jueves, 24 de enero de 2008

¿DE QUIÉN ES EL ENFERMO?

"ER" es la diferencia entre enfermo y enfermero; parece que somos dos candidatos de atención médica: unos y otros somos los pacientes de la medicina: el enfermo soportando todo lo que le quieran hacer (me río yo del consentimiento informado), los otros sufrimos las consecuencias de las elucubraciones médicas. Cabría preguntarse, ¿de quién es el enfermo?. La Organización médica colegial (OMC) nada dice al respecto, solo se pronuncia sobre la prescripción, ¡qué perra se han cogido!. ¿por qué será?. El enfermo, denominado por Ley "paciente" o "usuario", según el caso, es aquel que demanda asistencia, ya fuera médic@ o enfermer@. ¡Le da igual!, solo quiere consultar. En su calidad de usuario, lo que pretende es poder consultar, formular a alguien su "preocupación", ya real, ya imaginaria. Obviamente, a partir de cierta edad, ninguna situación puede ser imaginaria, ya que el paso del tiempo nos afecta a todos; y quiérase o no, el órgano de turno o el sistema en su conjunto se resiente, no funciona igual a los 20 años que a los 70. La consulta, en estos casos, debe ser posible formularla en un tiempo récord, y la respuesta deberá ser posible en ese mismo tiempo.
Esto es una realidad: consulta y respuesta deben producirse sobre la marcha, situaciones que no se producen en el sistema sanitario público, no así en el privado. ¿Se imaginan una consulta a una actividad privada que te dieran cita para dentro de un año?, ¡impensable!. Pues bien, en el sistema sanitario público, a pesar de tratarse de una inquietud por la salud, el usuario tiene que esperar todo ese tiempo, y más, porque los señores médicos no quieren; y esta postura no debería consentirse por los gestores del sistema, ya que para ello tienen recursos más que suficiente. ¿Pero qué sucede?, sucede que los gestores del sistema son todos, absolutamete todos, médicos, y saben que cuando dejen la política volverán a la medicina. ¡Y así nos va a los usuarios y pacientes!. ¿Y de quién es la culpa?, pues muy sencillo, el líquido es blanco y se envasa en "botella" (tetrabrik): del gestor médico, que lo consiente.
¡fíjense cómo se llaman!: "CONSULTAS"; es decir, alguien que pretende hacer una simple consulta sobre un determinado problema que afecta a su mente, a su vida diaria o a su fisiología, y que sólo pretende que le respondan si es normal o no que le esté sucediendo ésto; ¡y no puede!, lo citan para no sé cuánto tiempo. ¿Cómo es posible?. La "CONSULTA A UN PROFESIONAL ENFERMER@ es tan simple como sencilla, ¡y no digamos en cuanto al precio!. ¡Pués no!, algunos señores médicos no lo consienten, y se les permite. Se les permite, obviamente, porque el gestor de turno es médico. Así que, ¡señores usuarios!, no es posible: a seguir esperando que esto cambie, si es que les coge a tiempo.
Decíamos y nos ratificamos en que el usuario está adscrito obligatoriamente al sistema sanitario público, y este sistema debe dar respuesta a esa demanda social, respuesta que no tiene por qué ser tan costosa como lo es la retribución de un médico. Un Enfermer@ tiene competencia (que no capacitación) para resolver todas esas preguntas, distinto será la respuesta a esa consulta, la cual puede ser resuelta sobre la marcha o, alternativamente, derivarse al profesional "más capaz" (aquí sí podrá escribirse "capaz). Como Enfermero soy competente, legalmente, para hacer un electrocardiograma, y puedo o no interpretarlo. Esto se puede poner en cuestión; sin embargo, si el electrocardiograma lo "lee" un médico, todos asumimos que sabe hacerlo, que es capaz, y esto no es nada cierto: cualquier médico no "experto" es incapaz de traducir las ondas electrocardiográficas, ¡y no pasa nada!. Recuerdo una historia clínica que dice: Juicio diagnóstico: según electrocardiograma. ¡Pues no señor!, esto es falso, ya que necesita otros datos y pruebas complementarias y diagnóstica. Pero, como decimos, ¡no pasa nada!. Sí pasaría, en cambio, si esto fuera hecho, dicho y escrito por un Enfermer@; entonces la medicina pondría el grito en el cielo.
