miércoles, 21 de marzo de 2012

LOS CURSOS DE PRESCRIPCIÓN SON UNA TOMADURA DE PELO

Los cursos de "prescripción" son una tomadura de pelo. Volver a estudiar farmacología, después de la experiencia profesional, sobre todo por unidades asistenciales, es todo una tomadura de pelo. PONGAMOS ALGUNOS EJEMPLOS:

Sistema específico de conducción.-

¿De qué sirve un curso de prescripción si desconocemos el sistema específico del Corazón?, por ejemplo.

Nos podrán volver a explicar qué es un antiarrítmico, pero antes tendríamos que conocer cómo funciona ese sistema específico de conducción del Corazón ¿Cómo, sino, vamos a "prescribir" -mejor aconsejar, recomendar, por mandato legal- un medicamento "antiarrítmico" si desconocemos dónde nacen los estímulos, por qué o cómo se transmiten y las formas de conducirse?

Tendríamos que saber que son "agonistas" y "antagonistas", sus transmisores, sus receptores y sus canales de entrada para producir el efecto deseado. Como también debemos saber los órganos celulares donde producirán los efectos deseados.

Sistema específico de conducción según las estructuras cardíacas





Otra visión del Sistema específico del Corazón
¿Cómo vamos a utilizar un estimulante adrenérgico, o un antagonista de los mismos, si desconocemos qué efectos pueden producir. 

En estos supuestos que comentamos, tendremos que conocer con la mayor percepción posible el lugar, o lugares, donde se produce el inicio de la actividad, su transmisión y conducción, para así detectar que no se están produciendo los hechos conforme a la fisiología normal.

Y son cada día más importantes todos estos datos, en la medida en que la vida se alarga en el tiempo y las células tienen un envegecimiento fisiológico, así como la frecuentación de los trastornos en la formación, en la transmisión y en la conducción de esos impulsos, y los "caminos" por los que discurre la actividad cardíaca.

¿Qué Enfermera no ha administrado, vigilado y controlado medicamentos de tipo adrenérgico, epinefrina, norepinefrina; o benzodiacepinas?

¿Qué influencia pueden tener todos los medicamentos en el funcionamiento del Corazón? Son múltiples los trastornos que sufre la Víscera, tanto con motivo de su funcionamiento como por las consecuencias extra-cardíacas que afectan al mismo. Son múltiples los supuestos.


Sodio, Calcio, Potasio, Magnesio, entre otros, son iones en juego. Participa en todo ello la glucemia. Afecta la Presión arterial al funcionamiento del Corazón. Son estímulos del Sistema Nervioso Central y del sistema autónomo los que participan, también, en el funcionamiento del Órgano. El Riñón y los Pulmones también se ven comprometidos por el normal funcionamiento del Corazón. 

Es todo un "mundo" el que hay que tener en cuenta antes de "indicar y usar" un medicamento. Son muchos los datos, síntomas, signos, pruebas y parámetros los que hay que tener en cuenta antes de actuar. Como, igualmente, debemos saber qué es lo que hay que cuidar y las prioridades.

De ahí que seamos más partidarios de una formación más o menos reglada que de "cursos", por más que se les adorne con ese adjetivo de "crédito" ¡crédito! El único crédito que podemos dar a la formación es la responsabilidad en lo que hacemos, que es una exigencia del ciudadano, a lo que los políticos llaman "calidad, excelencia", y otras tantas zarandajas.

Un Corazón infarto se ve afectado en su funcionamiento, porque tiene como consecuencia cierto grado de "invalidez", que repercutirá sobre otros órganos, como el Riñon, incluso sobre el estado de conciencia, al verse disminuida la irrigación de los órganos que dan vida al sistema nervioso. Un Corazón que ha "perdido" su capacidad contractil no puede recibir ni expeler la sangre en la forma que lo hacía antes del ataque cardíaco, por lo que las consecuencias también repercutirán sobre los Pulmones, que rebirán menos sangre de la necesaria o más de la que puedan admitir, porque se lo impide la parte "izquierda" del Corazón. Y esa menor salida de sangre por la Arteria Aorta repercutirá directamente sobre la irrigación Renal, el cual tomará "medidas", para adaptar el volumen a su funcionamiento, que se verá afectado por una reacción química de carácter "defensivo".
Infarto de Miocardio producido en la Arteria Coronaria izquierda en su rama descendente anterior, cuyo resultado será una disminución en su capacidad funcional para distenderse y contraerse, con consecuencias hemodinámica, que afectará al funcionamiento del Riñón.
TENEMOS QUE ESTAR DE ACUERDO CON LOS DIPLOMAS DE ACREDITACIÓN, QUE RECOJAN TODO UN PROGRAMA COMPLETO POR ESPECIALIDADES, QUE CADA CUAL DEBERÍA ELEGIR, EN FUNCIÓN DE SU "IDENTIDAD" CON EL SISTEMA, APARATO U ÓRGANO DEL CUERPO HUMANO.

TRANSMUTÓ DE ATS A PODÓLOGO Y DOCTOR

MÁXIMO ANTONIO GONZÁLEZ JURADO, PODÓLO, DICE QUE REPRESENTA A LA PROFESIÓN ENFERMERO.
UN ROSTRO PÚBLICO
QUE IMPIDE EL DESARROLLO DE NUESTRA PROFESIÓN, QUE NO ES LA SUYA.

Está a punto de cumplir un cuarto de siglo al frente del Consejo General de Enfermería y en su cabeza existen varios proyectos por culminar, como las especialidades, la prescripción y que toda la profesión esté en posesión del grado. Máximo González Jurado, una de las primeras voces que advirtieron de la insostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (SNS), pide un Pacto por la Sanidad de verdad, con una reestructuración efectiva, “no una pantomima”.

DE ATS A PODÓLOGO, VÍA TRANSMUTACIÓN.
Redacción Médica, revista que publica Sanitaria 2.000, "Periódico crítico y defensor de los INTERESES MORALES Y MATERIALES DE LOS PROFESORES de las ciencias del curar" -eso es lo que dicen ellos-, le ha dedicado una buena parte de la misma ¿por que será?, a Máximo ANTONIO GONZÁLEZ JURADO, Podólogo por vía de transmutación de A.T.S. con diploma de podología, que ha conseguido, como tal Profesión Sanitaria de las comprendidas en el artículo 7º de la Ley de Ordenación Sanitaria -aunque no esté dentro del Sistema Nacional de Salud-, ser prescriptor de medicamentos sujetos a prescripción médica. Además, este señor ha conseguido dos títulos de doctor; ¡eso dice!

NI UNO, NI DOS NI TRES.
Este señor, que transmutó de ATS a Podólogo, nos quiere "meter" a nosotros, Enfermeros -aunque fuera con calzador-, un proyecto de real decreto que convino con la anterior Ministra de Sanidad, Leire Pajín y el Secretario General del Ministerio, los cursos que ha impartido por los territorios de los Colegios Provinciales que avalan su candidatura al cargo de Presidente del Consejo General de Colegios de Enfermeros. Y cuando no puede hacerlo en otras Provincias, utiliza al Sindicato CSI-F.

TRES PROYECTO: ESPECIALIDADES, PRESCRIPCIÓN Y GRADO.

Dice que tiene tres proyecto por culminar: especialidades, prescripción y que toda la profesión esté en posesión del grado.

¡ESPECIALIDADES!, nos suena a broma; ¡pero a broma de mal gusto! Llevamos desde que él ocupa ilegalmente el cargo de Presidente, año 1.987, sin Especialidades; aunque hubo algún intento con la señora Jiménez, que le puso un poco de ganas ¡Y qué casualidad que esa Ministra no era médico!

No tenemos Especialidades porque no quiere "el sistema", en el que está incluido esa persona -que dice que lo tiene como objetivo por cumplir-, por intereses inconfesables. Nosotros, como Profesión en el Sistema Nacional de Salud, no tenemos Especialidades, mientras que como Podólogo recién reconocidos en España -que no en los Países Europeos- están a punto de conseguir que el pié sea "descuartizado", para especializarse en función de esa "división".

ÁREAS DE CAPACITACIÓN ESPECÍFICA.
Existe en la Ley de Ordenación de las Profesiones la posibilidad de obtener "Diplomas" de acreditaciones, que deberían utilizarse hasta tanto se pongan en marcha las Especialidades. Por la sencilla razón de que ello no impide el desarrollo de las mismas. Los Diplomas de Acreditación que vienen en la citada Ley de Ordenación pueden ser expedidos por las Administraciones sanitarias responsables de los Servicios de Salud, que es donde prestamos nuestros servicios los Enfermeros, que no los Podólogos.

Y esos Diplomas de Acreditación y los Diplomas de Acreditación Avanzada pueden ser valorados como méritos en los sistemas de provisión de Plazas. Sólo se precisa "buena voluntad", ya que es sufieiente con que así lo prevea la normativa correspondiente. Y si los Servicios de Salud elaboran Baremos para valorar los méritos, ¡qué mejor solución para prestar servicios de calidad!. 

