miércoles, 29 de febrero de 2012

EL HORARIO DE TURNOS ROTATORIOS

Sí, tenemos que entrar en política, por la sencilla razón de que nos afecta, ¡y de qué manera!, el resultado de una gestión, que "todos" veíamos pero que nadie decía "ni pío".

¿POR QUÉ NADIE DECÍA NADA?
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Porque cada uno "iba a lo suyo". Cada cual pretendiendo "sacar" lo que podía y le dejaban hacer. El resultado ha sido una gestión nefasta. Organizaciones Empresariales, Centrales Sindicales y Fundaciones, ¡y qué decir de nuestra Organización Colegial Profesional, representada por el Consejo General, que ha pasado de todo. Iba a lo suyo.

El Consejo General no ha exigido el desarrollo y la implantación de las Especialidades, porque eso ahorra dinero al erario público. Y los gestores lo sabían; o tienen la obligación de saberlo.

Por un elemental motivo: cuando se sabe de algo, el coste es mucho, muchísimo menor. Y esto no lo han tenido en cuenta, ni parece que van a tenerlo en cuenta, quienes gestionan recursos públicos. Se continúa utilizando "Enfermera para todo"; y eso no puede ser. El gasto se dispara.

TURNO Y JORNADA DE TRABAJO.

Esto sucede en las Instituciones Sanitarias, donde están implantando un aumento en el cómputo total del número de horas mínimas a realizar por "todos", cuando ello ni es justo ni puede ser así.

No es igual concurrir al horario establecido que tener que hacerlo minutos antes; como tampoco es igual salir al horario previsto que hacerlo mucho más tarde. No es justo, ni, por tanto, legal. No se aplica un principio básico, el de la igualdad.

No es igual entrar a las ocho horas y salir a las 15, que tener que llegar antes y salir después. Y esto se produce cada vez que existe ese sistema de "relevo" de turnos, donde hay que sintentizar la evolución de cada paciente bajo nuestra responsabilidad, además de atender a los ingresos emergentes.

No puede tener el mismo trato dos situaciones que son diferentes. No es igual un trabajo programado que un trabajo que depende de las necesidades que requiere cada paciente.

LOS GESTORES HAN SIDO NEFASTO Y NO PARECE QUE VAYA A MEJORAR.

Siempre toman las mismas medidas: apretar el cinturón; y más a quienes justamente mejor y más cumplen. Se nos habla de gobiernos y administradores "tecnócratas", pero nosotros lo único que vemos es "más de lo mismo", teniendo que soportar la inoperancia, el desconocimiento y el desinterés de los políticos, que nos colocan a cualquiera al frente de las divisiones y de los demás puestos de trabajo con funciones organizativas, personas con las que, quizá, tengan compromisos extraprofesionales.

ESTE GOBIERNO VA A CONSEGUIR LO QUE NO SE LE HIZO AL OTRO.

Al final, todos tendremos que movilizarnos, porque una cosa es lo que dicen y otra lo que hacen.

¡Miren la foto que reproducimos! Habla por sí sola: un montón de Directores Generales en el Gobierno, cuando la gestión y la administración de la asistencia sanitaria está transferida. Hay más direcciones que "indios". Dice la noticia: El Ministro de Economía y COMPETITIVIDAD da la bienvenida a los nuevos directores generales ante un auditorio abarrotado. El Ministro de Economía y Competitividad da la bienvenida a los NUEVOS DIRECTORES GENERALES ante un auditorio abarrotado. 

IMAGINEMOS AHORA A TODOS ESOS CARGOS QUE LLAMAN INTERMEDIO.

¿Se presume de todos que saben lo que tienen que hacer? ¿Qué requisitos se les han exigido?.

Pues igual con todo. Así que muchos nos tememos que todo seguirá igual, sólo que "apretando" un poco más a los asalariados, que seguirán viendo cómo quienes administran y gestionan los servicios que se financian con dinero público serán las mismas personas en conocimiento, pero de otro signo político.

Este Gobierno, los distintos Gobiernos, han heredado un problema, que es el déficit económico, que obligarán a que tengamos que prescindir de determinados derechos, pero que, sin embargo, ellos no sufrirán las mismas consecuencias.

La inmensa mayoría de las Enfermeras de los servicios de salud tendrán un problema: tener que soportar a los nuevos allegados y ver cómo se les continúa maltratanto. ¡Tiempo al tiempo!, y ya veremos como se intenta calmar los ánimos, admitiendo, incluso, que don Máximo ANTONIO GONZÁLEZ JURADO es Presidente del Consejo General. 

CATECOLAMINAS IV: Dobutamina

Se usa la DOBUTAMINA con mucha frecuencia por los Enfermeros, fundamentalmente en el medio hospitalario. Y se utiliza tanto que conviene tener siempre presente sus efectos, por cuanto depende muchísimo de nosotros ajustar la dosis a los requerimientos que nos diga la evolución clínica; entre otros motivos porque "consume" oxígeno, elemento vital que está preciamente muy disminuido en aquellas situaciones en que se prescribe esta medicación.


LA DOBUTAMINA es una amina simpaticomimética usada en el tratamiento de insuficiencia cardíaca, en su estadio final, y shock cardiogénico, que es el paso siguiente a ese último grado de Insuficiencia cardíaca.


Su mecanismo primario es la estimulación directa de receptores β1 del sistema nervioso simpático. La dobutamina se desarrolló en un laboratorio dirigido por la doctora Ronald Tuttle y Jack Mills en Eli Lilly and Company, como analogía estructural al ISOPROTERENOL.


AMINA-SIMPÁTICOMIMÉTICA.- Son una clase de drogas cuyas propiedades MIMETIZAN las de la hormona adrenalina. La estructura química de cada una de estas moléculas tiene en común la presencia del grupo funcional amina y, en general, SE EMPARENTA A LOS NEURO-TRANSMISORES adrenalina (EPINEFRINA), noradrenalina (NOR-EPINEFRINA), y a otras catecolaminas como la DOPAMINA. A causa de esta semejanza química, las aminas simpaticomiméticas logran unirse a los receptores del organismo para esas biomoléculas endógenas, y activarlos, desencadenando los efectos que caben a cada una de ellas.



LOS RECEPTORES ADRENÉRGICOS SE HAYAN DISTRIBUIDOS extensivamente EN EL SISEMA NERVIOSO. Algunos de ellos, como los receptores alfa-2 adrenérgicos pre-sinápticos, se sitúan en el sistema nervioso central (SNC). Estos receptores particularmente muestran mayor afinidad por la Noradrenalina que por la Adrenalina, pero pueden ser activados por ambas, desencadenando efectos ESTIMULANTES de la vigilia, promoviendo la alerta (arousal) y FAVORECIENDO LA COGNICIÓN. Muchas aminas simpaticomiméticas EXÓGENAS logran activar estos receptores, produciendo los efectos fisiológicos recién mencionados.


PRESCRIPCIÓN CLÍNICA.- La Dobutamina se usa para tratar fallos cardíacos agudos, pero potencialmente recuperables, basándose en el beneficio de su acción INOTRÓPICA.


SE USA en casos de Insuficiencia Cardíaca cuando fallan otras sustancias, como los Diuréticos, los Vasodilatores y los Inhidores de las Angiotensinas. Se pretende con su uso AUMENTAR el rendimiento del Corazón, siempre, claro está, a expensas de un "consumo" de oxígeno por parte del órgano.


Hay que tener en cuenta, en relación con lo que decimos más arriba, que no es útil en CARDIOPATÍA isquémica ya que incrementa la frecuencia cardíaca y por consiguiente la demanda de oxígeno del miocardio. Sin embargo, somos consciente que se utilizan. En consecuencia, habrá que tener en cuenta este dato.


También es usada para la realización de pruebas de inducción de isquemia miocárdica como la ecocardiografía de estrés, empleándose debido a sus efectos inotrópicos y cronotrópicos en pacientes no agudos en los que se sospeche de isquemia miocárdica, e inclusive para la evaluación valvular en determinadas condiciones. Vemos, por tanto, que el aumento del consumo de oxígeno por parte del Corazón es un hecho que nadie discute, porque, de lo contrario, no se utilizaría para "evidenciar" que un Corazón está irrigado de forma deficiente, que puede demostrarse induciendo un trabajo "extra", donde se podrán de manifiesto la correspondiente clínica isquémica: dolor, reacción neuro-vegetativa y alteraciones en la repolarización del Corazón, modificándose el segmento ST del Electrocardiograma.


RECEPTORES ...


El receptor adrenérgico beta 1), también conocido como ADRENORECEPTOR β1, es una PROTEÍNA integral de MEMBRANA que actúa como receptor beta adrenérgico.
ACCIONES, ENTRE OTRAS, POR SU ACCIÓN AGONISTA:


-Incrementa el Gasto Cardíaco.
-Aumenta la FRECUENCIA cardíaca, sobre todo en el Nodo Sinusal, conocido como efecto cronotrópico positivo.
-Aumenta la CONTRACTILIDAD del músculo cardíaco de las AURÍCULAS -efecto inotrópico positivo-.
-Aumenta la contractibilidad y la automaticidad del MÚSCULO cardíaco DE LOS VENTRÍCULOS.
-Incrementa la CONDUCCIÓN y la AUTOMATICIDAD del NODO Aurículo-Ventricular.
-Liberación de la RENINA de las células yuxtaglomerulares.


Por todas estas funciones que se le atribuyen a la Dobutamina, bien merece dedicarle este capitulo.


ANTAGONISTAS DE ESA ACCIÓN BETA-ADRENÉRGICA ES IGUAL A BETABLOQUEANTES, DE USO MUY EXPANDIDO.



