domingo, 25 de diciembre de 2011

A VUELTAS CON EL TITULO DE GRADO & DIPLOMADO

Según nos cuentan, todavía existen titulados con la DIPLOMATURA en Enfermería haciendo "colas" en algunas Universidades para matricularse y obtener la titulación de "MÁSTER", influidos, sin duda, por la línea editorial del Consejo General DE COLEGIOS Enfermeros, que hizo pública en Marzo del pasado año 2.010 una información referida al Curso que se imparte por la Escuela de Ciencias de la Salud, informando que con ese "curso" se podía acceder a la titulación de Grado, al Subgrupo A1 de los previsto como clasificación en el Estatuto-Marco, que cobraríamos más dinero por ello; y lo que es peor: que podríamos prescribir medicamentos. Todo una tomadura de pelo que ha calado en el colectivo, inquieto como ninguno y "educados y adiestrados" en cursillitos "interesantes". Y algunas Universidades, viendo los hechos, ¡pues ala, a hacer cursillitos!, aunque no tengan ni una sola base legal para ello: ¡la pela es la pela!

Por ello, vamos a hacer nuevas reflexiones al respecto, señalando y reproduciendo Normas que interesan, en la medida en que de las mismas se pueden extraer las conclusiones que de ellas se infieren.

ALGO IMPORTANTÍSIMO:


ACCESO AL DOCTORADO: Art. 6.2, d) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, SIN NECESIDAD DE SU HOMOLOGACIÓN, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. ESTA ADMISIÓN NO IMPLICARÁ, en ningún caso, LA HOMOLOGACIÓN DEL TÍTULO PREVIO del que esté en posesión el interesado NI SU RECONOCIMIENTO a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado".

Este mismo artículo 6.2, en su letra a) prevé para el ACCESO a los estudios de Doctorado: "Estar en posesión de un TÍTULO UNIVERSITARIO OFICIAL ESPAÑOL, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, QUE HABILITE PARA EL ACCESO MÁSTER de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y HABER SUPERADO UN MÍNIMO DE 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster".

¿HABILITA LA DIPLOMATURA EN ENFERMERÍA PARA EL ACCESO AL MÁSTER? La respuesta la encontramos en esta letra a) del artículo 6.2 ¡CLARO QUE HABILITA! Tengan en cuenta que este Real Decreto está regulando el acceso a los estudios de Doctorado; no al Máster. Y al Máster se accede desde la titulación de Diplomado en Enfermería, por reunir los requisitos que se dicen en la norma: NIVEL DE FORMACIÓN EQUIVALENTE; y dos, es un título Universitario oficial español. Y, por otra parte, tengamos en cuenta que la titulación de Máster no "habilita" para el ejercicio de ninguna Profesión.

Además, insistimos: el acceso al Doctorado con la titulación de Diplomado en Enfermería no implica otros "efectos" que eso: el del acceso. Como no podía ser de otra manera. Lo que no puede discutirse es que la titulación de Diplomado es la que se exige para el acceso a la Profesión Enfermero; y este efecto no puede "derogarlo" ningún tipo ni clase de Norma, por la sencilla razón de estar proscrito en nuestro Magno Texto esa "posible" regulación.

¿Se explican ahora por qué se ha programado para los estudios de Grado en Enfermería el número de 240 créditos ECTS? ¡Por qué no 300 créditos ECTS?

Sin embargo, aquí no han tenido más remedio que admitir a la titulación oficial de Especialista para el acceso DIRECTO a los estudios de Doctorado, aunque se trate de un título, el de Especialista, que no es académico, no es universitario, no lo expide el Rector en nombre del Rey; lo expide un Departamento del Gobierno: el Ministerio de Educación.

Y si no es un título Universitario oficial ¿por qué se le reconoce el mismo efecto que a la titulación de Máster para el "acceso" al Doctorado? ¿se lo han preguntado? Pues bien, si eso es así -porque no tenemos por qué dudarlo-, y a la titulación de Especialista se accede con la titulación de Diplomado en Enfermería, es fácilmente comprensible que la Diplomatura permita el acceso a los estudios de Máster.

NO HACE FALTA CURSILLITOS DE CLASE ALGUNA.


¿Qué significa lo anterior? que lo importante será el NIVEL DE FORMACIÓN ¿Es equivalente el nivel de "formación" de la titulación de Graduado en Enfermería con la Diplomatura en Enfermería? Los dos títulos tienen la misma base legal: las Directivas 77/452/CEE y la Directiva 77/453/CEE, que han sido, nuevamente, reproducidas en el actual Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre. La titulación no es más que eso: un documento que acredita haber superado unos determinados contenidos; y los contenidos previstos en la Unión Europea para que se nos reconoza internacionalmente no pueden ser otros que los previstos en esas dos Directivas
 
¿Puede la Diplomadura o el Grado en Podología cursar estudio de doctorado? ¿Se reconocerá esa titulación en Europa? Tengamos en cuenta que esa titulación, la de Grado en Podología NO TIENE DIRECTIVA en la Unión Europea. Entonces, ¿cómo se va a reconocer? Fácil: aplicando la misma regla que la establecida en este Real Decreto 99/2011. En Europa se podrá acceder con la Diplomatura en Podología o los estudios de Doctorado, y allí, en ese País, le dirán lo mismo que figura en este Real Decreto: que el reconocimiendo de la titulación lo es ÚNICAMENTE para el acceso al Doctorado; lo que no implica un reconocimiento Profesional, puesto que no existe Directiva al respecto.
 
PONGAMOS UN ÚLTIMO EJEMPLO DE LO NORMADO EN AQUEL REAL DECRETO QUE REGULA LOS ESTUDIOS DE DOCTORADO
 
Artículo 6.2, e) Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
 
Si admitiéramos la tesis de los "interesados", qué estaríamos asegurando ¿que la titulación de Doctor obtenida de acuerdo con la regulación anterior no sirve? Se le puede decir a un titulado Doctor que su título, si no ha seguidio la "nueva" regulación, no tiene los efectos que se presumen para el mismo? Entonces, ¿qué hacen ocupando plaza de Profesor o Catedrático de Universidad?