¡PRESCRIPCIÓN!, ¡pero si la Ley ha autorizado a la Profesión Enfermero para indicar, usar y ordenar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios, de aquellos "no sujetos" a prescripción médica!. Dice la Ley, literal: "... LOS ENFERMEROS, DE FORMA AUTÓNOMA, PODRÁN INDICAR, USAR Y AUTORIZAR LA DISPENSACIÓN DE TODOS AQUELLOS MEDICAMENTOS NO SUJETOS A PRESCRIPCIÓN MÉDICA Y LOS PRODUCTOS SANITARIOS, MEDIANTE LA CORRESPONDIENTE ORDEN DE DISPENSACIÓN" (La Ley es dura pero es la Ley -Dura lex sed lex"-).

Esto es lo que dice la Ley; luego, la Profesión Enfermero tiene legalizada esa prescripción ¡RECUERDEN!: Plena autonomía técnica y científica. Y el proyecto de real decreto, ese que dice que tiene que aprobar este Gobierno del Partido Popular, no puede decir lo contrario; ni puede "someter" a la Profesión a requisito de clase alguna. Lo dice la Ley y no hay nada más que discutir ni regular. Lo que tiene que hacer el Gobierno es poner a disposición de la Profesión esa "orden de dispensación", para poder dar cumplimiento a la Ley; ¡y no le dé usted, señor Podólogo-profesor, más vuelta! 

RESULTA QUE LOS PODÓLOGOS SÍ, PERO LOS ENFERMEROS NO.
No; para los Enfermeros "cursos"; los Podólogos pueden -SIN CURSOS- prescribir medicamentos, incluso los sometidos a prescripción médica. Nosotros, los Enfermeros, tenemos que hacer cursos, ¡porque lo dice él! La Ley es clara y determinante: el Enfermero puede indicar, usar y ordenar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios, que es lo que hace desde que ocupa puestos de trabajo en el Sistema Nacional de Salud.

Y en este País estamos sometidos a la Ley; y la Ley ya lo dice, lo autoriza, legaliza la situación. Luego, el Enfermero no tiene que hacer ningún curso de forma obligatoria. Quien tiene la obligación es el Gobierno, que tiene que poner a disposición de los Enfermeros la dichosa "orden de dispensación".

ORDEN DE DISPENSACIÓN HOSPITALARIA.
Todas las Enfermeras que trabajamos en los Servicios de Salud saben que existen lo que la Ley del medicamento llama "Orden de dispensación hospitalaria", que debería ser utilizada por los Médicos, donde se hacen las peticiones a las Farmacias de los hospitales ¿Acaso utiliza el Podólogo esa "orden de dispensación"? No. Entre otros motivos porque no existe esa Profesión en los Servicios de Salud.

ESTO ES LO QUE DICE LA LEY DEL MEDICAMENTOS.
Y esto que se escribió para los Médicos, Odontólogos y Podólogos, sin embargo, ese "documento" es utilizado por las Enfermeras de las unidades hospitalarias ¡Cómo, sino, iban a funcionar los hospitales!, ¡hagan la prueba y ya verán cómo funciona un hospital! Y si ese documento está reservado a esas Profesión, ¿por qué se permite su utilización por las Enfermeras? Dice la Ley: "La Receta Médica, PÚBLICA O PRIVADA, y la orden de dispensación hospitalaria son los documentos que aseguran la instauración de un tratamiento con medicamentos por instrucción de un médico, un odontólogo o un podólogo, ..." ¡QUÉ LES PARECE!

Los Enfermeros no podemos, según ese señor, ya que tenemos que hacer "sus cursos". Para los Enfermeros nos tiene preparado unos cursos, que ha venido impartiendo por determinados territorios, y ahora pretende que este Gobierno del Partido Popular se los "reconozca" como necesarios para hacer menos de lo que venimos haciendo.

SI VIVIÉRAMOS EN UN PAÍS SERIO, ¿NO HUBIERA SIDO MÁS LÓGICO QUE LOS PODÓLOGOS TUVIERAN QUE HABER HECHO ESOS CURSOS, Y NO LOS ENFERMEROS? Por simple razón: porque se supone que los medicamentos sujetos a prescripción médica son más complejos -si es que puede establecerse algún tipo de diferencia entre ellos-, que aquellos dirigidos al autocuidado, que es lo que hace "cualquier hijo de vecino". 

RESPECTO DEL TÍTULO DE GRADO.

El Consejo General de Colegios Enfermeros es una corporación de Derecho Público, porque reune en su seno, la Asamblea General, a 52 Corporaciones de Derecho Público, que son los Colegioso Provinciales. Y esa consideración de "administración pública" lo es porque tiene atribuciones públicas. La atribución principal es ordenar el ejercicio de la Profesión, por lo que debe "representarla y defenderla", pero a la "Profesión", no al título académico, que es problema de la Universidad. El Consejo General tiene "relación" directa con los contenidos de los Planes de estudio, no con el nombre, ciclo o nivel. Lo que el Consejo General debe procurar es que se CUMPLAN las Directivas Europeas, que no se respetan.

Y como consecuencia de esas atribuciones, tiene que proteger la salud de las personas a las que atendemos. Esos y no otros son los "fines esenciales" de los Colegios Profesionales, que son de ámbito territorial, por cada Provincia y Colegio. La organización Colegial de la PROFESIÓN es eso: representar a la Profesión. Eso de los títulos, nombre que se le da a la formación recibida, es un problema académico.

Sí. Es posible que algunos pretendan "progresar" académicamente, ahí tenemos al propio Presidente, que dice estar en posesión de dos títulos de Doctor, ¡normal!, como tendrá todos aquellos otros "documentos" que le acrediten "de todo": lo hemos visto personalmente. Tengan en cuenta que por el sólo motivo de "pertenecer" a alguna "comisión" ya tienes "derecho" a que te expidan el documento de turno, ¿o no?

PROFESIONALMENTE, ¡FÍJENSE QUÉ DICE LA LEY SOBRE EL CARÁCTER DE PROFESIONALES SANITARIOS!
Estamos hablando de PROFESIÓN, que es el "problema" de la Organización Colegial, de nuestra Profesión, que incluye al Consejo General.

Y la Ley de Ordenación de las Profesiones, esa que habla de las "competencias" de la Profesión ENFERMERO, dice "Lo establecido en esta Ley se entiende sin perjuicio del carácter de profesionales sanitarios que ostentan los A.T.S. y demás profesionales que, sin poseer el título académico a que se refiere el artículo 2, se encuentran habilitados, por norma legal o reglamentaria, para ejercer alguna de las profesiones previstas en dicho precepto.

El precepto es el artículo 2, que define a las Profesiones Sanitarias, tituladas, rguladas y colegiadas. Dispone la Ley: "...son PROFESIONES SANITARIAS, tituladas y reguladas, aquellas cuya formación pregraduada o especializada se dirige específica y fundamentalmente a dotar a los interesados de los conocimientos, habilidades y actitudes propias de la atención de salud, y que están ORGANIZADAS EN COLEGIOS PROFESIONALES oficialmente reconocidos por los poderes públicos, de acuerdo con lo previsto en la normativa específicamente aplicable".

HASTA LOS ATS, SIN TÍTULO ACADÉMICO, SON PROFESIONES SANITARIAS.
¡Ya nos dirán que opinión nos merece cualquier otro tipo de "título", se llame de A.T.S., de Diplomado o con cualquier otro nombre, incluido el de Grado. Cualquiera que esté en posesión de alguno de esos títulos tiene derecho a ejercer la Profesión, cuyas competencias están en ese artículo 7 de la mentada Ley de Ordenación de las Profesiones. No existe otra: Profesión generalista o especializada; pero Profesión solo existe una. Incluso existiría UNA aunque el título exigible para jercerse tuviera que tener rango de "doctor", por poner un ejemplo.

Como acabamos de leer, incluso los A.T.S., que no tenían la consideración de "título universitario", son Enfermeros; y lo son porque así lo reconoció en el año 1.977, cuando los estudios conducentes a la obtención de la titulación se integraron en la Universidad.

Fue aquel Real Decreto de 23/7/1977 el único que ha merecido la pena a lo largo de la historia de nuestra Profesión.

Y es que nuestro "problema" no es otro que el contenido de las Directivas Europeas, no por su antigüedad, año 1.977, sino porque ha sido "REPRODUCIDA" en noviembre del pasado año 2.008.

¿QUIÉNES INVESTIGAN?
Se nos dice todos los días: "la experiencia", "la evidencia científica" ¿Y qué es la evidencia científica? Sencillo: el ejercicio de la Profesión y sus resultas. No son los teóricos; son los prácticos los que investigan. Basta tabular los datos para conseguir un trabajo de investigación.

Es la Profesión, durante su ejercicio Profesional, la que investiga, dentro de lo posible, que son muchas las experiencias vividas para sacar conclusiones.