Los antagonistas selectivos por los receptores β1 incluyen, entre otros:


-Acebutolol, que se utiliza en la Hipertensión arterial; Angina de pecho; y Arritmias.
-Atenolol, para la Hipertensión; Coronariopatía; Arritmias; e Infarto de Miocardio.
-Betaxolol, utilizado en Hipertensión y Glaucoma.
-Bisoprolol, muy extendido para el control de la Hipertensión; Caronariopatía; Arritmias; Infarto de Miocardio; y Cardiopatías Isquémicas.
-Esmolol, particularmente en Arritmias.

-Metoprolol, en la Hipertensión; Coronario-patías; Arritmias; Infarto de Miocardio; e Insuficiencia Cardíaca.
-Nevivolol, para cuadros de Hipertensión Arterial.


MECANISMOS DE ACCIÓN.- El receptor adrenérgico β1 está asociado a una subunidad de la proteína G conocida como Gs, el cual activa a la ADENIL CICLASA causando un aumento en la concentración intracelular de AMPc.
 
RECEPTORES ADRENÉRGICOS:
-alfa 1.
-alfa 2.
-beta 2.


RECEPTORES ALFA 1).-


Es uno de los tipos de receptores adrenérgicos presentes en la MEMBRANA plasmática de ciertas células, cuya función principal es la VASO-CONSTRICCIÓN.


Existen varios SUBTIPOS de receptores ALFA (α), los cuales tienen funciones en común con el receptor α1, pero éste tiene sus funciones que le son específicas.


AGONISTAS DE RECEPTORES ALFA α1, QUE ES ADRENÉRGICO:


-NorAdrenalina.
-Adrenalina.
-Isoprenalina.
-Fenilefrina, Nefazolina y Oximetazolina, como descongestionantes nasal.
-Fenilpropanolamina.
-Metoxamina.
-Cirazolina.


LA NOR-ADRENALINA tiene una afinidad mayor por el receptor que la ADRENALINA, el cual, a sus vez, tiene una mayor afinidad que la ISOPRENALINA.


ANTAGONISTAS DE LOS RECEPTORES ALFA 1 (a1), QUE ES BLOQUEADOR:

-Mirtazapina: antidepresivo noradrenérgico específico serotonérgico.
-Fenoxibenzamina, utilizado en la Hipertensión Arterial.
-Fentolamina, para supuestos de emergencia Hipertensiva.
-Prazosina, para el tratamiento de la Hipertensión.


RECEPTORES ADRENÉRGICOS ALFA2.-


Engloban tres subtipos o receptores, que están presentes en la MEMBRANA plasmática de ciertas células.


Los receptores adrenérgicos α2 produce una DISMINUCIÓN DEL SEGUNDO MENSAJERO intracelular AMPc, lo que conlleva a la APERTURA DE UN CANAL DE de K+. En otros sitios promueve el intercambio Na+/K+ y estimula la Fosfolipasa Cβ2 que moviliza el Ácido Araquidónico y aumenta Ca++.


Y si "favorece" la apertura de Canales de Potasio (K+) ello significa una mejor "polarización" de la célula, disminuyendo las propiedades de excitabilidad e irritabilidad de la célula, ya que hay que tener en cuenta que la célula está cargada funsamentalmente por K+ en su fase polarizada. Y si una célula no está suficientemente polarizada, por disminución del ión K+ ello debe traducir justo lo contrario: una aumento en la excitabilidad e irritabilidad, situación precursora de arritmias.


¿CÓMO FUNCIONAN?.- Los receptores α2 se unen a la Noradrenalina y a la Adrenalina, teniendo ligeramente más afinidad por esta última que sobre la primera, produciendo los siguientes efectos:


- Vasodilatación de Arterial.
- Vasoconstricción de las Arterias Coronarias, que suplen la irrigación sanguína al Corazón, y de las Venas. (vasoconstricción de venas)
- Disminución de la motilidad del músculo liso del tracto gastrointestinal.
- Contracción de los genitales masculinos durante la eyaculación


SON MEDIADORES DE LA NEURO-TRANSMISIÓN DE LOS NERVIOS PRE Y POST-SINÁPTICOS, ENTRE OTROS EFECTOS:


-Disminuyendo la liberación de ACETIL-COLINA.
-Disminuyendo la liberación de NOR-ADRENALINA.
-Inhibición de la liberación de INSULINA del páncreas.
-Inducción de la liberación de GLUCAGÓN del páncreas.
-Agregación plaquetaria.
-Secreción de las glándulas salivales.
-Relajación del tracto GASTROINTESTINAL, por su efecto pre-sináptico.








RECORDAR: la Acetilcolina es un neuro-transmisor con propiedades COLINÉRGICAS. Podría asegurarse que, clínicamente, tiene efectos contrarios a la "dobutamina", ya que dentro de sus propiedades se incluyen, entre otras: Sistema cardiovascular: vasodilatación, disminución de la frecuencia cardíaca (efecto cronotrópico negativo), disminución de la velocidad de conducción del nodo sinoauricular y auriculoventricular y una disminución en la fuerza de contracción cardíaca (efecto inotrópico negativo).
Y en el tracto gastrointestinal: provoca contracción del mismo. Estos efectos pueden producir náusea, vómito y diarrea.

EL CONSEJO GENERAL ESTÁ HECHO UN LÍO.

Para entender un poco mejor esto que vamos a escribir, tendríamos que comenzar por el principio, explicando todas y cada una de las situaciones. Y ello nos llevaría un montón de artículos, imposible de leer. Nosotros nos remitimos a los hechos, a esos que "siente y padece" cada Enfermero de este Estado, que solo tiene unos culpables: el Consejo General y los Colegios que lo avalan ¿Por qué? Eso es lo que tienen que exigir los colegiados de esos Colegios Provinciales.

Y eso, el lío que tiene el Consejo General de Colegios, ¿en qué perjudica a los Colegios Oficiales de Enfermeros de cada Provincia? ¡Sencillo!: en que tenemos que estar permanentemente recurriendo esas cosas que llaman Circulares. Y eso lleva un tiempo, además de unos gastos. Porque si no lo hacemos, por el Consejo General se sigue creyendo que tiene “potestades” sobre los Colegios; pero no cualquier potestad sino algo parecido a aquel derecho ancestral de “intervenir” ¡Pero cómo se puede tener esa mentalidad!. Sí, la tiene. Y continuará así hasta que un día de estos alguien presente la oportuna querella, ¡y ya veremos que sucede luego!

¿Y POR QUÉ SE LE CIEGA LA RAZÓN?

¡También sencillo!: porque su pretensión de "desperrar" a los Colegios Provinciales. Ese es su único objetivo. Se ve en esas Resoluciones, que aprueba, con el "avalan" de esos Colegios Provinciales, destinatarios de algunos "beneficios", que no son para los colegiados, por más que lo adornen.

El Consejo General tiene la "fea" costumbre de "intentar" asumir las competencias que corresponden a cada Colegio Provincial en su ámbito territorial. Piensen que se quiere “llevar” más del cincuenta por ciento de la cuota colegial. Entonces, ¿qué podemos hacer los Colegios Provinciales? Pagar al personal, mantener el edificio y poner los servicios jurídicos del Colegio para reclamar las cuotas y, una vez conseguido el abono de las mismas, reenviárselas “limpias” de todo gasto al Consejo General. Pero, ¿qué utilización se le dan a las neuronas?

Por ejemplo: la formación continuada, para lo que utiliza una escuela, “sui géneris”. Utiliza para ello esa cosa que llaman “retrocesión”. Y lo peor de todo: no tienen inconveniente de clase alguno en “prepararnos” cursos y más cursos, para todo. Poco menos que no te puedes mover si no haces alguno de “sus” cursos. Siempre, ¡claro está!, a través de “su” escuela.

Por ejemplo: la formalización de una Póliza de Responsabilidad Civil para los “colegiados”, utilizando, otra vez, una de esas resoluciones. Y, ¿quién es el intermediario de esa Póliza?: una correduría ¿Y de quién es esa correduría?: de eso que llaman “grupo corporativo”. Y de ese gasto extra, ¿quién se beneficia?

Otro ejemplo: habla de “certificación de ingreso en la Organización Colegial”; y no termina ahí, también se “reserva” la “re-certificación”. ¡Pero a dónde vamos!.

Cita una y otra vez al contenido de los Estatutos, pero olvida u omite, cuando le interesa, la redacción de la Ley 25/2009. Y es que eso lo sigue haciendo porque es consciente que los Colegios Provinciales no tienen una Secretaría Técnica que informe a la Junta de Gobierno de que eso no puede ser así. Como tampoco disponen los Colegios Provinciales de dinero suficiente como para estar pleiteando todos los días contra el Consejo General. No obstante, sabe, es consciente, que algunos Colegios le plantean recursos ante los Tribunales de Justicia y, ¡de momento!, vamos ganando la “partida”.

¡QUÉ DESAGRADABLE ES TENER COMO “ENEMIGO” AL MISMÍSIMO CONSEJO GENERAL!

Porque el Consejo General olvida u omite, por ejemplo, que la cuota de inscripción o colegiación no podrá superar EN NINGÚN CASO los costes asociados a la TRAMITACIÓN de la inscripción. Sin embargo, es ese mismísimo Consejo General el que establece una cuota por “certificar” y otra –es su pretensión- por re-certificación.

Como también olvida, cuando le interesa, que LOS COLEGIOS dispondrán los medios necesarios para que los SOLICITANTES puedan tramitar su colegiación por vía telemática.

¿DÓNDE SE PRODUCE ESA TRATAMITACIÓN Y, EN SU CASO, COSTE?

Si la colegiación se produce en los Colegios Provinciales, obvio será entender que es allí, en ese ámbito, donde se produce el “alta colegial”. Ese es su Colegio, que debe coincidir con el del domicilio profesional único o principal. Y con ese Colegio es con el que el colegiado mantiene su relación jurídica.

