jueves, 17 de julio de 2008

A LA SEÑORA MONTERO, CONSEJERA

Excma. Señora: su intención de "ampliar" las competencias profesionales de las Enfermeras es todo un alarde de buenas intenciones, al menos a los efectos de difundir su criterio respecto a ese personal que ya venía haciendo eso, y algo más. Resulta que cada uno opina de lo que sabe o conoce, y es posible que esa Comisión de la que se habla no sepa más allá de aquello que se propone escribir en un "Decreto". Es un problema de categoría personal profesional. No obstante, es cierto que de un tiempo a esta parte, las Enfermeras vienen restringiendo su campo de actividad profesional, pero sólo por un motivo: la persecución a las que nos tiene sometida la Organización Médica Colegial, la cual es consciente, asimismo, del interés que tiene nuestra cúpula colegial respepcto al ejercicio de las competencias profesionales.
Ya le recuerdo que la Enfermera es el profesional responsable de dirigir, evaluar y prestar la atención sanitaria que requiera cada usuario o paciente, concebido como "cuidados", frase que, por otra parte, se la intenta apropiar la medicina; léase cuando escriben "plan de cuidados". ¡Cómo que "plan de cuidados"!, ¿de cuándo un médico ha prestado cuidados?. Ya se lo decimos: de nunca, ni lo hará. Ya sabe: ese es el tratamiento y "me voy": si sucede algo avisaís. ¿quién está cuidando?. El problema, como decimos, es que si un paciente precisa, por ejemplo, de una sonda uretral, para evacuar la orina contenida o imposibilidad de retener, o, por qué no, para un más exacto control de la diuresis, viene el de turno, y como no ha sido idea suya, comienzan las amenazas con ¡no se que c... de tonterías y simpleces!, ¡y lo tenemos que soportar, porque inmediatamente te dice: "... y ahora bajo a dirección ...", así ya tienes "cangui" para todo el turno y lo que resta, además de echarte a templar cuando te enteras que esa "persona" está de guardia el día que te toca de turno. ¡Señora Consejera!, así no se puede trabajar. Porque, resulta, siguiendo el ejempleo anterior, que si a ese médico de turno se le hubiera ocurrido lo de la sonda -aunque no estuviera indicada- los demás a callar. Así, ya le digo, no se puede. Lo que procede es asumir que los servicios de salud, públicos o privados, han contratado los servicios de una Enfermera, y ésta tiene la obligación de comportarse como tal, sin tener que mirar "el careto" del médico de guardia de turno.
Y para esto que le decimos, ahí tiene al sampiterno vicesecretario de la OMC, que cada vez que V.E. habla, ya lo tiene con la crítica. Y es que, no nos engañemos, señora Consejera, estamos ante un sistema médico de salud, que tiene la potestad -según parece- de decidir lo bueno y lo malo de este mundo, ¡y así no se puede!. Y esto también lo saben aquellos "jefecillos" puestos por el médico de turno en determinadas direcciones y jefaturas de unidad de los distintos servicios, que son consciente de que si no hacen caso a lo que diga el médico, al día siguiente se les cesa.
La única solución sería que esos puestos fueran de libre convocatoria pública, permitiendo el acceso a todos aquellos que reunieran un determinado perfil, al tiempo de asegurarle la permanencia en el puesto durante un tiempo mínimo -obviamente, si no son objeto de infracción legal-. Y cuando decimos "libre convocatoría pública", no nos vaya a contestar que eso es lo que dice la Ley, porque una cosa es "predicar y otra bien distinta dar trigo".
Los Servicios de Salud, como empleadores de Profesionales, deberían atenerse a las consecuencias de que está contratando -nombrando- a determinadas categorías de Profesionales, a los que se les debería remitir a su organización colegial, para que ellas fueran las que les instruyeran sobre sus competencias profesionales respectiva; y sus dudas o enfrentamientos profesionales, debería ser derimidas en el seno de las propias organización profesionales, las cuales deberían responsabilizarse de lo ordenado.
Lo que no es de recibo es que las empresas empleadoras de los profesionales sanitarios se erijan en ordenadoras de la Profesión, porque, al fin y al cabo, los Servicios de Salud no son otra cosa que empleadores; distinto será la "protección a la salud", que es una competencias de las Administraciones Públicas, para lo que debería utirliza a "funcionarios" estricto sensu.
Señora Montero, ya le anticipamos que inmediantamente que apareza -si es que aparece- ese Decreto, no se preocupe porque al día siguiente ya lo tiene impugnado por todos los Colegios de Médicos Andaluces y por su OMC; y los jueces, que da la sensación que no están sensibilizados con este tema, si tienen algún resquicio -porque le aseguro que lo encontrarán- tardarán muy poco en anularlo. ¡Y no damos más pistas!.