En definitiva, estábamos hablando y preguntando que ¿de quién es el enfermo?, y la respuesta es bien sencillo: del Enfermer@, pero no durante unos minutos, tiempo en el que se "apropia" de él la medicina, estamos hablando de veinticuatro horas (menos esos escasos minutos que le dedica el médico); durante veinticuatro horas el paciente es protegido, valorado, evaluado, cuidado y tratado por Enfermer@s o Matronas, aunque esto no le guste a un serñor tocólogo que salio en la "tele" oponiéndose a ello: ¡qué verguieza ajena sentimos al escucharlo!. ¡Mira que decir en la tele que las parturientas son responsabilidad del Tocólogo!. Lo que le pase a una parturienta es responsabilidad del servicio de salud donde esté ingresada. La responsabilidad es lo que le debería aplicar cuando vds realizan una cesárea sin estar indicada; pero no, ¡no se preocupen los señores tocólogos!, que paga el sistema.
Y si los Enfermer@s somos esos profesionales que protegemos, valoramos, cuidamos y solucionamos los problemas que se presentan, ¿por qué el sistema sanitario no reconoce que ello es así?. ¿Qué papel, según el sistema sanitario, es el que desempeña una Enfermer@ en el sistema?. Como Enfermer@ estás adscrita en una determinada unidad, también lo está un determinado médico. Pero es la Enfermer@ la que no se "despega" de allí; el médico va y bien, como los autobuses, trenes y aviones. No sabes cuándo se va o viene, pero tú estás ahí, para cada vez que llame el paciente. El paciente va evolucionando, y en esas que ves llegar a dos tres de ellos y te llevas las manos a la cabeza, te pregunta, ¡qué le van a hacer, ahora que está tan tranquilo!, pues no lo sabemos. Con aquella prepotencia que les caracteriza, va y te dice: "prepara para hacer ...", y tú, ¡tan obediente!, vas y lo haces, a prisa y corriendo, porque, de repente, la solución se ha convertido en algo preferente. Reposas, pasas revista a lo "ordenado" y te preguntas: ¿qué era urgente?; terminas mascuyando: la próxima no caígo; la próxima vez lo va a preparar él. ¿De quién es el paciente?.
¿Se ha preocupado alguien de pensar como alternativa a determinadas patologías" que es más rentable económicamente un viaje de siete días a Canarias (por ejemplo) que la administración de setenta pastillas?. Cuando una persona tiene las veinticuatro horas del día disponible, sin ocupar, sólo, única y exclusivamente para pensar, sucede que hace un repaso de sus posibilidades, y encuentra que algún órgano no funciona como lo hacía antes; entonces se le ocurre una idea: voy al médico. Y por qué no dice, ¡voy a la Enfermer@!. No; no, esto está prohibido: la tele ha dicho que tengo que ir a mi médico. Y como el médico está muy ocupado y no puede atenderlo, decide "automedicarse", que para eso tiene al farmacéutico, ese que también lo dice la tele que puede aconsejarle. Pués bien, esos medicamentos y productos sanitarios que alguien decide tomar, por su cuenta y riesgo, son los que podrá "autorizar" una Enfermer@; pero para eso, ¡digo yo!, no hace falta estudiar una carrera. ¡Qué pena de servicios sanitarios!, ¡y de gestores!.