Otra cosa será la “relación” del Colegio con el Consejo. Pero una cosa debería tener clara el Consejo General: cuando un colegiado tenga “problemas” con “su” Colegio, la vía para resolver esos temas son los de la jurisdicción de la correspondiente demarcación, que coincide con el de la Provincia.

REGISTRO DE PROFESIONALES.

Para garantizar de forma efectiva y facilitar el ejercicio de los derechos a que se refiere el apartado anterior, LOS COLEGIOS PROFESIONALES, consejos autonómicos y consejos generales, EN SUS RESPECTIVOS ÁMBITOS TERRITORIALES, establecerán los registros públicos de profesionales que, de acuerdo con los requerimientos de esta Ley, serán accesibles a la población y estarán a disposición de las Administraciones sanitarias.

¿Dónde tienen que colegiarse los titulados en Enfermería? Respuesta: en su Provincia. ¿Dónde pueden los consumidores y usuarios de los servicios profesionales comprobar que los Profesionales se encuentran en el ejercicio efectivo de la Profesión? Respuesta: en la correspondiente Provincia.

LO ÚNICO QUE HACE EL CONSEJO GENERAL ES FASTIDIAR.

Y nos fastidia como Profesión desde el año 1.987, con la derogación de nuestras Especialidades, que hoy nos tiene en permanente conflicto.

Nos fastidió en el año 1.990, negociando unos Planes de estudio de pena. Nos volvió a fastidiar con los cursos de protección radiológica. Nos fastió en el año 2.001, con un decreto sobre protección radiológica, donde se permitió el lujo de no presentar el correspondiente y oportuno informe al proyecto del mismo, al menos para saber qué piensa el Consejo. Nos fastidia con los nuevos planes de estudio, que se puede catalogar de todo menos de eso.

Nos fastidia con la “peculiar” interpretación que hace sobre la prescripción Enfermera, intentando que los Gobiernos le aprueben unos cursos, que, de forma atrevida, ha impartido por “su” peculiar escuela, bajo promesa de ser suficiente para un montón de efectos, cuando ello no es así, ni puede serlo.

Y así podríamos continuar con cada una de las situaciones que nos afecta, como la Especialidad de Enfermería en Cuidados médico-quirúrgicos, que no se desarrolla porque no le interesa. Como tampoco se exigen las titulaciones de Enfermero Especialistas en las seis especialidades implantadas.

¿Qué hace el Consejo General respecto de la carrera profesional? ¿Sabe el Consejo General cómo funcionan los Servicios de Salud? Últimamente dicen que han hablado de la “gestión clínica”. ¡Seguro!

¿Sabe el Consejo General que las actuales “jefes de unidades” son puestos orgánicos, que nos impone la administración sanitaria? No actúan como Enfermeras, por el simple motivo de que su puesto de Enfermera está siendo ocupado, como “sustituta”, por otra Enfermera. ¿De qué habla ese Consejo General? Lo único que hace es enturbiar un poco más la situación de todos los Enfermeros que nos dedicamos al ejercicio efectivo de la Profesión.

Nos fastidia por todo y para todo. El Consejo General es justo lo contrario de lo que alguien podría imaginar. Desune en lugar de unir. Y eso no puede ser.

Hasta el año 2.000 podría entenderse que la “información” que tienen las Juntas de Gobierno de los Colegios Provinciales no fuera la suficiente, pero hoy eso no puede ser “alegable”. Existe tanta información como la mínima suficiente para que no pueden seguir “avalando” la destrucción de nuestra Profesión, que está relegada a lo que tengan por conveniente los servicios de salud.

Pero, a día de hoy, no es justificable alegar “ignorar” los temas que nos afectan en el Sistema Nacional de Salud, no sería justificable. Y mucho menos después de leer, si es que se ha leído, ese real decreto que aprueba los Estatutos del Consejo General, que le “sacó” a la entonces Ministra Celia Villalobos, el cual, cada vez que se toca en los Tribunales, sus disposiciones no pueden ser aplicables. Pero se insiste, días tras días, intentando aplicar lo que viola todos los derechos habidos y por haber de nuestro ordenamiento jurídico.

Ahí está como ejemplo el Colegio Oficial de Enfermeros de Murcia. Con otros no se atreve. ¿Y por qué se ha atrevido con el Colegio de Murcia? Por la sencilla razón de que el Presidente anterior no tuvo otra ocurrencia que “abandonar” sus responsabilidades, que deberían ser exigibles penalmente. No se puede “marchar” del Colegio sin más, porque ello es perseguible jurídicamente. Así ha dejado la “puerta abierta” para que el Consejo General, “utilizando” la Ley de Colegios Profesionales, la aplique según su interés, que no es el de los colegiados de Murcia.

Intervenir un Colegio no se le ocurre ni al mismísimo Presidente del Gobierno de la Nación. Sólo es posible a través del preceptivo proceso judicial, si el Tribunal lo considera conveniente.

martes, 28 de febrero de 2012

DESDE EL CONSEJO SE VUELVE A LA CARGA


Desde el Consejo General se vuelve a la carga con el cursillito de "prescripción". ¿Qué pretende? Suponemos que forzar al Gobierno para que apruebe ese proyecto que le hizo el ANTERIOR Gobierno para "meternos" el curso que ha ido "impartiendo" por los Colegios Provinciales, cuyos últimos beneficiarios son todos menos los colegiados.

Y LO PEOR DE TODO ES QUE, ENCIMA, RECONOCE QUE LA LEY YA NOS AUTORIZA.

Dice la noticia: "El Pleno del Congreso de los Diputados daba legalidad en diciembre de 2009 a la prescripción enfermera de medicamentos y confería seguridad jurídica a todas nuestras decisiones respecto a fármacos. A esto se sumaba el proyecto de Real Decreto que viene a regular al detalle esta nueva competencia enfermera y las fórmulas de acreditación de los profesionales como prescriptores. Como consecuencia de estos cambios legislativos, los enfermeros y enfermeras españolas han pasado a tener la posibilidad de ser reconocidos como prescriptores de medicamentos y productos sanitarios".

¡NUEVA COMPETENCIA!

Pero si la Ley ya nos autoriza, ¿para qué tenemos que hacer esos cursos?

En derecho, uno de los principos básicos es el de la libertad, con lo cual todo lo que no esté prohibido es "lícito". ¿Se nos prohibía prescribir? No. Nuestra situación era de simple alegalidad. Es decir, la Ley anterior a diciembre del año 2.009 no recogía que los Enfermeros, de forma autónoma, podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de todos aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica y los productos sanitarios, mediante la correspondiente orden de dispensación. Ahora sí lo dice. Luego, ¿dónde está la "necesidad" de hacer esos cursos de los que habla el Consejo General, que dice impartir a través de una de sus Empresas con el nombre de Escuela?.

LOS ENFERMEROS "PODEMOS" INDICAR, USAR Y DISPENSAR MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS.

... y también ordenar la dispensación de todo tipo de medicamentos por las oficinas de farmacia de las instituciones sanitarias, a través de ese documento que llaman "orden de dispensación hospitalaria" ¡A ver! ¿quienes hacen los pedidos en las Unidades asistenciales? ¿Quienes reponen las "micro" farmacias de las unidades asistenciales?.

Jamás, en cuarenta años, he visto a un Médico realizar esos pedidos. Y aún así la Ley se ha empecinado en llamar "orden de dispensación hospitalaria" -de utilización por el Médico- a lo que hace todos los días aquella Enfermera que ha sido designada discrecionalmente para el cargo de "jefa de unidad", o supervisora, como se empecinan en llamarla.

EL PROBLEMA ESTÁ EN LOS GOBIERNOS DE LOS SERVICIOS DE SALUD.

Aquella Ley del año 2.009 volvió a cometer otro error: el de atribuir al Ministerio la "acreditación", cuando la "gestión y administración" de los recursos está transferida a las Comunidades Autónoma. El fondo de la cuestión está en ese párrafo de la Ley que habla de los "efectos" de la acreditación en todo el Estado.

Y es todo un error la redacción de ese párrafo cuarto del artículo 77.1 de la Ley del medicamento por cuanto dice que el Ministerio de Sanidad y Política Social con la participación de las organizaciones colegiales, referidas anteriormente, acreditará con efectos en todo el Estado, a los enfermeros para las actuaciones previstas en este artículo.

¿... en este artículo? Desde luego que ese párrafo no se está refiriendo al contenido de "todo" lo que se dice en ese artículo 77, puesto que el mismo contiene 10 apartados, entre los que incluye a Médicos, Odontólogos y Podólogos.

¡Vamos a ver!, si en el párrafo segundo del apartado 1) de ese artículo 77 se dispone que el Enfermero, de forma autónoma, podrá indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos, ¿a qué "acreditación" se está refiriendo ese párrafo cuarto del artículo 77.1?

Por lógica, lo refiere exclusivamente al párrafo tercero, que se refiere al Gobierno y a aquellos otros medicamentos "sujetos" a prescripción médica; es decir, medicamentos excluidos de aquel párrafo segundo, que "aclara" en su disposición adicional décimosegunda. ¡Y NO HAY MÁS!

QUE TENEMOS QUE FORMARNOS UN POCO MÁS ¡ESO ES SIEMPRE NECESARIO!

Pero no sólo en farmacología; debemos formarnos permanentemente.

Lo que parece mentira es que por el egoismo de quienes nos representan se llegue a escribir barbaridades como las que se escriben en una boletín, que, ¡por cierto!, también entra dentro de eso que llama "grupo corporativo".

ESTA ES OTRA DE LAS MUCHÍSIMAS BARBARIDADES QUE TENEMOS QUE SOPORTAR DEL CONSEJO GENERAL, IGUAL QUE EL ROLLO QUE NOS METE CON LO DE LA "LICENCIATURA". El fondo del asunto es sacarnos, no importa cómo, el dinero. Como, además, dicen que es "gratis" ¡GRATIS!. Entonces, ¿y los 20 millones de euros?

