sábado, 28 de mayo de 2011

U.G.T. LIDERA LA INFORMACIÓN

Hasta la fecha, ha sido UGT la única Central Sindical, con Pedro González a la cabeza, de la Provincia de Lugo, quien viene organizando Jornadas para informar sobre la "nueva" titulación de Grado, Master y Doctorado, así como sobre las Especialidades y lo que se viene en llamar "prescripción Enfermera", aunque legalmente se trata de "ordenar la dispensación" de medicamentos y productos sanitarios.


Es también cierto que el Colegio de Enfermeros de Valencia ha informado de estos hechos; y el siguiente Colegio de Enfermeros es Madrid, que tiene prevista una Jornada para el próximo día 16 de Junio, para tratar los mismos temas: Nuevas titulaciones, Especialidades y "prescripción", así como un tema referido a la "Enfermería frente al espejo", que imparte el Sociologo Juan F. Yañez.


¿Y los demás Colegios?, pues parece que están más por la labor de impartir Cursos que les hace una cosa que se llama Escuela de Ciencia de la Salud, que pertenece a una Fundación en la cual hacen participar al Consejo General, pero que, al mismo tiempo, forma un holding con una Empresa que se llama Cofunsalud ¡TODO UN LÍO!. En definitiva, un cosa privada, que, según parece, tiene el "respaldo" de la Universidad Complutense. Pero, ¿qué es?: pues adopta un nombre que se viene arrastrando de otra época; dice que esa Escuela está "adscrita" a la Universidad Complutense. Pero, desde luego, lo que nunca será es un "Centro Académicos", puesto que los únicos Centros Académicos son las Escuelas y las Facultades previstas en la Ley orgánica de Universidades.



ESCUELAS Y FACULTADES.



Las Escuelas y Facultades son los centros académicos previstos en la Ley Universitaria, encargados de la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de títulos de Grado. Y que podrá impartir también enseñanzas conducentes a la obtención de otros títulos, así cmo llevar a cabo aquellas otras funciones que determine la universidad. Sí, otros títulos, pero que jamás podrán tener el carácter, la validez ni los efectos de los títulos de Grado. Además, hay que tener en cuenta que las Universidades, a efectos de organizar otro tipo de enseñanzas, no oficiales, su ámbito territorial está limitado al de la Comunidad Autónoma. El que los cursos que impartan puedan reconocerse, en su caso, para el baremo de las bolsas de trabajo, será una cuestión de cada Servicio de Salud, pero que no tiene por qué estar vinculado, relacionado. Así que esos cursos no vinculan, tampoco, a los citados servicios de salud.


Las Universidades están creadas para impartir enseñanzas conducentes a la obtención de títulos académicos y profesionales, de los regulados en la Ley Universitaria, en desarrollo de lo previsto en la Constitución. Y esos títulos académicos de enseñanzas universitarias oficiales se corresponden con los de Grado, en sus distintos niveles, de Master, también con dos niveles, y el Doctorado. Todos lo demás será formación propia de esa Universidad, en uso de su autonomía. Pero esas "credenciales" NO TIENEN NI EFECTOS ACADÉMICOS NI PROFESIONALES. Los únicos documentos acreditativos de las enseñanzas universitarias, de Grado y postgrado (Master y Doctor), son esos títulos, que tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, con plenos efectos académicos y habilitación, en su caso, para el ejercicio de la Profesión.




Y LA PROFESIÓN TITULADA tiene que ser regulada con una Norma cuyo rango es de LEY, como sucede con la Profesión de Enfermero, entre otras, cuyas atribuciones vienen en esa Ley. O dicho en otros términnos, le corresponde a la LEY regular el ejercicio de la Profesión titulada. Todo lo demás no es nada; y mucho menos lo puede ser un curso, por más que lo disponga un Real Decreto.



LA ÚNICA CENTRAL SINDICAL QUE VIENE INFORMANDO ES U.G.T.



¿Y los Colegios Provinciales, que tienen la obligación para con sus colegiados? Tengamos en cuenta que se trata del "futuro" de la Profesión, y que nos obliga la Ley. No es un acto voluntario: es una exigencia Legal. Ordenar, representar y defender a la Profesión de Enfermero son fines esenciales de los Colegios. Por tanto, si lo hace una Central Sindical, que no tiene ninguna obligación, ¿algún mérito tendrá?, decimos ¡Ah!, y sin dinero por medio, que los habrá mal pensados.


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