miércoles, 23 de enero de 2008

VIENE A PELO LA EXPRESIÓN: ES DE JUZGADO DE GUARDIA.

El ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria, ha mostrado este lunes en Alicante su confianza en que antes de que finalice la presente legislatura esté lista la orden que facilitará el uso de determinados medicamentos, como ANTISÉPTICOS, VENDAJES y analgésicos, por los profesionales de la enfermería y la podología. Por su parte, la OMC detecta “dos graves falsedades; que el periodo de alegaciones no ha concluido y el ministro ya da por válida la orden ministerial, y que miente al decir que lo ha realizado con el máximo consenso”. Por su parte, Máximo González Jurado, presidente del Consejo General de Enfermería, se ha mostrado satisfecho por las palabras de Soria. ¡Y se quedan tan tranquilos!. ¡Habrá mayor vergueza y descaro!. Y todavía el presidente del Consejo se ha mostrado satisfecho. Pero, ¡por Dios!, hablar de antisépticos, gasas y analgésicos a estas alturas es la TOMADURA DE PELO más grande que se haya producido a lo largo de toda vida, que no es poca. Pero ¡qué cara!.
Y todavía la medicina haciendo el papelón de llamar "mentiroso" al Ministros; es más, dicen que la orden no es válida porque todavía no ha transcurrido el plazo para alegaciones; ¡señores médicos que responden a estas tonterías!: uds en esto no tienen ni arte ni parte; no respondan vds así porque se van a creer que lo dicen de verdad. Da la sensación que están vds "super-enfadados con el señor Ministro; ¡y hasta alguien se lo puede llegar a creer!.
Señor Ministro -porque al amigo de los Podólogos y enemigo de nuestra Profesión Enfermer@ mejor dejarlo-: vd. como médico debería saber que ni los mismos médicos que viven a costa del partido socialista le van a votar; igual con estas declaraciones les haya quitado el miedo que tenían; vd sabe que esto es un paripé; porque vd, como médico, sabe que el contenido de la Ley del medicamento tiene una redacción total y absolutamente médica; como médica fue redactada la anterior ley del año 1.990, que coordinó un médico de la Provincia de Badajoz.
¡VAYA PAPELÓN! de teatro que están vds representando. Pero una cosa les digo: disimulan muy mal, y se les nota: ¡vaya tres! ... patas para un banco: los supuestos médicos enfadados, el presidente del Consejo General de la Profesión Enfermer@ -que como no sabe- está que se sale -hasta se le ha quitado ya las ganas de "asumir la ordenación de la Profesión", que decía desde el descando invernal en Tenerife- y, por último, su señoría, señor Ministro: ¡qué hombrada!; ¿a que da la sensación que no es médico. Pues bien, peor estamos los demás, porque cuando esto se lea por la ciudadanía, ahora sí que van a tener un concepto negativo de la Profesión Enfermer@; la ciudadanía va a pensar que somos "tontitos del bote". ¡VAYA TEATRO A TRES!.

LOS SERVICIOS DE SALUD JUEGAN CON LA EVENTUALIDAD.

Que los Servicios de Salud juegan con el concepto de "eventualidad" es algo patente y notorio; y las personas lo saben, como también saben que ¡no hay que hacer!, exclaman: "hacen lo que les da la gana", te dicen. Yo no se si conocen la redacción que prescribe el Estatuto básico del empleado público (¡por cierto!, leyenda más que acertada en el caso de las Profesiones Sanitarias), pero lo cierto es que exclaman esa expresión. Y nos les falta razón. Y decimos que no les falta razón por cuanto que ello coincide con lo que prevé el citado texto Estatutario, que define así la situación: "Son funcionarios interinos los que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias: La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera. La sustitución transitoria de los titulares. La ejecución de programas de carácter temporal. El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses, dentro de un periodo de doce meses".
Pues bien: es público y notorio que si es nombrada una persona para ocupar transitoriamente a un titular en determinado puesto de trabajo, hasta tanto no se reincorpore la titular, esa sustitución debe permanecer en ese puesto de trabajo. Ya advierte la propia norma que la sustitución es transitoria, lo que significa que el titular no puede estar en aquella situación de "ausente" por tiempo indefinido. Pero, ¿quien sabe por cuanto tiempo?. Respuesta: sólo lo sabe la persona que la ha nombrado libremente, discrecionalmente. Luego, ¿por qué a la persona que sustituye a la libremente designad@ se le hace "nombramiento" eventual obviando aquella situación?. Es más, se suele utilizar el epigrafiado de "exceso o acumulación de tareas", cuando ello no se correponde con la realidad material. Luego, al menos se nos permitirá intuir que ese otro puesto, el de la sustitución de la titular, lo ocupa "otra persona". ¿Y por qué tiene que producirse esto?, muy sencillo: caciqueo.
No somos notros, es el propio Estatuto el que nos dice por qué motivos debe cesar cada uno de los "interinos" nombrados, y, en concreto, para este supuesto que comentamos se dice que "El cese de los funcionarios interinos se producirá, además de por las causas previstas en el artículo 63, cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento. Y estas situaciones son las que debería supervisor la respresentación del personal. Y lo debería supervisar hasta el punto que tuviéramos otra vez confianza en nuestros representantes.
Otra cosa será que, ahora que el tema se trata a nivel autonómico, se estableciera otro tipo de "listas" en las bolsas de trabajo, que exigiera verdaderos méritos para poder acceder a ellas, en función de dominar mejor una especialidad que otra, pero este tema ni se ha producido públicamente ni se sostiene cualquier otro soterrado. Lo que se ve; lo que se habla; lo que todo el mundo comenta es que esto es "... poco serio".

