lunes, 22 de octubre de 2012

VÍAS ADMINISTRACIÓN. RECERTIFICACIÓN.

El ejercicio de una Profesión sanitaria, POR CUENTA PROPIA O AJENA, requerirá la posesión del correspondiente título oficial que habilite expresamente para ello, y se atendrá ese ejercicio profesional, en su caso, a lo previsto en ésta, en las demás leyes aplicables y en las normas reguladoras de los colegios profesionales. Dentro de esas "Profesiones Sanitarias" está la de Enfermero, la cual, como nos recuerda la Ley, precisa el imprescindible requisito de colegiación, ya que corresponde a la Organización Profesional colegial su ordenación.

¿Qué o cuáles son las normas reguladoras de los Colegios Profesionales?

Tan sencillo como simple: las previstas en la ley y en los estatutos de la organización colegial de la Profesión Enfermero y normas de desarrollo. Y le corresponde a la Organización Colegial ordenar el ejercicio de la Profesión sin otros límites que los derechos de los demás, que se traduce en el libre consentimiento. Otra cosa es el grado de complejidad, que para eso existen las especializaciones, que venimos realizando a pesar de la inaniciación de las administraciones responsables de la gestión y administración.

Datos históricos.

A las generaciones de Enfermeras posteriores a los años 70 del pasado siglo las han "educado" para que no utilicen otras vías venosas para la administración de medicamentos que no fueran las venas que se conocen con el nombre de periféricas; y cuánto más pequeñas mejor. Esto es así. No tiene justificación de clase alguna, pero es así. Lo último que faltaba es que vinieran ahora con eso de la unidades de "infeccioso" para echar un poco más de leña al fuego.
 
Todas las demás vías con mejor accesibilidad se las reserva la medicina, en muchas ocasiones para adquirir habilidades, cuando no para realizar determinadas técnicas que se arrogan.
 
Si nuestros antepasados "levantaran la cabeza" y vieran lo que está ocurriendo, volverían a su lugar de procedencia. Sería todo un espectáculo observar la cara que pondrían. Aquellos Practicantes en Medicina y Cirugía que realizaban todo tipo de técnicas. Y si nos remontáramos un poco más, sabríamos que no existía la "cirugía" como especialidad médica.
 
Aquellos antepasados que no disponían de todo el arsenal actual, ni -como todos los demás- de los medios y recursos técnicos para realizar aquéllas entonces "complicadas" actuaciones. Se valían, poco más, de un "punzón" para todo tipo de drenajes en tórax (toracocentesis) o abdomen (paracentesius). Y hoy, precisamente cuando todo es posible, resulta que la Enfermera ha sido relegada a un segundo plano, de mera ayuda, o en expresión del extinto Estatuto, de "auxiliar del médico".

Mas eficiencia y calidad, que es sinónimo de Profesión Sanitaria.

La comodidad no puede ser la nota dominante para la Profesión; antes al contrario, se debe exigir un poco de más eficiencia y calidad, porque medios tenemos; y tiempo se puede sacar dejando de ser la "secretaria" del médico y la colaboradora de la auxiliar. Una cosa es la amistad personal y otra bien distinta la relación profesional.
 
Paracentesis
 
Si buscamos en los medios de comunicación social observaremos que dicen: la toracocentesis es una técnica que ejecuta el personal médico, y en el que el profesional enfermero colabora en la realización de la técnica. El papel de la auxiliar de enfermería se basa en la correcta sujeción.

¿Entienden que es normal? ¿Quién ha decidido que ésto sea así? Ya se lo digo: "el sistema". Ese sistema que dice a la Enfermera qué puede y qué no puede hacer.

Esto lo deberían haber dicho antes.
 
Resulta que cuando la técnica era sumamente complicada, con todos los inconvenientes y sin recursos materiales para ello, lo hacían nuestros antepasados. Hoy, que existe todo tipo de recursos, esos medios se lo "atribuyen" al médico, como si las actuales Enfermeras fueran aquellas provenientes de los hospitales, donde después de un tiempo en el mismo, se les expedía una "autorización" para poder ser consideradas como "auxiliar del médico". Guste o sí ésto ha sido así; con el riesgo de extenderse hoy en día, hasta tal extremo que resulta difícil encontrar a alguien que sepa de nuestra historia reciente, cuando nuestros antepasados como Profesión hacían todo este tipo de técnicas, y algo más, como la electrorradiología y anestesia.

Vías para administración endovenosa.


Si buscamos en cualquier texto, sus autores -que suelen ser teóricos enfermeros o médicos- no señalan otros lugares para la administración de medicamentos que, como mucho, la flexura de los miembros superiores o el antebrazo, incluso la muñeca.
 
Y esto no puede ser, por la sencilla razón de que no siempre es posible su acceso, por múltiples motivos. El tratamiento médico lo decide un médico; pero el cuidado y los servicios de la Profesión Enfermera lo decide la Enfermera; guste o sí a la Profesión Médica ¿Sería asumible que dijéramos al médico cuál debe ser el tratamiento? ¡Impensable, verdad! Pues que se tome nota. Como también deben tomar notas las Enfermeras, porque la Profesión está por encima de los ineptos, ineficientes y abusadores del nombre de la Profesión. La Profesión es algo más que someterla a los caprichos de "colocados" por el sistema, para que divulguen lo que les interesa.

¿Quién decide la vía?
 
Los médicos más "listillos" deciden éllos qué vía se ha de utilizar para la administración de los medicamentos. Han llegado, incluso, a "prohibir" la venopunción de vías más cómoda para el paciente, segura y, por supuesto, más sencillo su acceso.
 
 
Es, desde luego, un lugar cómodo, seguro y de fácil acceso. Pero, según parece, entre unas, por comodidad, y otros, alegando tecnicismo, están consiguiendo "escorar" a la Profesión; a aquella que hacía todas y cada una de las técnicas que en cada momento se demandaban.


Nos han acostumbrado a lo que vemos en la imagen, en la palpa de la mano, y no puede ser ¿Qué seguridad tiene esa vía de perfusión? No estamos diciendo que se utilicen siempre y en todos los casos vías preferentes, pero sí estamos asegurando que se debe hacer siempre teniendo en cuenta el contexto del cuadro clínico a tratar. Pensemos que somos quienes estamos las 24 horas de todos los días, viendo las flebitis que se producen, además de las molestias para los pacientes, pendientes de "su mano" para que pueda fluir el líquido, cuando no los tratamientos "agresivos", que irritan sobre manera al sistema venoso tan periférico. Sin contar que, en supuestos de agravamiento, pueden perderse esas vías canalizadas con ese calibre.

 Nos preguntan, ¿dónde está nuestra Plena Autonomía Técnica y Científica?

Pues aquí tienen la respuesta: decidir la canalización de la mejor vía para el tratamiento médico endovenoso, que no tiene porqué coincidir con la opinión del médico. Y mientras todos consintamos las ingerencias médicas no habrá forma de que se pueda cumplir lo que ordena la Ley: plena autonomía técnica y científica.

Recertificación y carrera profesional.

La Profesión tiene la obligación de realizar a lo largo de su "vida Profesional" una formación continuada, y "acreditará" regularmente su competencia profesional. Y estas cuestiones, que están plasmadas en la Ley, nos guste o sí van a ser exigidas en poco tiempo. Y es que tendrán que ser acreditadas, quizá, como también dice la Ley, con "recertificación" colegial. El proyecto de Ley de Servicios Profesionales se está confeccionando en ese sentido, así como los méritos para el reconocimiento de la carrera profesional.