lunes, 9 de marzo de 2009

TRES POR UNA CUATRO.

¡Llévese cuatro y pague sólo tres!. Esto es lo que queremos oir los que somos optimistas, aunque muy consciente de que estamos pagando las cuatro unidades. Pero es cierto que el eslogan nos viene muy bien, porque luego lo solemos repetir: ¡mira!, he pagado tres y me llevo cuatro. Así que, a partir de ahí, tres por una no nos va a dar como resultado tres: son cuatro; ¡y nos quedamos tan contento!.
LO QUE NOS QUIERE VENDER LA MÉDICO DEL PSOE.
Algo parecido es lo que nos quiere vender la médica del Psoe, Pilar Grande, cuando apuesta por una "proposición de Ley" que amplie la redacción del "canalla" apartado 1º del artículo 77 de la Ley de Garantía y Uso Racional del Medicamento.
¡Señora médica del Psoe!: tres por una no son cuatro; el resultado es tres; y eso es lo que pretenden ustedes vendernos a los Enfermeros, ya que la redacción propuesta en ese apartado primero del artículo 77 de la Ley no es otra cosa que mantener la situación tal y como está en estos momentos; es más, lo pretendido no es otra cosa que "legalizar" que las Enfermeras administramos lo que "nos mandan" los médicos, incluida usted si algún día llegara a ejercer de tal. La Ley mantiene que los médicos y los odontólogos son los únicos que pueden precribir, luego ¡no nos venga usted con monsergas!.
REPITAMOS LO QUE DICE EL CITADO ARTÍCULO 77.1:
"La receta médica, pública o privada, y la orden hospitalaria de dispensación, son los documentos que aseguran la instauración de un tratamiento con medicamentos por instrucción de un médico o un odontólogo, ÚNICOS profesionales con facultad para ordenar la prescripción de medicamentos".
LO PRETENDIDO:
Al contenido de aquel artículo 77.1 de la Ley del Medicamento se le pretende añadir ahora el siguiente texto: "Sin perjuicio de lo anterior, el Gobierno regulará la participación en la prescripción de determinados medicamentos por enfermeros y podólogos en el marco de los principios de atención integral de salud y para la continuidad asistencial, mediante la aplicación de protocolos institucionales de elaboración conjunta y en planes de cuidados estandarizados, autorizados por las autoridades sanitarias". Es decir, que el añadido a la Ley en nada modifica que el Médico es el ÚNICO que puede prescribir.
¿Qué significa "aplicación de protocolos institucionales", y qué hemos de entender por "PLANES DE CUIDADOS ESTANDARIZADOS?.
En cuanto a protocolos, ya lo hemos explicado por activa y por pasiva: eso no existe, y esperemos que nunca se produzcan. Y por planes de Cuidados, ¿qué debemos entender?, que la medicina, también, nos lo va a tener que indicar. ¡Arreglados vamos!. No dominan muy bien lo médico y, sin embargo, pretenden "meter las narices" en los planes de CUIDADOS!. Ya lo hemos dicho: que quien nos "representa" ni sabe de ésto ni lo ha hecho nunca; a esa persona le podemos preguntar de "juanetes", y puede que nos de una respuesta; pero de cuidados no sabe !nada de nada!.
¡TOTAL!, QUE AL FINAL SALDRÁ LO PACTADO.
O sea, que al final veremos escrito en una Ley "lo pactado" entre el oftalmólogo-presidente de la OMC y el "podólogo-inquilino-presidente" del Consejo General de Colegios Enfermeros, pero un poco más reforzada la ORDEN médica.
¿SABEN USTEDES QUÉ ES LA "ORDEN HOSPITALARIA DE DISPENSACIÓN"?.
¡Seguro que no!; pues bien: pregúntenle a las "supervisiones" de las unidades hospitalaria, o al "responsable de Enfermería" de los Equipos de Atención Primaria. La Orden hospitalaria de dispensación es ese pedido que hace la "supervisión" de la unidad a Farmacia; es decir: al Farmacéutico, para que expida los medicamentos y productos sanitarios que allí se relacionan; lo que conocemos como "despáchese", o en sus siglas: D/p. Y esa orden hospitalaria de dispensación va firmada por la citada "supervisión" de la Unidad, si bien hacen constar en la misma un "visto bueno" del "jefe médico del servicio", cuando ni uno ni otro saben lo que están firmando; o lo que es igual: no saben que significa "visto bueno"; ¡ah!, y al Farmacéutico ni le pregunten: el "despacha", ¡y punto!. Es decir: que es la propia Administración quien, a través de su "gestor" local -el de esa unidad- está incumpliendo flagrantemente la Ley del Medicamento. ¡Da igual!. Ahí lo pretendido es que la Enfermera no pueda prescribir medicamentos; y si se consigue el objetivo, ¡nada importa!. Las Enfermeras han oído lo que querían oir y la señora Pilar Grande -médico de profesión- quedará muy bien, ¡de momento!.
¡SEÑORA PILAR GRANDE!, TRES POR UNA NO SON CUATRO: SON TRES. ¡A ver si vamos a estar equivocados nosotros y va a resultar que tres por una son cuatro. ¡Qué más da!; pero, ¿a que suena bien?.