PASA EL TIEMPO Y NO SABEMOS NADA.

¿Cómo podemos seguir ejerciendo la Profesión Enfermer@ sin que se modifique la fatídica Ley de "garantía" y uso racional del medicamento y productos sanitarios?. Políticamente, podemos entender que el Ministro no quiera tener problemas, ya que estamos en época pre-electoral, pero a quienes no podemos permitírselo es a las personas que están en el Consejo General. ¡Que no, que el problema ya no está sólo en no poder prescribir!, el problema es igual de "gordo", ya que estamos siendo la mano ejecutora de la medicina, ¡o es que alguien ha dejado de administrar medicamentos!. Esto no se lo hacen ni a las extintas auxiliares de clínica.
Sí, pasa el tiempo y no sabemos nada de nada de ese "proyecto" de Orden Ministerial; como tampoco nada sabemos sobre el proyecto de directrices generales propias para la elaboración de los Planes de estudio conducentes a la obtención del título de "Grado"; y ese contenido es el que nos importa, aunque entendemos que se mantendrá aquel que ya figura en las Directivas de la Comunidad Económica Europea, hoy, Unión Europea, de 1977. Y lo vamos a intentar para que no se pueda alegar desconocimiento -además, lo dice así el Codigo Civil-, ya que alegarlo no nos eximirá de responsabilidlad. Como decimos, vamos a intentarlo: para comenzar, una cuestión de principios: a cualquiera que se le pregunte qué es una Profesión te responderá que es aquella que está "capacitada" para establecer un "diagnóstico" y prescribir un tratamiento, del tipo que fuera, al final esto no significa otra cosa que resolver -al menos intentarlo- el problema; ¡todo lo demás no es Profesión, será otra cosa!, que es lo que nos ocurre a nosotros.
Expuesto lo anterior, hay que tener claro que en este País existen tres poderes: el Poder Legislativo; el Ejecutivo; y el poder Jucial. Cada uno tiene un ámbito de competencias que les son propias, dimantes todas del Texto Constitucional. Así, el Poder legislativo tiene la comptencia para elaborar y aprobar leyes; el poder Ejecutivo para dictar reglamento y ejecutar el contenido de la Ley; y el Poder judicial, que se corresponde con el poder jurisdiccional, cuya competencia es juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.
Pues bien, cuando decimos que una cosa es la Ley, del Poder Legislativo, su contenido solo puede ser modificado con otra ley posterior, lex posterior derogat lex anterior, y esto no se ha producido ni se va a producir. Lo que intenta un miembro del Gobierno, el Ministro de Sanidad y Consumo, es desarrollar el contenido de la Disposición Adicional duodécima de la fatídica Ley, pero lo es sólo para "sacar" medicamentos y productos sanitarios que no precicen de esa prescripción médica u odontológica, ya que así viene literalmente en la Ley.