CATECOLAMINAS: III

DOPAMINA.-  Es una hormona y neurotransmisor producida en una amplia variedad de animales. Es una feniletilamina, una catecolamina que cumple funciones de neurotransmisor en el Sistema Nervioso Central.


En el Sistema Nervioso cumple FUNCIONES de Neuro-transmisor, ACTIVANDO los cinco tipos de RECEPTORES de Dopamina: D1), relacionado con un efecto ACTIVADOR. D2), relacionado con un efecto INHIBIDOR. D3), D4) y D5) y sus variantes.

COMO FÁRMACO, actúa como simpaticomimético (emulando la acción del Sistema Nervioso Simpático) promoviendo el incremento de la frecuencia cardiaca y la presión arterial, a su vez, puede producir efectos deletéreos como taquicardia o hipertensión arterial. Sin embargo, a causa de que la dopamina no puede atravesar la barrera hematoencefálica, su administración como droga no afecta directamente el Sistema Nervioso Central.


RECEPTORES.- Hay muchos procesos clave de liberación de catecolaminas:



-ADRENÉRGICOS: Nor-adrenalina y Adrenalina. 

Estos dos neurotransmisores tienen una gran diversidad de efectos, que se explica por la presencia de diferentes receptores, que en cada tipo de célula están acoplados a vías de transducción distintas.

En el músculo liso puede producir contracción si se activan los receptores α; y se relajan si actúan sobre los receptores β2.
En los vasos sanguíneos producen vasoconstricción y vasorelajación.
En los bronquios producen broncodilatación (al revés que los vasos).
En el tubo digestivo provoca constricción y relajación.
EN EL CORAZÓN aumenta la frecuencia cardíaca y su intensidad; incrementando el gasto cardíaco.

Los receptores adrenérgicos están estructuralmente relacionados, pero tienen distintos segundos mensajeros. Se distinguen receptores α) y β); adrenalina y noradrenalina son agonistas para ambos receptores, pero estos tienen más agonistas y antagonistas.

- El receptor α) puede ser α1) ó α2). El α1) puede ser A), B) ó D). Estos tres se diferencian en los antagonistas, la localización, la estructura y el mecanismo efector (adenilato ciclasa). En este caso, lo que importa es que en cada sitio del organismo la adenilato ciclasa causa un efecto distinto.

- Los receptores β) pueden ser 1, 2 ó 3. Difieren en los antagonistas, y las características. Pero los 3 estimulan la adenilato ciclasa.


Los receptores dopaminérgicos: Son, igual que los anteriores, metabotrópicos. Pueden ser D1, D5, D3, D4 y D2. Los D2 pueden ser S (short) o L (long). Los D1 y D5 estimulan la adenilato ciclasa. Los otros tres la inhiben, pero los D2 y D4 activan canales de potasio. Los D2 pueden inhibir un canal de calcio. Aparte del agonista común (dopamina), cada canal tiene sus propios agonistas. Algunos, como el sulpirilo y la clozapina tienen efectos anti-psicóticos. El AMPc activa a la proteína quinasa A, que puede provocar respuestas a corto plazo, o más largas a través de factores de transcripción, de manera directa o indirecta. Esta última está mediada por el gen de respuesta inmediata (IEG). A corto plazo es fosforilación, y a largo plazo es alterando la expresión génica. También hay receptores en la terminal presináptica (autorreceptores), y también en otras terminales presinápticas que no liberan dopamina. Los D4 y D2 son los que tienen demostrada esta característica.

La DOPAMINA es también usada como una DROGA INOTRÓPICA en pacientes con SHOCK para INCREMENTAR el Gasto Cardiaco y la Presión sanguínea.

A dosis bajas aumenta el FILTRADO GLOMERULAR y la EXCRECIÓN de SODIO. Es PRECURSOR de la Adrenalina y de la Noradrenalina, y además es compuesto intermediario en el metabolismo de las tiroxinas (hormona Tiroidea).

ADRENALINA.- También conocida como epinefrina, es una hormona y un neurotransmisor.

-Incrementa la frecuencia cardíaca,
-contrae los vasos sanguíneos,
-dilata los conductos de aire,
-y participa en la respuesta lucha o huida del Sistema Nervioso Simpático.

Químicamente es una catecolamina, una monoamina producida sólo por las glándulas suprarrenales a partir de los aminoácidos fenilalanina y tirosina. La tirosina es uno de los 20 aminoácidos que forman las proteínas. Se clasifica como un aminoácido no esencial en los mamíferos ya que su síntesis se produce a partir de la hidroxilación de otro aminoácido: la fenilalanina.


APLICACIONES EN LA SALUD

La epinefrina es usada para tratar una serie de afecciones incluyendo:
-paro cardiorrespiratorio,
-anafilaxia,
-y sangrado superficial.

Ha sido históricamente usada para tratar los broncoespasmos y la hipoglucemia, pero ahora se prefiere utilizar fármacos más selectivos, tales como el salbutamol y la dextrosa repectivamente.

PARO CARDÍACO.- Se usa como medicamento para tratar el paro cardíaco y otras arritmias cardíacas que resulten en un GASTO CARDÍACO DISMINUIDO o ausente.

-INCREMENTO de la resistencia periférica, mediante la VASOCONTRICCIÓN (receptor α1-dependiente);
-INCREMENTO DEL GASTO CARDÍACO, mediante su unión a los receptores β1.
-ANAFILAXIA.- Debido a sus efectos vasoconstrictores, es el fármaco de elección para tratar la anafilaxia. También es útil en el tratamiento de la septicemia. Los pacientes con alergia a proteínas sometidos a inmunoterapia pueden recibir un "enjuague" de adrenalina antes de que se administre el extracto alergénico, reduciendeo así la respuesta inmune al alergénico administrado.

Debido a las diversas expresiones de receptores α1 o β2, dependiendo del paciente, la administración de adrenalina puede elevar o reducir la presión sanguínea, dependiendo de que el aumento o disminución neta de la resistencia periférica permita balancear los efectos inotrópicos y cronotrópicos positivos de la adrenalina en el corazón, efectos que respectivamente incrementan la contractilidad y la frecuencia cardíaca.

Las concentraciones habituales para las inyecciones subcutáneas o intramusculares son de 1:1.000.

CATECOLAMINAS: II

¿QUÉ SON LAS CATECOLAMINAS?.- Son NEURO-HORMONAS o Amino-hormonas.

Un neurotransmisor (o neuromediador) es una biomolécula que transmite información de una neurona (un tipo de célula del sistema nervioso) a otra neurona consecutiva, unidas mediante una sinapsis.

El neurotransmisor se libera por las vesículas en la extremidad de la neurona pre-sináptica durante la propagación del impulso nervioso, atraviesa el espacio sináptico y actúa cambiando el potencial de acción en la neurona siguiente (denominada post-sináptica) fijándose en puntos precisos de su membrana plasmática.

UN NEURO-TRANSMISOR, en sentido estricto, sería una hormona de secreción paracrina liberada por las neuronas. Aunque debido a su características específicas, el neurotransmisor a menudo es considerado una forma de "comunicación celular" distinto de las hormonas, aunque la distinción entre uno y otro es difusa.

¿QUÉ ES UNA HORMONA?.- Una hormona es cualquier sustancia que liberada por una célula actuase sobre otra célula, tanto cercana como lejana, e independientemente de la singularidad o ubicuidad de su origen y sin tener en cuenta la vía utilizada para su transporte, sea circulación sanguínea, flujo axoplasmático o espacio intersticial.

Las hormonas son sustancias secretadas por células especializadas, localizadas en glándulas de secreción interna o glándulas endocrinas (carentes de conductos), o por células epiteliales e intersticiales cuyo fin es la de afectar la función de otras células. También hay hormonas que actúan sobre la misma célula que las sintetiza (autocrinas). Son transportadas por vía sanguínea o por el espacio intersticial, solas (biodisponibles) o asociadas a ciertas proteínas (que extienden su vida media al protegerlas de la degradación) y hacen su efecto en determinados órganos o tejidos diana (o blanco) a distancia de donde se sintetizaron, sobre la misma célula que la sintetiza (acción autócrina) o sobre células contiguas (acción parácrina) interviniendo en la comunicación celular.

Existen hormonas naturales y hormonas sintéticas. Unas y otras se emplean como medicamentos en ciertos trastornos, por lo general, aunque no únicamente, cuando es necesario compensar su falta o aumentar sus niveles si son menores de lo normal.


También hay hormonas tróficas y no tróficas, según el blanco sobre el cual actúan. Las hormonas pueden ser estimuladas o inhibidas por:MENSAJEROS QUÍMICOS: Las hormonas y los neurotransmisores, aunque a veces es difícil de clasificar a un mensajero químico como hormona o neurotransmisor.

-Otras hormonas.
-Concentración plasmática de iones o nutrientes.
-Neuronas y actividad mental.
-Cambios ambientales, por ejemplo luz, temperatura, presión atmosférica.


GRUPO ESPECIAL DE HORMONAS: las tróficas, que actúan estimulando la producción de nuevas hormonas por parte de las glándulas endócrinas. Por ejemplo, la TSH producida por la hipófisis estimula la liberación de hormonas tiroideas, además de estimular el crecimiento de dicha glándula. Las hormonas pueden segregarse en forma cíclica, contribuyendo verdaderos biorritmos(ej: secreción de prolactina, durante la lactancia; secreción de esteroides sexuales, durante el ciclo menstrual).