DESARROLLO PROFESIONAL.
Todas las "profesiones" se desarrollan. El contenido de un Plan de estudio es la base. Pero el desarrollo profesional es propio de quienes ejercen la Profesión ¿En qué se parece un Enfermero que termina unos estudios reglados con ese mismo Enfermero 10, 15, 20, 25 o 30 años después? ¡Faltaría más que no hubiéramos progresado profesionalmente. Y eso es así, hasta tal punto que es la puntuación baremable para el acceso a puestos de trabajo más valorada: hasta el 45% del total del Baremo. 

Es más, ha sido la propia Ley de Ordenación la que estableció  los "Grados" de desarrollo Profesional, que pivota, fundamentalmente, sobre la base de la experiencia.

Lo que sucede es que ese desarrollo profesional, objetivamente, sólo ha sido utilizado para recibir una mayor retribución; ¡pero nada más!, y eso es una barbaridad. Y es una barbaridad hasta tal punto que, después de ejercer la Profesión durante años en una concreta "parcela especializada" han de ser evaluados, ¿habrá mayor dislate? Lo que no nos atrevemos patrocinar es qué pensaría un Tribunal de Justicia si en alguna unidad asistencial, donde concurrieran laboralmente dos Enfermeras, una con el reconocimiento de un primer grado y otra con el tercero o cuarto grado, sucediera alguna situación punible, ¿a quién reprocharían lo sucedido, a la de primer grado o a la de tercer o cuarto grado? ¡Piénsenlo!

LA TITULACIÓN DE GRADO VIENE A SUSTITUIR AL DIPLOMADO.

A pesar de no ser el caso ni parecido, profesionalmente tanto los A.T.S. como los Diplomados o los futuros Grados tienen las mismas competencias Profesionales, ¡no hay más!, ni puede ser de otra manera.

Incluso, aunque hubieran sido modificadas aquellas Directivas Europeas, todas las situaciones anteriores tendrían que haber sido reconocidas y sus derechos salvaguardados. Así se regoge en la última reproducción de aquella Directiva del año 1.977 en el año 2.008, bajo el epígrafe de "Derechos adquiridos", que se aplica en todo el mundo, por un principio elemental: el de la proscripción de normas sancionadoras con carácter restrictivo.

ENTRE OTRAS COSAS, el bodrio de Plan de estudio que se ha establecido para la obtención del título de Grado, en Julio del 2.008, no es otra cosa que una "falsificación" de la realidad material de lo que dice la Directiva 2005/36/CE, trasladada a nuestro ordenamiento jurídico por Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre ¿Está en esa Directiva la titulación de Podólogo?

PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS ENFERMEROS.

Quien desempeñe el cargo de PRESIDENTE deberá ENCONTRARSE EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN; Y LOS DEMÁS CARGOS DEBERÁN REUNIR IGUALES REQUISITOS. Eso es lo que dispone la Ley de Colegios Profesionales ¿Qué dijo el Tribunal Supremo? Sencillo: usted, señor don Máximo ANTONIO GONZÁLEZ JURADO, ¡fuera!, porque no cumple el requisito (STS 3/11/2010). La docencia no es "ejercer" la Profesión.

Usted lleva "casi un cuarto de siglo" en el cargo de Presidente, pero no cuenta que fue por INCUMPLIR aquel latinismo, el de "pacta sunt servanda", cuando convocaron elecciones para que puede ser reelegido presidente el señor Jurjo, poniendo al señor Rueda, al que "destronó". Y después de aquel "golpe" tres procesos electorales, que han sido anulados por los Tribunales de Justicia, que usted se empecinan en no cumplir ¡Cómo es posible que esto suceda en un Estado de Derecho! ¡Sencillo!: ha encontrado la forma de mantenerse, porque así lo quieren quienes lo consienten, cuyos treinta y ocho Colegios hemos reproducido en nuestros artículos.

PREOCUPACIÓN, ES LO QUE DEBE TENER.
Y usted debe estar muy "preocupado" (dicho de algo que ha ocurrido o va a ocurrir: Producir intranquilidad, temor, angustia o inquietud), que es distinto a "enfadado". Y debe estar preocupado porque el Gobierno del Partido Popular no tiene ninguna intención de aprobar ese bodrio de proyecto de Real Decreto, lo que significa que sus "profecías" del "valor" que iba a tener "su curso", el que se imparte por alguna de las empresas que regenta, de esas que conforman lo que han tenido la osadía de llamar "Grupo Corporativo", no va a aprobarse, lo que significa que estaremos muy de acuerdo con el Gobierno. "Dura lex sed lex": la Ley es dura pero es la Ley. 

EL PROBLEMA ES QUE HA CONSEGUIDO USTED, CON SUS CURSILLITOS, QUE LAS UNIVERSIDADES LO COPIEN -HAY DINERO DE POR MEDIO-, Y AHORA, DESPUÉS DE HABER DOCTORADO A CIENTOS DE DIPLOMADOS, SIN PASAR POR EL GRADO, HAN VISTO QUE ES TODO UN NEGOCIO, Y DE LO DICHO Y HECHO, PELITOS A LA MAR.

"Pacta sunt servanda": lo pactado obliga (los acuerdos deben ser cumplidos).

martes, 20 de marzo de 2012

¿ENTENDEMOS LOS BAREMOS DEL SES?

Que el sistema de baremación tiene que tener seguridad es lo mínimo que se le puede exigir al sistema de salud, como el mayor empleador de nuestros servicios sanitarios. Y como el "sistema" tiene, además, la capacidad de "regular" las situaciones, prudente sería que no "abusara" del poder que les otorga la Ley, permitiendo que quienes pretendan el acceso a un puesto de trabajo u opte por progresar o movilizarse, se le asegure una mínima seguridad jurídica, porque la indefensión está servida.

BAREMOS DEL SES, DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LOS CURSOS.

El Servicio Extremeño de Salud (SES) tiene establecido un "nuevo" Baremo. Nos referimos al publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) del día 9 de junio de 2.011, el cual, entre otros "detalles", dice: 6.- ACTIVIDADES DE FORMACIÓN CONTINUA Y OCUPACIONAL:  puntuación máxima 5 puntos:

a)Por diplomas o certificados obtenidos en cursos directamente RELACIONADOS con el contenido de la plaza a proveer, con independencia del promotor, y acreditados por la Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud.

b)Por diplomas o certificados obtenidos en cursos cuyo contenido esté DIRECTAMENTE RELACIONADOS con el contenido de la plaza a proveer, tal y como a continuacón se indican:

1) Los organizados y/o impartidos por las Administraciones Publicas, Colegios Profesionales o Universidades.
2) Los acogidos a los distintos Acuerdos de Formación Continuada en las Administraciones Públicas y de Formación Ocupacional.
3) Los organizados o impartidos por las Organizaciones Sindicales o sus fundaciones al amparo de los CONVENIOS suscritos con la Administración Generales del Estado, con las Administraciones de las Comunidades Autónomas, o bien que hayan sido reconocidos o SUBVENCIONADOS por los mismos, siempre que dichas circunstancias consten en el propio TÍTULO o diploma, o bien se certifiquen debidamente.

Todos los cursos se valorarán por cada crédito con 0,10 puntos. Y que a los efectos anteriroes un crédito equivale a 10 horas de formación no valorándose los de menos duración. Además, dice, la puntuación de los cursos de formación realizados se regirá por el sistema de créditos, de tal manera que los cursos de formación aportados por los interesados se traducirán en créditos.

OBSERVACIONES.-

En nuestro anterior artículo, bajo el título de Enfermera Clínica Avanzada, hemos vuelto a hablar de unos Diplomado que acreditarían cierto tipo de actividades formativas, que viene recogido en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, que es del mes de Noviembre del año 2.003.

Sin embargo, ¿qué hizo la Junta de Extremadura en el mes de junio del pasado año 2.011? Pues ya lo hemos reproducido -en parte- el Baremo que elaboraron, y que, por lo que vemos, no tienen la mínima voluntad de modificar, a pesar de estar vigente ese Ley de Ordenación, que prevé la acreditación de una formación continuada reglada legalmente, que sirve tanto para Enfermeras generalistas como especilizada.

Las Adminisraciones no tienen la menor intención de desarrollar los programas formativos correspondientes, que den acceso a esos Diplomas, que tienen asegurado su baremación, por mandato legal. No obstante, lo volveremos a exponer al actual Consejero, a los efectos de su puesta en marcha, igual que se ha convenido con la Organización Médica Extremeña, lo cual nos ha parecido fenomenal.

Y para colmo, cuando publicaron ese Baremo, no tuvieron otra ocurrencia que tratar el asunto de los cursos tanto con el nombre de "título" que de Diploma o Certificado, y, en particular, trata la formación con el concepto "CRÉDITOS", como si de formación académica universitaria se tratara. El crédito es una unidad de medida impuesta a las universidades, que tiene su objetivo: disminuir el número de Profesores y AUMENTAR ficticiamente la carga lectiva. Será porque acaban de "caer del burro", valorando el tiempo de dedicación personal a los cursos como si de formación universitaria se trata.