No obstante eso que decimos, si nos atenemos a la definición de Sistema Nacional de Salud, todos sabemos que se refiere al conjunto de Servicios de Salud de las Comunidades Autonómas, que es una competencia estatal básica; es decir, la Ley se refiere -como no podía ser de otra forma- a los pacientes y usuarios comprendidos dentro del Sitema Nacional de Salud. Obviamente, la fuente jurídica para elaborar y aprobar esa Ley del Medicamento no lo hace "mirando" al artículo 36 del Magno Texto, que es el específico -que desplaza a los general-, el que prevé que la Ley regulará el ejercicio de las Profesiones tituladas y las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios. En definitiva, el señor Ministro de Sanidad no tiene competencias para modificar el contenido de una Ley, la del Medicamento, por más que pretenda enmascarlo con una orden ministerial expresando otras locuciones que no fueran "prescribir". Y esto lo saben los servicios jurídicos de la OMC.
¡Se imaginan qué hubiera pasado si el Consejo General hubiera "ordenado el ejercicio de la Profesión", como así se lo atribuye la Ley de Colegios Profesionales!. Y esto que decimos lo sabe hasta "un niño de primaria". Sí, ordenar el ejercicio de la Profesión, que es el mandato que viene en la Ley; y este tema se ha discutido en el seno del Consejo General "mil veces"; otra cosa es la voluntad, que es nula. Tampoco sabía el señor Presidente cómo montar Empresa y, sin embargo, se ha "hartao" de crearlas, para él y para los demás. ¡Y no sabía!. Si sabe, ¡y si no sabe que aprenda!.
Pues bien, entendido el tema aclarado, donde se pone de manifiesto que una orden ministerial no solucionará el problema que tenemos, se nos ocurre que -si esa fuera la voluntad, que mucho me temo que no-, lo prudente será elaborar un nuevo "Decreto" de la Organización Colegial Profesional, en cuyo anexo se incluya el método o proceso metodológico de prestar Profesional de Cuidados, señalando cada una de las fases del mismo, entre las que habrá de incluirse la prescripción, en algunos casos -por resultar obligado-, como recomendar o aconsejar en otro -al objeto de respetar la libertad de los ciudadanos. Y, como se observa, no estoy expresando "pacientes o usuarios", estoy señalando a los ciudadanos, pertenezcan o no al sistema de salud, que son los receptores de nuestros servicios Profesionales, con independencia de su País, raza, credo o religión, condición social o ideología.
De ahí que en su día, y en este mismo Blog, contestara al vicepresidente de la OMC, al respecto del poder de "autonormación", recordándole que ya lo hicieron en su día con el tema del "aborto", acordando que no era "un acto médico", porque, efectivamente, es de todos conocido el tenor de la Ley Colegial: "Son fines esenciales de estas Corporaciones la ordenación del ejercicio de las profesiones, ..." (art. 1.3), luego, si no se hace es porque no nos da la gana. Y no nos ha dado la gana porque estamos en "otra cosa", menos cumpliendo las funciones que tiene asignada la Organización, que para eso el señor Pedrol Rius consiguió esa redacción tanto en el texto de la Ley como la que consta en el Texto Constitucional. Luego, después de estas personas sabias, hemos llegado los "listillos". Sí: es lícito, legal, ordenar el ejercicio de la Profesión. Sí, así lo hemos transcrito del texto de la Ley. Así de sencillo, aunque pueda comprender que personas desconocedoras de tema jurídico puedan requerir dictamen que se lo confirme. ¡Y no hay más!.

martes, 22 de enero de 2008

¡NO DA UNA!

Este hombre, llamado Máximo, ¡no da una!. Hay que tener valor para salir ahora con estas: "LOS COLEGIOS DE ENFERMERÍA DE ESPAÑA ASUMEN EN TENERIFE EL COMPROMISO FIRME Y DECIDIDO DE ASUMIR SU PAPEL DE ÓRGANOS REGULADORES DE LA PROFESIÓN Y GARANTES DE LA SEGURIDAD DE LOS PACIENTES Y LA CALIDAD DEL SNS".
Lleva más de veinte años dirigiendo los destinos de la Profesión Enfermera, utilizando al Consejo General, precisamente para "cargársela", y ahora sale con estas. No; no es que no se entere, habrá que esperar un poco más para ver por dónde quiere salir con estas.
Durante todos estos años, se ha gastado los dineros de los Presupuestos del Consejo General para financiar, dice, un proyecto que denominó algo asi como NIPE, ¿se acuerdan?; no hace mucho tiempo (año 2003) llegó a embarcar al Instituto de Salud Carlos III. Entre otras lindeces decía aquel panfleto:
"La mejora de la calidad se define como el conjunto de actividades orientadas a mejorar la eficacia y eficiencia de los procesos. Siguiendo las doctrinas de cualquier modelo de gestión, para mejorar un proceso (entendido como un conjunto de actividades), es necesario poder identificarlo y describirlo y, en este caso concreto, la base sobre la que se sustenta el proyecto es el PROCESO ENFERMERO". ¡A que quedó muy bien la frase!. Bueno, pues ahora pretende otro tanto de lo mismo; ¡y ha transcurrido desde entonces cinco años!, sin contar con la retaíla que ya arrastraba la palabrería.
En fin, ¡qué le vamos a hacer!, en todas las familias hay siempre una "oveja negra"; a la nuestra le ha tocado la más significativa: la de la Presidencia del Consejo General. Pero lo peor de todo es que los "palmeros" que están pasando esas minivacaciones en Tenerife le ríen las gracias. ¡Y así nos va!. Ahora nos sale conque adquiere el compromiso de asumir su papel como órgano regulador: ¿es que no se había leído los fines esenciales que la ley atribuye a la Organización Colegial?. No. No guarden la mínima esperanza, ya que todavía sigue empeñado en confundir Profesión Enfermero con sistema nacional de Salud.
No; Sistema y Profesión no es lo mismo: el sistema nacional de salud es el conjunto de servicios salud de las Administraciones públicas, y estos Servicios de Salud se limitan a gestionar los recursos humanos y materiales detinados a la salud de las personas. Esos recursos humanos, entre los que se encuentra la Profesión Enfermera, les vienen impuesto al Sistema de Salud; no hay sistema sin personas; son otros Entes de la Administración del Estado la responsable del tipo de formación, a través de lo que vulgarmente se conoce como Plan de Estudio y formación de postgrado. No; la Profesión es otra cosa. La Profesión se ordena, se organiza y se regula con un proceso metodológico y un código de comportamiento profesional; y luego el sistema como conjunto o el servicio de salud correspondiente nombra, contrata o arrienda los servicios profesionales Enfermero, Servicios de Salud que no pueden ignorar cómo debe realizar su trabajo la Enfermera.
La Enfermera no es esa Profesión que está ahí, en los servicios de salud utilizada "para todo". No; "chic@ para todo, no". La Enfermera no puede ser ese Profesional que esté para coger el teléfono, abrir la puerta de la consulta, llamar al médico en caso de necesidad, gestionarle su agenda y guardarle el "chiringuito". No; para eso no está la Enfermera. La Enfermera está ahí para aplicar su método científico, dirigido única y exclusivamente a las personas necesitadas de cuidados, ya sea por desequilibrio, ya por alteraciones de la salud.
La Enfermera no está en el sistema como "secretaria" de nadie, para eso ya existen personas auxiliares, sin cualificación académica. Anamnesis, exploración, signos y síntomas, pruebas y medidas tendentes al juicio clínico, resultados, prescipción, recomendación o consejo sobre alternativas de Cuidados, así como pronosticar, es el método que debe seguir cualquier Profésión que se precie de tal. La Enfermera no está para seguir los dictados del médico. ¡Eso que lo haga el propio médico!, que para eso ya es mayorcito.
La Enfermera es la que tiene que decidir cómo, cuándo, por qué y de qué manera. La Enfermera no está para tomar constantes cuando se lo diga otro, y mucho menos cuando ese otro no sabe donde tiene la mano derecha. No; la Enfermera está para aplicar su método científico, y eso lleva un tiempo, que no puede ser violado por ninguna Empresa, pública o privada, que nombre o contrate los servicios de un Profesional. Es el sistema el que debe asumir las competencias de la Profesión Enfermera; justo al revés de como nos lo presente el Presidente del Consejo General y aplauden los "palmeros". .¡Que no, señores!, que no es así, que tienen vds que ejercer profesionalmente para poder reflexionar sobre su "rol".
Señor Presidente, ¡ojala! se haya caído del caballo, como Santiago, y de una vez por toda invierte la ingente cantidad económica en el fin principal de la Organización Colegial Profesional: Ordenar el ejercicio de la Profesión y asegurarla socialmente, a través de una póliza de responsabilidad civil sería.

