domingo, 13 de marzo de 2011

¿DE QUIÉN ES LA ORGANIZACIÓN COLEGIAL?

Vaya por delante, por lo que luego diremos, que la Profesión Enfermero no tiene por qué hacer legalmente ningún tipo de curso para poder indicar, usar y ordenar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios no sujetos a prescripción médica, odontológica o podológica. Los Enfermeros TENEMOS EL DERECHO de recibir todo tipo de información sobre esas cosas por "nuestra" Organización Profesional colegial, así como, en su caso, por las Sociedades científicas y por las casas comerciales. Lo que no es de recibo es que eso nos tenga que suponer desembolsos adicionales. Es más, como Profesión Sanitaria estamos en la obligación de mantener permanentemente actualizados los conocimientos propios de nuestra actividad, entre las que se ha incluido, de toda la vida, el uso (y la previa indicación) de todos aquellos medicamentos y productos sanitarios necesarios para el correcto ejercicio de la Profesión.
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Por otra parte, y para quedar el tema resuelto, por lo que luego vamos a leer, también nos vemos en la obligación de informar que no existe más formación de posgrado que la de los títulos de Máster y Doctor. Por tanto, ninguna Universidad, y mucho menos Escuelas adscritas de clase alguna, tiene competencias para impartir diplomas, certificado o títulos con carácter oficial y validez en el territorio nacional, ni, por supuesto, servir como "formación" habilitante. La función de la Universidad es la preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y método científico. Y esté tipo de formación no puede ser otro que el que aprueba el Gobierno. La formación continuada que pudieran impartir, en su caso, podrçan ser baremados, en su caso, por algunos baremos que admiten su puntuación para el acceso a puestos de trabajo. Es decir, tendrán, como mucho, valoración en esos baremos.
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PROMESAS DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS ENFERMEROS.
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Entonces, ¿para qué sirve ese tipo de formación tan prometedora?. Si estuviéramos en un País serio, eso no es otra cosa que formación continuada, sin ningún carácter, validez ni efectos. En todos los casos, si el Gobierno entiende que los Enfermeros necesitamos algún tipo de formación, ya sabe lo que debe hacer: ampliar el Plan de estudios, pero sólo con efectos de futuro. ¿Se imaginan ustedes que cada vez que cambiaran un Plan de estudios los titulados anteriores tuvieran que hacer "un cursillito puente", de esos que gusta tanto a la cupúla de lo que creíamos que era nuestro Consejo General?
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Dicho lo anterior, pasamos a comentar lo que se publica en ese "diario Enfermero", que es de una Empresa que se llama Enfermundi, S.A. NO es de "nuestra" Organización Colegial Profesional. ¡ES QUE NO HAY POR DONDE "COGER EL ASUNTO".
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POR CIERTO, UNA PREGUNTA, ¿CUÁNTO NOS COSTÓ LA ORDENACIÓN DEL EJERCICIO PROFESIONAL?. Alguien informó que sólo fueron ¡SEIS MILLONES DE EUROS!.
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Retomemos el asunto. Siempre que escribimos nos expresamos en términos "nuestra" Organización Colegial Profesional, pero es evidente que estamos equivocados: la Organización colegial de la Profesión Enfermero tiene propietario: don Máximo A. González Jurado. Y todo a través de esa "poderosa" Escuela de Ciencias de la Salud, que llega a todos los rincones del País. ¡Parece mentira lo que dá de sí esa Universidad Complutense!; porque nos dicen que la Escuela está adscrita a esa Universidad. ¿Y las demás, no tienen nada que opinar?.
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¿QUÉ DICE DON FLORENTINO PÉREZ RAYA?
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Don Florentino, que se sepa, tiene como empleo un puesto de trabajo en el Consejo Autonómico de Enfermería de Andalucía. Y actúa desde el Colegio de Enfermeros de Córdoba, del que ostenta la Presidencia. Nos dice lo siguiente:
"De este modo, el trabajo a realizar por los alumnos desde fuera del aula se resolverá a través de la PLATAFORMA e-nursing, a la que CADA UNO DE ELLOS TIENE ACCESO mediante una clave personal. Dicha plataforma está considerada como la más avanzada del mundo para la PRESCRIPCIÓN Enfermera, ya que aporta una seguridad para prescribir medicamentos que proporciona un margen de fiabilidad prácticamente del cien por cien".
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Antes de este apartado, que es literal, salvo las mayúsculas y el subrayado, se publica:
"Así, esta semana han comenzado en el Colegio las clases de la segunda edición del curso de Prescripción Enfermero y Utilización de Nuevas Tecnologías, organizado en colaboración CON LA ESCUELA DE CIENCIAS DE LA SALUD y que, en esta ocasión, van a seguir de forma SUBVENCIONADA alrededor de 300 alumnos PARA OBTENER LA ACREDITACIÓN nacional del Ministerio de Sanidad como enfermero/a prescriptor/a".
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Entonces, el dinero de las cuotas colegiales ¿para qué sirve? ¿Dónde va a parar. ¡VEN POR QUÉ NO QUIEREN CUMPLIR LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO!. ¡Pero qué lío!. Luego, la subvención por dónde vendrá. Quizá por el acuerdo con el Banesto. Por cierto, señores del Banesto, que el señor González Jurado no es Presidente del Consejo General, así que cualquier acuerdo es nulo de pleno derecho.
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Para don Florentino, si esas son sus declaraciones, existen dos tipos de colegiados: los que pagan "religiosamente" las cuotas, y aquellos que, además, PAGAN por los servicios de la Escuela de Ciencia de la Salud, que es la que organiza todos esos eventos. ¡PERO QUÉ TENDRÁ ESA ESCUELA! ¿Por qué no se hacen todas esas cosas por el Consejo General? Y otra contradicción ¿pues no nos dicen que la Escuela es del Consejo General?. Nos parece más bien que no; que la Escuela es de la Fundación. Total, ¡toda una madeja!
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¿DE QUIÉN ES LA ORGANIZACIÓN COLEGIAL DE LA PROFESIÓN?. Por simple lógica, se utiliza para esto y otros muchos negocios. En definitiva, que el Consejo General es el paganini y los beneficios, ¿para quién?

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