Partamos de unos datos mínimos:
a) Todos somos empleados de esas Instituciones, sin o con exclusividad.
b) Todos tenemos un horario de trabajo, con una hora de entrada y otra de salida. Además de la Jornada ordinaria existe otro concepto: el de Jornada complementaria.
c) Todos somos retribuidos en función de esos horarios de trabajo y reconocimiento por lo que hacemos.
d) En cuanto a asistencia sanitaria directa, somos Profesiones Sanitarias, a todos los efectos, Médicos y Enfermeros (con perdón de otras no citadas).
Partiendo de aquellos datos, analicemos:
e) Estas Profesiones Sanitarias gozan de plena autonomía técnica y científica (es uno de los principios irrenunciables).
a) y b)
Alguien que acompaña a un paciente: ¡Oiga!, ¿por qué está aquí? Respuesta: porque me ha dado permiso el Médico. Sí; de acuerdo. Pero el Médico está en su casa. Ahora estoy yo como responsable. Soy yo el que responde por todo lo que le suceda. Repito: el Médico que "autorizó" su permanencia en la unidad está fuera de servicio; es decir: no es responsable de lo que suceda aquí, porque está fuera de su horario de trabajo ¡Pues no lo entienden!
c), d) y e)
Normalmente, en el turno de mañana, Jornada ordinaria, se pasa visita, se realizan peticiones sobre pruebas y, en su caso, se revisan tratamientos.
Son las 15 horas y acaba el horario de trabajo ordinario.
Nosotros seguimos aquel tratamiento, pruebas y medidas terapéuticas prescritas por aquel Médico que ya no está de servicio; que no se le pueden exigir responsabilidades. Lo que suceda a partir de ese momento corresponde a las Profesiones sanitarias que están de servicio. Es obvio.
¿Hay alguna novedad por aquí?, pregunta el Médico que entra en Jornada complementaria (le siguen llamando "guardia").
Sin novedad. O, quizá, alguna apreciación.
Entra en juego esa definición que hace la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias; es decir: la plena autonomía técnica y científica.
Pero, un pero: resulta que quien entra de turno, es decir, Jornada complementaria, comienza a revisar historias, revisa tratamientos prescritos y solicita más pruebas. Sabemos que cada Médico de un servicio o sección tiene su concreto puesto de trabajo, que son todos aquellos que van desgranando de la especialidad de turno (o no).
Nosotros, como Enfermeros, lo somos de esa concreta unidad, la de hospitalización. Estamos "familiarizado" con ese/os Médico/s destinados en la unidad y, como tales, conocemos el motivo de ingreso, las pruebas a las que ha sido sometido, el tratamiento prescrito y la evolución de cada paciente. Hacemos algún comentario al respecto y ... (sin comentario).
El Médico que está de turno en Jornada complementaria (de guardia) es, desde luego, el responsable de la unidad, aunque su puesto de trabajo esté en otra unidad, que, como todos sabemos, son creadas específicamente por la jefatura de servicio o sección de la correspondiente especialidad.
¿Cuál es el papel de la Profesión Enfermero en esas unidades de hospitalización?
Quizá la pregunta más pertinente sería hacerla respecto del Médico que está realizando lo que el Estatuto Marco denomina "Jornada Complementaria" (de guardia).
Recordando el concepto, dispone la Ley que "la realización de la jornada complementaria sólo será de aplicación al personal de las categorías o unidades que con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley venían realizando una cobertura de la atención continuada mediante la realización de guardias u otro sistema análogo, así como para el personal de aquellas otras categorías o unidades que se determinen previa negociación en las mesas correspondientes".
Además, también dice:"... con el fin de garantizar la adecuada atención permanente al usuario de los centros sanitarios, el personal de determinadas categorías o unidades de los mismos desarrollará una jornada complementaria en la forma en que se establezca a través de la programación funcional del correspondiente centro".
¿Cuál es esa atención permanente al usuario de los centros sanitarios?
Remedando el concepto de Atención continuada en la atención primaria de todos es conocido que existe un equipo para tal fin, que lo está para cuando se demande por parte de la ciudadanía una determinada asistencia que califican como "urgente", que es concepto distinto al de "emergencia" (Sabemos que existen equipos para esa atención urgente y otro diferente para las emergencias).
El tratamiento en una Institución hospitalaria es aquel que podría proporcionarse cada paciente en su casa si tuviera los conocimientos y los recursos materiales y humanos necesarios para ello. De ahí que proceda su ingreso, por falta de esos conocimientos y recursos. Es decir, aquel Médico en Jornada ordinaria de trabajo, el destinado en la Unidad de hospitalización, prescribe un tratamiento, incluso algunos controles que se hacen fuera de la jornada de trabajo del mismo. Es decir, no está de servicio pero seguimos cumpliendo sus "prescripciones". Pero, también sucede, en ocasiones el Médico que entra en Jornada complementaria puede decidir, y de hecho lo hace, modificar tanto el tratamiento como las prescripciones. Obviamente, nosotros "obedecemos".
Por nuestra parte, nosotros realizamos controles y valoramos la evolución de aquel tratamiento. Y, en su caso, nos comportamos como la haría ese ciudadano: llamamos ante lo que entendemos que es un atención urgente o emergente que se escapa de nuestros conocimientos, capacidades o habilidades para resolverlo. Pero no todos suelen respetar esa plena autonomía técnica y científica. Da la sensación de que cada Médico "decide" qué es nuestra Profesión y qué no es ¡Es grave!, pero así las cosas.
¿DÓNDE COMIENZA Y ACABA AQUELLA PLENA AUTONOMÍA TÉCNICA Y CIENTÍFICA QUE NOS OTORGA LA LEY DE ORDENACIÓN DE LAS PROFESIONES SANITARIAS?
DESDE LUEGO QUE TODO PACIENTE INGRESADO LO ESTÁ BAJO LA EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE LA PROFESIÓN ENFERMERO DESTINADO EN ESA UNIDAD DE HOSPITALIZACIÓN.
LA PLENA AUTONOMÍA TÉCNICA Y CIENTÍFICA COMIENZA DESDE EL MISMO MOMENTO QUE ESTÁS DE SERVICIO, EN JORNADA ORDINARIA O COMPLEMENTARIA, Y FINALIZA DECIDIENDO EN CADA MOMENTO LO MÁS CONVENIENTE PARA EL PACIENTE.