Pues esto mismo han "recogido" en este Baremo que hemos reproducido, dejando entrever que "todo vale"; ¡todo!, menos desarrollar la Ley, que es su obligación.

LA FORMACIÓN CONTINUADA TIENE QUE SER REEDITADA, TANTO SU EXIGENCIA COMO LA BAREMACIÓN ¡DESDE LUEGO QUE EXISTE UN PROBLEMA!, EL DE LA SUBVENCIÓN, DE LA QUE "DISFRUTA" ALGUNA DE LAS EMPRESAS DEL "GRUPO CORPORATIVO" DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS ENFERMEROS, QUE HA SUSCRITO EL CORRESPONDIENTE CONCIERTO CON EL ACTUAL MINISTERIO DE TRABAJO (DEL PP), PARA "HACER" CURSOS A DIESTRO Y SINIESTRO, PERO SIN BENEFICIOS PARA LA CORPORACIÓN ¡ASÍ NOS VA!, A UNOS BIEN; A OTROS VIÉNDOSE DESPROTEGIDO LEGALMEMENTE, COMO LES SUCEDE A LOS COLEGIADOS.

ENFERMERA CLÍNICA AVANZADA ¿LE PREOCUPA A LA ADMINISTRACIÓN?


Cristina Oroviogoicoechea, directora del Área de Investigación e Innovación en Enfermería de la Clínica Universitaria de Navarra.
Dice la noticia: "La figura de la Enfermera Clínica Avanzada tiene como misión fundamental el apoyo a la práctica diaria. Se trata de Enfermeras que por su especialización y formación académica, preferiblemente de máster, potencian la capacidad del equipo de salud para dar respuesta a las necesidades del paciente", ha explicado la especialista".

PRINCIPALES FUNCIONES.-  Continúa la noticia diciendo que las principales funciones que desarrolla esta nueva figura profesional son "el apoyo en el cuidado diario del paciente y la incorporación de la evidencia científica a la práctica (que se traduce en ) "en el desarrollo de guías y protocolos actualizados que den respuesta a las NUEVAS NECESIDADES de los pacientes, a su COMPLEJIDAD y a los avances en el diagnóstico y tratamiento, que también tienen implicaciones para la enfermería". Y que como consecuencia, esta figura "aporta calidad asistencial y seguridad para el paciente, porque trabaja directamente en su cuidado". También conlleva innovación y desarrollo en la práctica, así como en la formación de los profesionales. "Supone un apoyo para la supervisión, no tiene responsabilidades en gestión". "Es una figura centrada en el cuidado del paciente, cuya formación le permite llevar a la práctica diaria las últimas aportaciones de la evidencia científica y guiar a los profesionales en la integración de esta evidencia en el cuidado diario".

Según ha indicado Cristina, la implantación efectiva en la Clínica de esta figura ha tenido lugar este año, con la incorporación de una Enfermera Clínica Avanzada en el área de Psiquiatría y otra en el área de Críticos. Ha detallado que el proyecto comenzó en 2004, de manera conjunta con la Facultad de Enfermería de la Universidad de Navarra, MEDIANTE EL DESARROLLO DEL MÁSTER orientado a este perfil y del que ya han salido tres promociones.

¿QUÉ ES ESA FIGURA?

Legalmente no existe. Lo único regulado oficialmente son la Enfermera generalista y la Enfermera Especialista. Y estos títulos, el primero universitario oficial, expedido por el Recto de la Universidad correspondiente en nombre del Rey;  y el segundo expedido por el Departamento del Gobierno (Ministerio de Educación). No hay más.

MÁSTER.-

La titulación de Máster ha tenido su regulación en el pasado año 2.007, con la "nueva" ordenación de las enseñanzas oficiales universitarias, como "segundo" ciclo académico, que no profesional (excepción hecha, como dijimos en otro artículo, para la Abogacía, que lo exige para la colegiación desde el mes de Octubre del pasado año 2.011).

Por la fecha, año 2.004, vemos que Navarra, como suele ser habitual en esa Región, suele adelantarse a los acontecimientos, aunque no siempre tiene su correspondencia a nivel del Estado, como parece ser este caso. Pero lo cierto es que la Ley Universitaria permite a las Universidades la implantación de títulos de Máster, que ya no son una continuación de aquellos primeros ciclos universitarios.

A FALTA DE REGULACIÓN OFICIAL DE LAS ESPECIALIDADES, SE DESARROLLARÁN ESTE TIPO DE MÁSTER.

Y este es el problema, que la Administración no está por el desarrollo e implantación de puestos "singularizados" para Especialistas, lo que nos hace suponer que la "calidad" asistencial NO LES INTERESA. Y no les interesa porque no implantan las Especialidades, ni siquiera por bloques: Primaria y Especializada; ahí está, como botón de muestra, la Especialidad en cuidados Médico-Quirúrgicos, que es a la que se refierien cuando hablan de cuidados críticos.

Y esto no es una apreciación; simplemente se ve en el exigüo caso que le hacen al desarrollo de la Profesión Enfermero, para lo que les bastaría, simplemente, con crear las oportunas Unidades Docentes para la Formación de Enfermeros; porque ninguna pereza demuestran para la Especialización de la Profesión Médica. Incluso van más allá, desplazando a quien corresponda para "formarse en concretas áreas de capacitación".

DIPLOMA DE ACREDITACIÓN Y DIPLOMA DE ACREDITACIÓN AVANZADA.

Bajo el epígrafe de "Formación Continuada", la Ley 44/2003, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, le dedica, en concreto, su artículo 36, que regula esos Diplomas de Acreditación y de Acreditación Avanzada.

Ya ven que es un asunto que tiene regulación legal, sin necesidad de tener que matricularse en una Universidad y obtener una titulación, la de Máster, que está muy bien, pero que ello "mira" más a la progresión académica que al DESARROLLO PROFESIONAL. Y es que estos Diplomas, al mismo tiempo, no son antagónicos ni contradictorios con el desarrollo de las Especialidades; simplemente se trataría de QUERER, ¡DE VERDAD!, preocuparse de la calidad asistencial, que cada día está peor tratada.

Dispone la Norma que las Administraciones sanitarias públicas podrán expedir Diplomas de Acreditación y Diplomas de Acreditación Avanzada, para certificar el nivel de formación alcanzado por un profesional en un área funcional específica de una determinada profesión o especialidad, en función de las actividades de formación continuada acreditada desarrolladas por el interesado en el área funcional correspondiente.

EL ÚNICO PROBLEMA SERÍA LA COMISIÓN DE FORMACIÓN CONTINUADA.

Los Diplomas de Acreditación y los Diplomas de Acreditación Avanzada, dice la Ley, que deberán expedirse necesariamente de acuerdo con los requisitos, procedimiento y criterios establecidos conforme a lo previsto en el artículo 34.4,e), TENDRÁN efectos en todo el territorio nacional, sea cual sea la Administración pública que expidió el diploma.

Y lo mejor de todo sería que, al mismo tiempo, fuera objeto de exigencia cuando de ocupar puestos de trabajo se tratara, por lo que habría que incluir este tipo de acreditación en los correspondientes Baremos, tanto para el acceso, como temporal o fijo, como para ocupar esos puestos de trabajo singularizado.

Lejos de ésto, algunas Comunidades Autónomas, incluida la de Extremadura, están "convocando" puestos singularizados, cuando por las actividades a desarrollar en ellos, carece de los mínimos requisitos para exigirles "experiencia" ni, por supuesto, acreditación oficial. Así dice la norma que los Diplomas de Acreditación y los Diplomas de Acreditación Avanzada serán valorados como mérito en los sistemas de provisión de plazas cuando así se prevea en la normativa correspondiente.

NAVARRA SE ANTICIPA, COMO LO SUELE HACER CONVENCIONALMENTE.

Ya vemos que Navarra, aprovechando la "libertad" que concede la Ley universitaria del año 2.007 para establecer programas de Máster, inicio en el año 2.004 lo que la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias del año 2.003 había previsto como "Diplomas" a expedir por las Administraciones Sanitarias, que les da carácter de "oficialidad", aunque sea la propia Administración sanitaria quien expida esos Diplomas.

ESTO ES DESARROLLO PROFESIONAL. TODO LO DEMÁS SON "BRINDIS AL SOL".

¡Sin duda! La Organización Colegial de nuestra Profesión debió preocuparse del desarrollo de esta parte de la Ley, entre otras cuestiones, pero no lo hizo. Optó, como siempre, por los cursillitos, solo que le "salio mal", puesto que el Tribunal Constitución dejó sin efecto la alusión exclusiva al Ministerio de Sanidad, por el simple motivo de que la gestión y administración de los servicios de salud había sido transferido a las Comunidad Autónomas, por lo que se perdió una buena oportunidad para impulsar desde el Consejo General la puesta en desarrollo de esta Norma.