MECANISMOS DE ACCIÓN DE LAS HORMONAS:

Tienen la característica de actuar sobre las células, que deben disponer de una serie de receptores específicos. Hay dos tipos de receptores celulares:

Receptores DE MEMBRANA.- Los usan las hormonas peptídicas, que son los PRIMEROS MENSAJEROS, que se fijan a un receptor proteico que hay en la membrana de la célula, y estimulan la actividad de otra proteína (unidad catalítica), que hace pasar el ATP (intracelular) a AMP (que es un SEGUNDO MENSAJERO), que junto con el CALCIO intracelular, activa la enzima proteína quinasa (responsable de producir la fosforilación de las proteínas de la célula, que produce una acción biológica determinada). Esta es la teoría o hipótesis de SEGUNDO MENSAJERO o de Sutherland.


Receptores INTRACELULARES.- Los usan las hormonas esteroideas. La hormona atraviesa la membrana de la célula diana por difusión. Una vez dentro del citoplasma se asocia con su receptor intracelular, con el cual viaja al núcleo atravesando juntos la membrana nuclear. En el núcleo se fija al DNA y hace que se sintetice ARNm, que induce a la síntesis de nuevas proteínas, que se traducirán en una respuesta fisiológica. O bien, puede ubicarse en el lugar de la maquinaria biosintetica de una determinada proteína para evitar su síntesis.

PRINCIPALES HORMONAS HUMANAS: Peptídicas y derivadas de aminoácidos

Son péptidos de diferente longitud o derivados de aminoácidos; dado que la mayoría no atraviesan la membrana plasmática de las células diana, éstas disponen de receptores específicos para tales hormonas en su superficie.

-Serotonina. ORIGEN: SNC, tracto gastrointestinal. EFECTO: controla el humor, el apetito y el sueño.
NOMBRE: Tetrayodotironina T4. ORIGEN: Tiroides. EFECTO: Directo. La menos activa de las hormonas tiroideas; aumento del metabolismo basal y de la sensibilidad a las catecolaminas, afecta la síntesis de proteínas.




-Triyodotironina T3. ORIGEN: Tiroides. EFECTO: Directo. La más potente de las hormonas tiroideas: aumento del metabolismo basal y de la sensibilidad a las catecolaminas, afecta la síntesis de proteínas.


-Adrenalina (o epinefrina). ORIGEN: Médula adrenal. EFECTO: Corazón, vasos sanguíneos, hígado, tejido adiposo, ojo, aparato digestivo. Respuesta de lucha o huida: aumento del ritmo cardíaco y del volumen sistólico, vasodilatación, aumento del catabolismo del glucógeno en el hígado, de la lipólisis en los adipocitos; todo ello incrementa el suministro de oxígeno y glucosa al cerebro y músculo; dilatación de las pupilas; supresión de procesos no vitales (como la digestión y del sistema inmunitario).

-Noradrenalina (o norepinefrina). ORIGEN: Médula adrenal. NO ES UNA HORMONA SE CONSIDERA SOLO COMO NEUROTRANSMISOR (respuesta de lucha o huida : como la adrenalina).


-Dopamina. ORIGEN: Riñón, hipotálamo (neuronas del núcleo infundibular). EFECTO: Aumento del ritmo cardíaco y de la presión arterial. Inhibe la liberación de prolactina y hormona liberadora de tirotropina.


-Angiotensinógeno y angiotensina. ORIGEN: Hígado. EFECTO: Vasos sanguíneos, corteza adrenal Vasoconstricción, liberación de aldosterona.


-Hormona antidiurética (o vasopresina). ORIGEN: Hipotálamo (se acumula en la hipófisis posterior para su posterior liberación). EFECTO: Riñón, vasos sanguíneos, hipófisis anterior. Retención de agua en el riñón, vasoconstricción moderada; liberación de Hormona adrenocorticotrópica de la hipófisis anterior.


-Péptido natriurético auricular (o atriopeptina). ORIGEN: Corazón (células musculares de la aurícula derecha). EFECTO: Riñón. Regula el balance de agua y electrolitos, reduce la presión sanguínea.


-Glucagón. ORIGEN: Páncreas (células alfa). EFECTO: Hígado. Glucogenólisis y gluconeogénesis, lo que incrementa el nivel de glucosa en sangre.

-Insulina. ORIGEN: Páncreas (células beta) Tirosina kinasa. EFECTO: Estimula la entrada de glucosa desde la sangre a las células, la glucogenogénesis y la glucólisis en hígado y músculo; estimula la entrada de lípidos y la síntesis de triglicéridos en los adipocitos y otros efectos anabólicos.


-Péptido natriurético cerebral. ORIGEN: Corazón (células del miocardio). EFECTO: Reducción de la presión sanguínea por reducción de la resistencia vascular de la circulación sistémica, de la cantidad de agua, sodio y grasas en la sangre.


-Renina. ORIGEN: Riñón (células juxtaglomerulares). EFECTO: Activa el sistema renina-angiotensina por la producción de la angiotensina I del angiotensinógeno.


-Encefalina. ORIGEN: Riñón (células cromafines). EFECTO: Regula el dolor.


HORMONAS LIPÍDICAS.- Su naturaleza lipofílica les permite atravesar la bi-capa lipídica de las membranas celulares. Sus receptores específicos se localizan en el Citosol o en el Núcle de las células diana.

-Cortisol. ORIGEN: Glándulas suprarrenales (células fasciculares y reticulares). EFECTO: Estimula la gluconeogénesis. Inhibe la captación de Glucosa en el músculo y en el tejido adiposo. Moviliza los Aminoácidos de los tejidos extrahepáticos. Estimula la lipólisis en el tejido adiposo. Efectos antiinflamatorios e inmunodepresivos.


-Aldosterona. ORIGEN: Corteza adrenal (células glomerulares). EFECTOS: Estimula la reabsorción de sodio y la secreción de potasio e iones hidrógeno en el riñón, lo que hace aumentar el volumen sanguíneo.

NOTA: Obviamente, si vemos los efectos, anulando los mismos o disminuyéndolo, conseguiremos el efecto contrario, que es lo que sucede en la práctica farmacológica.

NEUROTRANSMISORES:

-Acetilcolina.
-Dopamina.
-Serotonina.
-Noradrenalina.
-Ácido y-aminobutírico (GABA).
-Glicina.
-Glutamato.

ACETILCOLINA (ACh o ACo).- Es un neurotransmisor. Está ampliamente distribuida en el Sistema Nervioso Central y periférico. Su función, al igual que otros neurotransmisores, es mediar en la actividad sináptica del sistema nervioso.

METABOLISMO Y EFECTO.- Es sintetizada a partir de Colina y Acetil CoA, derivados del metabolismo de la glucosa a través de la enzima Colina acetiltransferasa. Cuando se une a los muchos receptores de acetilcolina de las fibras musculares, las estimula para contraerse. En el cerebro tiende a causar acciones excitatorias. Las glándulas que reciben impulsos de la parte parasimpática del Sistema Nervioso Autónomo se estimulan de la misma forma. Por eso un incremento de acetilcolina causa una reducción de la frecuencia cardíaca y un incremento de la producción de saliva.

AGONISTAS y ANTAGONISTAS.- La botulina actúa evitando la liberación de acetilcolina. La nicotina, al igual que la muscarina, es una sustancia colinérgica que actúa incrementando la actividad de ciertos receptores de acetilcolina. Por el contrario, la atropina y la escopolamina actúan bloqueando dichos receptores. Éstos son agentes anticolinérgicos. La HISTAMINA actúa disminuyendo la acción de la acetilcolina, entonces tomando antihistamínicos estamos reduciendo su acción con lo que mejoraría algunas enfermedades como las distonías que se caracterizan por una contracción continua de los músculos.



PROPIEDADES.- Sistema cardiovascular: vasodilatación, disminución de la frecuencia cardíaca (efecto cronotrópico negativo), disminución de la velocidad de conducción del nodo Sino-Auricular y Auriculo-Ventricular y una disminución en la fuerza de contracción cardíaca (efecto inotrópico negativo).


Tracto gastrointestinal: provoca contracción del mismo. Estos efectos pueden producir náusea, vómito y diarrea.

ATROPINA.- Es un fármaco anticolinérgico extraído de la belladona y otras plantas de la familia Solanaceae. Es un alcaloide, producto del metabolismo secundario de estas plantas, y se ocupa como medicamento con una amplia variedad de efectos. Es un ANTAGONISTA competitivo del receptor muscarínico de acetilcolina, conteniendo en su estructura química grupos entéricos y básicos en la misma proporción que la acetilcolina pero en lugar de tener un grupo acetilo, posee un grupo aromático voluminoso. Se emplea en medicina para disminuir los efectos muscarínicos de los inhibidores de la acetilcolinesterasa, para premedicación preanestésica y para el tratamiento de la bradicardia. También se utiliza para disminuir la motilidad gastrointestinal y como midriático. Hasta hace poco se utilizaba para el manejo de las asistolias (Guias ACLS año 2010).

... continuará en catecolamina: III.

PERO, ¿QUIÉNES NOS GOBIERNAN?


Desde el mismísimo Ministerio de Sanidad se nos dicen que en la Profesión de Enfermero existen dos "categorías", las de Enfermeras-os Diplomados y/o Graduados  y Enfermeras/os Especialista ¿Cómo es posible que se pueda escribir ésto y se quedan tan "anchos"?. Simplemente, ¡de vergüenza!

LA LEY ES LA LEY, ¿O NO?

Pues si la Ley es la Ley, la única y específica norma aplicables´sólo "habla" de categorías a la hora de "crearlas, modificarlas o suprimirlas. Pero, ¿qué es eso de "categorías"?

Dice la Ley que en el ámbito de cada servicio de salud se establecerán, modificarán o suprimirán las categorías de personal estatutario, que tendrán que comunicar al Ministerio, a fin de proceder, en caso de que se produjera, para su homologación. Y todo ello a fin de garantizar la "movilidad" en términos de igualdad efectiva, con carácter previo a la homologación de las distintas "categorías funcionales". Pero es que no existen "categorías" en el Estatuto Marco. Se emplea ese término de "categoría" en lugar de utilizar el de Grupo, o, en su caso, Cuerpo, Escala o subescala. Y lo dice el propio Estatuto al clasificar al personal que lo hace en cinco Grupos, que articula en Cuerpos; y dentro de esos Cuerpos ha creado "subgrupos".

