domingo, 6 de marzo de 2011

¿HABRÁ EXISTIDO OTRO PRESIDENTE ILEGAL DE FORMA PERPETUA?

Conociendo como conocemos la historia del Consejo General de nuestra Organización no nos podíamos imaginar semejante dislate.
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DE PEQUEÑO NOS DECÍAN QUE LOS DEMONIOS TENÍAN RABO.
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Sucede con excesiva frecuencia: los otros son los malos, ¡qué querrán!, y los buenos los demás, los que están dentro.
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Hoy, consagrado el ejercicio de libertad de opinión y expresión, podemos escribir al respecto de situaciones, que, bajo nuestro punto de vista, desde todo punto de vista son ilegales.
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¿A caso no es ilegal que la persona que ocupa el cargo de Presidente de nuestro Consejo accedió al mismo tras destronar al señor Rueda?. ¿Es que resulta tan difícil aceptar que el proceso electoral del año 2.001 fue declarado nulo?. ¿No ha sucedido lo mismo con las elecciones del año 2.006?. ¿Alguna duda respecto a la nulidad de las última convocatoria de 2.010?. ¿Qué más precisan quienes avalan a una persona que no acierta ni de casualidad?.
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¿A QUÉ OBEDECE ESE CAMBIO TAN RADICAL?.
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¡Y miren que hacemos esfuerzo por comprenderlo, pero es que nos resulta tan raro precisamente en estos momentos, cuando más problemática está judicialmente la situación para el inquilino del Consejo, que estén "dentro" Colegios que históricamente siempre se han mantenido críticos con su actual ocupante! ¿Por qué? No podemos llegar a comprenderlo. ¿Cómo pueden apoyar esas Presidencias Provinciales a quien hace "cuatro días" le llamaban y nos llamaban de todo?, ¡por favor!, representantes de Lleida, Teruel, ¿qué ha sucedido en ustedes para que ahora, sin mucha explicación, estén a partir un piñón con quien les ha perseguido "in misericordia".
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¿ENTIENDEN EL SIGNIFICADO DEL AUTO?.
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Precisamente, antes, cuando el ocupante del Consejo General no les dejaba participar en las Asambleas Generales ni en los procesos electorales, por el motivo de ser COLEGIOS MOROSOS -nos remitimos a la Circular publicada en su día por el propio Consejo contra aquellos 10 Colegios morosos, entre los que no nos encontrábamos-, resulta que ahora se han convertido en "uña-carne". NADIE SABE NADA DE LAS CANTIDADES ADEUDADAS, y, sin embargo, ellos entran en el Consejo "como Pedro por su casa" ¿Es que se han puesto al día, o han firmado un acuerdo para el pago aplazado? Sí que hemos observado un cambio de automóvil y de luch, obviamente para mejor. ¡Por qué no le preguntan los colegiados qué ha pasado con aquella deuda?. Nosotros lo hacemos a nivel Nacional, que es donde corresponde.
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No podemos llegar a entender que no sepan de qué va el Auto Judicial, entre otros motivos porque lo hemos publicitado un montón de veces. No obstante, vamos a volver a repetirlo: el AUTO JUDICIAL, comunicado el día 25 de febrero de este año, ordenando el cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 3 de noviembre, no puede ser más esclarecedor: Aquel Proceso electoral del mes de Marzo de 2.006 es nulo de pleno Derecho; y peor aún para la credibilidad del Consejo General: el propio Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula el ATREVIDO proceso electoral convocado por Resolución 3/2010, así como todas aquellas Resoluciones siguientes a ese acto.
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¿QUÉ SIGNIFICA ESO?.
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Pues ni más ni menos que aquella Comisión Ejecutiva del Consejo General tiene que retrotraerse al proceso electoral del mes de Marzo de 2006 a un estadio anterior a la proclamación como candidato del señor González Jurado. El Auto no nos aclara, sin embargo, qué debemos entender por retrotraer el proceso a un acto anterior, puesto que no había más candidaturas con todos los requisitos que vienen en la Ley y en los Estatutos. No obstante, quedan otras Resoluciones Judiciales pendientes, como la referida a si la Comisión Ejecutiva es órgano suficiente como para convocar elecciones, teniendo en cuenta que todos sus miembros están ahí, en los cargos, por designación directa del Presidente, que "quita y pone rey". El asunto es muy serio, porque está en juego toda una Profesión.
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¿RETROTRAER?. Vamos a reproducir lo que dijimos ese día 3 del presente mes Marzo en la reunión convocada al efecto. Dijimos a los Presidentes allí reunidos que las Elecciones del año 2.001 habían sido declaradas nulas; que, igualmente, lo mismo ha sucedido con las elecciones del año 2.006 (Sentencia del Tribunal Supremo y Auto del TSJ de Madrid, objeto de esa reunión) y que las elecciones convocadas después de esa Sentencia también han sido declaradas nulas, como también lo han sido todas las Resoluciones posteriores a la Sentencia. El Auto Judicial, siendo "conservador", le dice a la Comisión Ejecutiva que está interinamente, sólo para continuar aquel proceso electoral de Marzo de 2.006, entendiendo que habría otras candidaturas que la postulada por el señor González Jurado.
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COMOQUIERA que no existen más candidatura, lo mismo que le hemos dicho al Consejo General cuando recibimos la cita para esa reunión, ahora se lo informaremos a la Sala del Tribunal Superior de Justicia. O lo que es lo mismo: le informaremos que la interina Comisión Ejecutiva del Consejo General (compuesta por personas designadas por el ilegal Presidente) ha finalizado "su" función. Señora Vicepresidenta primera, si usted es empleada del Consejo General, ¿qué hace tomando decisiones en nombre de la persona que la ha empleado?. Usted no es Vice de nada, porque quien la postuló ha sido cesado específicamente por la STS y ejecuta el Auto del TSJ de Madrid. ¿Dónde estaba ese señor ese día?
