La Ley, como norma que emana de la representación de la soberanía popular, puede contener, y de hecho contiene, preceptos que no se ajustan a la Constitución; y para fiscalizar esos preceptos inconstitucionales, que se dicen aprobados por "criterios de oportunidad politica", la Ley suele ser revisada por el Tribunal Constitucional, que decide si su contenido se ajusta o no a los mandatos constitucionales ¿Cuál es el problema? Pues que ese recurso está de inconstitucionalidad esta muy limitado a personas e Instituciones, tasado se dice en la Ley, con lo cual la norma, aunque fuera inconstitucional, se aplica mientras no se dicte sentencia y se declare que el precepto es inconstitucional; y los que aprueban esas leyes no son objeto de ningún tipo de sanción.
PERO NO ES A ESO A LO QUE NOS REFERIMOS.-
¡NO!, ¡qué va!, nos referimos a la INACTIVIDAD del Gobierno o de los Gobiernos Regionales, los cuales, por cierto, cada día están más en los medios por su inoperancia que por sus aciertos. Y son esos Gobiernos lo que o bien no aplican la Ley, porque es de su competencia desarrollarlas, o no lo hacen porque no les da la real gana. Y cuando lo hacen no tenemos más remedio que recurrirla ante los Tribunales. Y tenemos que recurrir sus normas porque la participación social en la elaboración de las mismas es nulo o sólo dada a conocer a "sus amigos", que saben que no se van a oponer.
RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO.-
¿Alguna Comunidad Autónoma tiene hecha, elaborada, esa Relación de puestos de Trabajo que dice la Ley? NO. ¿Alguna C.A. tiene modificadas sus leyes que afectan a derechos de los empleados? NO ¿Están homolagados los puestos de trabajo en todo el Sistema Nacional de Salud? NO ¿Están homologados los baremos de méritos puntuables en todo el Sistema? NO. Y así podríamos continuar hasta el infinito.
¿ES DESIDIA, IGNORANCIA O INTERÉS EN NO HACERLO?
Desde luego que no tenemos la respuesta; no obstante, estamos en nuestro derecho para opinar que no lo hacen porque no les da la real gana. Así mangonean al personal hasta límites insospechado, que atentan, sin ningún género de dudas, a derechos laborales. Y todo ello consentido, cuando no aplaudido por nuestros representantes laborales ¿Cómo se puede gestionar a un personal sin esa Relación de Puestos de Trabajo?
¿QUÉ PUESTO DE TRABAJO ES EL QUE OCUPO?
¡Ni se sabe! Aquí cada cual "arregla" a su antojo estas situaciones, con lo que se produce una verdadera indefensión. Ahora va a resultar que todos los puestos de trabajo son "provisionales" ¿Y por qué son provisionales? Sencillo: porque están reservados a personas que ocupan puestos de libre designación o por otros motivos espurios.
LOS ENFERMEROS EN PARTICULAR TENEMOS UN SERIO PROBLEMA.
¿Qué cuál es? ¡Pues muy sencillo!: que todas las Administraciones sanitarias nos siguen tratando como si de una profesión auxiliar se tratara. Por ejemplo: si pretendemos colaborar con el sistema, que está para echárselo a los leones, ahorrando algún gasto innecesario, no lo podemos hacer -porque nadie ha educado a los médicos, entre otros, para ello-. Lo único que se nos permite es cumplir las "órdenes" a rajatablas, aunque el medicamento fuera el mismo, sólo que su administración lo sería vía distinta ¿A quién nos quejamos? ¿A otro médico, que es el que ocupa la Gerencia? ¡Venga ya! Incluso y lo que es peor -ya que sería nuestro último recurso. Nos contaron que un Magistrado de un TSJ, con motivo de la intervención en una Conferencia pública, se ha referido a nosotros como A.T.S. ¡Qué barbaridad! ¿Cómo le vamos a pedir a una persona de las de abajo, de los dicentes, sin título que le acredite, iba a atrerverse a llamar la atención a ese señor? Y en estas estamos.
Pero una cosa sí está clara: si te pasas un pelín en velocidad, date por sancionado, cuando no de pena de libertad ¡Semejante País!