¿QUÉ DICE EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO A ESTOS EFECTOS?

Pues, ¡sencillo! Habla de Cuerpos y Escalas y, en su caso, especialidades u otros sistemas que incorporen competencias, capacidades y conocimientos comunes acreditados a través de un proceso selectivo. Pero la interpretación de esta lectura debe hacerse en sus propios términos, en relación con esos Cuerpos y Escalas. Y, en todos los casos, si la pretensión es crear, modificar y suprimir algunos de esos Cuerpos, Escalas o Especialidad, debe hacer con rango de Ley. Y la Ley que dice esto es de Abril del año 2.007.

¿Qué hizo la Consejería de Sanidad del anterior Gobierno? ¡Sencillo!. Publicó una simple orden, de 4/12/2009, por la que se crearon las "categorías" estatutarias de Enfermero Especialista de Salud Mental y Enfermero Especialista del Trabajo, en el ámbito de las Instituciones Sanitarias del SES, y se modificó la denominación de las categorías estatutarias de ATS/DUE y de Matrón.
¡Y dale con lo de "categorías"!. Estamos hablando del mes de diciembre del año 2.009, cuando ya se conocía lo que se dispuso en el citado Estatuto Básico del Empleado Público, que es de Abril de 2.007. ¡Es la Ley! ¿Se cumple? ¡No!

Es el propio Ministerio el que "reconoce" que de las siete Especialidades Enfermeras previstas en el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería, tan solo los especialistas de Enfermería Obstétrico-Ginecológica (matrona) y los de Enfermería del Trabajo ocupan puestos de trabajo con esta categoría profesional. Y que la categoría profesional de especialista en Enfermería de Salud Mental existe en siete comunidades autónomas y para las otras tres especialidades desarrolladas hasta el momento, Enfermería Geriátrica, Enfermería Pediátrica y Enfermería Familiar y Comunitaria, todavía no existe una categoría específica de puestos de trabajo.

ES DECIR, QUE NO PUEDE EXISTIR MOVILIDAD PARA ESTAS ESPECIALIDADES.

Si en todo los servicios de salud no existen esos puestos de trabajo de Enfermería en Salud Mental y del Trabajo, obviamente, esos Enfermeros especialistas no tienen "derecho" a traslado, puesto que en los once servicios regionales de salud carecen de esas cosas que llaman ilegalmente "categorías".

PERO, ¿CÓMO SE LE OCURRE DECIR AL MINISTERIO QUE EXISTEN DOS CATEGORÍAS?

Dice el Ministerio que existen dos "categorías", y habla del Enfermero generalista y del Enfermero Especialista en Obstetricia-Ginecología. La Profesión, personas del Ministerio de Sanidad, es única. Luego, no puede haber "categorías". Las categorías se corresponden, en su caso, con los "grados" obtenidos, que son retribuidos. ¡Por cierto!, ¿a cambio de qué?

El Estatuto Marco habla de Personal estatutario sanitario, que es quien ostenta esta condición en virtud de nombramiento expedido para el EJERCICIO de una PROFESIÓN o ESPECIALIDAD SANITARIA; y ello lo hace atendiendo al nivel del "título" exigido para el ingreso, diciendo que existen "Licenciados con título de especialista en Ciencias de la Salud y Licenciados sanitarios; y Diplomados con título de Especialista en Ciencias de la Salud y Diplomados Sanitarios".



Ante este "batiburillo" de cosas es normal las barbaries que se comenten por los servicios de salud. El Estatuto debió "estirarse" un poco más y hablar en los términos que lo hizo la anterior Ley de Ordenación de las Profesiones; y, en su caso, ese Estatuto Marco debió corregir lo que se decía en la misma, puesto que habla de Médico para luego "estropearlo" hablando de "título universitario"; o habla de Enfermero que también estropea hablando de título. Y ahora sucede lo que todos sabemos, que han cambiado los nombres a los títulos académicos, unificando esos nombres, de Licencia y Diplomado, por el de "grado".

¡VAMOS A VER SI NOS ACLARAMOS!

En principio, iba bien el Estatuto Marco, hablando de "ejercicio" de la Profesión, pero "metió la pata" a la hora de hablar de "especialidad" sanitaria. Y la metedura de pata comenzó con la redacción del artículo 2º de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. Dijo aquella Ley que "de conformidad con el artículo 36 de la Constitución, y a los efectos de esta Ley, son "Profesiones" sanitarias, tituladas y reguladas, aquellas CUYA FORMACIÓN pre-graduada o ESPECIALIZADA ... Aquí, como decimos, comenzó la barbarie.

Y comenzó la barbarie porque la Especialidad no es "Profesión". Y no es Profesión porque el artículo 36 de la Constitución habla de "Profesiones tituladas"; y la Especialidad no es profesión, por el simple motivo de no requerir TÍTULO UNIVERSITARIO. Pero no lo decimos nosotros, es la propia Ley la que dice -contrariamente a lo que se dijo en ese artículo 2º-, que la posesión del TÍTULO DE ESPECIALISTA será necesario para utilizar de modo expreso la "DENOMINACIÓN" de especialista, para ejercer la Profesión con tal carácter y para OCUPAR puestos de trabajo con tal denominación.

Y el "título de Especialista" es un título de carácter laboral que no se expide por el Rector en nombre del Rey. El título de Especialista se expide por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Luego, no ampara el ejercicio de una Profesión, sino el ejercicio especializado de una misma Profesión, ya de Médico, ya de Enfermero.

Por tanto, la categoría, en su caso, es la de Médico o Enfermero; y la Especialidad es una "modalidad" de ese ejercicio de la Profesión, que es única. No existen, por tanto, 48 "Profesiones" médicas, ni existen 8 "Profesiones" Enfermero, una como generalista y siete como especializada.

LOS "GESTORES" Y ADMINISTRADORES DEL SISTEMA NO SABEN POR DONDE SE ANDAN.

Habrán oído hablar de "modalidades" de prestación de servicio. Pero esas modalidades se corresponderían, a día de hoy, con alguna de las Especialidades desarrolladas y, en todo caso, por otras pendientes de desarrollo, como la de Urgencias.

Sin embargo, las comunidades autónomas están creando "categorías" inexistentes, como sucede en Extremadura, que ha añadido, como categorías Enfermería de Salud Mental y Enfermería del Trabajo, que son dos de las Especialidades para Enfermería; como si se tratara de Profesiones diferentes, cuando ese tipo de prestación de servicio no es otra cosa que una "modalidad". Pero es que también llaman "categorías" a la prestación de servicio en la modalidad de Atención Continuada; y peor aún, ha singularizado puestos como "cuidados paliativos" o "del dolor", convocado de esa forma ¿A qué juega la Consejería de Salud de Extremadura?. ¡Y qué decir de esos otros puestos de trabajo que no aparecen en el Diario oficial de Extremadura!

En resumen: el Sistema Nacional de Salud, o lo que es igual, los 18 servicios de salud -incluyendo al Ingesa- tienen que "aclararse", aunque para lo que quieren lo deben tener claro, porque para la Profesión de Médico sí saben convocar las Plazas por Especialidades. Otra cosa será el concreto puesto de trabajo que van a desempeñar, porque, si se quiere, cualquier especialidad se puede "desdoblar" en concretos puestos de trabajo, ¡y no pasa nada!.

Sin embargo, en lo que nos toca a nosotros, se convocan puestos de trabajo para concreta actividad, sin que puedan exigir titulación "oficial" al respecto, entre otros motivos porque no existe. Y esos puestos no pueden ser otra cosa que alguna de las siete especialidades previstas en el Real Decreto.

La Profesión Enfermero necesita, exige, que determinados puestos de trabajo, hasta tanto se desarrollen las Especialidades, sean provistos conforme a esas cosas que se dicen de "calidad, excelencia, garantías" y otras tantas expresiones o términos, porque se quedan ahí; y máxime si hablan de que existen personas que ostentan cargo referido a esos términos.

¿Qué calidad, excelencia, garantías o cualquier otro término que quieran decir se da al usuario cuando existen puestos de trabajo "especializados" a los que se adscribe a cualquier Enfermero, incluso recién adscrito al SES?.

EL SES ESTÁ SIENDO DIRIGIDO POR PERSONAL QUE MANTIENE LAS FORMAS ANTERIORES, CON LO CUAL LA DESMOTIVACIÓN Y EL CAOS ESTÁN SERVIDOS: MANTIENE LOS MISMOS VICIOS

lunes, 27 de febrero de 2012

CATECOLAMINAS: I

¿QUÉ SON LAS CATECOLAMINAS?

Tambien se las conoce como NEURO-HORMONAS o AMINO-HORMONAS.

Son transmisores que se vierten al TORRENTE SANGUÍNEO (en lugar de las HENDIDURAS SINÁPTICAS, como corresponde normalmente a los neurotransmisores).

GRUPO:

- Adrenalina;
- Nor-adrenalina; y
- Dopamina.

Se sintitizan a partir del AMINOÁCIDO TIROSINA. Contienen un grupo CATECOL y un grupo AMINO.

Las catecolaminas son PRODUCIDAS en las GLÁNDULAS suprarrenales, ejerciendo una FUNCIÓN HORMONAL, o en las TERMINACIONES NERVIOSAS, por lo que se consideran NEUROTRANSMISORES.

El precursor de todas ellos es la TIROSINA, que se usa como fuente en las neuronas catecolaminérgicas (productoras de catecolaminas). Están asociadas al estrés y la obesidad.

