Para quienes siguen "el caso" Consejo General de Enfermería, tenemos que informar que los autos ya se han remitido desde el Tribunal Supremo -donde se resolvio que el señor González Jurado, y los miembros del Pleno no podían ocupar esos cargos en el citado Consejo- al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y que este Tribunal ha remitido la pertinente comunicación al Consejo General, al que se le da un plazo de diez días, para que informe sobre el cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo.
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Se nos dice que la persona que ocupa el cargo de Presidente está difundiendo la idea de que la Sentencia ya se ha cumplido, puesto que ha convocado elecciones y tomado posesión, nuevamente, de los cargos. ¿Se cumple lo resuelto por el Tribunal Supremo?. ¡Desde luego que no!. Y es obvio. La Sentencia del Tribunal Supremo no se ha cumplido; y no se ha llevado a término por la sencilla razón de que la citada persona que ocupa el cargo de Presidente NO CUMPLE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA LEY.
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NO. Los requisitos no los cumple, ni antes ni ahora. En un proceso judicial, todo lo que se tenga o pueda alegar, se debe argumentar y acreditar ante el citado órgano judicial. Y en la Sentencia ya se ventilaron todos esos asuntos, con el resultado que a todos nos consta: señor González Jurado, la única forma de cumplir la Sentencia es convocar a la Asamblea General, órgano supremo de nuestra Organización Colegial, y, una vez constituida la misma, corresponde a ella, única y exclusivamente, nombrar a esa "junta de edad", responsable de ejecutar lo dispuesto en aquella Sentencia.
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ADEMÁS, esta "doctrina" es la misma que aplica el señor González Jurado a los Colegios Provinciales, a esos que amenaza, directa o indirectamente, todos los días. Y porque ello es lo que está previto en los propios Estatutos de nuestra Organización Colegial. Dice así el texto Estatutario:
"ADOPTAR LAS MEDIDAS QUE ESTIME CONVENIENTE PARA COMPLETAR PROVISIONALMENTE CON LOS COLEGIADOS MÁS ANTIGUOS LAS JUNTAS DE GOBIERNO DE LOS COLEGIOS, CUANDO SE PRODUZCAN VACANTES ANTES DE CELEBRARSE ELECCIONES, ..." ¡Está claro!.
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LA PREGUNTA SERÍA: ¿están vacantes la Presidencia y el Pleno del Consejo General?. Es evidentente: la Sentencia del Tribunal Supremo lo ha dejado bastante claro. Luego, ¿por qué no se cumple la Sentencia?. De esto tendrá que ir respondiendo a medida que se vayan resolviendo los demás recursos y denuncias presentadas. Y como la información puede resultar, a pesar de lo dicho, insuficiente, ya decimos que se han presentado: una, ejecución de sentencia; dos, denuncia penal por dictar actos, a sabiendas; tres, nulidad de actuaciones; y cuatro, segunda denuncia penal por coacciones contra la persona de Carlos Tardío Cordón, Presidente del Colegio de Enfermeros de Badajoz.
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RESPUESTA FINAL ¿?: Dentro de unos días.
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