lunes, 2 de septiembre de 2013

CONSULTE AL MÉDICO o FARMACÉUTICO, ...

Este eslogan lo hemos visto y escuchado todos: "Consulte a su Médico o Farmacéutico." Bien. Pero si la Ley dice que sólo los Médicos, Odontólogo y Podólogo pueden prescribir medicamentos, ¿cuál es el grado de participación del Farmacéutico? Si la Receta dice "x" habrá que dispensar "x". Luego, ¿qué se puede consultar al Farmacéutico?
 
Otro detalle a tener en cuenta:
 
Según la Ley del medicamento existen dos tipos de medicamentos: a) los sujetos a prescripción médica (odontológica y podológica); y b), lo no sujetos.
 
Los sujetos a prescripción "médica" se dispensan a través bien de Receta o de Orden Hospitalaria de Dispensación; y los no sujetos se deberán dispensar a través de eso que la Ley ha llamado Orden de Dispensación Enfermero.
 
Visto lo visto, debería estar prohibido dispensar medicamentos que no fueran prescrito u ordenado por Médico (odontólogo y podólogo) o Enfermero, a través del correspondiente documento, conceptuado como "Receta, Orden de Dispensación Hospitalaria y Orden de Dispensación Enfermero.
 
¿A qué está jugando el Sistema con la Profesión Enfermero?
 
Desde luego que no todos los médicos prescriben todos los medicamentos (de los sujetos), al menos esa es la percepción de lo que vemos: nadie que no tenga experiencia en un determinado medicamento lo prescribe; recurre a otro médico que sí tenga puntual conocimiento del producto.
 
Pues con los Enfermeros ha de presumirse otro tanto de lo mismo: ninguno será tan atrevido como para indicar un medicamento del que no tenga la experiencia suficiente.
 
Y en ambos casos para eso están los de los servicios de salud, para permitir o no que ciertos medicamentos se dispensen. Sucede actualmente, donde vemos que determinadas prescripciones tienen que ser informadas positivamente por el "inspector" de turno, que nunca se opone; y cuando lo hace ya sabe la respuesta del "especialista" que ha prescrito el medicamento: "si no lo autorizas, le pones tú el tratamiento".
 
EN DEFINITIVA: MUCHOS SON LOS INTERROGANTES QUE ESTE GOBIERNO ESTÁ PERMITIENDO QUE HAGAMOS, AUNQUE EN SU INTELECTO LA PRETENSIÓN ES QUE LA PROFESIÓN SANITARIA DE ENFERMERO NO GOCE DE PLENA AUTONOMÍA TÉCNICA Y CIENTÍFICA, COMO ORDENA ESA LEY QUE HIZO, PRECISAMENTE, EL GOBIERNO DEL PARTIDO POPULAR (LOPS) EN EL AÑO 2.003.
 
¿ACASO ESTÁ PENSANDO EL GOBIERNO DEL PP QUE EXIGIENDO EL REQUISITO DE LOS CRÉDITOS ELLO VA A SUPONER UN FRENO? EL FRENO SE LO PUEDEN ENCONTRAR EN EL DÍA A DÍA, CUANDO UN ENFERMERO DIGA: NO QUIERO INDICAR NI ORDENAR NINGÚN TIPO DE MEDICAMENTO NI PRODUCTO SANITARIO. ENTONCES SÍ QUE TENDRÁN PROBLEMA.
 
LA SOLUCIÓN A LO QUE PRETENDEN ES BIEN SENCILLA: SE ARREGLA CON UNA ENFERMERA PRESCRIPTORA -ESA QUE TENGA EL CURSILLITO- Y OTRA QUE LA OBEDEZCA ¡QUÉ PAÍS, DIOS MIO!