sábado, 9 de abril de 2011

EN PERMANENTE ILEGALIDAD

ESTO ES UN HECHO CIERTO: El Pleno de nuestro Consejo General está ocupando los puestos de esos órganos de gobierno de forma ILEGAL Y PERMENTE.

ILEGAL FUE LA TOMA DEL CONSEJO EN EL AÑOS 1.987.

Fué ilegal la "toma" del Pleno, en aquel año 1.987. Ya lo hemos escrito: el Presidente en aquel Pleno era el señor Rueda, que para cuando fue a incorporarse a la sesión ya lo habían "expulsado".

ILEGAL TAMBIÉN LO FUE EL PROCESO ELECTORAL DE 2001.

Fue declarada judicialmente ilegal la convotoria del año 2001, que, incluso, fue reconocida por el mismísmo Pleno.

ILEGAL HA SIDO LA CONVOCATORIA DEL AÑO 2006.

Ha sido DECLARADA JUDICIALMENTE ilegal la del mes de Marzo del año 2006, por Sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 3 de noviembre de 2.010.

ILEGAL TAMBIÉN HA SIDO DECLARADA LA CONVOCATORIA DE 2010.

Y, por último, ha sido declarada nula la última de las convocatorias: la aprobada por Resolución 3/2010, por Auto de la Sección 8ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

TAMBIÉN SERÁ DECLARADA ILEGAL, con absoluta seguridad, la Resolución 3/11, por la que se CONVOCAN elecciones para cubrir las vacantes existentes en los cargos del Pleno. ¿Cómo que para cubrir los cargos vacantes ... ¡PERO SI SON TODOS. Pero sigamos, porque son más las perlas que vamos a leer.

NO SE PIERDAN LA JUSTIFICACIÓN DE LA ÚLTIMA CONVOCATORIA DE 2011.

Esta última convocatoria, según dice la propia Resolución 3/11, se justifica de la siguiente manera: "Mediante Resolución 3/11 de la Comisión de Ejecutiva EN FUNCIONES -en su composición de marzo de 2006- y EN CUMPLIMIENTO del mandato de la Asamblea General de la Organización Colegial de Enfermería, en su DOBLE cualidad de órgano supremo y de CUERPO ELECTORAL de esta organización colegial, se procedió a CONVOCAR elecciones para cubrir las vacantes EXISTENTES en los cargos del Pleno de esta Corporación".

¡Cómo que en su "doble" condición de CUERPO ELECTORAL ...! El Cuerpo electoral, además de las Presidencias, lo componene las Vicepresidencias y las Secretarías de los Colegios, de todos los Colegios.

¿QUIÉNES FORMABAN LA MESA PRESIDENCIAL?

Está claro que dominaba la Mesa Presidencial ¡y de que manera!, ese día 3//3//2011 las mismísimas personas de la Comisión Ejecutiva que ha sido declarada ILEGAL por el Tribunal Supremo, que coincide, además, con las mismísimas personas -salvo alguna excepción- que la componía en aquella otra ILEGAL Comisión Ejecutiva del año 2001.

ESTOS SON HECHOS INDISCUTIBLES.

¿QUÉ DICE ESA RESOLUCIÓN 4/11 QUE COMENTAMOS?. ¡LEÁMOSLO!

La Resolución, en su apartado SEGUNDO dice que "Hasta tanto se obtenga una respuesta del referido órgano judicial, APLAZAR el acto de PROCLAMACIÓN de candidaturas del proceso electoral convocado mediante la Resolución 3/11, quedando la documentación recibida hasta la fecha CUSTODIADA en los ARCHIVOS de este Consejo General".

¡HOMBRE!, después de lo visto con motivo de la entrada y registro en las sedes del Consejo General, eso de que la documentación recibida hasta la fecha queda CUESTODIADA en los archivos de ese Consejo General, ¡como que no! Y es como que no porque tiene usted fea costumbre de no "custodiar" fehacientemente los documentos. Porque, ¿dónde están los relativos a los años 2.002 al 2.007? Y eso que se lo reclamamos judicialmente -y con advertencia de su posible destrucción- en el año 2008 ¿No sabe usted que hay que custodiar los documentos, al menos cinco años? ¡SEÑOR SECRETARIO GENERAL EN FUNCIONES! ¿qué propuso usted sobre los medios y mecanismos para garantizar la custodia de los libros, sellos, archivos y documentos del Consejo General?.

¿En qué norma viene la potestad para aplazar el acto de proclamación de candidaturas? No nos vaya a responder que la Asamblea General es el órgano supremo de la Organización Colegial, porque la misma puede "decidir", evidentemente, pero "dentro" de lo permitido por la Ley. ¡AH!, y si la Asamblea está compuesta por 43 Colegios y de ellos 39 "avalan su" candidatura, ¿no le parece que se dan pocas garantías de imparcialidad? Y también, ¡por cierto!, ¿dónde viene la potestad para "crear", ex novo, esa Comisión de Garantías Electorales? Tenga en cuenta que fue "elegida" dentro de esa inmensa mayoría que le "apoya". Señor Presidente, ¡que nos nocemos!.

Y en su apartado TERCERO dispone "APLAZAR asismismo EL ACTO DE VOTACIÓN previsto para el próximo 21 de marzo de 2011. Una vez se conozca la resolución de la Sección, se proveerá en consecuencia".

¡Bueno!, pues ya se ha producido esa resolución judicial, ¿y ahora qué?

NADA DE ESTO "NOS CUADRA". SE LO VAMOS A EXPLICAR.

¡A ver!, el acto electoral, es decir, la votación misma, se acordó para el día 21/3/2011, y esta Resolución es el día 17/3/2011. Además, la convocatoria es de fecha 3/3/2011, y desde esta fecha hasta el día de la votación, deben transcurrir 15 días naturales. Es decir, que la votación debió celebrarse el día 18 (estamos hablando de DÍAS NATURALES). O sea, un día antes del que decide APLAZAR el acto de votación. ¿Cómo?.

Y TODO ELLO LO JUSTIFICA USTED EN ESPERA DE QUE SE "CONOZCA LA RESOLUCIÓN DE LA SECCIÓN, ..."

¡OIGA!, que ya ha recibido usted esa tan esperada "resolución judicial" de la Sección 8ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Madrid, que le fue comunicada el día 1 del presente mes de abril.

Las contradicciones y barbaridades de las Resoluciones ¡no tienen desperdicios! En uno de sus pasajes la Resolución 4/11, de marra, dice: "... la estabilidad del Consejo General, ..., no puede quedar sometida "sine die" a una indefinición jurídica, consecuencia de la ejecución de una sentencia judicial referida a un concreto proceso electoral de 2006". ¡PUES NADA!, ¡SIGA ADELANTE!.

Pero le recordamos que "los tiempos" no los marca usted, sino las consecuencias. Y nosotros nos hemos propuesto que el Consejo General se conduzca, de verdad, democráticamente, ¡claro está!, pero sometido al Derecho. Usted no usa el Derecho: abusa de él y de la buena voluntad de las personas.

NUESTRO PROBLEMA, COMO PROFESIÓN, ES USTED. LO SUYO ES LA "ACADEMÍA", LA UNIVERSIDAD, A IMPARTIR ENSEÑANZAS CLÍNICAS DE PODOLOGÍA, y así conseguirá otros tantos títulos de doctor.

No hay comentarios: