene carácter de actividad pública, por eso la Ley caracteriza a los Colegios como Corporaciones de Derecho Público, y, por tanto, sometidas a este especial orden jurisdiccional, siéndole aplicable los preceptos de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Dicho lo anterior, el Poder Legislativo está organizado en sus correspondientes Cámaras, dictando sus propios acuerdos y reglamentos; lo mismo hace el Poder Ejecutivo, con el único sometimiento a la Ley y a la Constitución, como igualmente el Poder Judicial, que tiene la función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.
Hasta aquí tenemos que estar de acuerdo. El siguiente paso, como decimos, son los contenidos de las Leyes; y la nuestra, la Ley de Colegios Profesionales, que se dicta en función de esa Potestad que tiene el poder legislativo, el cual se ampara en el Texto Constitucional, que dice: "La Ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas", Ley que conceptualiza a los citados Colegios como Corporación de Derecho Público.
Pues bien, una vez publicada la citada Ley Colegial ¿qué problemas tenemos para cumplir con lo que dispone ese texto legal?. ¿No será que no queremos cumplir lo preceptuado en el ordenamiento jurídico?. La Ley de Colegios Profesionales es clara y terminante: ordenen ustedes el ejercicio de la Profesión. Luego, si no lo hacen, si no se han enterado de lo que dice la Ley, luego no se quejen, ni proclamen que hay que utilizar la autoregulación, porque eso no es una elucubración que se le haya ocurrido al señor Aguirre, es un mandato legal, que venimos incumpliendo sistemáticamente.
Otra cosa será el límite que tenemos los Colegios para ordenar el ejercicio de las Profesiones, por cuanto habrá cuestiones que precisen encontrarse en una norma con rango de Ley, y esa "potestad", como hemos dicho, es exclusiva del Poder Legislativo. Nosotros, los representantes de los colectivos Profesionales -a los que la Ley les exige el requisito imprescindible de estar colegiado para ejercer una determinada Profesión-, lo que tenemos que hacer es ordenar el ejercicio de la Profesión. Sí, nuestra obligación nos viene impuesta que así se haga, y debe hacerse en la forma que está previsto en la letra i) del artículo 5º de la citada Ley Colegial, sin perjuicio, obviamente, de los derechos que asisten a los ciudadanos, usuarios y pacientes, fin colegial que no es otro que la salud, atención y cuidado de los enfermos, denominados en la Ley como "usuarios y pacientes". Esa es nuestra función como Colegio, puesto que esa es la "atribución" legal.
En consecuencia, la atribución competencial es clara; no le corresponde a ninguna otra Administración, Institución o Entidad esa actividad, insistimos en ello, atribución competencial, que es la que debe desplegar la correspondiente organización colegial profesional. Todo lo demás no es admisible, como tampoco resulta admisible confundir al personal con conceptos indeterminados, abstractos u oscuros.
Legalmente esos son los concepto de "potestad, atribución y competencia". Por tanto, competencia no es sinómino de "capacidad", ya que uno puede ser "muy capaz", pero no es competente, o viceversa. La competencia es la atribución legítima; la capacidad es la aptitud para ejercer un derecho y el cumplimiento de unos requisitos; es decir, que primero debemos tener la competencia y luego, precisamente, en base a esa competencia desarrollar las capacidades.
Sí; es posible que la Profesión Enfermero, o cualquier otra, como la medicina, no sea capaz, pero sí está capacitada legalmente, ya que si no podemos prescribir no se explica que, por imposición legal, tengamos que dirigir prestar y evaluar un deber, el de Cuidar, y, sin embargo, ahora se nos pretanda hurtar con otra norma sectorial la competencia de prescribir, por aconsejar o prescribir, que tanto da, es consustancial al proceso que tiene toda Profesión que requiera titulación universitaria (art. 1.2b, Ley académica), método científico que, efectivamente, no han desarrollado ni la OMC ni la de Enfermeros.
El Enfermero es competente porque así lo quiso la Ley; luego no puede venir ahora otra Organización Médica, a la cual no entendemos por qué hay que darle audiencia previa, ya que no tienen intereses legítimos que se les suprima, menoscabe o restrinja, lo pretendido es ampliar el abanico de Profesiones Sanitarias para que puedan prescribir y administrar medicamentos y productos sanitarios, gastos que corresponde a los correspondientes Servicios de Salud, que no a la OMC. Los médicos, como los Enfermeros y otros, somos "empleados" públicos. Lo que debería hacer la OMC es valorar el acto corporativo (¡qué digo!) deferencial que tiene el médico (¡qué digo), el Excmo. señor Ministro con ellos, remitiéndoles el proyecto de una Orden que en nada les afecta económicamente. ¡O sí!. Nuestro problema, el de los Enfermer@s, es que no tenemos Presidencia en el Consejo General, de lo contrario estas situacones no se producirían; ¡miren qué bien quedarón los Podólogos con Radiología, en la Ley de Ordenación de las Profesiones y, encima nadie se mete con ellos!. ¿Por qué será?. ¿Será porque sus actividades no están dentro del Sistema Nacional de Salud?, ¿o por otra cuestión inconfesable. ¡Qué suerte!, cómo se nota la "mano amiga".
En definitiva, tanto la OMC como la Organización Colegial de Enfermer@s tiene atribuida legalmente la competencia para ordenar el ejercicio de sus respectivas Profesiones; es decir la "jurisdicción profesional", cada una es competente dentro de su ámbito, por separado. Otra cosa será "echar balones fuera".
Por tanto, no caben "mensajes" a las Administraciones Públicas, porque, a los efectos de ordenar el ejercicio de la Profesión, los Colegios Profesionales actúan en calidad de "administración", o dicho en otros términos: son Corporaciones de Derecho Público, precisamente, por ese único y especial motivo resulta obligatoria la inscripción colegial. Otra cosa será el uso de la Institución, abusando de aquella otra "cualidad" privada que se deriva de la misma.

LOS MÉDICOS NO SON DOCTORES

Profesionalmente, para ser médico, el único requisito exigible es la Licenciatura en Medicina. Luego podrás estar en posesión de cuantos certificados, diplomas, títulos y todas aquellas otras acreditaciones que queráis, pero en el Sistema Sanitario son Médicos. ¡Insistimo!, Licenciado en Medicina. Luego, por ministerio de los Gobiernos de la Administración del Estado, se especializan en alguno de los sistemas del cuerpo humano, pero esta formación es a cargo y por cuenta del Estado y de las Enfermer@s, al final del tiempo previsto se les otorgo un título, pero este ya no es académico, expedido por la Universidad, lo expide el Ministro de turno. Y como esta titulación les parece poco, ahora están negociando la "ultra especialización", como tenemos la oportunidad de ver en todas las unidades asistenciales del sistema; ahora cada médico se dedican a una técnica concreta. Sin embargo, la Enfermer@ tiene que prestar servicio en cualquier unidad asistencial, ¡da igual que sepa o no de qué va la asistencia!, para eso ya está el designado libremente por el político de turno. La Enfermer@, lo que tiene que hacer, es matricularse en alguno de los cursos que imparte una cosa que se llama "escuela de ciencia de la salud", que la anuncian como si fuera una escuela del Consejo General. No; esto no es así; de hecho, no tengo ni idea de cuál es su presupuesto, quien la dirige y organiza, cómo se acredita, dónde va a parar el dinero -cuantioso- que recauda; ¡en fin!, que no tenemos ni idea; así que esa Escuela no es del Consejo General de la Profesión Enfermero.
Sí; preguntamos: ¿qué opinión tienen las Presidencias de los Colegios Provinciales de la Profesión Enfermer@?, porque a los únicos que leemos son Presidentes de Colegios Médicos. Ni siquiera los periodistas se pronuncian. ¿De qué se están hablando y negociando?. ¿Cuáles serán esos medicamentos y productos sanitarios?. Hemos leído que VAMOS A VOLVER A RELLENAR RECETAS MÉDICAS; es decir: ¡hacer el trabajo administrativo del médico!. ¡Claro que, ahora le llaman seguimiento de tratamientos de crónicos!. Pregunto, ¿es que no hay personas que sepan leer y escribir para realizar estas tareas?. Sí, tareas; esas cosas que te enseñan en algunas Escuelas, que clasifican en las siguientes categorías: "función, actividad y tarea". Pero, ¿a quién se le ha ocurrido tamaña tontería?. Y si ello fuera así, ¿por qué no conceptualizan cada locución?. ¿Qué contenido tiene cada expresión?. ¡En fin!, que esto es lo que hay.
¡COLEGIADOS CONTRIBUYENTES!, vosotros estaís realizando algún curso, al objeto de "colaros" en alguna bolsa de trabajo. ¡Obviamente no teneís ni idea de cuál será vuestro futuro Profesional!; algun@as os estaís planteando una nueva matriculación en otros estudios; otros, los más "espabilados", os habeís matriculado en algún "máster" y, en algunos casos, en el doctorado; la inmensa mayoría esperando el maná que no llegará; y no llegará porque el Presidente del Consejo General, esa omnipresente persona, ahora está matriculado para obtener un segundo título de Doctorado. ¿Sabeís cuál es el currículum del Presidente del Consejo General de esta Profesión?, creo que son cuatro tomos; y entre esos documentos podeís encontraros todo tipo de certificados, diplomas, diplomaturas, licenciaturas, especializaciones y doctorado, más un sin fin de acreditaciones, y preguntamos, y ya estará a punto de engrosar su lista con algunos másteres. ¿Cuándo y cómo ha tenido tiempo?; y, además, ¿para qué sirve todo eso?. ¡Qué lástima de caudal tiempo y DINERO!.