TIROSINA.- Es uno de los 20 AMINOÁCIDOS que forman las proteínas. No es esencial en los mamíferos ya que su SÍNTESIS se produce a partir de la hidroxilación de otro aminoácido: la FENILALANINA. Esto se considera así siempre y cuando la dieta de los mamíferos contenga un aporte adecuado de fenilalanina. Por tanto el aminoácido fenilalanina sí que es esencial.

Se llama así, tirosina, porque proviene del grego "tyros", que significa QUESO. Fue descubierto por un químico Alemán, Justus Von Liebig, a partir de la proteína CASEÍNA, que se encuentra en el QUESO.

TIROSINA COMO PRECURSOR.

Los AMINOÁCIDOS son las unidades a partir de las cuales se obtienen péptidos y proteínas. Pero además actúan como PRECURSORES de muchas otras moléculas más pequeñas, que desempeñan funciones biológicas importantes y muy variadas. En el caso de la tirosina, se trata de un PRECURSOR de las HORMONAS TIROIDEAS, de las CATECOLAMINAS (la adrenalina, la dopamina, la noradrenalina) y de la MELANINA.

Una parte del acetoacetato y del fumarato metabolizado a partir de tirosina que no se ha utilizado para la síntesis de proteínas SE UTILIZA PARA OBTENER catecolaminas mediante las etapas siguientes:

1) HIDROXILACIÓN de la tirosina a partir de una enzima llamada tirosina hidroxilasa, la cual también precisa la biopterina como cofactor. Se obtiene dihidroxifenilalanina, más conocida como DOPA.
2) Descarboxilación de la DOPA mediante la DOPA-descarboxilasa, dando lugar a DOPAMINA (un neurotransmisor).
3) En la médula suprarrenal se convierte la dopamina en NORADRENALINA mediante una reacción de hidroxilación donde actúa la dopamina β-hidroxilasa.
4) También en la médula suprarrenal se convierte la noradrenalina en ADRENALINA.

Las catecolaminas son conocidas por su REGULACIÓN EN LOS ESTADOS DE ÁNIMO. Se ha observado que en NIVELES BAJOS de catecolaminas las personas tienden a sufrir ansiedad y depresión. Por el CONTRARIO, con niveles altos produce EUFORIA. Y hacemos este comentario por la aplicación terapéutica de estos NEUROTRANSMISORES en determinados cuadros de "fallo" hemodinámicos, en relación con el comportamiento de la persona atendida.

... continuará ...

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS

Consulta: DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS.
Consultante: Enfermero.

Hay que partir de unas PREMISAS:

1) La responsabilidad de los “cuidados” es de la Profesión Enfermero (artículo 7º.1.2,a) de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS).

2) La Auxiliar de Enfermería no es Profesión. Estamos hablando de una “profesión” que requiere titulación de formación profesional (artículo 3º de la LOPS, citada).

3) Sólo las Profesiones que exigen título universitario son consideradas como tales (artículo 2º de la mentada LOPS).

4) La fuente para diferenciar a las “Profesiones tituladas” de otras está en el artículo 36 de la Constitución Española. Estamos hablando de Profesiones Sanitarias, tituladas y reguladas, además de colegiadas.

5) La Ley que desarrolla a ese artículo 36 de la Constitución ha sido, entre otras, la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS).

¿QUÉ DICE LA LEY?

“Los Técnicos superiores y Técnicos a los que se refiere este artículo ejercerán su actividad profesional sanitaria de acuerdo con las normas reguladoras de la formación profesional, de sus distintos niveles formativos y de su concreta titulación, en el marco del respeto a la competencia profesional, responsabilidad y autonomía propias de las profesiones sanitarias contempladas en los artículos 6º y 7º de esta Ley”.

¿Están las Auxiliares de Enfermería dentro de esos dos artículos? No. Luego, no es “Profesión Sanitaria, titulada, regulada y colegiada”.

SÓLO LAS PROFESIONES SANITARIAS, TITULADAS, REGULADAS Y COLEGIADAS GOZAN DE PLENA AUTONOMÍA TÉCNICA Y CIENTÍFICA.

“El ejercicio de las profesiones sanitarias se llevará a cabo con plena autonomía técnica y científica, sin más limitaciones que las establecidas en esta Ley y por los demás principios y valores contenidos en el ordenamiento jurídico y deontológico, …” (artículo 4.7, LOPS).

La Enfermera/o nunca deberá delegar en cualquier otro miembro del equipo de salud, funciones que le son propias y para las cuales no están los demás debidamente capacitados. Esto es lo que determina el artículo 59 del Código de la Profesión Enfermera.

Dentro de un equipo de profesionales, será posible la delegación de actuaciones, siempre y cuando estén previamente establecidas dentro del equipo las condiciones conforme a las cuales dicha delegación o distribución de actuaciones pueda producirse (artículo 9.4, LOPS).

No obstante, la primera condición necesaria para la delegación de actividades es la capacidad para realizarlo por parte de quien recibe la delegación, capacidad que deberá ser objetivable, siempre que fuere posible, con la oportuna acreditación (artículo 9.4, segundo párrafo, LOPS).

RESUMEN:

Es evidente que a la Auxiliar de Enfermería se le presume “capacidad” suficiente para realizar la tarea encomendada. El único problema estará en la complejidad de la misma, porque, en todos los casos, será el Enfermero quien “responda” de la actuación delegada.

Si ponemos un ejemplo, como puede ser la “higiene” de personas que están siendo ventiladas mecánicamente y el paciente sufre algún problema que ponga en peligro la vida, deberá responder el Enfermero.

Por tanto, es la Profesión Enfermero la que decide cuándo y en qué casos es posible “delegar” la actividad de “cuidar”.

La Ley nos dice que la Profesión Enfermero es la responsable de dirigir, evaluar y prestar los Cuidados. Así, comienza el artículo 7º de la citada Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias: “Corresponde, en general, a los Diplomados sanitarios, dentro del ámbito de actuación para que les faculta su correspondiente título, la prestación personal de los cuidados o los servicios propios de su competencia profesional en las distintas fases del proceso de atención de salud, sin menoscabo de la competencia, responsabilidad y autonomía propias de los distintos profesionales que intervienen en tal proceso”.

Y dentro del proceso asistencial, como unidad básica, existen la Profesión de Médico y la Profesión de Enfermero.

En relación con la pregunta, referida a la “delegación de competencias en la Auxiliar de Enfermería, o podemos hablar de “equipo” interdisciplinario, porque ello sólo se puede producir entre Profesiones Sanitaria iguales. Tampoco podemos referirlo a equipo “multidisciplinario”, porque estamos hablando de “Profesiones Sanitarias, tituladas, reguladas y colegiadas” (artículo 2º de la LOPS) y “profesionales del área de salud de formación profesional” (artículo 3º de la LOPS).

Y, por otra parte, tampoco podemos hablar de “jerarquía”, puesto que ello sólo está establecido para la Profesión de Médico, donde están previstas las Adjuntías, las Jefaturas de Sección y la de Servicio. Allí sólo se puede producir esa jerarquía de la que habla la Ley.

CONSECUENCIA:

Si la Auxiliar de Enfermería no es “Profesión Sanitaria”, cualquier cosa que haga sobre los usuarios pacientes tiene que tener una orden, una indicación, una prescripción, implícita o explícita, lo que significa que debe ser “supervisada”. En este supuesto, no es posible hablar de “protocolo”, puesto que ello supone plena autonomía técnica y “científica”, que no se predica para una actividad “auxiliar”, más o menos cualificada.

NOTA: se trata de un problema de “conceptos”. Se habla de “profesiones”, en sentido amplio del término (artículo 35 de la Constitución Española); y olvidamos con excesiva frecuencia que nos referimos a “Profesiones tituladas”, de las que prevé el artículo 36 de la Constitución Española, que son un “tipo” especial de “Profesiones”.

domingo, 26 de febrero de 2012

ONDAS DEL ELECTROCARDIOGRAMA

ONDAS ELECTROCARDIOGRÁFICAS.-




 El ELECTROCARDIOGRAMA (ECG/EKG, del alemán Elektrokardiogramm) es la REPRESENTACIÓN gráfica de la actividad eléctrica del CORAZÓN, que se obtiene con un electrocardiógrafo en forma de cinta continua. Es el instrumento principal de la electrofisiología cardíaca y tiene una FUNCIÓN RELEVANTE en el cribado y diagnóstico de las ENFERMEDADES CARDIO-VASCULARES, alteraciones metabólicas y la predisposición a una muerte súbita de origen cardíaco. También es útil para saber la duración del CICLO CARDÍACO.

Imagen de un ciclo cardíaco visto en la Derivación "DI" de un ECG
Ya hemos hablado del POTENCIAL DE ACCIÓN.- Y volveremos una y otra vez, porque sólo comprendiendo esas fases podremos ser capaces de "saber" que está "pasando" en el Corazón.

En las cuatro imágenes del Corazón con sus CUATRO cavidades: dos Aurículas, izquierda y derecha; y dos Ventrículos, izquierdo y derecho, coloreado en color amarillo, vemos cómo se produce la estimulación y despolarización de la estructura del Corazón, para que hemodinámicamente resulte efectivo.

Para entender "todo" sobre electrocardigrafía tenemos que imaginarnos a un Corazón dentro de una circunferencia, con 360 grados. De esos grados, la mitad son "negativos" (-180) y la otra mitad "positivos" (+180). Comienza la positividad en más/menos "0", cero grado, coincidente con la Derivación bi-polar "DI", que es el electrodo que colocamos en el miembro superior izquierdo, el cual recoge la "diferecia" de potencial entre el miembro superior derecho (que coincidiría con más/menos 180 grados de esa circunferencia, y el izquierdo (más/menos "0").