¡Pero no interesó!. Lo hemos visto desde entonces a esta fecha, que nadie habla de este tipo de formación, muy asequible a la Profesión Enfermera, ya que puede ser la propia Administración Sanitaria la que expida los correspodientes Diplomas. Pero, ¡no interesó!, ni antes ni ahora. Y no interesó porque no deja beneficios, aunque los pacientes, a los que nos debemos, lo exigen, deberían exigirlo.

Y EL COLEGIO DE ENFERMEROS DE BADAJOZ COLABORARÍA.

Y lo haría porque la Ley se lo permite. Como también se lo permite la economía colegial, porque el dinero de las cuotas se invierte en los colegiados en activo y al corriente en sus obligaciones con el Colegio. Y volvemos a decir, aunque fuera repetición de otro artículo anterior, referido a las encomiendas de gestión, que la Ley de Régimen Jurídico permite que la Administración Sanitaria puede "encomendar".

¿QUÉ DICE LA LEY, CITADA?

"La realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de derecho público podrá ser encomendada a otros órganos o Entidades de la misma o de distinta Administración, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño. La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano o Entidad encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda".

LUEGO, SI NO SE PRODUCE, AL MENOS, EL DESARROLLO DE ESTA NORMA LEGAL, ¿QUÉ PODEMOS PENSAR DE LA CALIDAD ASISTENCIAL DE LA QUE HABLAN LOS POLITICOS?

lunes, 19 de marzo de 2012

EQUILIBRIO ÁCIDO-BASE: GASOMETRÍA ARTERIAL



El equilibrio ácido-básico es un proceso complejo en el cual participan múltiples órganos para mantener relativamente constantes una serie de balances interrelacionados, tales como: pH, equilibrio eléctrico, equilibrio osmótico y volemia.
 
Si se producen cambios en alguno de estos elementos, la respuesta del organismo será tratar de volverlos a sus límites normales, afectando en un mínimo a otros equilibrios.
HIDROGENIONES.
La concentración de hidrogeniones (H+) en los líquidos del organismo es una de las variables biológicas más estrechamente controladas. Esto se debe a que la producción de estos iones por el metabolismo es cuantiosa.
 
Cambios relativamente pequeños en su concentración pueden producir trastornos graves en múltiples órganos y enzimas: un aumento en la concentración de H+ que se traduzca por una caída del pH por bajo de 7,20 produce depresión del SNC, disminución de la contractilidad cardíaca, disminución de la respuesta inotrópica miocárdica a catecolaminas, hiperkalemia, arritmias, etc.; y si cae a 6,9 es incompatible con la vida. Un pH sobre 7,55 causa serios trastornos y sobre 7,8 lleva a la muerte.

MOLÉCULA.

A los efectos pretendidos, comencemos por definir el concepto de “molécula”, para, después, entrar a recordar el valor de una Gasometría arterial, que es una prueba relativamente sencilla, la cual, sin embargo, tiene importancia clínica de relevancia.


¿Qué nos interesa de una Gasometría? Particularmente la Acidosis y la Alcalosis.

Y es que el "equilibrio ácido-base" puede alterarse por dos tipos de mecanismos fundamentales.

a) Por cambios en la función respiratoria, con aumento o disminución de la Presión arterial del Carbono (PaCO2) y, por lo tanto, del Ácido carbónico (H2CO3).
b) O por cambios en la concentración plasmática de hidrogeniones (H) por alteraciones no respiratorias, llamadas corrientemente "metabólicas".

En consecuencia, existen cuatro tipos básicos de trastornos:

-acidosis respiratoria
-alcalosis respiratoria

-acidosis metabólica
-alcalosis metabólica.

Pueden producirse, además, alteraciones mixtas, en las que hay combinación en grado variable de alteraciones respiratorias y metabólicas. En todos estos trastornos ácido-básicos está involucrada la ventilación alveolar: en las de tipo respiratorio como determinante primario y en las metabólicas, como mecanismo compensatorio.

En cuanto a la denominación de los trastornos, es importante distinguir la acidosis de la acidemia y la alcalosis de la alcalemia.

Acidemia o Alcalemia se refieren a la existencia en la sangre de un pH fuera de los límites normales de 7,36 a 7,44. En cambio, Alcalosis y Acidosis se refieren al trastorno fisiopatológico global en que se produce un cambio en el equilibrio entre Ácidos y Bses en el organismo, con o sin alteración del pH. Por ejemplo, si bien en la mayoría de los casos una Alcalosis respiratoria va acompañada de Alcalemia, el pH puede ser normal en los casos leves si coexiste una Acidosis metabólica o si hay una compensación completa. Queda claro que sólo eL pH es insuficiente para precisar la naturaleza de estos trastornos, siendo necesario contar con información sobre otros componentes de Equilibrio Ácido-base y con datos clínicos.
 
En la mayoría de los casos de trastornos del Equilibrio Ácido-base es posible distinguir dos fases:

a) una aguda, durante la cual están operando sólo las compensaciones que pueden actuar rápidamente.

b) una crónica, en la cual todos los mecanismos compensatorios están funcionando plenamente.

HALLAZGOS DE LABORATORIO EN LAS ALTERACIONES DEL EQUILIBRIO ACIDO-BÁSICO:

ACIDOSIS METABÓLICA:


PH
PCO2
CO3H2
EXCESO DE BASE
COMPENSACIÓN
CAUSAS
BAJO
BAJO
BAJO
BAJO
Alcalosis Respiratoria
(Hiperventilando)
*Diarrea.
*I.Renal.
*Cetoacidosis diabética.

ACIDOSIS RESPIRATORIA:
PH
PCO2
CO3H2
EXCESO DE BASE
COMPENSACIÓN
CAUSAS
BAJO
ALTO
ALTO
ALTO
Alcalosis metabólica(disminución de la excrección renal de Bicarbonato)
Hipoventilación

ALCALOSIS METABÓLICA:
PH
PCO2
CO3H2
EXCESO DE BASE
COMPENSACIÓN
CAUSAS
ALTO
ALTO
ALTO
ALTO
Acidosis Respiratoria
(aumentando la PaCO2
*Vómitos.
*Antiácidos.
*Disminución del K.

ALCALOSIS RESPIRATORIA:
PH
PCO2
CO3H2
EXCESO DE BASE
COMPENSACIÓN
CAUSAS
ALTO
BAJO
BAJO
BAJO
ACIDOSIS METABÓLICA
(Disminuyendo la secreción de ácidos/disminuyendo la reabsorción de (HCO3-).
Hiperventilación


 MECANISMOS CAUSALES.


El aparato respiratorio es el encargado de captar OXÍGENO (O2) Y eliminar el DIÓXIDO DE CARBONO (CO2) procedente del metabolismo celular.

La concentración de Ácido carbónico (H2CO3), en la reacción de Henderson-Hasselbach, es directa y exclusivamente dependiente de la Presión arterial de carbono (PaCO2), que, a su vez, depende de la ventilación alveolar. En cambio, la concentración normal de 24 miliequivalentes/litro (mEq/L) del ión Bicarbonato (HCO3- ) puede variar tanto por mecanismos respiratorios como metabólicos:


a) Por cambios respiratorios o de la PaCO2.- Consideremos la siguiente ecuación: CO2 + H2O = H2CO3 = H+ + HCO3-

-Un aumento de Presión arterial de anhídrido carbónico (PaCO2) desplaza el equilibrio hacia la derecha y, al mismo tiempo que aumentan los hidrogeniones (H), también aumenta la concentración de Bicarbonato (HCO3- ).
-En una disminución de la Presión parcial de anhídrido carbónico (PaCO2) se produce el efecto contrario.





En cualquiera de estas situaciones existe, por equilibrio químico, una variación paralela de HCO3- y PaCO2. Si la PaCO2 vuelve a su valor normal de 40 mmHg, el Ácido carbónico (H2CO3) bajará a 1,2 mEq/L (40 x 0,03) y la concentración de Bicarbonato (HCO3-) también volverá a los 24 Miliequivalentes/Litros (mEq/L) normales.

b) Por cambios no respiratorios o metabólicos

En un paciente que, por una diarrea profusa, por ejemplo, pierde gran cantidad de HCO3- en sus deposiciones. Se produce una disminución metabólica o no respiratoria del Bicarbonato (HCO3-), que no depende ni guarda relación con cambios en la PaCO2. Aunque este paciente mantuviera su PaCO2 normal de 40 mmHg, su HCO3- será inferior a lo normal.
 
Nos podemos encontrar con un “pH” normal; o con un pH que nos diga que estamos en presencia de una ACIDOSIS, que puede ser de tipo Respiratorio o Metabólico; o con una ALCALOSIS, también de tipo Respiratorio o Metabólico.

