miércoles, 10 de septiembre de 2008

SÍ QUE SOMOS UNA PREOCUPACIÓN

¡Es cierto!, sí que somos una preocupación para la Organización Médica Colegial (OMC) -que no para la inmensa mayoría de médicos-. No sabíamos que fuéramos tan "peligroso" para la salud pública; y debemos ser todo un peligro para la OMC porque han creado, dicen, todo un grupo de trabajo de "vigilancia" para ese fin: el de la prescripción. Durante el pasado fin de semana los miembros de ese grupo de trabajo han abandonado a sus familias -está compuesto de tres Presidentes Provinciales y el Vicesecretario del Consejo General de la OMC- para acordar que "no hay que bajar la guardia ni la vigilancia, y se reafirmó en la necesidad de extremar el cumplimiento de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS) y de la Ley de Garantías y Uso Racional del Medicamento, que atribuye sólo al médico la facultad de prescribir y el seguimiento terapéutico.
Dos notas entresacamos de estas declaraciones que aparecen hoy, día 10 de septiembre, en la prensa: la primera, la de extremar el cumplimiento de las leyes (se refieren a la Ley de Ordenación de las Profesiones y a la Ley de Uso racional del Medicamento), en referencia a que sólo atribuye al médico la facultad de presecribir; y la segunda, más interesante aún, el seguimiento terapeútico.
El señor Castillo, que al parecer es el Presidente del Colegio de Médicos de Murcia, ya ha anunciado que desde la corporación que preside denunciarán toda prescripción que sea realizada de forma ilegal. Fuentes del grupo de trabajo señalaron que las manifestaciones de Castillo responden “ni más ni menos a la vigilancia que otorga la ley, porque debemos ser garantes de la ley ante los ciudadanos, sobre todo por ser garante de su salud”.
La comisión "garante" de la OMC está compuesta por cuatro médicos: 1) el todoprensa señor Toquero, Vicesecretario del Consejo General, el 2º) es el Presidente del Colegio de Médico de Murcia, el 3º, Preside el Colegio de Córdoba y el 4º lo es del Colegio de Badajoz. Así que, doctorcito del Consejo General de la Organización Colegial de la Profesión Enfermera, ahí tiene usted a un "socio" -me refiero empresarialmente-, el señor Toquero, cerca de la sede que ocupa el Consejo General de nuestra Profesión, y otro de su provincia, Cordobés, para más señas, que dicen que ellos son los "garantes" de la salud de los ciudadanos.
¿Garante?. Que presta garantía ... Entendíamos -hablando de leyes- que los garantes eran los Tribunales de Justicia, porque ellos hablan de garantes de las Leyes -de Ordenación y del Medicamento-. ¿Y cómo van ustedes a llevar a cabo esa laboriosa actividad?. Y decimos laboriosa porque ninguna de las dos "funciones" se cumple. ¿O es que no se han enterado?.
¡A ver si nos aclaramos un poco!. El tenor del artículo 77 de la mentada Ley del Medicamento -que no tiene una redacción técnica muy acertada- dice literalmente: "La receta médica, pública o privada, y la orden hospitalaria de dispensación, son los documentos que aseguran la instauración de un tratamiento con medicamentos por instrucción de un médico o un odontólogo, únicos profesionales con facultad para ordenar la prescripción de medicamentos".
Si la Ley dice la "receta médica" y luego incluye en ella a los Odontólogos, estaremos de acuerdo que la Ley no habla sólo de médico, también se refiere a esa otra Profesión Sanitaria, luego también esta profesión de Odontólogo puede hacer uso de esa "receta médica", y de ellos no podrán ustedes ser "garantes"; ¿o sí?. Entonces, el primer trabajo que tienen ustedes como comisión de vigilancia será estar "detrás" de los "supervisores" de las unidades hospitalarias y de los Responsables de Enfermería de los Equipos de Atención Primaria, porque son ellos quienes emiten esa "orden hospitalaria de dispensación de medicamentos", pero no lo hacen ahora: lo vienen haciendo de "toda la vida". Así que, señores de la comisión de vigilancia garantes de la Ley, ya tienen ustedes trabajo: vayan a esas Unidades asistenciales y Centros de Salud y denuncien -no sé donde- a esos dos cargos de la Administración por intrusos -supongo-, ya que esa fue la expresión jurídica que utilizaron en su momento. En definitiva, que la Ley en este sentido no se está cumplimiendo.
En cuanto a la segunda función de esa comisión de vigilancia está la del "seguimiento terapeútico". Si aquella función anterior, la de la orden hospilaria de dispensación no se cumple, ¡ya nos contarán cómo van a hacer ustedes para que se cumpla esa otra, la del seguimiento terapeútico. ¿Están ustedes insinuando que los médicos no se vayan a dormir porque tienen que hacer el seguimiento terapeútico?. ¡Están ustedes un poco perdidos!. A ustedes les sucede como al Presidente de la Organización Colegial de la Profesión Enfermera, que no sabe de qué va todo esto de la asistencia sanitaria y habla de oidas.
¡A ver!, le vamos a poner un ejemplo: la Enfermera está realizando un seguimiento de todas las constantes vitales -y esto se hace desde que el mundo es mundo-, con el único fin de valorar la evolución de los pacientes, los cuales, obviamente, están siendo medicalizados; y como esa medicación que se le está sumistrando produce unos efectos, deberían saber que esos efectos, también obviamente, son objeto de nuestra valoración como Profesión Sanitaria. Les vamos a recordar el tenor de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias en cuanto a las competencias del Enfermero: "... la dirección, evaluación y prestación de los cuidados de Enfermería orientados a la promoción, mantenimiento y recuperación de la salud, así como a la prevención de enfermedades y discapacidades. Así, por ejemplo, si la medicación es un producto que reduce la "precarga" o facilita la "poscarga" y una Enfermera observa, por ejemplo, que la Presión arterial cae de forma significativa, ¡ustedes están sugiriendo que no hagamos nada!, ya que esa función de seguimiento es suya!. ¿Eso es lo que están ustedes sugiriendo cuando dicen que el seguimiento terapeútico es de su competencia?. Eso es delito, y se denomina "comisión por omisión". Ustedes, sin embargo, dicen que esa es una función de "garante de la salud de los pacientes", y que le corresponde. Como ya le dijimos, garantes es la persona a la que se le atribuye una competencia, y la Enfermera tiene esa función de garante muchísimos años antes que "pisara" un Hospital el primer médico. Ustedes arribaron al Hospital cientos de años despues que la Enfermera. La hospitalización, cuando nadie quería saber nada de lo que allí pasaba -simplemente porque no era rentable económicamente-, ya estaba gobernada por el "Practicante Mayor". Además, correspondía a la Profesión Enfermera prestar todo tipo de asistencia. Luego, poco a poco, han ido ustedes "tomando" posición en ese medio hospitalaria hasta que se han hecho con la administración y gobierno de las instituciones; sí, de esas instituciones que antaño no producían como lo hacen ahora.
Pues miren ustedes, si se arrogan esa competencia, la del "seguimiento terapeútico", ¡háganlo, pero ya!. Pero háganlo aquellos que tienen ese nombramiento de médico adjunto; no vayan a encargárselo al médico residente de turno, ¡porque esta es otra!, ya que nos da la sensación de estar en casa cuidando de nuestros hijos y va el vecino y nos "coloca" a los suyos; o sea, que hacemos de garantes de nuestros hijos y de los del vecino. ¡Así da gusto hablar de "garante". ¡Pero cómo van ustedes a hacer de garantes si están reunidos con morfeo!; sí, con Morfeo, que proviene de "morfina".