viernes, 18 de enero de 2008

ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL.

Hemos manifestado que muy por encima del interés personal está el interés general, que en nuestro caso es el de las personas a las que cuidadomos; y esas personas tienen el derecho a que les asista una Profesión que domine "a la perfección" el problema que se consulta. Se dice que tres cosas hay en la vida: Salud, dinero y amor. La salud es lo primero, sobre todas las cosas; luego ésta tiene que ser un actividad privilegiada respecto a las demás, para lo que se necesitan personas con la suficiente formación y experiencia. Así lo entendió la medicina y hoy en día tiene más de setenta especialidades, además de todas aquellas áreas en las que pueden desdoblar cada especialidad.
Sin embargo, el Enfermero no tiene más especialidad reconocida que la de Matrona, y la de salud Mental, aunque no reconocida laboralmente, ¡como si no hubiera personas con problemas mentales!. Ahora se quiere poner remedio a la Salud Laboral, y ello a pesar de la vigencia de una Ley específica al respecto, que obliga a las Empresas a contratar los servicios de esta Especialidad. ¡Pero no se preocupen, que la medicina ya lo tiene resuelto!; quien no lo tiene es la Profesión Enfermer@.
Salud en la primera necesidad social, y para ello hace falta personas específicamente formadas, que se logra a través de una formación académica previa y otra posterior continuada, que deberán ser regladas, sin perjuicio de las reuniones correspondientes para intercambiar experiencias, bien en jornadas, seminarios y conferencias.
Cualquier persona que ha acudido a los Servicios Sanitarios sabe y conoce la multitud de especialidades médicas que reconoce el sistema; todos buscan al "especialista", pero nada saben de que, además de ese médico especialista, también está una Enfermer@a trabajando en esa Especialidad, que procura su formación a costa de su erario, formación tan necesaria como imprescindible. La Profesión Enfermer@ exige su Especialización, porque así lo demanda la Sociedad, además de necesitarlo para hacer su trabajo más efectivo, tanto social como profesionalmente. La ignorancia es el mayor problema que tiene esta sociedad, por cuanto si "no sabes, no contestas"; y los usuarios y pacientes tienen derecho a que se les de una respuesta a esa necesidad, alteración o desequilibrio, respuesta que tiene que venir de la Profesión Enfermer@, que para eso está en el Sistema de Salud.
¿Por qué no quiere el sistema sanitario público la especialización de la Profesión Enfermera?, cuando esto es bueno para las personas a las que asistimos; es decir, para el interés general. ¿No es un sistema público?; ¿no está esta estructura al servicio de la población?, luego no entendemos el por qué sus gestores médicos no hacen absolutamente nada por remediarlo. La Profesión necesita tantas especialidades como necesidades sociales, que deberían implantarse a medida que se demanden. ¿Por qué será que una estructura, la del Sistema Nacional de Salud, que está gobernada por la Profesión Médica, no permite que esta Profesión se especialice?; ¡por qué será!.

¿DÓNDE ESTÁ NUESTRO REPRESENTANTE?

