viernes, 25 de julio de 2008

JUNIOR & SENIOR.

El día 19 de julio de este año, se ha publicado una Orden Ministerial por la que se establecen los requisitos que deberán reunir los nuevos títulos de Grado en Enfermería, que se estructuran en cuatro años y 240 créditos. Lo de la duración de los cuatro años nos viene impuesto no tanto por la nueva Directiva del año 2005/36/CE, que sustituye a las anteriores 77/452/CEE y 77/453/CEE así como a aquellas otras que las modificaron parcialmente, sino por ese “acuerdo” de Bolonia; y en cuanto al número de horas (que así es como lo contemplan las anteriores y la actual Directiva) tanto una como otra se mantienen en las 4600 horas, que si queremos traducirlas a créditos reales -como así lo entendió aquel Real Decreto del año 1987-, son 460 créditos. Pero, ¡claro!, estas son muchas horas, con el consiguiente gasto en profesorado, que, al parecer, cuando se trata de los estudios de Enfermería, no nos podemos permitir, pero sí es posible para los estudios de medicina, para los que, además de mantener las 5500 horas, consiguen que las especialidades tengan una duración de entre cuatro y cinco años.

Cómo “vende” cada uno lo que quiere: pues depende, sobre todo, de los medios para llegar a los colectivos afectados, como también influye la necesidad de cada cual de creerse lo que lee. Reconociendo que es laborioso tener opinión propia a partir de los datos, porque son muchos y variados, sin embargo, dos personas sí se atreven -porque las instituciones está claro que no funcionan-, se pronuncian en la forma que lo hacen.
Por un lado, la persona que ocupa la Presidencia del Consejo General de Colegios Enfermeros, que silencia el contenido de la nueva Directiva de 2005, la cual no recoge específicamente la formación del Enfermero especialista; sin embargo, cuando se trata de la medicina la citada Directiva le dedica más artículos que a los estudios básicos. ¿Por qué sera?. Y, por otro, el Directos de la Escuela de Enfermería de Cáceres, motivando a las entidades gestoras de la asistencia sanitaria para que, violando la legislación vigente –incluida la Constitución- produzcan “contratos” de trabajo inexistente, alegando que esto sucede en Estados Unidos y Portugal, Países que, por cierto, se parecen el uno al otro como “un huevo a una castaña”. Comenzamos por las declaración del Presidente del Consejo General, vendiéndonos, como siempre, la “mula vieja como nueva”, y terminamos con las declaraciones del Director de la Escuela de Enfermería y Terapia Ocupacional de Cáceres.

Respecto a la persona que ocupa el cargo de Presidente, publica a través de esa empresa publicitaria, Enfermundi, bajo el título de “diario Enfermero”, que: “el nuevo Grado de Enfermería y las competencias establecidas para los nuevos enfermeros son fruto de una intensa colaboración entre los Ministerios de Sanidad y Ciencia e Innovación (anteriormente de Educación) con la Organización Colegial de Enfermería de España y la Conferencia Nacional de Directores de Escuelas de Enfermería. El alto índice de profesionalidad de los participantes, así como el diálogo y entendimiento entre todos ellos ha hecho posible que España tenga a partir de ahora el plan de estudios de Enfermería más avanzado del mundo”.

Falso; rotundamente falso, puesto que ni el primer plan de estudio de 1990 ni su modificación en el año 1994 –aumentando el número de horas a un mínimo de 3.900-, ni, presumiblemente, el que ahora se establezca para los “nuevos” graduados, con base en esa Orden Ministerial de 19-7-2008, cumple las previsiones de aquella Directiva Comunitaria del año 1977 ni lo recogido en la nueva Directiva 2005/36/CE. Por tanto, se falsea la realidad, como se falsea también cuando dice que esto sucede como consecuencia de una intensa colaboración entre los Ministerios con la Organización Colegial; y es falso porque la colaboración con la organización colegial se traduce en la exclusiva presencia del Presidente, que en su vida ha tenido experiencia de clase alguna, y no tiene ni pijotera idea, porque peor sería saber y, encima, pronunciarse al respecto en la forma que lo hace. Por poner un ejemplo de la “intensa” labor realizada, se dice, entre otras cosas, que esto es producto de la denuncia producida contra el Reino de España, silenciando que esa denuncia fue obra del Colegio de Enfermeros de Sevilla exclusivamente. El posible conocimiento que tenga el que ostenta la Presidencia del Consejo General ha sido la podología, que es a lo que se ha dedicado. ¡Por cierto!, que no aparece en la Directiva de 2005.