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Por tanto, y en aplicación de lo previsto en la Ley de Colegios Profesionales y Estatutos de la Organización Colegial, lo prudente es dar continuidad al Consejo General, el cual, a la vista de la situación extraordinaria producida, quedando vacantes todos los cargos, incluido el suyo, esa Comisión ejecutiva debe limitiarse a designar una Junta de edad con las Presidencias más antigüas en los cargos de Presidentes. Y esta situación es la única legal posible, tanto porque así venía establecido en los anteriores Estatutos, del año 1.978, aplicando el principio de la supletoriedad, como por aplicación analógica de los actuales. Efectivamente, la Comisión Ejecutiva debió de cesar, por mandato judicial, justo inmediatamente después de haber hecho público los nombres de los Presidentes Provinciales, que conformarían lo que las normas prevén como Junta de edad.
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Dijimos y decimos que en el caso de los Colegios Provinciales, al estar compuesta la Asamblea General por colegiados, a los más antiguos les correspondería ocupar los cargos vacantes de sus Juntas de Gobierno, que es la doctrina que aplica el Consejo; y, por tanto, la misma regla corresponde aplicar al Consejo. Compuesta la Asamblea General de la Organización Colegial por Presidencias, los cargos vacantes en el Consejo General, que son todos, deben ser ocupados por las Presidencias más antigüas en el cargo.
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ABRIR UNA NUEVA CONVOCATORIA ELECTORAL por una Comisión Ejecutiva que es ilegal, no puede significar otra cosa que burlar las decisiones del Tribunal Supremo y el Auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Sería tanto como que las Sentencias de los Tribunales no sirven para nada. Es, desde luego, toda una estrategia, que el Tribunal enmendará. Pretender, ahora, aportar los requisitos exigidos por la Ley y los Estatutos, cuando se tuvo la oportunidad de hacerlo en fase probatoria, y no se pudo o no se quiso, no hará otra cosa que molestar a los Tribunales, los cuales han tenido que hacer su esfuerzo, como para que ahora se pretenda tomarles el pelo.
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¿LES PARECE NORMAL?.-
Miren que van tres procesos electorales anulados, es decir, todos los producidos durante el tiempo de su irregular ocupación del cargo de Presidente, además de la toma del "poder" por la fuerza, con un "golpe de efecto". ¿No se dan ustedes cuenta del daño que le estamos produciendo a nuestra Profesión a nivel social?. Pero, ¿ustedes creen que alguien puede tomar en serio a una persona que ocupa el cargo SISTEMÁTICAMENTE de forma y manera ILEGAL?. Y por si ello fuera poco, además, los políticos son consciente de lo que han conseguido los Podólogos y la "p..." que nos han hecho a nosotros. Y ven como lo consentimos.
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PERO ES QUE, ADEMÁS, NOS TOMA EL PELO CON LO DEL CURSILLITO.
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¿Es que no hay nadie en el Gobierno de la Nación que le diga que eso no puede hacerlo?. ¡Fíjense que en lugar de informarnos sobre los acontecimientos, el cómo y el por qué de la barbaridad que se pretende con ese borrador de Real Decreto, se dedica a "vender un cursillito" con efectos varios, desde decir que vamos a ser incluido en el Subgrupo A1 del Estatuto Básico del Empleado Público, como que con ese cursillito nos van a dar el título de Grado, o que vamos a poder "ordenar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios".
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Y lo malo es que todo lo idem se contagia. Los demás ven los beneficios que reporta el asunto y ¡a la!: todos a desangrar a las Enfermeras. Hasta la mismísima Escuela de Estudios de Ciencias de la Salud, de la Junta de Extremadura, se ha puesto manos a la obra. Y eso que nuestro Presidente discutía el tema de que la acreditación la deberían dar las Comunidades Autónomas. ¿Pero qué les pasa a estos políticos? ¿Por qué se comportan de forma y manera tan rara?.
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OBVIAMENTE NOS REBELAMOS.
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Y deberíamos hacerlo todos. Mentira es que nos vayan a incluir en el Subgrupo A1; igual de incierto es que surta efectos para que nos den el título de Grado; y de poder "prescribir" nada de nada.
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Pues bien, que guarde el cursillito donde le quepa, el subgrupo, la homologación y la prescripción. Y todo ello porque ES PURA Y SIMPLE MENTIRA LEGAL. Un cursillito jamás puede tener esos efectos estructurales, académicos y habilitante. Y si en este País hubiera el más mínimo respeto hacia la Profesión Enfermero no se producirían personajes como el que nos miente de forma tan descarada, ocupa el cargo porque le da la gana, quita y pone orden, persigue a quienes no le reíamos sus gracias. Pero como es consciente que no existe un Ministerio que le ponga frenos. Señora Ministra de Sanidad y Secretario General, ¿SE HAN ENTERADO USTEDES DEL AUTO JUDICIAL EJECUTORIO?. ¡Que ya van tres veces las ocasiones anulándole los procesos electorales¡ ¿A qué esperan? ¿Esperan, a caso, que se le impute por desobediencia judicial, amenazar y coaccionar o por intruso?
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SÍ. INVITAMOS A LA REBELIÓN ante el pasmoso silencio del Ministerio

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