Nuestra Organización Colegial, la de la Profesión Enfermer@, está constituida por todos los Colegios del Estado, además, formalmente existe un Consejo Interterritorial, del que -en teoría- forman parte todas las Comunidades Autónomas, incluida las Ciudades de Ceuta y Melilla, y una Asamblea General, de la que participan todos los Presidentes Provinciales. Y el Consejo General se estructura en un Pleno, compuesto de 17 personas, una Comisión Ejecutiva y todos los cargos unipersonales típicos de cualquiere régimen asociativo, como un Presidente, tres Vicepresidentes, un Secretario General, un Vicesecretario, un Tesorero y un Vicetesorero.
Con todo ello, a nadie que conozca el funcionamiento del Consejo General se le escapa que todas estas estructuras y cargos unipersonales no tienen otra función que servir de "palmeros" a la "indiscutible" figura del Presidente, que, como no es Dios, obviamente, no puede tener el "don de la ubicuidad"; ¡y así nos va!. Tengamos en cuenta que, además, el señor Presidente está más tiempo fuera del País que dentro. No existe un Estado que no conozca; las últimas informaciones nos habla de Senegal, Mauritania y Marruecos; nos informan así el Diario Enfermero: "A lo largo de las diferentes reuniones, en las que participó Máximo González Jurado (presidente del Consejo General de Enfermería), los representantes de las políticas de recursos humanos sanitarios en Senegal, Mauritania y Marruecos -Yankhoba Sow, Hamaoullah Ould Cheikh y Ali Lotfi, respectivamente- analizaron la situación sanitaria actual en sus países, haciendo especial hincapié en los principales problemas que afectan a la calidad de la asistencia sanitaria"; pero es que en fecha inmediatamente anterior a esta estuvo en Cuba.
Es decir, que para el Presidente del Consejo General, y por añadidura a sus "palmeros", como en España los Enfermeros no tenemos ningún problema, el señor Presidente, para "matar" el tiempo, se va de "hermanita de la caridad", a resolver los problemas del Senegal, Mauritania y Marruecos; mientras, aquí, como la presencia del Presidente es insustituible, nadie hace la mínima intervención o declaración en los medios, ¡ni en el propio Boletín informativo de la propia Organización Colegial!; ¡así nos va!. Con ello pretendo sensibilizar a esas diecisiete personas, además de los cargos unipersonales, para que se manifiesten públicamente, al menos para contrarrestar las declaraciones que, de contrario, hacen todos los miembros de la Organización Médica Colegial, ya que no es que esas personas estén manifestación su opinión respecto a la "prescripción Enfermer@ sino que nos están insultando, al tiempo de provocar una reacción social insana, de alarma social, con argumentos que rozan el insulto, cuando no la injuria.
Pues bien, esa forma de hacer es contraria al fin que tenemos como Organización Colegial, por eso expresamos nuestra más enérgica protestad, por cuanto nos sentimos desamparados por esa insustituible figura representativa, la del Presidente, que en lugar de estar -ya que no deja que otros lo hagan- resolviendo e informando del asunto, se dedica a visitar el globo terráqueo, ¡y así nos va!.
Apelo a esas diecisiete personas a que exijan al Presidente su derecho a manifestarse al respecto. Bastaría, por ejemplo, con que hicieran un recorrido por todo el Estado, convocando reuniones informativas, con sus correspondientes ruedas de prensa, al menos para que los ciudadanos tuvieran, además de la opinión de los miembros de la Organización Médica Colegial, la de aquel otro colectivo afectado en el debate: los representantes de la Profesión Enfermer@. Pero no, esto no es lo que está sucediendo. El Presidente del Consejo General ya ha conseguido su verdadero objetivo, que los Podólogos puedan prescribir, y aquí acaba su "reivindicación". Todo lo demás lo deja en manos de Médicos (porque el señor Ministro es médico), y de los Consejeros de las diferentes Comunidades Autónomas, que también son médicos. ¡Y así nos va!.
En definitiva, toda una estructura deseprovechada. Ni el Presidente ni los miembros del Pleno de la Organización Colegial tienen opinión: "no saben, no contestan". Mientras, su Presidente, de gira, suponemos que "presentando su última película", como si de un actor se tratara. ¡Qué Oscar se va a ganar!.