Acidosis o Alcalosis es lo que debe preocuparnos; y la única forma de saberlo con cierta seguridad es a través de una Gasometría arterial, que es un procedimiento relativamente sencillo, ya que puede extraerse esa sangre de una arteria radial o femoral, fundamentalmente.

Un dato.-  Debe procurarse realizar el procedimiento por dos personas: una hace la extracción y otra se preocupa de ejercer la suficiente presión sobre esa arteria como para mantener la circulación, al tiempo de no permitir que la sangre salga de la misma.

La prueba se utiliza para determinar el pH de la sangre, la Presión Parcial de Dióxido de Carbono (paCO2) y Oxígeno (p2O2), y el nivel de Bicarbonato ((HCO3). Muchos gasómetros también ofrecen datos de las concentraciones de Lactato, Hemoglobina, Electrolitos diversos (Sodio, Potasio, Calcio y Cloro), Oxihemoglobina, Carboxihemoglobina y Metahemoglobina.

El Lactado se produce constantemente durante el METABOLISMO y sobre todo durante el ejercicio, pero no aumenta su concentración hasta que el índice de producción no supere al índice de eliminación de lactato. El índice de eliminación depende de varios factores, como, por ejemplo: transportadores monocarboxilatos, concentración de LDH y capacidad oxidativa en los tejidos. La concentración de lactatos en la sangre usualmente es de 1 o 2 milimol (mmol/l) en reposo, pero puede aumentar hasta 20 mmol/l durante un esfuerzo intenso.

ADENTRÁNDONOS EN EL ASUNTO.

Adelantamos, ¿qué es una Molécula?

Las moléculas están hechas de ÁTOMOS de uno o más ELEMENTOS. Algunas moléculas están hechas de un sólo tipo de átomo. Por ejemplo, dos ÁTOMOS de oxígeno se unen para formar una MOLÉCULA de Oxígeno (O2), la parte del AIRE que necesitamos para respirar y vivir. Otras moléculas son muy grandes y complejas. Por ejemplo, las moléculas de PROTEÍNA contienen CIENTOS DE ÁTOMOS. 

Está formada por “GRUPOS” de átomos unidos. Los átomos que se encuentran en una molécula se mantienen “UNIDOS” debido a que “comparten” o intercambian electrones.

Cada átomo tiene un pequeño pero pesado NÚCLEO central. Una nube de minúsculos y rápidos ELECTRONES orbita alrededor del núcleo. El núcleo contiene uno o más PROTONES. Usualmente también tiene NEUTRONES. La mayoría de las veces hay la misma cantidad de ambos. Un átomo "normal" que no tiene carga eléctrica tiene el mismo número de ELECTRONES (cargados NEGATIVAMENTE) y PROTONES (cargados POSITIVAMENTE).

CONCENTRACIONES DE GASES.-

Las concentraciones de gases en la sangre proporcionan los parámetros plasmáticos para evaluar la función respiratoria del cuerpo y su equilibrio ácido-base.

VENTILACION ALVEOLAR
En un adulto joven, el Volumen corriente (VC) normal es de alrededor de 500 ml. Sólo una parte de este volumen llega a los alvéolos, ya que alrededor de 130-160 ml quedan en las vías aéreas y no participan en el intercambio gaseoso. Este último volumen se denomina espacio muerto anatómico. Existen, además alvéolos, como los de los vértices, que aun en condiciones normales tienen un flujo sanguíneo nulo, por lo que tampoco participan en el intercambio gaseoso. El volumen ocupado por estos alvéolos no perfundidos se denomina espacio muerto alveolar (normal 20-50 ml). El conjunto de los espacios muertos anatómico y alveolar se llama espacio muerto fisiológico (VEM).

Si se multiplica el Volumen corriente (VC: 500 ml) por la frecuencia respiratoria (FR: 15x´), se obtiene el volumen global ventilado en 1 minuto que, por recolectarse usualmente en espiración, se designa como volumen espiratorio por minuto o E (el punto sobre la V significa "por unidad de tiempo"). La parte de esta ventilación que queda en el VEM se calcula multiplicando este último por la FR. El volumen minuto neto que llega a los alvéolos funcionantes y toma parte en el intercambio gaseoso se denomina ventilación alveolar ( A).

 Los Gases se disuelven en los líquidos. La Sangre, por tanto, contiene GASES DISUELTOS. Pero los Gases de la Sangre que se analizan con la Gasometría no son sólo los disueltos; también los relacionados con los componentes químicos de la Sangre, tales como el Monóxido de Carbono y el Oxígeno que se unen a los Glóbulos Rojos.

TRANSPORTE DE OXÍGENO






El consumo de oxígeno en reposo de un individuo normal es alrededor de 250 ml/minuto (a razón de 15 incursiones por minuto arroja la cifra de 3,750 litros/minuto); y en ejercicio intenso puede aumentar más de 10 veces.

El oxígeno atmosférico es la FUENTE del oxígeno que se consume al nivel de las MITOCONDRIAS y llega a los alvéolos por efecto de la ventilación. De allí difunde a la sangre del capilar pulmonar y es transportado a las células por el aparato circulatorio.

El Oxígeno SE DISUELVE físicamente EN EL PLASMA, mas del 99% del gas es transportado en combinación química POR LA HEMO-GLOBINA (Hb) de los glóbulos rojos.

Antes de entrar al análisis de estos fenómenos definiremos algunos términos usados para referirse al oxígeno en la sangre.

Presión parcial de oxígeno (PO2).- Las moléculas del oxígeno disuelto en la sangre ejercen una presión, que puede ser medida en clínica con relativa facilidad con electrodos especiales y se expresan en milímetros de mercurio (mmHg).

-En la sangre capilar pulmonar, la presión de oxígeno capilar (PcO2) está determinada por la presión alveolar de oxígeno (PAO2).

-En la sangre arterial, la presión de oxígeno arterial (PaO2) es más baja que en el capilar pulmonar por efecto de la admisión venosa anatómica y funcional.

Como en las arterias no hay intercambio gaseoso, la presión de oxígeno es la misma en todas las arterias y su valor es un índice del estado de la función captadora de oxígeno del pulmón.

En el territorio venoso, la presión de oxígeno (PvO2) cae por el paso de oxígeno de los capilares a los tejidos. Como existe una variación considerable en el consumo de oxígeno de los distintos órganos, la presión de oxígeno en la sangre venosa que sale de cada órgano es distinta: el miocardio extrae casi todo el oxígeno que le llega, mientras que la piel utiliza muy poco y los grupos musculares en actividad extraen mucho más que los que están en reposo.

CONTENIDO DE OXÍGENO: Es el volumen de O2 contenido en un decilitro(dl) de sangre. Está determinado por la PRESIÓN PARCIAL de 02 y por la cantidad de HEMO-GLOBINA de la sangre e indica la eficacia con que la sangre cumple su rol transportador.

*En condiciones normales en reposo la sangre arterial lleva alrededor de 900 ml de oxigeno por minuto a los tejidos.

CAPACIDAD DE OXÍGENO: Cantidad máxima de 02 que puede ser transportada en 100 ml de sangre expuesta directamente al aire ambiental, fuera del organismo.

DEPENDE básicamente de la cantidad de HEMO-GLOBINA, que es capaz de transportar 1,34 mililitro (ml) de oxígeno por cada gramo. 15 gramos de Hemo-globina contenidos en 100 ml de sangre, arroja la cantidad de 20 mililitros (ml).

SATURACIÓN DE OXÍGENO: Normalmente, con una presión parcial de O2 alveolar de 80-90 milímetro de mercurio (Mg.) la saturación arterial de oxígeno (SaO2) es de 94-97%. La HEMO-GLOBINA sólo se satura al 100% cuando la presión de O2 está por encima de los 240 mmHg de presión parcial.

En consecuencia, siempre existirá un porcentaje de Hemo-globina no saturada. Hay que tener en cuenta que los actuales equipos de gases sólo lo “calculan”, no lo miden, cosa que sí puede hacerse con un Oxímetro transcutáneo con bastante precisión.

EJEMPLOS:

-Un sujeto normal, con 15 g Hb/dl, tiene una capacidad de oxígeno de 20,1 ml.

Con una presión arterial de oxígeno de 90 mmHg se logra una saturación de 97,5%, lo que significa un contenido de 19,59 ml. Si a este sujeto se le administra oxígeno puro, la presión de oxígeno sube de 500 mmHg, con lo que la Hb se satura completamente, agregándose 0,51 ml de oxígeno ligado a la Hb por cada 100 ml de sangre. El oxígeno disuelto, que guarda una relación lineal con la presión parcial, aumenta a 1,5 ml, con lo que el aumento total en el oxígeno transportado es sólo de 2,3 ml. Es importante notar que un aumento de 500% en la presión parcial de oxígeno cuando la Hb está normalmente saturada solo significa un aumento del orden del 10% en el contenido de oxígeno y esto, principalmente, a través de aumentar el oxígeno disuelto.

