¿Alguien entiende que un usuario del Sistema Nacional de Salud puede estar esperando una demora de más de 60 días para las intervenciones quirúrgicas y de más 45 para pruebas diagnósticas?. Estas fechas son las que pretende corregir el nuevo Presidente de la Comunidad Autónoma de Galicia. No obstante, conocemos casos no de esos tiempos de espera, sino que los podemos multiplicar por diez.
¿Y saben el por qué de esto?. Muy sencillo: porque todo, absolutamente todo, tiene que ser "ordenado" por un médico. Un ciudadano que tiene la necesidad de consultar y, en su caso, realizarse determinada prueba, como a las mismas le ponen el adjetivo de "diagnóstica", inmediatamente salta la medicina diciendo que "¡verdes las han segado!", y el usuario del Sistema se queda sin prueba; ¡como que dos y dos son cuatro!. ¿Tan complejo puede ser registrar las constantes vitales de las personas, sus cifras de glucemia, colesterol, su capacidad auditiva, visual o cualquiera otra de sus funciones biológicas?. ¡No!, no puede serlo. Pero, como decimos, como a todas ellas le añaden el adjetivo de "diagnóstica" y la medicina se ha apropiado del término, ¡apañados vamos!.
Y todo ello se lo permiten; baste mirar la redacción que proponen (los del PSOE) para "modificar" la Ley del Medicamento, cuando eso ni es una modificación ni nada que se le parezca. Y lo peor de todo es que piensan que somos tontos.
¿PARA QUÉ LOS DERECHOS FUNDAMENTALES?
¿Para qué se escribieron los derechos fundamentales en el Texto Constitucional, si luego ningún Gobierno se atreve a abrir las puertas del Sistema Sanitario Público si no lo hace un médico?. Dispone la Constitución en uno de sus artículos que "Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos", derechos que vienen a reforzar a otros, como el derecho a la integridad física y psíquica, o el derecho a la pretección de la salud, o el más genérico derecho a garantizar las asistencia y prestaciones sociales ante situaciones de necesidad.
¿ES QUE, ACASO, NO ES UNA SITUACIÓN DE NECESIDAD?.
¿Estar esperando a que se produzca una "orden" o "instrucción" médica para realizar determinado típo de prueba, cuando existen Profesionales plenamente capacitados para ello, es cumplir con los mandatos constitucionales?. ¡Cuánto se habla de I+D!, pero ¿para quién?. El esfuerzo y sacrificio que se le exige a una Enfermera es impropio, por no decir indigno. A la Enfermera se la "obliga" a realizar tantas tareas burocráticas que son de la exclusiva responsabilidad del médico que apenas puede dedicarle tiempo a los Cuidados para los que fue formada. Y, en todos los casos, si los representantes de la OMC argumenta que "nos falta preparación" para prescribir, lo que debe hacer el Gobierno es abrir las puertas de la Especialización a la Profesión Enfermera, porque ningún reparo ponen cuando de la Medicina se trata, que no duda en tenerlos formándolos otros cinco años después de una injustificada licenciatura de seis años.
Los Profesionales Enfermeros estamos esperando que se nos utilice como tales Profesiones Sanitarias, tituladas y reguladas, entre otros motivos, para colaborar en la disminución, por no decir desaparición, de esas listas de espera.
LO QUE SE ESCRIBIO EN LA LOPS.
Los que se escribio en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, del año 2003 parece que "es historia", puesto que de ello se ha encargado la Ley de Garantías y Uso Racional del Medicamento y ahora va a suceder lo mismo con las Leyes de la Función Pública de las Comunidades Autónomas, que dictaran los "listillos" de las Comunidades Autónomas en desarrollo de lo previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público. Y aquí da igual el calor del Partido Político que tenga mayoría en los Parlamentos y que sostenta al Gobierno de turno; para fastidiar a la Profesión Enfermera existe, como con los sueldos que se autoaprueban, unanimidad.