Una aclaración: las ondas del Electrocardiograma (ECG) se citan en minúsculas o mayúsculas, dependiendo del tamaño de la onda, comparativamente con otras. Así, si se escribe "r" estamos indicando que el potencial es "pequeño"; mientras que si escribimos "R" estamos indicando que la onda es "grande"; siempre, insistimos, comparativamente. También queremos llamar la atención que, en ocasiones, es fácil que no encontremos todas las "deflexiones" en un ECG, y tiene su por qué.

Otra aclaración: siempre que se analice un trazo, un ciclo cardíaco, estamos "viendo" al Corazón desde abajo, con la Derivación bi-polar DII (+60 grados)

Segunda aclaración: un ECG hay que analizarlo dentro del contexto de cada persona, ya que la edad y otras condiciones medio ambientales y patólogicas hay que tenerlas en cuenta. El ECG arroja unas "imágenes", con sus ondas,  pero ello no significa "todo". La clínica continúa siendo el principal dato para evidenciar si nos encontramos ante un "ataque" agudo al Corazón, que lo sufre.

 
En las cuatro imágenes vemos las cuatro cavidades




En amarillo, el Nódulo Sinusal, situado en el techo de la Aurícula derecha. Ahí comienza el estímulo y despolarización, primera imagen de las cuatro expuestas, recorre las dos Aurículas, la derecha y la izquierda, y una vez hecho ese recorrido entra en el Nódulo Aurículo-Ventricular. No vemos en el Electrocardiograma (ECG) lo que sucede dentro de ese Nódulo Aurículo-Ventricular. Ya tenemos la primera deflexión positiva, que conocemos como onda "P". Las dos Aurículas han sido estimuladas y teóricamente se han contraído, al objeto de inyectar la sangre contenida en esas dos cavidades auriculares en los Ventrículos: la Aurícula derecha en el Ventrículo derecho, y la Aurícula izquierda en el Ventrículo izquierdo. O lo que es igual, sangre que va a los Pulmones y sangre que va al territorio sistémico o circulación mayor.

Esta es la primera fase para saber si se está produciendo una "inyección" de sangre de las Aurículas a los Ventrículos. De lo contrario, "mal" comienza un ciclo vital. Estamos hablando, indirectamente, de que cualquier tipo de "arritmias" a ese nivel, lo que se llama "supraventricular", nos debe hacer suponer un anormal funcionamiento hemodináico.

Hacemos la advertencia de que la Aurícula derecha tiene una "presentación" anterior, detrás del Esternón, respecto de la Aurícula izquierda, que es posterior, junto a parte del Esófago.


Derivación DII.Inmadiatamente después de esa onda "P" se ve un pequeño intervalo, una pequeña línea isoeléctrica, que coincide con el "paso" de aquel estímulo por el Nódo Aurículo-Ventricular al que antes nos referimos, que finaliza cuando aparece la primera deflexión negativa, u onda "q", que es el resultado de estimular y despolarizar al Haz de His y su primera y pequeña "rama", lo que se conoce como Vector 1) -de los cuatro que veremos-, para estimular y despolarizar al "tabique" o "septo" interventricular. Obviamente, ese Vector 1) "mira" hacia la ingle o fosa ilíaca derecha. De ahí que en el ECG veamos esa onda pequeñita, la "q", negativa, porque se aleja de la Derivación DII (+60 grados); sin embargo, veremos esa misma onda pequeñita pero con deflexión positiva en la Derivación DIII (+120 grados)

 Ya tenemos lo que se conoce como "despolarización" Auricular; es decir, el estímulo eléctrico ha recorrido las dos Aurículas y ha entrado en el Nódulo Aurículo-Ventricular; de ahí baja por el Haz de His y estimula y despolariza al tabique interventricular o septo.

A partir de ahí comienza el estímulo y despolarización de los dos Ventrículos, el derecho y el izquierdo, que coincide con el Vector 2). Este Vector 2) "mira" al miembro inferior izquierdo. Situado en esa "circunferencia", coincide con +60 grados. O dicho en otros términos: ese Vector apunta al pié izquierdo. Es el resultado del estímulo y despolarización de "toda" la masa Ventricular, derecha e izquierda; el resultado de todos los vectores que se despolarizan consecuentemente. Se indentifica en el ECG como la deflexión a la que se le asigna la letra "R", que es la siguiente a aquella onda "q" responsable de la despolarización interventricular o Vector 1). La vemos en la Derivación DII del ECG, que coincide con aquellos +60 grados de la circunferencia.

Posteriormente, se estimula y despolariza la parte más "basal" de los dos Ventrículos y la parte superior de aquel tabique interventricular; coincide con el Vector 3). En el ECG se correspondería la imagen con esa onda "r", pequeñita, que vemos en la Derivación unipolar aVR.

Ya tenemos la estimulación y despolarización de las Aurículas y de los Ventrículos. Así que nos quedará por "traducir" la onda "T" del ECG, que se refiere a la "repolarización", o vuelta a la "normalidad" de las células de los dos Ventrículos. Una observación. Nos preguntaremos por la "imagen" de "repolarización" de las dos Aurículas, pero tenemos que decir que no la vamos a ver; no es nada fácil; son elucubraciones que se hacen si vemos que aquel pequeño intervalo en línea horizontal entre el final de la onda "P" y el comienzo de la onda "q" está "desnivelado".

ONDA "T".-

La onda T representa la REPOLARIZACIÓN de los Ventrículos. Durante la formación del complejo QRS, generalmente también ocurre la repolarización auricular que no se registra en el ECG normal, ya que es tapado por el complejo QRS. Eléctricamente, las células del músculo cardíaco son como muelles cargados; un pequeño impulso las dispara, despolarizan y se contraen. La recarga del muelle es la repolarización (también llamada Potencial de Acción).

En la mayoría de las derivaciones, la onda "T" es positiva. La onda "T" negativa puede ser síntoma de enfermedad, aunque una onda T invertida es normal en aVR y a veces en V1 (V2-V3 en personas de etnia negra). El segmento ST conecta con el complejo QRS y la onda T. Puede estar reducido en la isquemia y elevado en la LESIÓN del miocardio. Ese espacio se corresponde con el final del complejo "QRS" hasta que comienza la imagen de la onda "T". La onda "T", como se dice, es la que nos indica que los Ventrículos se han "repolarizados" correctamente, y para ello precisan que la arteria le lleve los nutrientes necesarios. Aquí hablamos de "iones", en concreto del ión Potasio (K+), que es el más presente "dentro" de la celula. Si esa célula no se "repolariza" convenientemente, habrá que pensar que la arteria no ha cumplido su misión o que en el medio no existe la sufuciente cantidad de ese Ión Potasio. Y si la célula no se repolaria convenientemente lo más normal será que este "excitable", irritable, porque no se ha cumplido esa misión, la de estabilizar a la célula. Y si la célula no está estable será objeto de arritmias.

La onda "T" tiene una deflexión postiva, en condiciones de repolarización normal, con una primera rama ascendente, un punto máximo y otra rama descendente. No se trata de una "imagen" en "tienda de campaña", simétrica; más bien todo lo contrario. Y decimos que la onda "T" es positiva porque la repolarización comienza en la parte más distal de las paredes de los Ventrículos. Es cierto que las primeras céluas en estimularse y despolarizarse son las que están en el "endocardio", por lo que deberían ser las primeras en repolarizarse; pero hemos de tener en cuenta que esa cavidad, la de los Ventrículos, está sometida a cierto grado de "tensión", lo que hace que primero se repolaricen las más periféricas, las zonas que conocemos como "epicardio".

Cinco letras: "p", "q", "R", "s" y "t" son las letras del ECG; no obstante, podemos tener ciertas dudas cuando inmediatamente después de la onda "t" puede aparece otra letra, la "u", de origen o fuente desconocida, aunque se suele achacar a la repolarización de los "pilares" donde se insertan las válvulas Tricuspídea (entre la Aurícula derecha y el Ventrículo derecho) y la válvula Mitral, entre la Aurícula izquierda y el Ventrículo izquierdo.

LAS TRES PRIMERAS DERIVACIONES.-

Conocidas como derivaciones DI, DII y DIII, son "bi-polares"; son dos electrodos con los que se registran. DI recoge la diferencia de potencial entre el miembro superior derecho y el miembro superior izquierdo: lo identificamos con más/menos "0" grado de aquella circunferencia. DII nos traduce la diferencia de potencial entre el potencial que recogemos en el miembro superior izquierdo y el miembro inferior izquierdo: lo identificamos con 60 grados de esa circunferencia. Y la DIII recoge la diferencial de potencial entre el miembro superior derecho y el miembro inferior izquierdo: la identificamos como más 120 grados de esa circunferencia.

LAS TRES SEGUNDAS DERIVACIONES.-

Hablamos de las derivaciones aVR, aVL y aVF. Electricamente se corresponden con -30 grados, en la Derivación aVL, que registramos con el electrodo colocado en el miembro superior izquierdo, electrodo amarillo. aVF, +90 grados de la circunferencia, que registramos con el electro de color verde. Y -150 grados de la circunferencia, que también registramos con el electrodo colocado en el miembro superior derecho, de color rojo. El cuarto electrodo, de color negro, es neutro.

Estas seis derivaciones (tres bi-polares y tres unipolares) son las referidas al plano frontal. Las otas seis, de V1 a V6, las tenemos que imaginar en un plano sagital respecto del Corazón. Se colocan en el cuarto espacio intercostal para-esternal derecho el electrodo V1; V2 en el mismo espacio intercostal pero en el lado izquierdo del Esternón; V4 se coloca en el quinto espacio intercostal izquierdo, línea media clavicular. V3 debemos situarlo entre V2 y V4. Posteriormente colocaremos V5, que se corresponde con la línea axilar anterior. Y, por último, V6 en la línea media axilar en ese mismo espacio intercostal.