-Un sujeto con pulmón normal y, por lo tanto, una PaO2 normal de 90 mmHg si tiene una anemia de 10 grs. de Hb/dl tendrá una capacidad de solo 13,4 ml que, con una saturación de 97,5%, determina un contenido reducido de 13 ml de oxígeno por 100 ml de sangre. La respuesta a la administración de oxígeno 100% será casi igual que en el individuo sin anemia, ya que su Hb disminuida está altamente saturada y lo que aumenta es el oxígeno en disolución. En resumen, en este caso tenemos una presión parcial de oxígeno normal, ya que el pulmón está sano, con un contenido bajo porque la capacidad es baja.

-Un paciente con un trastorno pulmonar que BAJA su presión alveolar (Pa) de oxígeno de 90 a 40 mmHg tendrá un contenido de mas o menos 10 ml/dl, ya que su Hb de 15 grs. se satura sólo en un 50%. En este caso el problema no es de transporte sino de oferta pulmonar de O2.

TRANSPORTE DE OXÍGENO COMBINADO CON LA HEMOGLOBINA.-

La Hemo-Globina actúa como un VEHÍCULO que se carga de oxígeno en los capilares pulmonares y lo TRANSPORTA a los tejidos.

El O2 se transporta unido al HIERRO (F ++) y cada molécula de Hb tiene 4 iones Fe ++, cada molécula de Hb transporta 4 moléculas de O2, en forma de un compuesto lábil de oxihemoglobina.

La Hb es una PROTEÍNA del glóbulo rojo, compuesta por la globina y cuatro grupos Heme. El grupo Heme está constituido por 4 núcleos pirrólicos que tienen en un núcleo central el Fe++.

El grado de saturación de la Hb con oxígeno varía con la PaO2 en el plasma. La CURVA que expresa esta relación (curva de disociación de la Hb) SE CONSTRUYE sometiendo muestras de sangre a presiones de oxígeno crecientes manteniendo constantes la temperatura (37oC) y la PaCO2 (40 mmHg). Luego se mide la cantidad de O2 unida a la Hb a las distintas presiones y se dibuja en un gráfico con la saturación en la ordenada y la presión parcial en la abscisa.

La curva de disociación de la Hb tiene aproximadamente la forma de “S” itálica en la cual se distingue una porción de pendiente pronunciada, que corresponde a las presiones de O2 más bajas (<60mmHg) y una zona aplanada en relación con las presiones de O2 más altas (>70 mmHg). Entre estas dos porciones existe una zona de transición ubicada alrededor entre 60 y 70 mmHg de PO2.

Esta forma de la curva es de gran importancia fisiológica: en la porción casi vertical, pequeños cambios de la PaO2 causan cambios importantes en la saturación y, por lo tanto, en el contenido de oxígeno. El intercambio de oxígeno tisular se realiza en esta porción y la Hb, al encontrar bajas presiones tisulares de O2, entrega grandes cantidades de oxígeno.

Por el contrario, en la porción casi horizontal, grandes cambios de PO2 apenas modifican el contenido de oxígeno de la sangre, lo que explica que aun cuando la PaO2 normal varía entre 90 y 65 mmHg según la edad, el contenido normal de oxígeno cambia muy poco. Por la misma razón puede existir una alteración de la función pulmonar con caída importante de la PaO2, sin que se produzca desaturación arterial; pero si la PaO2 baja más allá de la zona de transición (<60 mmHg) el contenido de O2 puede descender rápidamente.

¿CÓMO SE UNEN ESOS GASES A LOS GLÓBULOS ROJOS?

El Monóxido de Carbono, también denominado óxido de carbono (II), gas carbonoso y anhídrido carbonoso (los dos últimos cada vez más en desuso) cuya fórmula química es CO2, es un GAS inodoro, incoloro, inflamable y altamente TÓXICO.

TRANSPORTE DE CO2.- El CO2 se produce a nivel de las mitocondrias, como PRODUCTO final del METABOLISMO celular. Desde las mitocondrias atraviesa el citoplasma, PASA A LA SANGRE en los capilares tisulares y ES LLEVADO POR LA SANGRE AL ALVEOLO, tanto en combinaciones químicas como en solución física, desde donde SE ELIMINA a la atmósfera gracias a la VENTILACIÓN ALVEOLAR.

Debido a que el CO2 tiene la propiedad de hidratarse, FORMANDO ÁCIDO CARBÓNICO en una reacción reversible, EL TRANSPORTE de CO2 y su eliminación son PARTE FUNDAMENTAL del equilibrio ácido-base. La cantidad total de CO2 en la sangre arterial es de aproximadamente 48 volúmenes en 100 ml de sangre.

¿CÓMO SE REALIZA ESE TRANSPORTE EN EL PLASMA?

En tres formas:

UNA.- Parte se mantiene DISUELTA físicamente en el plasma, dependiendo de la Presión parcial de CO2 y de su coeficiente de solubilidad.

DOS.- Otra parte forma compuestos carbamínicos con las proteínas plasmáticas en una reacción rápida que no requiere de catalizador:

R-NH2 + CO2 R-NHCOO- + H+

(R-NH2 son compuestos orgánicos nitrogenados que provienen de la sustitución de los hidrogeniones -H- de un amoniaco -NH3- por radicales alquilo)

TRES.- Una pequeña cantidad reacciona con el agua para formar ácido carbónico e implicarse en el equilibrio ácido-base:
 
CO2 (anhídrido carbónico) + H2O (agua): HCO3- (ácido carbónico/bicarbonato) H+ (hidrogenión) + HCO3-

TRANSPORTE POR EL GLÓBULO ROJO.- La mayor parte del CO2, que difunde DESDE LOS TEJIDOS HACIA LOS CAPILARES, entra al glóbulo rojo, donde se transporta en las siguientes formas:

- Una pequeña fracción permanece DISUELTA en el líquido DENTRO DEL GLÓBULO.

- Parte del CO2 se combina con los grupos amino de la hemoglobina para formar compuestos carbamínicos.

- La mayor parte del CO2 que penetra al glóbulo rojo a nivel tisular se hidrata, como en el plasma -pero a mayor velocidad-, ya que en el Eritrocito existe una alta concentración de la enzima anhidrasa carbónica que cataliza la reacción.

CATÁLISIS: es el proceso por el cual se aumenta o disminuye la velocidad de una REACCIÓN QUÍMICA, debido a la participación de una sustancia llamada catalizador.

Las sustancias que REDUCEN la velocidad de la reacción son denominados «CATALIZADORES negativos» o «INHIBIDORES». A su vez, las sustancias que AUMENTAN la actividad de los catalizadores son denominados «catalizadores positivos» o «PROMOTORES», y las que desactivan la catálisis son denominados venenos catalíticos.

El Bicarbonato (HCO3-) que se forma SE DISOCIA en Hidrógeno (H+) y Bicarbonato (HCO3-). Los iones H+ son CAPTADOS por la HEMOGLOBINA (hemo-globina) y los aniones HCO3- SALEN DEL GLÓBULO ROJO hacia el plasma, donde la concentración de este ión es menor, intercambiándose por el anión Cloro (efecto Hamburger).

Al entregar Oxígeno (O2) la Hemoglobina (Hb) OXIGENADA se transforma en Hb REDUCIDA, que, por ser un ácido débil, tiene poder tamponador de H+. Con ello aumenta la capacidad de transporte de CO2 (efecto Haldane). De este modo, LA ENTREGA de O2 y la captación de CO2 QUE TIENEN LUGAR EN LOS CAPILARES sistémicos, son DOS PROCESOS que se favorecen mutuamente: un AUMENTO de la presión de CO2 en la sangre capilar, con la consiguiente DISMINUCIÓN del pH, que facilita la entrega de O2 (efecto Bohr), a la par que el AUMENTO de Hb reducida facilita la captación de CO2 (efecto Haldane).

En los pulmones, la PCO2 alveolar (40 mmHg) es menor que la PCO2 de la sangre venosa (46 mmHg) y las reacciones antes descritas se desplazan hacia la izquierda debido a que parte del CO2 difunde desde la sangre al alvéolo. Al mismo tiempo, la Hb reducida se oxigena, transformándose en un ácido más fuerte, lo que significa liberar CO2 del glóbulo rojo.

Simultáneamente, el Bicarbonato (HCO3-) del plasma entra al Eritrocito donde forma H2CO3, que SE DISOCIA en CO2 y H2O en presencia de la enzima anhidrasa carbónica (de ahí la importancia del número de ERITROCITOS; o lo que es igual, de ANEMIA, que influirá tanto en el pH como en la cantidad de Oxígeno -02- en la sangre).

El CO2 formado difunde a través de la membrana del Eritrocito al plasma, atraviesa la membrana alvéolo-capilar y es eliminado con la ventilación.

Aunque el CO2 es un RESIDUO, el metabolismo que el organismo debe eliminar, en su camino hacia la atmósfera es un determinante crucial del control de la ventilación y del Equilibrio ÁCIDO-BASE.

