lunes, 31 de octubre de 2011

A TODOS LOS COLEGIOS ENFERMEROS DE ESPAÑA

Es más que probable, por mis años de experiencia, que los miembros de la Asamblea General de la Organización colegial, de nuestra Organización, desconozcan la situación actual del Consejo General, por dos motivos: uno, porque son Enfermeros, y no tiene por qué saber de temas jurídicos tan puntuales -la situación es de ilegalidad manifiesta-; y dos, que no caben más pronunciamientos de los Tribunales, por ser todas las resoluciones judiciales firmes.

Una excepción es lo que diga en su momento el Tribunal Supremo, ante el que tenemos presentado un Recurso contra el Auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia, sección 8ª, de Madrid, que por motivos que desconocemos se pronunció respecto de la ejecución de la Sentencia que dictó el Tribunal Supremo. Pero bien entendido que el asunto es de pura "interpretación" de los hechos; no se trata de revisar aquella Sentencia de 3/11/2010.


NO OBSTANTE LO ANTERIOR, ESTÁN TODOS LOS COLEGIOS INVITADOS A LA RUEDA DE PRENSA QUE SE CELEBRARÁ EN MADRID, EL PRÓXIMO DÍA 3/11/2011, EN EL HOTEL TRYP AMBRASADOR, A LAS 11 HORAS DE LA MAÑANA, EN CUESTA DE SANTO DOMINGO, FRENTE AL SINDICATO SATSE.


Pero lo que no descocen, no pueden desconcer, es la forma de cómo actúa quien preside el Consejo General ¡ESTO SE SABE PERFECTAMENTE!


¿Han visto en algún momento que algo se desarrolle normalmente? Sabemos todos que "figuran" tres Vicepresidencias en ese Consejo, ¿conocen ustedes su opinión al respecto de algo que tenga relación con la Profesión? No ¡Y NO LES EXTRAÑA!


¿No les extraña que mande a todo un Vicepresidente para que intervenga las cuentas del Colegio de Murcia, y presuntamente las del Colegio de Badajoz? Si ello fuera legal -que no lo es- ¿NO CORRESPONDERÍA ESA FUNCIÓN, en su caso, al Tesorero? ¿Dónde está el Tesorero del Consejo General? ¿Qué opinión tiene al respecto?


Conocemos a quien ocupa el cargo de Secretario General, también de quita y pon, ¿Saben ustedes que opinión tiene de la Profesión y de lo que sucede en el Consejo General?


¿SABEN USTEDES QUE LO QUE HAN APROBADO ES UNA BARBARIDAD?


¿Entienden ustedes que pueden aprobar "intervenir" las cuentas de un Colegio -como si de un Tribunal de Justicia se tratara-? Pues eso es lo que presuntamente han hecho, ya que está firmado que así lo han aprobado.


Ustedes saben perfectamente que ante una deuda, del tipo que fuera, se tiene que reclamar, bien amistosamente, por vías pacíficas -no contenciosa-, o a través de los Tribunales de justicia. Allí cada parte alegara lo que tenga por conveniente, uno para acreditar la deuda y la otra parte para defenderse, con los argumentos que le permite el Derecho. Pero "intervenir" es un acto totalmente ILÍCITO, del que se tendrá que responder ¿SE LES HA OCURRIDO ALGUNA VEZ INTERVENIR LA CUENTA A ALGÚN COLEGIADO?


¿Saben ustedes que un Colegio es de los colegiados? El Colegio Provincial tiene personalidad jurídica propia, independente del Consejo General, y plena capacidad de obrar. No depende del Consejo General a ningún efecto. Administrativamente, y previo expediente al efecto, se podrá intentar sancionar alguna cuestión, pero sólo y exclusivamente aquella que tenga relación con las potestades del Consejo General, que son mínimas. Pero lo que NO SE PUEDE OBVIAR es la audiencia de todos, porque NO HACERLO supone VIOLAR los principios Constitucionales de presunción de inocencia, en cualquiera de los órdenes jurisdiccionales, incluida la potestad administrativa.


EL CONSEJO GENERAL DEBERÍA SER EJEMPLAR, NO EJEMPLARIZANTE.


¿Cómo se le puede exigir a un Colegio Provincial que cumpla la Ley cuando la cúpula de esa Institución ESTÁ ILEGALMENTE? Pero ilegalmente por Sentencia, no es que se nos ocurra a nosotros ¿Y quién tiene la potestad de decir lo legal o ilegal? No les debe caber ninguna duda: LOS TRIBUNALES.


Sin embargo, esa cúpula del Consejo General ACTÚA como Fiscal, como Juez, como Abogado defensor y como acusador; no necesita PLEITO: dicta "sentencia" la noche anterior y se la presenta a ustedes para "legalizar" lo ilegalizable ¿o es que no conocemos la maquinaria? Vendría bien describir aquí la historia de los procesos judiciales, pero sólo tenemos en mente el Tribunal de la Inquisición. Pues asún así, nada tiene que ver aquel Tribunal -que data del siglo XII- como actúa el Consejo General.

Deben saber que una de las finalidades de ese Tribunal era la CONFISCACIÓN de los bienes ¿LES SUENA? ¡A ver a quién se le ocurría discrepar! Pero no estamos en aquellos siglos: la Constitución dice lo que se ha escrito, y como DERECHO CONSTITUCIONAL FUNDAMENTAL, que es distinto a lo que conocemos como derechos fundamentales objeto de regulación legal.

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