¡Pues así estamos!, sin nadie que nos represente, ¡qué digo!, sin nadie que nos defienda de tanta injuria. Pero, ¡cómo nos va a defender quien está utilizando a la Organización Colegial de la Profesión Enfermer@ para legalizar la prescripción de los Podólogos!. ¡Señores Presidentes Provinciales!, supongo que vuestras juntas de gobierno no saben nada de todo esto, pero vosotros sí conoceís esta situación, y si no es así, ¡daros por enterado!. ¡Decidle a los administrativos del Colegio que os busquen una circular, firmada y rubricada por el señor Presidente del Consejo General donde nos prohíbia prescribir!; os sitúo: es de 1997.
Voy a intentar situaros en el fondo del asunto. En principio, como ya he dicho, volvemos a los años de las enfermer@s de las consultas médicas: para abrir la puerta de la consulta, decir, ¡que pase el siguiente!, sentarse al lado del "doctor" (¡no!, al lado del Presidente del Consejo, ¡no!, junto al médico), rellenarle las recetas y recibir todo tipo de regañiñas, para que sepa el usuario quién manda en la consulta; algunos hasta deletrean el nombre del medicamento, para que no nos confundamos y el mancebo de la Farmacia no se equivoque. Los Enfermer@ de Atención Primaria, Especializada, de urgencias y emergencias, y de esa otra madalidad que se han inventado en alguna Comunidad Autónoma, deAtención Continuada, ¡nada de nada!. Vosotros, lo que teneís que hacer es matricularos en algunos de los cursos de experto organizacidos por la Escuela de Ciencia de la Salud, que dicen que es del Consejo General; ¡no!, que no es del Consejo General; el Consejo General la mantiene económicamente, porque, al parecer, esta Escuela "en ciencias de la salud" (...) está "adscrita" -que no sabemos que significa-, a la Universidad Complutense, de Madrid. Y no hay que preocuparse por la centralización, ya que algunos Colegios Provinciales colaboran (los Presidentes son "colaboradores" de la Escuela) en el "invento". ¡Nada!, el costo son "cuatro duros!: dos meses completos de trabajo. ¿A que todo esto parece una broma?; no, no es una broma, es impotencia.
La Organización Colegial de la Abogacía tiene una Escuela; sí, pero a esa Escuela la denominan "Escuela de Prácticas Jurídicas", en la que hay que matricularse, realizar el curso y, así, poder inscribir en el turno de oficio. Es decir, que la Organización colegial de la Abogacía sabe y conoce de la necesidad que tienen los recién colegiados para iniciar el ejercicio de la Profesión. ¡Es más!, están negociando la posibilidad de que este curso, o algo parecido, su superación, constituya requisito para colegiarse. En definitiva, ese tipo de formación se ha institucionalizado, hasta tal punto que no existe Licenciado en Derecho que se haya colegiado que no realice el citado curso. Sí, pero en su Colegio, en su Organización Colegial, sin intermediarios.
No. Nosotros no; nosotros tenemos a esa "escuela", que no se la conoce como Escuela de la Profesión Enfermero, ¡qué es distinto a Escuela de Enfermería!, ¡que no existen!. Sí, ¡que no existen!, ya que todas son: o escuela de enfermería, fisioterapia, podología y terapia ocupacional, o cosa parecida; ¡no!. La denominación no contiene ningún elemento ELÍPTICO, "supresión de algún elemento lingüístico del discurso sin contradecir las reglas gramaticales", es decir: que no podemos leer que ese Centro académico donde convergen la Escuela de Enfermería, la (Escuela) de Fisioterapia, la (Escuela) de Podología, la (Escuela) de Terapia Ocupacial; ¡no!, es un híbrido académico donde los "afines" se reparten el pastel de los estudios de esas titulaciones. Sí; el centro se lo "reparten" entre tres o cuatro (normalmente alguno de ellos es médico).