Por otro, tenemos al Director de la Escuela de Enfermería y Terapia Ocupacional de Cáceres, que ya el epígrafe del centro lo dice todo, expresando que se cree la figura del “junior” y la del “senior”. Dice así, el junior se incorpora con un contrato, pero bajo la tutela durante seis meses de un profesional veterano. Puede tener el inconveniente de que no puede cobrar lo mismo, habría que pensar en un ámbito de negociación con los Sindicatos para que una parte del salario menor del junio se incorporara a la retribución del señor”; ¡y se queda tan tranquilo!. Habrá pensado: ya que no somos capaces de implantar la formación especializada en el Sistema Nacional de Salud –o no nos interesa-, pues bajemos el nivel del Enfermero. Señor Director de la Escuela de Enfermería y ..., ¡que no, que está usted perdido!, como tantos otros que van de progre por la vida, que el “junio” y el “senior” hace mucho tiempo que “conviven” en el Sistema. El junio es ese Enfermero que coge lo que le dan, no percibe trienios, se le desplaza cada vez que se le antoja al de turno, y, encima, se lleva todas las culpas de lo que pasa; y el senior es ese otro que tiene puesto estable, percibe trienios, elige puesto de trabajo y otras tantas ventajas, como disfrutar de la “carrera profesional” y unos días extras de vacaciones.

La solución pasa por la especialización; pero esto no se quiere discutir, sencillamente porque afectaría muy negativamente a todo ese mundo que se dedica al negocio de los cursos para Enfermeros; y esto es tan cierto como que se ha creado en torno al Sistema lo que se conoce como “comisión de formación continuada”, peleándose para conseguir que un determinado curso sea acreditado; sí, acreditado, pero sólo y exclusivamente para puntuar en esa cosa que se conoce como “bolsa de trabajo”, que más que una bolsa parece un mercadillo.

El problema de todo esto es la credibilidad de quienes nos pronunciamos al respecto, cuando los afectados nos leen y no dan crédito a lo expuesto, y esa credibilidad se pierde, mejor expresado, hacemos que se pierda, sobre todo cuando se dice, por ejemplo, que esa propuesta del “contrato en práctica” “ya la ha trasladado al área de salud de Cáceres, que este verano ha incorporado a todos los nuevos diplomados en Enfermería de la Escuela para trabajar los tres meses de verano”, ¡y se queda tan tranquilo”. Si esto es cierto, se han quebrantado las normas vigente: la primera y fundamental por violación del principio de igualdad; y la segunda lo sería porque se habrían infringido las normas que rigen el régimen legal de nombramientos.
Nos guste o no, una persona con el título de Enfermero está habilitado para el ejercicio profesional de esa Profesión; y para esta Profesión, al igual que para la medicina, existe ese otro sistema formativo, que son las especialidades, que gozan de una legislación específica, al margen del Estatuto de los Trabajadores, que es de donde el señor Director de la Escuela de Enfermería de Cáceres ha debido “sacar” esa figura de “contrato en práctica”. Señor Directo de la Escuela de Enfermería, que el Estatuto Básico del Empleado Público tiene un solo añito y, al parecer, ya se lo ha cargado usted con esa propuesta al área de salud de Cáceres; pero no es usted el culpable, sino quien le hace caso. ¿Se ha planteado usted el grado de responsabilidad de ese Enfermero con contrato en práctica?; pues que sepa que es la misma responsabilidad que la de aquel que lleve diez años trabajando, por ejemplo. Mejor, no vuelva a dar más pistas que, a fuerza de ser demagogo, está forzando la violación de todo el ordenamiento jurídico.