domingo, 15 de marzo de 2009

COMITÉ DE EXPERTOS EN FARMACOLOGÍA

Como el inquilino-empresario-podólogo-presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermeros ha dicho que, para estudiar las proposiciones de Ley del PSOE y de CiU, se va a reunir el Comité de Expertos en Farmacología del Consejo General, que, ¡por cierto!, de existir, ya debió reunirse antes de celebrar ese "pacto" que dicen haber alcanzado en Andalucía, nosotros hemos hecho una propuesta como redacción a la "pretendida" modificación del apartado 1º del artículo 77 de la Ley de Garantías y Uso Racional de los medicamentos y productos sanitarios; redacción que volvemos a reproducir en este comentario, a los efectos de que no se nos olvide qué es lo que proponemos cada uno:
Sin perjuicio de lo anterior, los Profesionales Enfermeros están facultados, además de la evolución y valoración de los resultados obtenidos en la instauración de un tratamiento prescrito por un médico u odontólogo, para prescribir, indicar o aconsejar los medicamentos y productos sanitarios que aconseje los Cuidados propios inherentes al ejercicio de su Profesión. No obstante lo anterior, ante situaciones de complejidad evolutiva en la administración de un tratamiento médico u odontológico, el Profesional Enfermero comunicará los resultados obtenidos, sin perjuicio de procurar corregir las necesidades, alteraciones o desequilibrios que se produzcan, hasta que aquel tratamiento prescrito por el médico u odontólgo fuera corregido o, en su caso, ratificado.
Esta propuesta la hacemos sobre la base de entender que Profesiones Sanitarias, en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, implicadas directamente en la prescripción, administración, evolución y valoración de los resultados de esas actuaciones, no son otras que la Médica y de Enfermera, ya que éstas predominan, con diferencia, sobre todas las demás "profesiones sanitarias", sin que ello signifique un menosprecio a las demás.
¿Acaso es discutible que somos la única Profesión que, además de prescribir nuestros propios medicamentos y productos sanitarios, nos hemos dedicado -¡de toda la historia!- a administrar medicamentos y productos sanitarios?. Luego, si esta ha sido nuestra competencia desde hace más de 130 años -ya que aquella fecha es cuando fuimos expulsado de la universidad-, desde el año 1977 somos una Profesión Sanitaria que exige la posesión de un título universitario, concepción que nos ha venido siendo negada de forma sistemática por la Organización Médica Colegial, y, lo que es peor, por esa persona inquilina-empresaria-podóloga que ocupa la Presidencia de nuestro Consejo General.
Cualquier otra, incluida la Odontología, son de nueva creación. La Odontología, por ejemplo, no es otra cosa que la escisión de la Profesión Médica; como "mañana" puede ser escindidas la "medicina" de la "cirugía"; de hecho, hoy en día la Licenciatura se denomina, única y exclusivamente, en Medicina.