¡QUE LAS ENFERMERAS NO SABEMOS!, dicen los representantes de la Organización Colegial de la Medicina; ¡Y no les da verguenza decir esto!; y si los demás alertáramos a los ciudadanos de las carencias médicas!. Recordar que existen asociaciones que se autodenominan "de errores médicos". Pregunto, ¿cuántas denuncias, con resultado de imprudencia y negligencia, cuando no de impericia y responsabilidad del profesional tenemos los Enfermer@os?; ¡pocas, muy pocas!; así que, señores representates de la Profesión Médica, ¡no vayan por ese camino, porque puede resultar un bumerán!. El Enfermer@ no tiene nada que perder, otros no pueden decir lo mismo. Los que están todos los días en los medios de comunicación, alardeando de haber descubierto no sabemos que tontería, para curar no sabemos que enfermedad, éstos no tienen ningún escrúpulo, lo dicen y punto; los demás estamos calladito; pero los ciudadanos saben que cuando tienen necesidades allí está la Enfermer@. No; nosotros no alardeamos de nada, simplemente cumplimos con nuestra obligación; y lo hacemos con los escasísimos medios que las Administraciones gasta en esta Profesión, a la que ni deja, ni patrocina, ni subvenciona; simplemente la usa, rellena huecos; pero no cualquier hueco, son huecos que ha provocado la medicina. Todo médico que monta su "chiriguito" exige que allí vaya una Enfermer@. ¡Es como los maridos, que no somos nadie sin la mujer!.
SEÑORES REPRESENTANTES DE LA PROFESIÓN MÉDICA, no sigan por ese camino de la descalificación, porque los demás también podemos expresarnos. No lancen el bumerán, porque ese instrumento puede volverse contra el lanzador, y tu estedes no son expertos en esos lanzamientos. ¡Sigan negociando con el Presidente de la Organización Colegial de la Profesión Enfermer@, que les resultará más gratificante que descalificar a los demás!. ¡Que no, señores mandamases de los servicios de salud!; no cometan (otra) imprudencia: la sociedad, entre las que nos encontramos los dos, necesitan de esas dos Profesiones, Médic@s y Enfermer@s. ¡Dirijámonos en una misma dirección!, atender y cuidar a la población. Los "trapos" sucios dentro.
-¡con tanto trabajo como tiene!,

martes, 8 de enero de 2008

ALGUNOS PRESIDENTES SABIOS.

Cuando digo, algunos Presidentes sabios me estoy refiriendo a aquellos que no tienen otros argumentos para revartir cualquier tesis sino es con la descalificación; o lo que es peor: cuando le cuentas en qué consisten los Cuidados generales a la población, que incluye el máximo de conocimientos posibles sobre fisiopatología y su aceptación por el afectado, te responden que esos conocimientos no son Enfermer@s, que son de médicos. ¡Y se quedan tan tranquilo!, como si el conocimiento fuera una parcela exclusiva de un "exclusivo" gremio. Y si ese es el conocimiento que tienen sobre Cuidados generales, ¡ya me contarán que conocimientos tendrán de cuidados especiales!, ¡como para pedirles que trabajen en pro de la Especialización!. En fin, ¡esto es lo que hay!.
También nos extraño, al hilo con lo anterior, que en todas las localidades (áreas de salud) se celebran concursos de traslados, ¡y tampoco existen una opinión al respecto!. Les comento que como garantes de los Cuidados, los usuarios del correspondiente Servicio de Salud no tienen por qué soportar esa carencia de conocimientos y, además, alegamos que el interés particular debe someterse al interés general, que es el de la población a la que servimos; porque, precisamente, por ese motivo, por cuidar, decidimos hacernos Enfermeros. ¡Y no lo entienden!. ¡Claro!, no lo entienden porque no alcanzan a comprender que su vida, si ingresan en una unidad de cuidados críticos, en un altísimo porcentaje, depende de los Cuidados Enfermer@s; es decir, de la valoración que hagan de las constantes y signos vitales la Enfermer@ de turno. !... y a mí que me da la sensación o que creen en la predestinación o que tienen fe en la medicina salvadora!. ¡Bueno!, al fin y al cabo ellos -los Presidentes de Colegios Provinciales Enfermer@s- no son los responsables de proteger la salud, ni de administrar y gestionar la asistencia sanitaria; para ello ya están los "elegidos" por el político de turno.
A algunos Presidentes Provinciales les sucede como a determinados políticos, cuando hablan de la financiación de la Iglesia Católica, que dicen que el Estado no tiene por qué subvencionar a la misma, desconociendo, espero, que aquella situación lo fue por el único motivo de aquella Ley de desamortización, por la cual el Estado se apoderó de bienes del Clero cuyo importe jamás será compensado.
Aquí todos nos volvemos "afines" del Gobierno de turno, ¡da igual el color!; el tema es que hay que seguir viviendo, ¡y vaya qué sí!, en la forma que nos hemos buscado. En definitiva, esta Profesión Enfermer@ va de mal en peor; y los únicos son responsables son los Presidentes Provinciales que les reíen las gracias al "superPresidente", que para eso los mantiene ... en sus correspondientes cargos.