RESPIRACIÓN CELULAR.- Es el conjunto de reacciones bioquímicas por las cuales determinados compuestos orgánicos son degradados completamente, por OXIDACIÓN, hasta su conversión en sustancias inorgánicas, proceso que rinde energía (en forma de ATP) aprovechable por la CÉLULA.

Los SUBSTRATOS habitualmente usados en el proceso son la GLUCOSA, otros HIDRATOS de Carbono, Ácidos grados, incluso AMINOÁCIDOS, Cuerpos cetónicos u otros compuestos orgánicos.

La respiración celular, como componente del METABOLISMO, es un proceso CATABÓLICO, en el cual la energía contenida en los SUBSTRATOS usados como combustible es liberada de manera controlada. Durante la misma, buena parte de la energía libre desprendida en estas reacciones exotérmicas es incorporada a la molécula de ATP (o de nucleótidos trifosfato equivalentes), que puede ser a continuación utilizada en los procesos endotérmicos, como son los de mantenimiento y desarrollo celular (ANABOLISMO).

ACIDOSIS Y ALCALOSIS.-

La concentración de hidrogeniones (H+) en los líquidos del organismo es una de las variables biológicas más estrechamente controladas. Esto se debe a que la producción de estos iones por el metabolismo es cuantiosa, a la par que cambios relativamente pequeños en su concentración pueden producir trastornos graves en múltiples órganos y enzimas:

-Un AUMENTO en la concentración de H+, que se traduzca por una caída del pH por bajo de 7,20, produce:

*depresión del SNC,
*disminución de la contractilidad cardíaca,
*disminución de la respuesta inotrópica miocárdica a catecolaminas,
*hiperkalemia,
*arritmias,
*etc.

-Una DISMINUCIÓN, si cae a 6,9, es incompatible con la vida.

Un pH sobre 7,55 causa serios trastornos y sobre 7,8 lleva a la muerte.

El Equilibrio ácido-básico es un proceso complejo en el cual participan múltiples órganos para mantener relativamente constantes una serie de balances interrelacionados, tales como: pH, equilibrio eléctrico, equilibrio osmótico y volemia.

Si se producen cambios en alguno de estos elementos, la respuesta del organismo será tratar de volverlos a sus límites normales, afectando en un mínimo a otros equilibrios.

ALTERACIONES EN EL DESEQUILIBRIO ÁCIDO-BASE PUEDEN ESTAR PRESENTES EN MUCHAS ENFERMEDADES.  

Estos trastornos suelen ser una manifestación de una enfermedad subyacente.

RESULTADOS DE LOS GASES Y TRASTORNOS:

PROBLEMA PULMONAR (respiratorio) o los riñones (metabólico). Y si la sangre es demasiado ácida (acidosis) o demasiado alcalina (alcalosis).

- Acidosis RESPIRATORIA: el CO2 no pueda salir del cuerpo. En la sangre, AUMENTA la concentración de CO2 y el pH disminuye. Las posibles causas incluyen la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) o la neumonía.
La acidosis respiratoria puede ser aguda o crónica.

*Acidosis Respiratoria Aguda: la PaCO2 se encuentra elevada, por encima del límite superior del rango de referencia normal (más de 45 mmHg) con una concomitante acidemia (pH < 7,35).

*Acidos Respiratoria Crónica: la PaCO2 se encuentra también elevada, por encima del límite superior del rango normal, pero persiste en el tiempo con un pH sanguíneo normal (7,35 a 7,45) o valores casi normales gracias a la compensación renal y a nieveles elevados de Bicarbonato (HCO-3 > 30 mEq/L).

La acidosis respiratoria es uno de los trastornos del Equilibrio Ácido-Base en la que la disminución en la frecuencia de las respiraciones o HIPOVENTILACIÓN, provoca una concentración creciente del DIÓXIDO DE CARBONO en el plansma sanguíneo y la consecuente DISMINUCIÓN del pH de la sangre.

El Dióxido de Carbono es producido constantemente a medida que el cuerpo metaboliza energía, el cual se acumulará en la circulación con rapidez si los pulmones no lo eliminan adecuadamente. La hipoventilación alveolar conduce así a un AUMENTO de la PRESIÓN PARCIAL de CO2 arterial (PaCO2), un trastorno llamado HIPERCPANIA (el valor normal de la PaCO2 es de 36-44 mm Hg). El aumento en la PaCO2, a su vez, disminuye la relación entre el bicarbonato (HCO3 y la PaCO2 con la consecuente disminución en la acidez o pH sanguíneo.

- Alcalosis RESPIRATORIA: Taquipnea, o aumento de la respiración, provoca más eliminación de CO2, lo que permite que la concentración de CO2 en sangre disminuya y el pH aumente. Las posibles causas incluyen hiperventilación, dolor y ciertas enfermedades pulmonares.

- Acidosis METABÓLICA: disminución del pH (menos de 7,35) y de la concentración de bicarbonato (HCO3-) en la sangre. Las posibles causas incluyen una Diabetes mellitus no regulada y problemas renales graves.

- Alcalosis METABÓLICA: aumento del pH (por encima de 7,45), con un aumento de la concentración de bicarbonato (HCO3-) en la sangre. La posible causa son los VÓMITOS prolongados.

MANTENCION DEL EQUILIBRIO ACIDO-BASE

En condiciones normales, la producción y eliminación de HIDROGENIONES (H+) están muy equilibradas, de manera que el pH se mantiene casi constante.

Aunque la producción de H+ aumente marcadamente, como sucede en el ejercicio, el organismo logra mantener una concentración de hidrogeniones (H+) relativamente estable gracias a la existencia de mecanismos TAMPONES y a la acción reguladora del aparato RESPIRATORIO y del RIÑÓN.

SOLUCIONES TAMPON.

Mezcla de sustancias químicas que limitan las variaciones del pH, producidas al agregarse un ácido o una base. Generalmente están formadas por la combinación de un ácido débil y una sal del mismo.

Uno de los tampones más importantes del organismo es la mezcla de ácido carbónico y bicarbonato de sodio.

Supongamos que agregamos un ácido fuerte, por ejemplo HCl, a esta solución tampón:
HCl + Na HCO3
Na+ + H++ Cl - + HCO3-

NaCl + H2CO3
En esta ecuación simplificada se puede observar que el ácido clorhídrico (HCl), como ácido fuerte, libera muchos aniones H, que debieran hacer caer el pH marcadamente, pero esto no sucede porque los hidrogeniones se combinan con el anión bicarbonato (HCO3-) formando ácido carbónico, que es un ácido débil.

Esto se debe a que se produce una competencia por los hidrogeniones entre la base débil Cl y la base fuerte HCO3-.

Este sistema tampón es más eficaz en el organismo que in vitro, ya que el H2CO3 formado se desdobla, en parte, en H2O y CO2, y este último gas es eliminado rápidamente a través de la ventilación que aumenta en la medida que aumenta el CO2. Con ello la reacción sigue funcionando hacia la derecha con mayor neutralización del HCl o de cualquier otro ácido fijo.

El tampón H2CO3/Na HCO3- no es el único del organismo, pero como se equilibra casi instantáneamente con los demás (proteínas, fosfatos, hemoglobina, etc,) el estado ácido-base global es reflejado por este tampón, cuya medición es relativamente fácil.

ROL DEL APARATO RESPIRATORIO.- Dispone de SENSORES exquisitamente sensibles a las variaciones de pH:

-pH aumentado: determina un aumento de la Ventilación, para eliminar mayor cantidad CO2, para mantener constante el pH. Ocurre por la producción de ÁCIDO LÁCTICO, por ejemplo, en el ejercicio.

-pH disminuido: deja de estimular la ventilación.

Lo valioso de este mecanismo en su rapidez, pero es limitado porque la ventilación tiene también otras exigencias que cumplir.

ROL DEL RIÑON.- Participa en la REGULACIÓN del equilibrio ácido básico por dos mecanismos principales:

-Por una parte, es capaz de regular la cantidad de Bicarbonato (HCO3) urinario, ya que puede excretar los excesos de este ión o reabsorber el bicarbonato filtrado.

-Por otra parte, el Riñón es capaz de excretar hidrogeniones en la forma de Ácido fosfórico (H3PO4) o de Amoniaco –Amonio- (NH4+).

Durante este proceso se genera nuevo Bicarbonato (HCO3), lo que hace posible el reemplazo de aquel que se consumió al tamponar los ácidos fijos.

-Acidemia: aumentar la excreción urinaria de hidrogeniones  (H) y la retención de Bicarbonato (HCO3);

-Alcalemia: tiene los efectos contrarios: aumenta excreción de Bicarbonato; retiene hidrogeniones.

Estas funciones compensatorias son lentas, ya que demoran entre 12 y 72 horas en alcanzar su máxima eficiencia. Por lo tanto, el riñón participa en la mantención del equilibrio ácido-básico a largo plazo.